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“EVALUACIÓN DEL IMPACTO DEL
TLCAN EN LOS DERECHOS HUMANOS”
DRA. SOCORRO APREZA SALGADO
SUMARIO: 1. ASPECTOS GENERALES TLCAN.
2. RASGOS DEL ACLAN. 3. EL IMPACTO DEL
TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS SIMULADORES Y
DE LOS VENCIDOS. 4. RECOMENDACIONES.
1. ASPECTOS GENERALES TLCAN.
Firma del Tratado
El tratado se firmó el 17 de diciembre de 1992; se
aprueba por la Cámara de Senadores, el 22 de
noviembre de 1993 y entró en vigor en enero de 1994.
Objetivo General
del TLCAN
Formar una zona de libre comercio, estableciendo reglas
claras y permanentes para el intercambio comercial, que
permita el incremento del flujo comercial e inversión,
así como nuevas oportunidades de empleo y mejores
niveles de vida.
Eliminar obstáculos al comercio y facilitar la circulación
transfronteriza de bienes y servicios.
Promover condiciones de competencia leal en la zona de
libre comercio.
Aumentar sustancialmente las oportunidades de inversión
Objetivos
específicos del
TLCAN:
Proteger y hacer valer, de manera adecuada y efectiva,
los derechos de propiedad intelectual.
Crear procedimientos eficaces para la aplicación y
cumplimiento del Tratado, para su administración
conjunta y su solución de controversias, y
Establecer lineamientos para la ulterior cooperación
trilateral y regional y multilateral encaminada a ampliar y
mejorar los beneficios de este Tratado.
En términos generales, los resultados de este Tratado se reflejan en nuestras cifras de
exportaciones, las cuales se cuadriplicaron desde la entrada en vigor del TLCAN, hasta alcanzar
203, 038.6 millones de dólares en 2008, la mayor parte de las cuales se dirige a EEUU, al ser de
162,739.2 millones de dólares1.
1. FUENTE: Secretaría de Economía, Subsecretaría de Negociaciones Comerciales Internacionales, Exportaciones totales de México, enero-agosto 2008.
2. RASGOS DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN
LABORAL DE AMÉRICA DEL NORTE (ACLAN)
A través de este Acuerdo paralelo en materia laboral firmado el 14 de septiembre de
1993, los socios buscan mejorar las condiciones laborales y los niveles de vida,
comprometiéndose a promover los principios laborales para proteger, mejorar e
implementar los derechos básicos de los trabajadores2.
1. Libertad de asociación y protección del derecho a
organizarse.
2. Derecho a la negociación colectiva.
3. Derecho a la huelga.
Los principios laborales
del Acuerdo de
Cooperación Laboral
de América del Norte:
4. Prohibición del trabajo forzado.
5. Restricciones sobre el trabajo de menores.
6. Condiciones mínimas de trabajo.
7. Eliminación de discriminación en el empleo.
8. Salario igual para hombres y mujeres.
9. Prevención de lesiones y enfermedades ocupacionales
10. Indemnización en los casos de lesiones de trabajo o
enfermedades ocupacionales.
11. Protección de los trabajadores migratorios.
2.“TLCAN.
Una década fortaleciendo una relación dinámica”, en http://www.economia,gob.mx
2. RASGOS DEL ACUERDO DE COOPERACIÓN
LABORAL DE AMÉRICA DEL NORTE (ACLAN)
a) Mejorar las condiciones de trabajo y los niveles de vida
en territorio de cada una de las partes;
b) Promover al máximo los principios laborales;
c) Estimular la cooperación para promover la innovación,
así como los niveles de productividad y calidad
crecientes;
Objetivos del ACLAN
d) Alentar la publicación y el intercambio, el desarrollo y
la coordinación de estadísticas, así como los estudios
conjuntos para promover la comprensión mutuamente
ventajosa de las leyes e instituciones que rigen en
materia de trabajo en territorio de cada una de las
partes;
e) Proseguir actividades de cooperación relativas al
trabajo en términos de beneficio mutuo;
f) Promover la observancia y la aplicación efectiva de la
legislación laboral de cada una de las partes;
g) Promover la transparencia en la administración de la
legislación laboral.
3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS
SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS.
A. DE LOS SIMULADORES.
La versión presentada por la Subsecretaría de Negociaciones Comerciales
Internacionales: 3
En promedio, las empresas exportadoras pagan salarios 37% superiores a los de
empresas no exportadoras. Este dato resulta por más alentador, sin embargo, en una
nota a pie de página se apunta que este cálculo sólo incluye a las empresas
exportadoras no maquila.
3
Secretaría de Economía, marzo de 2006.
3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS
SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS.
Se ha logrado acceso a insumos a precios y calidades más competitivas; existen
más opciones de consumo.
Pobreza alimentaría: se refiere a las personas cuyo ingreso es menor al necesario para cubrir las necesidades
de alimentación correspondientes a los requerimientos establecidos en la canasta alimentaria.
Pobreza de capacidades: se refiere a las personas cuyo ingreso es menor al necesario para cubrir el padrón de
consumo básico de alimentación, salud y educación.
Pobreza de patrimonio: se refiere a las personas cuyo ingreso es menor al necesario para cubrir el padrón de
consumo básico de alimentación, vestido y calzado, vivienda, salud, transporte público y educación
3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS
SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS.
B. LA VERSIÓN DE LOS VENCIDOS: UN RECUENTO NEGATIVO EN LA
PROTECCIÒN DE LOS DERECHOS LABORALES.
B. 1. Desde la perspectiva de las Organizaciones de Derechos Humanos.
Hay un recuento negativo porque:
Como los salarios bajos han sido la principal ventaja comparativa para los
inversionistas, así como el control sindical, esto se ha traducido en “una caída
permanente de los ingresos reales y una desprotección de los derechos de
asociación frente a las empresas extranjeras o nacionales”.
Ha impactado de manera particularmente discriminatoria y negativa a las
mujeres, “al verse obligadas a trabajar en las maquilas, en condiciones
agotadoras, con horarios extensos y nocturnos, y remuneraciones ínfimas. […].
Las mujeres terminan trabajando de 18 a 20 horas diarias algunos días”.
4 México. El tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN): Efectos sobre los Derechos Humanos. Violaciones de los
derechos laborales. Informe 448, abril de 2006. Federation Internacionale des Ligues des Droit del Homme, p.7.
5 México. El tratado de Libre Comercio de América del Norte (TLCAN): Efectos sobre los Derechos Humanos. Violaciones de los
derechos laborales. Informe 448, abril de 2006. Federation Internacionale des Ligues des Droit del Homme, p. 10.
3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS
SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS.
La “proporción de trabajos estables de tiempo completo se ha reducido, mientras que la
mayoría de los candidatos del nuevo mercado laboral deben sobrevivir en el inseguro y
mal pagado mundo de la economía informal mexicana”6. El siguiente cuadro evidencia la
situación precaria de la población mexicana, donde de un total de 106,797, 362 millones,
sólo 28, 654, 347 millones gozan de un salario, y por tanto trabajos estables a tiempo
completo.
Nivel de ingresos/2008/Fuente STPS-INEGI
28.654.347
Hasta un salario mínimo
2.165.124
Más de 1 hasta 2 salarios mínimos
6.623.602
Más de 2 hasta 3 salarios mínimos
8.374.203
Más de 3 hasta 5 salarios mínimos
5.837.707
Más de 5 salarios mínimos
3.677.885
No especificado
1.975.826
México no ha tomado hasta ahora ninguna medida para ajustar el sistema de las maquiladoras.
6México exporto en 2008, según datos de la Secretaría de Economía, a Estados Unidos 162, 739.2 millones de dólares y a Canadá
4.522.0 millones de dólares. A su vez importamos de EEUU 105, 742.2 millones de dólares y de Canadá 6,239 millones de dólares
de enero - agosto de 2008, p.12.
3. EL IMPACTO DEL TLCAN: LA VERSIÓN DE LOS
SIMULADORES Y DE LOS VENCIDOS.
B.2. Principios del Acuerdo de Cooperación Laboral de América del Norte incumplidos
por parte de los EEUU.
a) Libertad de asociación y derecho a organizarse;
b) Derecho de compensación por lesiones y enfermedades
laborales;
Principios laborales
incumplidos por
parte de los EEUU
(art. 11 del ACLAN):
c) Condiciones mínimas de trabajo: salario mínimo.
d) Discriminación en el empleo e higiene y seguridad en el
trabajo (Protección de los trabajadores migratorios);
e) Derecho a la negociación colectiva.
Por tanto, como señala Polaski “experiencia del TLCAN demuestra que
economías en vías en desarrollo con excedente laboral como México, los pactos
comerciales no sirven para producir un crecimiento neto en el empleo si no se
aplican otras políticas enfocadas a este objetivo”.
4. RECOMENDACIONES.
La agenda de reflexiones sobre el ACLAN y el Derecho laboral mexicano para los
próximos años deberé centrarse en temas como:
Que el Gobierno mexicano retire sus reservas interpretativas al art. 8 del Pacto
Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDECS) y al art. 8
del Protocolo de San Salvador, referente al derecho de los trabajadores a organizar
sindicatos y a afiliarse; derecho a huelga.
Es necesario independizar a las Juntas de Conciliación y Arbitraje tanto locales
como federales, del poder ejecutivo.
El Gobierno mexicano debe iniciar de manera oportuna procedimientos en caso de
vulneraciones a su legislación laboral.
Las Instituciones del ACLAN deberían aumentar su cooperación con respecto a la
estructura existente del sindicalismo en México.