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SECTOR DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR
Díaz Salazar Maricruz
Hernández Zavaleta M. Arturo
Justo Amador Cosme
Lara González Ana Laura
Rodríguez Jaén Azucena
HISTORIA…SACP:
SECTOR DE AHORRO Y CREDITO POPULAR
La s organizaciones de ahorro y crédito popular inician en México en el de 1951, en este
año aparece la primera caja de ahorro popular. La iniciativa fue del sacerdote Pedro
Velázquez Hernández, Diez años después, en 1964, se creó la confederación mexicana de cajas
populares, con lo que se formó la estructura básica de organización del movimiento de este tipo
de organizaciones en el país, integrada por cajas, federaciones y confederaciones. Se calcula
que para ese entonces había en todo el país unas 500 cajas de ahorro, con más de 300 mil
asociados. En 1991, cuando la ley general de organizaciones y actividades auxiliares de crédito
fue modificada, para incluir a las sociedades de ahorro y préstamo como intermediarios
financieros regulados, con la única facultad de otorgar créditos a sus miembros
EL SACP ESTA INTEGRADO POR:
Cooperativas de Ahorro y Préstamo.
•
1 Caja Inmaculada, S.C. de A.P. de R.L. de C.V
•
2 Caja Popular Cristóbal Colón, S.C. de R.L. de C.V.
•
3 Coopdesarrollo, S.C.L. de C.V.
•
4 Cooperativa de Ahorro y Préstamo Caja Cihualpilli de Tonalá,
Sociedades Financieras Populares
•
Caja Inmaculada, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.
•
Caja Popular Cristóbal Colón, S.C. de R.L. de C.V.
•
Caja Popular Mexicana, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.
•
Caja Popular San José, S.C. de A.P. de R.L. de C.V.
ORGANIZACIÓN DEL SECTOR
• Confederación
• Federación
• Entidades de ahorro y crédito popular.
• Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
ENTIDADES DE AHORRO Y CRÉDITO POPULAR
•
Las Entidades tendrán por objeto el ahorro y crédito popular; facilitar a sus miembros el
acceso al crédito; apoyar el financiamiento de micro, pequeñas y medianas empresas y,
en general, propiciar la solidaridad, la superación económica y social, y el bienestar de
sus miembros y de las comunidades en que operan, sobre bases educativas, formativas y
del esfuerzo individual y colectivo.
- Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo
•
Denominaciones. Utilizan indistintamente la denominación Sociedad
Cooperativa de Ahorro y Préstamo, Caja Popular, Caja de Ahorro, Caja Rural,
Entidad de Ahorro y Crédito Popular.
•
Autorización. Para su constitución se requiere el dictamen favorable de una
federación y autorización por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
•
Dichas entidades tendrán por objeto el ahorro y crédito popular, es decir, podrán
captar recursos del público en general (clientes) o de sus socios, y
posteriormente colocarlos a través de financiamientos a la micro, pequeña y
mediana empresa (clientes), así como a alguno de los socios que lo requiera.
- Sociedades Financieras Populares
Estas Sociedades están autorizadas para operar por la Comisión
Nacional Bancaria y de Valores y supervisadas por la misma Comisión y las
Federaciones.
• Es importante mencionar que de acuerdo con lo establecido en la Ley, estas
Entidades cuentan con sus propios fondos de protección, respondiendo así
de sus operaciones, por lo que ninguna autoridad puede responder por su
estabilidad financiera, ni validar la bondad de los productos que ofrecen
estas Sociedades
FEDERACIÓN
• En el caso de la LACP, las Federaciones son organismos de integración, de
interés público, con personalidad jurídica y patrimonio propios
• Su propósito fundamental es fortalecer los vínculos naturales y culturales de
sus asociadas, así como implementar servicios especializados de calidad
que coadyuven al desarrollo de sus funciones, incidiendo también en la
competitividad, seguridad y fortalecimiento de la imagen pública de las
cooperativas financieras
CONFEDERACIÓN
•
Confederaciones: También son organismos de integración, pero a diferencia de las
Federaciones que integran Entidades, las Confederaciones agrupan Federaciones, su
función primordial es la de administrar un Fondo de Protección.
•
Tanto las Confederaciones y las Federaciones podrán además, realizar las siguientes
actividades:
•
• Fungir como representantes legales de sus afiliadas,
•
• Prestar asesoría técnica, legal, financiera y de capacitación a sus afiliadas (os),
•
• Contratar créditos con el objeto de canalizarlos a las Federaciones y Entidades
•
afiliadas que lo requieran,
•
• Promover la superación y capacidad técnica y operativas de sus afiliadas.
COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES
•
Organismo descentralizado de Hacienda, que se encarga de supervisar e indirectamente
regular al Sector.
FIGURAS JURÍDICAS
• Sociedad Financiera Popular:
•
Entidades de micro finanzas, constituidas como sociedades anónimas de
capital variable, que operan mediante la autorización de la CNBV.
• Sociedad Financiera Comunitaria
• permite a las personas y a sus organizaciones económicas legales, tales
como sociedades de producción rural, triple ese, micros y pequeñas
empresas, entre otras, a asociarse para obtener servicios de ahorro, crédito
y pago de remesas, o micro seguros, el crédito productivo, los servicios
financieros de proximidad para los campesinos, sus micro empresas y sus
comunidades organizaciones financieras para el desarrollo local.
Organismo de Integración Financiera Rural
•
Organismo de Integración Financiera Rural a la persona moral autorizada por la Comisión
para promover la integración operativa de las Sociedades Financieras Comunitarias, en
términos de esta Ley.
• Organismos
Populares
autoregulatorios
de
Sociedades
Financieras
•
Los organismos autoregulatorios de las Sociedades Financieras Populares tendrán por
objeto implementar estándares de conducta y operación entre sus agremiados, a fin de
contribuir al sano desarrollo de las Sociedades Financieras Populares. Dichos organismos
podrán ser de diverso tipo acorde con las actividades que realicen.
•
Tendrán el carácter de organismos autoregulatorios de las Sociedades Financieras
Populares las asociaciones sean reconocidas por la Comisión, previo acuerdo de su Junta
de Gobierno.
INSTITUCIONES RELACIONADAS
La Comisión Nacional Bancaria y de Valores
La Comisión Nacional para la Protección y Defensa
de los Usuarios de Servicios Financieros
El Banco de México
ESTRATEGIA DE FORTALECIMIENTO
•
1. Asistencia Técnica
•
Mediante este proyecto se desarrollan, implementan y se da seguimiento a planes de
trabajo de estabilización financiera y operativa para cada organización de Ahorro y
Crédito Popular
• Características
•
Se otorga la asistencia técnica por medio de consultores especializados para atender las
prioridades definidas en los planes de trabajo específicos para cada organización
•
2. Plataforma Tecnológica de BANSEFI (PTB)
•
El proyecto está orientado al diseño y desarrollo tanto de la infraestructura tecnológica
como de sistemas adecuados a las necesidades del sector de ahorro y crédito popular y
de BANSEFI.
•
3. Capacitación
•
Capacitar al personal de las organizaciones y las federaciones para que puedan hacer
frente con éxito al nuevo entorno legal y normativo, así como sentar las bases de un
sistema de capacitación permanente del sector.
•
4. Difusión
•
Contribuir a la difusión de los beneficios del marco jurídico aplicable al Sector de Ahorro y
Crédito Popular (SACP), con información clara, precisa y oportuna que promueva la
confianza en los servicios financieros
•
5.Evaluación y monitoreo.
•
Su objetivo es la evaluación del desempeño e impacto de la transformación del Sector de
Ahorro y Crédito Popular (SACP) en los hogares y comunidades donde prestan sus
servicios las Entidades de Ahorro y Crédito Popular.
RESPONABILIDADES SOBRE LAS
OPERACIONES QUE REALIZAN
•
Es importante señalar que las operaciones que realicen las Entidades, únicamente
estarán respaldadas por los Fondos de Protección con los límites y en los términos
previstos en el Título Tercero de la LACP, por lo que el Gobierno Federal y las entidades
de la Administración Pública Paraestatal no se hacen responsables ni garantizan el
resultado de las operaciones que realicen las Entidades ni los Organismos de
Integración, así como tampoco asumir responsabilidad alguna respecto del cumplimiento
de las obligaciones contraídas con sus Socios o Clientes.
RESTRICCIONES EN EL USO DE ESTAS
DENOMINACIONES
• Las palabras Entidad de Ahorro y Crédito Popular, Sociedad Financiera
Popular, Sociedad Cooperativa de Ahorro y Préstamo, Caja Rural u otras
que expresen ideas semejantes en cualquier idioma, sólo podrán ser usadas
en la denominación de las Entidades que se autoricen para operar en los
términos de la LACP. Asimismo, las palabras Sociedad Cooperativa de
Ahorro y Préstamo, Caja Popular, Caja de Ahorro sólo podrán ser utilizadas
por Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo autorizadas para operar
como Entidades en los términos de la LACP.
BIBLIOGRAFÍA:
•
http://www.bansefi.gob.mx/sectahorrocredpop/Paginas/QueeselSACP.aspx
•
http://www.nmasociados.com.mx/page10.php