PROYECTO DE ACUERDO N° 283 DE 2006 "POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SUSBSISTEMA DE PLANEACION LOCAL Y PRESUPUESTACIÓN PARTICIPATIVA EN EL MUNICIPIO.

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PROYECTO DE ACUERDO
N° 283 DE 2006
"POR MEDIO DEL CUAL SE CREA EL SUSBSISTEMA DE
PLANEACION LOCAL Y PRESUPUESTACIÓN PARTICIPATIVA EN
EL MUNICIPIO DE MEDELLÍN EN EL MARCO DEL SISTEMA DE
PLANEACION, ACUERDO 043 DE 1996 Y SE MODIFICAN ALGUNOS
DE SUS ARTICULOS”
ANTECEDENTES DEL 043
• La participación enmarcada en la Constitución
Política
• Descentralización como instrumento de gestión.
• Ley 152 de 1994
• El modelo de gestión como respuesta a la
presión de los movimientos sociales
DEBILIDADES Y AMENAZAS
• No existe el carácter vinculante en las
decisiones de la Planeación
• Se queda en la formulación del Plan de
Desarrollo y no trasciende
• No considera los Planes Locales
• No genera procesos sino planes libro
AVANCES DEL P. ACUERDO 283
• Lo importante es el proceso social
• Todas las comunas con Planes Locales
• Aporte del Plan Local a la gobernabilidad
• Desarrollo de capacidades por la
descentralización en la gestión pública.
Objeto
Desarrollar lo contenido en el Acuerdo Municipal 043 de
1996 (Sistema Municipal de Planeación), precisa
Crear e institucionalizar el Subsistema de Planeación
Local y Presupuestación Participativa.
Reglamentar los Planes de Desarrollo Local y su
articulación con la Presupuestación Participativa de los
recursos asignados por el Municipio de Medellín a cada
una de sus Comunas y Corregimientos.
Finalidad
• Ampliar mecanismos de participación ciudadana en la
planeación del desarrollo de la ciudad y el control
democrático de la gestión pública.
• Promover la participación de la población en la
elaboración, seguimiento y control de la ejecución del
Presupuesto General de Gastos y del Plan anual de
Inversiones Públicas que se aplica a las comunas y
corregimientos de Medellín,
• Establecer prioridades de asignación de recursos a nivel
comunal y corregimental.
Definición
• El Subsistema de Planeación Local y
Presupuestación Participativa es un conjunto de
principios, instancias, procedimientos e
instrumentos orientados al desarrollo local
(Comunal y Corregimental), que hacen parte del
Sistema Municipal de Planeación democrático
de la gestión pública.
Ámbito de aplicación
Las disposiciones son de obligatorio cumplimiento para el
Alcalde y la Administración Municipal y son de carácter
vinculante para todas las dependencias municipales
centrales.
Regirá en la formulación y ejecución de los planes de
desarrollo local de las Comunas y Corregimientos,
barrios y veredas del Municipio de Medellín.
Ejes de articulación al
sistema
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Sistema Municipal de Planeación, Acuerdo 043 de
1996
Estatuto Orgánico del Presupuesto, Decreto 006 del
1998
Plan de Ordenamiento Territorial, acuerdo 046 del
2006
Formulación y ejecución del Plan de Desarrollo
Municipal
Plan Operativo Anual de Inversiones - POAI
Planes Estratégicos o Sectoriales
Conformación
•Autoridades de planeación
•Instancias
•Instrumentos
•Organismos de ejecución
•Organismos de control
Instancias
El Consejo Consultivo Comunal o Corregimental(CCC):
encargado de aprobar los planes de desarrollo comunal o
corregimental, así como las propuestas de presupuesto
participativo que serán entregadas a la Administración Municipal.
Conformado por:
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Junta Administradora Local
Delegados elegidos en las Asambleas barriales o veredales.
Delegados de las organizaciones sociales y comunitarias
Representante de los consejos poblacionales o sectoriales de
ciudad con presencia en la comuna o corregimiento.
El Alcalde o su delegado.
Los equipos zonales conformados por la Administración Municipal
debidamente reglamentados en el decreto con voz y sin voto.
Un delegado del Concejo Municipal con voz y sin voto.
Escenarios
• Asambleas de Habitantes de Barrios y
Veredas:
Identificar problemas y oportunidades, y elegir
delegado al respectivo Consejo Consultivo Comunal o
Corregimental, por cada 25 votantes en la Asamblea.
• Comité Municipal de Presupuesto
Participativo:
Espacio de concertación entre los voceros de la
ciudadanía y la administración municipal para evaluar y
planear la metodología del proceso.
• Las Asambleas Temáticas de Ciudad:
Tienen un carácter indicativo y sirven de insumo para
todos los ejercicios de planeación local y
presupuestación participativa.
Insumos del subsistema
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Plan de Ordenamiento Territorial
Resultados de las Asambleas Barriales y Veredales.
Acuerdos de las Asambleas Temáticas de Ciudad
Políticas sectoriales y poblacionales
Información estadística y demográfica
Información anualizada sobre ejecuciones
presupuéstales
Marco y el Plan Financiero de Mediano Plazo
Planes Estratégicos Municipales, Metropolitanos y
Departamentales vigentes al momento.
Recomendaciones y propuestas del Comité Municipal de
Presupuesto Participativo.
Evaluaciones de Planes Locales y Parciales
Salidas o resultados
• Plan Comunal o Corregimental de Desarrollo
• Presupuesto Participativo Anual de
Inversiones Comunal o Corregimental.
• Instrumentos e indicadores para el
seguimiento, control y evaluación de estos
planes.
• Informes de seguimiento y evaluación.
Control social
Para lograr y velar por la transparencia del
proceso, funcionarán como organismos de
vigilancia y control social:
• Las Juntas Administradoras Locales.
• Las Veedurías Sociales y Cívicas
existentes
Planes de Desarrollo Local - PDL
Definición
Orientar de manera articulada al Sistema
Municipal de Planeación, las decisiones y
acciones, programas y proyectos de las
comunas y corregimientos, bajo estrategias de
desarrollo humano sostenibles y sustentables.
Se constituyen en un medio para sostener
procesos de planificación permanente y
sistemática que dinamicen el capital social,
económico y humano del territorio.
Formulación PDL
Deberán ser construidos mediante procesos de
participación ciudadana debidamente
organizados y reconocidos por la comunidad y
por el gobierno municipal, con el propósito de
darle legitimidad, definir la ruta estratégica e
identificar aquellos proyectos necesarios para el
desarrollo del respectivo territorio.
Para la formulación de estos planes se promoverá
la participación activa de la respectiva Junta
Administradora Local
Aprobación PDL
Los Planes de Desarrollo Local serán aprobados
por lo menos por las dos terceras partes de los
delegados del respectivo Consejo Consultivo.
Los planes zonales deberán ser aprobados por la
mitad más uno de los delegados de los
diferentes territorios que en ellos se agrupen.
La aprobación debe ser comunicada al
Departamento de Planeación y a la Junta
Administradora Local mediante copia del acta
de la respectiva sesión del Consejo Consultivo,
la cual deberá llevar la firma de los asistentes.
Temporalidad
El alcance de dichos planes debe ser de
mediano y largo plazo, correspondiéndose
con los periodos de los planes de
desarrollo municipal y los proyectos
estratégicos de ciudad.
Gestión
• El Consejo Consultivo Comunal o Corregimental,
conformará un Grupo Coordinador encargado de la
gestión organizativa y financiera del mismo. Para la
ejecución de los Planes Comunales y Corregimentales
se contará de manera privilegiada con los recursos
asignados a cada comuna o corregimiento por el
presupuesto participativo. La Administración Municipal
podrá asignar partidas específicas adicionales a
componentes estratégicos de estos planes dentro del
Plan de Desarrollo Municipal.
• La Administración y los Consejos Consultivos, buscarán
además financiar los proyectos de estos Planes a través
de recursos metropolitanos, nacionales y de
cooperación internacional. Además, podrán acordar con
la administración la creación de aportes provenientes de
las actividades propias de cada Comuna o
Corregimiento, con destinación especifica al
cumplimiento de las metas y objetivos priorizados de los
CCC.
PRESUPUESTO PARTICIPATIVO - PP
Definición
Es una herramienta de gestión pública democrática del
presupuesto Municipal que permite a la comunidad
participar y decidir en la distribución de un porcentaje del
presupuesto asignado a sus respectivas Comunas y
Corregimientos.
Es la principal más no la única herramienta de gestión del
Plan de Desarrollo Local . Es además un instrumento de
formación y desarrollo de la cultura ciudadana y la
democracia municipal que propende por la equidad
social, la eficacia y la transparencia administrativa.
Formulación del PP
• Asignación del presupuesto anual para cada comuna y
corregimiento.
• Realización de Asambleas de habitantes de Barrios y
Veredas para informar el proceso, identificar las
problemáticas principales, hacer devolución de informes
de gestión y elegir las y los delegados/as al respectivo
Consejo Consultivo Comunal o Corregimental.
• Realización de Consejos Consultivos Comunales o
Corregimentales para definir los puntos centrales del
diagnóstico territorial, priorizar la inversión, aprobar las
iniciativas, hacer devolución de información, monitoreo y
seguimiento a la ejecución.
• Conformación de las comisiones de trabajo temáticas
responsables de la construcción de propuestas de
inversión comunitaria.
Aprobación PP
El presupuesto participativo de cada
comuna o corregimiento requiere la
aprobación de la mitad más uno de los
integrantes del respectivo consejo
consultivo comunal o corregimental, antes
de ser incorporado a los actos
administrativos del honorable concejo de
la ciudad.
Temporalidad del PP
Cada ejercicio de presupuesto participativo
corresponde a la vigencia del POAI (Plan
Operativo Anual de Inversiones) del año
inmediatamente siguiente y debe estar
articulado al calendario presupuestal
Financiación del PP
• Para su implementación y ejecución, la administración municipal
garantizará los recursos necesarios para la operación y puesta en
marcha del Programa de Planeación y Presupuestación
Participativa en cada una de las Comunas y Corregimientos del
municipio dentro del Plan Plurianual de Inversiones.
• Se Creará dentro del Presupuesto Municipal un componente
denominado Presupuesto Participativo, que hará parte del Estatuto
Orgánico del Presupuesto de Medellín. Este componente no será
inferior al 5% del Presupuesto de Inversión Anual Municipal.
• El componente de Presupuesto Participativo será distribuido por
comunas y corregimientos según criterios de Índice de Desarrollo
Humano, Población, Índice de calidad de vida y el total de la
inversión municipal en el respectivo territorio en las últimas tres
vigencias, además de otros criterios fijados por la Administración,
garantizando los principios de equidad social y solidaridad territorial.
PROCESOS OPERATIVOS DEL
SUBSISTEMA
Comunicación e Información:
Para facilitar el acceso a la información a la ciudadanía y
en especial a las diferentes instancias de Planeación y
Presupuestación Participativa, la Administración
Municipal creará, administrará y mantendrá actualizado
un Sistema de Información Local en Línea, procurando
tecnología y puntos de acceso gratis en las diferentes
Comunas y Corregimientos de la ciudad.
Garantizará la difusión masiva de esta información a la
ciudadanía y su entrega oportuna en tiempo y forma
clara y simple para el debate, la toma de decisiones y la
transparencia del proceso en cada una de las instancias
aquí enunciadas.
Monitoreo, evaluación y control
• Departamento Administrativo de Planeación:
– Monitoreo, evaluación y control del proceso técnico y
legal de la formulación, aprobación y ejecución de los
Planes Comunales y Corregimentales, así como de
las iniciativas y proyectos aprobados para cada
vigencia mediante los Presupuestos Participativos.
• Secretaría de Desarrollo Social:
– Monitoreo, evaluación y control de la participación
ciudadana y comunitaria en este subsistema
Coordinación General
• Comite Intersectorial, (Acuerdo 043) incluyendo la Secretaría de
Desarrollo Social
• Coordinador(a) General del Subsistema de Planeación y
Presupuestación Participativa
• Comité de Enlace y Seguimiento Municipal del Subsistema
Local de Planeación y Presupuestación Participativa, liderado
por la Coordinación General del Subsistema y en el cual tendrán
asiento cada una de las dependencias del Municipio de Medellín.
• Equipos Zonales de Planeación, Gestión y Presupuestación
Participativa creados mediante Decreto 517 de 2005 en los
términos que el mismo los formula y que el presente acuerdo
incorpora.