Document 7762611

Download Report

Transcript Document 7762611

EXPORTACIÓN
DEFINITIVA
Expositor: Ing. Economista Estelinda Alva Alva
26/05/2016
1
REGÍMENES ADUANEROS
DEFINITIVOS
TEMPORALES
SUSPENSIVOS
PERFECCIONAMIENTO
IMPORTACIÓN
IMPORTACIÓN
TRÁNSITO
ADMISIÓN
TEMPORAL
EXPORTACIÓN
EXPORTACIÓN
TRANSBORDO
DRAWBACK
TEMPORAL
OPERACIONES
ADUANERAS
REEMBARQUE
26/05/2016
DEPÓSITO DE
ADUANAS
REPOSICIÓN
DE
MERCANCÍAS
EN
FRANQUICIA
2
Exportación Definitiva


Es
el
RÉGIMEN
ADUANERO aplicable a
mercaderías
de
libre
circulación que salen del
territorio aduanero para
su
uso
o
consumo
definitivo en el exterior.
Está sujeta a un trato ágil
y preferencial por parte de
las
Intendencias
de
Aduana.
26/05/2016
3
Exportación Definitiva
 El Régimen de Exportación Definitiva se dividen en:
Exportaciones por trámite regular:
Cuando el monto de lo exportado supera los US$
2,000, por lo que se requiere contratar los servicios de
una Agencia de Aduana.
 Exportaciones por trámites simplificado:
Cuando el monto de lo exportado no exceda de
US$ 2,000 y lo pueden realizar directamente los
exportadores.
 Exportaciones por Courier:
Se realizan a través de un servicio de mensajería, por lo
que no se puede solicitar ningún beneficio.

26/05/2016
4
Exportación sin valor
comercial
 Comprende
el
equipaje,
muestras, menaje de casa,
rancho de naves y donaciones,
así
como
los
obsequios,
mensajería
internacional
y
otras mercancías cuyo valor
FOB no exceda de US$ 2,000.
 Dichas
mercancías
se
encuentran
dentro
del
procedimiento
de
Régimen
Simplificado de Exportación.
26/05/2016
5
Impuestos

26/05/2016
La exportación de mercaderías no está
sujeta a tributo alguno. Sólo para fines
estadísticos, ADUANAS aplica una tasas
ficta de 0%
6
Potestad Aduanera

Toda mercancía a ser
embarcada en cualquier
puerto,
aeropuerto
o
terminal terrestre debe ser
presentada y puesta a
disposición de ADUANAS.

Queda sometida a su
potestad hasta que se
autorice la salida del
medio de transporte.
26/05/2016
7
Documentos que exige
ADUANAS

Declaración Única de Aduanas
(DUA) de Exportación.

Factura.

Guía de Remisión

Documento
de
transporte
(Conocimiento de Embarque, Guía
Aérea, Aviso Postal o Carta Porte,
según el medio de transporte
utilizado. )
26/05/2016
8
Documentos que exige
ADUANAS
 Otros
documentos
que
naturaleza
del
régimen
mercancía requiera, conforme
las disposiciones especificas de
materia.
26/05/2016
la
o
a
la
9
MERCANCÍAS PROHIBIDAS Y RESTRINGIDAS
Se puede exportar todo tipo de mercancías excepto:
•Las mercancías prohibidas cuya relación se encuentra en el
portal de la SUNAT (www.sunat.gob.pe)
•Las mercancías restringidas, están sujetas a la presentación de
autorizaciones,
certificaciones,
licencias
o
permisos
correspondientes.
26/05/2016
10
Documentos que exige
ADUANAS
Declaración Única de
ADUANAS (DUA)


Documento aduanero
tiene
carácter
Declaración Jurada.

Es preparada por el agente
de aduana contratado por el
exportador y se utiliza para
solicitar ante las Aduanas el
despacho de exportación de
mercancías nacionales y
nacionalizadas.
26/05/2016
que
de
11
Documentos que exige
ADUANAS
 Documento de Transporte

26/05/2016
Consigna
información
sobre el flete pagado o por
pagar,
el
mismo
que
dependiendo
del
país
importador formará parte
de la base imponible sobre
la cual se pagarán los
tributos de importación.
12
Documentos que puede
exigir el importador
 Certificado de Origen.
Documento que acredita el origen de las
mercancías, lo gestiona el exportador en
su país y lo envía al importador para
poder acceder a las exoneraciones o
reducciones arancelarias establecidas en
los convenios comerciales.
 Póliza de Seguro
Si el Incoterm elegido implica la
obligación del vendedor de contratar un
seguro de transporte a favor del
comprador, entonces se deberá adquirir.
26/05/2016
13
Documentos que puede
exigir el importador
 Certificado Fito o Zoosanitario.

Su finalidad es asegurar que los
productos de exportación de
origen vegetal y animal se
encuentren exentos de cualquier
enfermedad o plaga y que estén
aptos para el consumo humano.

Este documento es emitido por
las autoridades Sanitarias en el
país del exportador (SENASA).
26/05/2016
14
Documentos que exige
ADUANAS
 Lista de Empaque o Contenido.

26/05/2016
Documento emitido por el
exportador, contiene los datos
relativos al producto para
facilitar
su
ubicación
y
manipuleo.
15
Vínculos con otros Regímenes
No olvidar “vincular” la
DUA de exportación a los
regímenes de:


Admisión
Temporal

Restitución de derechos
arancelarios (Drawback).

Reposición de Mercancías
en Franquicia.
26/05/2016
e
Importación
16
Reconocimiento de las mercaderías
en el local del exportador
A
solicitud
del
interesado,
ADUANAS
autoriza
este
reconocimiento para:


Productos perecederos.

Explosivos.

Maquinarias de gran peso y
volumen.

Las que se trasladen por vía
terrestre hacia la aduana de
salida;

Otras
mercancías
califiquen
a
criterio
Intendente de la Aduana.
26/05/2016
que
del
17
Mandato para Despachar
El mandato para despachar se
acredita conforme a lo establecido
en el artículo 99º del TUO de la
LGA.
A
efecto
de
dar
cumplimiento de dicho acto, el
despachador de aduana presenta
el documento de transporte
debidamente endosado o el poder
especial.
26/05/2016
18
Prórroga para el Embarque
No existe plazo de prórroga para el
embarque de las mercancías, por lo
tanto el despachador de aduana con
antelación suficiente debe solicitar
previamente, de corresponder, se deje
sin efecto la DUA conforme a lo
señalado en la sección VII, numerales
31 y 32 del presente procedimiento,
para proceder a numerar otra
declaración.
26/05/2016
19
Etapas del Procedimiento
de Exportación
1. Numeración de la DUA
El despachador de aduana transmite
electrónicamente la información de
los datos provisionales contenidas
en la DUA a la Intendencia de
Aduana en cuya jurisdicción se
encuentra la mercancía.
La Aduana llevará a cabo los
siguientes pasos:
•
SIGAD: Convalida información,
genera el número de DUA y deja
expedita la mercancía para ser
ingresada a la Zona Primaria.
26/05/2016
20
Numeración de la DUA – Datos
Provisionales
AGENTE
PREPARA
INFORMACION
DUA
AD. DESPACHO
TRANSMITE INFORMACION
RECIBE, CONVALIDA
Y NUMERA DUA
CONFORMIDAD DATOS
- NUMERO DUA – DATOS PROVISIONALES
- COMUNICA PLAZO (15 DÌAS) PARA PRESENTACION
DE DUA – DATOS COMPLEMENTARIOS Y
DOCUMENTACION SUSTENTATORIA
- CONFORMIDAD POR EL MISMO MEDIO
IMPRIME DUA – DATOS
PROVISIONALES
26/05/2016
ING. MERCANCÌA
A ZONA PRIMARIA
21
Etapas del Procedimiento
de Exportación
2. Ingreso de Mercancías a Zona Primaria
El despachador de aduana ingresa la
mercancía
a
un
terminal
de
almacenamiento que va a ser embarcada
en cualquier puerto, aeropuerto o
terminal terrestre, como requisito previo
a la selección del canal de control de la
DUA.

Quedan exceptuadas del ingreso a
terminales las mercaderías de gran peso
y volumen, a granel, embarques por
tuberías, animales vivos y productos
hidrobiológicos dentro de las 200 millas.
26/05/2016
22
Etapas del Procedimiento
de Exportación
2.1 Excepciones del Ingreso de Mercancías a
Zona Primaria
Mercancías de gran peso y volumen o a
granel (concentrado de minerales)
Embarques por tubería,
-
Animales vivos,
-
Productos hidrobiológicos capturados
dentro de las doscientas millas,
-
Mercancías puestas a disposición de la
intendencia de aduana en lugares
señalados por ésta
26/05/2016
23
Etapas del Procedimiento
de Exportación
3. Transmisión de los datos de la
Recepción de la carga por el
terminal de almacenamiento y
selección del canal de control
Se ingresa la información sobre
la recepción vía electrónica, el
SIGAD la valida y asigna el canal
de control (rojo o naranja).
26/05/2016
24
Transmisión del Terminal de
Almacenamiento de la Recepción de
la mercancía
Transmisión de T.A. de
recepción carga
CANAL NARANJA
SIGAD
CONFORME
Almacenista
- Número DUA
- Recepción del almacén
- RUC del exportador
- Descripción de la mercancía
- Cantidad bultos, peso, otros
CANAL ROJO
Reconocimiento
Físico
Rechazo
Respuesta de canal: (Pagina web sunat)
Almacenista / Despachador de aduana / Portal SUNAT
26/05/2016
25
Etapas del Procedimiento
de Exportación
4. Reconocimiento físico

Se verifica la naturaleza, valor, peso o
medida de la mercancía. Asimismo, se
verifica que haya sido correctamente
clasificada.

La atención de reconocimiento físico se
realiza las 24 horas del día.
Se efectúa en presencia del exportador
y/o despachador y/o representante del
almacén.
El Especialista u Oficial determina
aleatoriamente
las
mercancías
seleccionadas a reconocer físicamente


26/05/2016
26
Etapas del Procedimiento
de Exportación
4. Reconocimiento físico

Producto del reconocimiento físico,
pueden presentarse dos situaciones:
a) Reconocimiento físico sin incidencia.
b) Reconocimiento físico con incidencia.
Diferencia de mercancías consignadas y
encontradas.
“……Cuando
la
incidencia
corresponde a mercancía no declarada,
se incurre en infracción”.
26/05/2016
27
Etapas del Procedimiento
de Exportación
5. Control de Embarque


26/05/2016
Los terminales de almacenamiento
son responsables del traslado y
entrega
de
la
mercadería
al
transportista.
El transportista verifica el embarque
de la mercancía y anota en la casilla
14 de la DUA, la cantidad de bultos,
peso bruto total, fecha y hora en que
terminó el embarque, culminando su
actuación con su sello y firma. La
mercancía deberá ser despachada
dentro del plazo máximo de diez (10)
días útiles contados a partir del día
siguiente de la fecha de numeración
de la DUA.
28
Control de embarque para mercancías
transportadas de una intendencia de aduana
de origen a otra de salida
• Están sujetas a reconocimiento
intendencia de aduana de origen.
físico
obligatorio
por
la
• En la aduana de salida el oficial de aduanas designado constata
que los bultos, sellos y precintos se encuentren en buenas
condiciones.
• Tratándose de carga suelta o de existir indicios de violación de
sellos y precintos, la intendencia de aduana de salida realiza el
reconocimiento físico.
26/05/2016
29
Etapas del Procedimiento
de Exportación

El terminal de almacenamiento
permitirá el embarque
de
las
mercancías en situación de levante
autorizado.
Esta
condición
la
obtienen DUAs con canal naranja y
DUAs con canal rojo debidamente
diligenciadas.
26/05/2016
30
DESPACHOS PARCIALES DE EXPORTACIÓN (Requisitos)
•
Deben estar amparados en una sola DUA,
embarcarse dentro del plazo establecido (10 días).
•
En la vía aérea deben cumplir con:
i.
Corresponder a un mismo terminal.
ii.
Indicar en el campo tipo de despacho el código 20.
debiendo
iii. Transmitir electrónicamente el detalle de todos manifiestos
correspondientes a la DUA.
iv. Deben ampararse en un solo documento de transporte.
v.
26/05/2016
La fecha de embarque a indicarse en la DUA debe ser el del
último embarque realizado.
31
Regularización de la Exportación
6. Regularización
La regularización del régimen se realiza con la
transmisión por vía electrónica de la información
complementaria de la declaración y la presentación
de los documentos que la sustentan a satisfacción de
la autoridad aduanera, dentro del plazo de quince
(15) días contados a partir del día siguiente de la
fecha de término del embarque.
26/05/2016
32
Despachador
SIGAD
Div.Exportación
Presentación física de documentos
Transmite
información
complementaria
de la DUA
Convalida
información
y acepta
indicando fecha
y hora
26/05/2016
DUA
Verifica datos
del SIGAD y
documentos
de la DUA.
Despachador
Recibe
Conformidad y
reimprime DUA
- DUA con datos provisional.
- Documento de Transporte
-Factura Copia SUNAT
-Guía de Remisión
- Autorizaciones Especiales
- Otros, de corresponder
A
Correcto
Regulariza
régimen y
distribuye
copias
A
33
CASOS ESPECIALES
I. Exportación a través de Terceros (Comisionistas)
La exportación se efectúa con
una sola DUA.
Transmite información Anexo
1 Relación consolidada de
productores.
Presentación
documentos:
RCP, Copia de las facturas
emitidas por cada uno de los
productores,
factura
comisionista.
26/05/2016
34
CASOS ESPECIALES
II. Exportación SWAP de ORO
Operación de canje de oro local
por oro extranjero equivalente,
mediante la cual un banco del
Sistema
Financiero
Nacional
recibe oro en custodia para
transferirlo
posteriormente
(mediante una operación SWAP) a
un
fabricante
nacional
de
joyerías, el cual realiza una
transformación del producto para
su posterior exportación.
26/05/2016
35
CASOS ESPECIALES
III. Exportaciones hacia CETICOS o ZOFRATACNA
TERRITORIO
ADUANERO
Mercancía Nacional
CETICOS
O
ZOFRATACNA
ADUANA
26/05/2016
EXPORTACION DEFINITIVA A LOS CETICOS DE
ILO, MATARANI, PAITA O ZOFRATACNA
36
CASOS ESPECIALES
IV. Exportación bajo Contratos de Colaboración
Empresarial
• En las sociedades irregulares;
comunidad de bienes; joint
ventures, consorcios y demás
contratos de colaboración
empresarial que no llevan
contabilidad en forma
independiente, la exportación la
realiza el operador, el mismo que se
constituye en el exportador y
efectúa los despachos de
exportación con una sola DUA.
26/05/2016
37
CASOS ESPECIALES
IV. Exportación bajo Contratos de Colaboración Empresarial
OPERADOR
•La exportación se efectúa
con una sola DUA.
•Transmite información
Anexo 3 Relación
Consolidada del Porcentajes
de Participación.
•Presentación documentos:
RCPP, Copia de contrato de
colaboración empresarial.
26/05/2016
38
INFRACCIONES Y SANCIONES
INFRACCION:
Asignar una sub-partida nacional incorrecta por cada
mercancía declarada. Art. 103º, inc. d) numeral 5) TUO
de la LGA.
SANCION:
0,10 UIT, por cada tipo de mercancía.
26/05/2016
39
INFRACCIONES Y SANCIONES
( Aplicables a : Dueños, consignatarios o consignantes)
INFRACCION:
•Formulen declaración incorrecta o proporcionen información
incompleta de las mercancías, respecto a:
•Valor; marca comercial; modelo; numero de serie en los casos
que establezca la SUNAT; o el sector competente, estado;
cantidad comercial; calidad; origen: país de adquisición o
embarque; condiciones de la transacción; u otros datos que
incidan en la determinación de tributos.
•SANCION:
•0.10 UIT, por cada tipo de mercancía, cuando no existan
tributos ni derechos antidumping o compensatorios dejados de
pagar, hasta un máximo de 1.5 UIT por declaración
26/05/2016
40
INFRACCIONES Y SANCIONES
( Aplicables a : Dueños, consignatarios o consignantes)
INFRACCION:
No regularizar el régimen de exportación, dentro del
plazo establecido. Art. 103º, inc. e) numeral 6) TUO de
la LGA.
SANCION:
26/05/2016
0,5 UIT.
41
INFRACCIONES Y SANCIONES
INFRACCION:
Se detecte la existencia de mercancía no declarada.
Art. 108º, inc. i) TUO de la LGA.
SANCION:
• Comiso.
26/05/2016
42
Beneficios a la Exportación

Restitución de Derechos Arancelarios (Drawback)

Reposición de Mercancías en Franquicia

Admisión Temporal

Importación Temporal
26/05/2016
43
Restitución de Derechos Arancelarios (Drawback
•
Definición:
•
Es el régimen aduanero que permite, como consecuencia de la
exportación de mercancías, obtener la restitución total o
parcial de los derechos , que hayan gravado la importación de
las mercancías contenidas en los bienes exportados o
consumidos durante su producción.
26/05/2016
44
Restitución de Derechos Arancelarios (Drawback
•
Requisitos Para Acogerse:

El valor CIF de los insumos importados utilizados no debe
superar el 50% del valor FOB del producto exportado.

Las exportaciones de los productos no deben superar
anualmente el monto de US$ 20 millones por subpartida
arancelaria y empresa exportadora no vinculada.
26/05/2016
45
Restitución de Derechos Arancelarios (Drawback
Beneficiarios:
Las empresas productoras – exportadoras que:
Elabore o produzca la mercancía a exportar, cuyo costo de
producción se haya incrementado por los derechos de
aduana que gravan la importación de los insumos
incorporados en el bien exportado.
Encargue la producción (del bien a exportar) a terceros,
con un acuerdo previo por escrito.
26/05/2016
46
Reposición de Derechos Arancelarios
Definición:
Es el régimen aduanero por el cual se importan sin el pago de
los derechos arancelarios y demás impuestos que gravan la
importación, mercancías equivalentes a las que habiendo sido
nacionalizadas han sido transformadas, elaboradas o
materialmente
incorporadas
en
productos
exportados
definitivamente.
Este beneficio se otorga mediante la emisión de un Certificado
de Reposición a nombre del importador.
26/05/2016
47
Admisión Temporal
Definición:
Es el régimen aduanero que permite el ingreso de ciertas
mercancías extranjeras al territorio aduanero con suspensión
del pago de los derechos arancelarios y demás impuestos que
graven su importación, para ser exportadas dentro de un plazo
determinado , luego de haber sufrido una transformación o
elaboración, debiendo dichas mercancías estar materialmente
incorporadas en el producto exportado.
26/05/2016
48
Admisión Temporal
•Garantía: Se debe constituir garantía por el monto de los
derechos y demás impuestos cuyo pago se ha suspendido,
incluido
los
intereses
compensatorios
proyectados
al
vencimiento del plazo del régimen.
•Conclusión del Régimen:
Exportación de productos compensadores.
Cuando son ingresados a zona franca o CETICOS.
Reexportación.
Destrucción total o parcial por caso fortuito o fuerza mayor.
Destrucción a solicitud del beneficiario
26/05/2016
49
Admisión Temporal
Beneficiarios:
Cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera.
No requiere tener la calidad de exportador ni productor.
Plazo:
24 meses computados a partir de la fecha de numeración de la
DUA.
Vencido este plazo, la SUNAT dará por nacionalizada
automáticamente la mercancía, ejecutando la garantía.
26/05/2016
50
Internación Temporal
Definición:
Es el régimen aduanero que permite el ingreso al territorio
nacional, con suspensión del pago de los derechos arancelarios
y demás impuestos aplicables a la importación, de las
mercancías extranjeras que se determinen por Resolución
Ministerial de Economía y Finanzas, siempre que sean
identificables y estén destinadas a cumplir un fin determinado
en un lugar específico, para ser reexportadas en el plazo
establecido sin sufrir modificación alguna de su naturaleza,
excepto la depreciación normal por su uso.
26/05/2016
51
Internación Temporal
Garantía:
Se debe constituir garantía por el monto de los derechos y
demás impuestos cuyo pago se ha suspendido, incluido los
intereses compensatorios proyectados al vencimiento del plazo
del régimen.
Conclusión del Régimen:
Pago.
Reexportación.
Destrucción total o parcial por caso fortuito o fuerza mayor.
Destrucción a solicitud del beneficiario.
26/05/2016
52
Internación Temporal
Beneficiarios:
Cualquier persona natural o jurídica, nacional o extranjera.
No requiere tener la calidad de exportador ni productor.
Plazo:
Es fijado por el interesado de acuerdo con la garantía
presentada hasta el máximo de 12 meses. Sólo para material
de embalaje de productos de exportación, en casos
debidamente justificado, se podrá solicitar un plazo adicional
de hasta 06 meses.
26/05/2016
53
Situaciones comunes - Errores

Transmisión de peso, bultos y consignatario errados en la DUA.

Guía aérea no consigna información del destinatario final de la
mercancía.

Endose de la guía aérea debe ser realizado por la persona
autorizada.

Clasificación Arancelaria.

Peso total de la mercancía no tiene relación con las unidades
físicas embarcadas.
26/05/2016
54
Situaciones comunes - Errores

Las facturas se presentan con enmendaduras, no detallan
precios unitarios, omisión o indicación incorrecta de los
incoterms.

Descripción consignada en la Orden de Embarque difiere de lo
señalado en la Factura y en la DUA.

Las autoliquidaciones consignan datos incorrectos, tanto de la
DUA asociada (número, año, etc) asi como del código de la
infracción.

Anulaciones indebidas de Declaraciones Unicas con datos
provisionales.
26/05/2016
55
Situaciones comunes - Errores

Transmisión de C.I.P. Con datos incompletos.

Descripción de mercancía importada no coincide o es
incompleta respecto de la factura.

Fecha de levante de la mercancía importada es posterior a la
fecha de exportación.

Cartas de poder legalizados notarialmente
26/05/2016
56
Gracias por su atención..
26/05/2016
57