Formación histórica del Derecho Canónico Bibliografía: 1. Manual de Derecho Canónico - EUNSA. (Eloy Tejero). 2.

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Transcript Formación histórica del Derecho Canónico Bibliografía: 1. Manual de Derecho Canónico - EUNSA. (Eloy Tejero). 2.

Formación histórica del
Derecho Canónico
Bibliografía:
1. Manual de Derecho Canónico - EUNSA.
(Eloy Tejero).
2. El D. En la Igl. misterio de comunión.
(PAULINAS. Gianfranco Ghirlanda).
3. Introducción al Derecho Canónico
(José T. Martín de Agar).
P. Juan María Gallardo
www.oracionesydevociones.info
Introducción
La historia del DC se ha forjado:
 A través de los actos legislativos,
 decisiones de la autoridad (Papas,
Concilios, Obispos, Sínodos, sentencias de
los Jueces) y, también,
 mediante la COSTUMBRE,
Cuatro períodos
Podemos dividir la historia del DC en
cuatro períodos.
Cada uno con sus características propias.
 I. El primer milenio
 II. El período clásico (1140-1325)
 III. La época moderna (hasta el CV. I)
 IV. La época contemporánea
El primer milenio
 N. S. Jesucristo enseñó la Buena Nueva y
envió a los Apóstoles a transmitir su
contenido.
 Con la muerte del último apóstol y durante
los dos primeros siglos la Iglesia se
organiza en torno a sus obispos
(recopilando y ampliando los criterios
heredados de los Apóstoles).
 El modo habitual de explicación de la
doctrina y de las normas de conducta
cristianas fue la predicación de los obispos
(oralmente o por cartas).
 Los apóstoles y los ancianos de Jerusalén,
para dirimir la cuestión de los judaizantes,
fueron conscientes de que podían dar
disposiciones válidas también para los
hermanos de Antioquía y ejercieron un
verdadero poder legislativo (Cf. He 15,2328).

S. Pablo
era consciente de que podía
hacerse intérprete autorizado del derecho
divino positivo (Cf. 1Cor 7,10-11) y de que
podía dar disposiciones autoritativas
también sobre materias que el Señor no
había regulado directamente (Cf. 1Cor
7,12-19.25-40), seguro de que estaba
asistido por el Espíritu de Dios (Cf. 1Cor
7,40b).
 Desde el siglo I
se desarrolló en la Iglesia una actividad
recopilatoria de normas que nos muestra
cómo desde el principio la actividad jurídica
en la Iglesia era muy intensa y abarcaba
materias parecidas a las de hoy.
 En este sentido, la Tradición
constituye una fuente importantísima
 Los Padres Apostólicos (que recibieron la
doctrina directamente de los Apóstoles)
fueron testigos de la tradición apostólica.
 Sus obras constituyen una exégesis
antiquísima de la SSEE y un testimonio
autorizado de la Tradición.
 Fueron Padres Apostólicos: S. Clemente
Romano y San Ignacio de Antioquía.
 Los Padres de la Iglesia refutaron las
herejías y explicaron las verdades de la fe
utilizando la cultura de la época e
inaugurando la historia del pensamiento
teológico.
 En la patrística de oriente se destacan:
Orígenes, S. Basilio, S. Gregorio de Nisa,
S. Gregorio Nacianceno, S Juan
Crisóstomo y S. Juan Damasceno.
 En occidente: Tertuliano, S. Cipriano, S.
Jerónimo, S. Ambrosio de Milán y S.
Agustín.
Escritos de los siglos I al V
 La Doctrina Duodecim Apostolorum o
Didaché.
 Didascalia.
 Traditio Apostolica de S. Hippolyti.
 Constitutiones Apostolicae
 La Doctrina Duodecim Apostolorum o
Didaché (ss. I-II):
contiene preceptos morales, normas
litúrgico-sacramentales y normas sobre la
jerarquía.
 Didascalia (a. 111):
su contenido es similar al de la Didaché,
pero ofreciendo el testimonio de una
disciplina más articulada en el episcopado.
 Traditio Apostolica S. Hippolyti (220
aprox.): contiene el ritual romano de la
ordenación de todos los grados y
ministerios en la Iglesia primitiva y trata de
varias instituciones eclesiásticas.
 Constitutiones Apostolicae
(ss. IV-V): es
una colección de normas relativas a las
costumbres y a la liturgia; depende de las
recopilaciones anteriores, pero contiene
también la refutación de algunas herejías.
Fuentes del D.C. (S. IV y V)
Las fuentes del DC son:
1. Los Concilios
 Ecuménicos y
Regionales
2. Las Decretales
1. Los Concilios:
Fueron asambleas de obispos que se
reunían para deliberar temas relativos a la
doctrina y a la disciplina eclesiástica.
 Los primeros C. ecuménicos fueron:
Nicea (325),
Constantinopla. (381),
Éfeso (431),
Calcedonia.
 Se reunieron C. regionales en:
Oriente, Italia, África, España, Galias.
 También existieron los C. Provinciales.
 Detrás de cada uno laten conflictos
concretos.
Sus CÁNONES son
los primeros textos cristianos
que muestran un estilo legislativo:
fórmulas breves con tono imperativo.
Fijaban reglas para resolver conflictos que
los obispos no pudieron solucionar.

Dichos CÁNONES
dan el nombre al D.C.
 Los DOGMÁTICOS fueron reglas de fe,
contra las afirmaciones de los herejes.
 Los DISCIPLINARES pretendían resolver
en justicia los demás casos.
2. Las Decretales:
Son consultas de los obispos o
apelaciones al Romano Pontífice.
 Servían también para resolver problemas
o conflictos semejante.
 Constituyeron un importante aporte en la
actividad normativa.

 Los cánones y decretales
comenzaron a recopilarse.
Las principales colecciones son
 Syntagma Canonum (Antioquía).
 Vetus Romana.
 Breviarium Hyponense.
 Codex Apiarii causae.
 Registri Ecclesiae Cartaginensis Excerpta
(África).
 Statuta Ecclesiae Antiqua (Galias).
Un breve resumen de lo dicho
Las FUENTES del D.C. antiguo podrían agruparse
así:
1. Fuentes de D. Divino:
La SSEE y la Tradición.
2. Fuentes de D. humano:
Las Colecciones Canónicas que recogen la
actividad legislativa de los Papas (Decretales)
y de los Concilios (Cánones).
Siglo V al VII
Desde el s. IV,
la doctrina cristiana influyó notablemente
en la evolución del D. Romano.
 Y la influencia del D. Romano en el
naciente D. C. es muy grande.
 Con las invasiones germánicas (en el 476
Odoacro depone a Rómulo Augústulo,
emperador de occidente) se paraliza la
actividad conciliar.
Del s. V al VII
prácticamente NO hubo concilios en Italia.
A partir del s. VI
comienza una intensa actividad conciliar
en Las Galias y en España.
 La ÚNICA FUENTE NOMATIVA del s. V es:
LA LEGISLACIÓN PONTIFICIA
De esta época –s. V al VII- dos son las
colecciones más importantes:

1. La Collectio Dionysiana: (s. VI)

2. La Versio Hispana: (del año 633)
La Collectio Dionysiana
 Fue recopilada en Roma en el siglo VI por
el monje escita Dionisio el Exiguo.
 También se la llamó Corpus Canonum o
Codex Canonum.
 Recoge los Concilios Orientales,
más uno de Cartago y
38 decretales del Papa Siricio (384-399).
 Tuvo mucha importancia y autoridad.
 Se redactaron tres ediciones
entre el 497 y el 523.
 Carlomagno la pidió al papa Adriano y
llegó a tener un carácter oficial.
 En Francia se la llamó
Collectio Dionysio-Hadriana
 Tres notas caracterizaron esta colección:
1. Su autenticidad.
 2. Su universalidad.
 3. Y la romanidad,
por la primacía de las
decretales de los papas.

La Versio Hispana
-año 633 Es un fruto del IV concilio Toledano.
 Modernas investigaciones la atribuyen a
S. Isidoro de Sevilla.
 Recoge concilios orientales, africanos,
galos, españoles y unas 102 decretales.
 Se caracteriza por su universalidad.
 Fue una colección tácitamente oficial.
 Reconocida por Alejandro III (1159-1181)
como Corpus canonum authenticum
Ecclesiae Hispanae.
En el siglo VI,
debido a la formación y consolidación de
los reinos germánicos, se cae en un fuerte
particularismo regional-nacional.
 La jerarquía eclesiástica se debilita y en
algunas partes ya casi no funciona.
 Donde funcionaba seguía influyendo la
Dionisiana.
En el siglo VII
se agudiza el particularismo, en cuanto que
el derecho eclesiástico se mezcla con los
diversos derechos germánicos.
 En Italia se producen recopilaciones menos
importantes, pero que añaden nuevos
textos, o bien recopilaciones de Formulae,
en las cuales se escribían las actas de los
papas o de la curia romana.
 En Oriente
 Se observa una omisión sistemática
de los cánones occidentales y
se recogen sólo los africanos.
 Las decretales de los papas
no se traducen ni se divulgan.
 Importante es la Collectio Truhana (s. VII),
ya que fija las fuentes del derecho.
En este período es notable la función que
desempeñó la Iglesia de España.
 A pesar de la invasión y de la persecución
por parte de los visigodos arrianos, se
conservó la disciplina antigua romana,
universal, mediante todas las colecciones
anteriores al regionalismo.
 En el 586 se produce la conversión de los
visigodos al catolicismo; y así pues, se vio
favorecida la unidad legislativa por el
restablecimiento de la jerarquía.
S. VIII al IX
Desnaturalización de los textos canónicos
 África: arrasada por los árabes.
 Roma: expuesta al pillaje de los
Lombardos.
 Las regiones francas no aportan nada.
Padecen un debilitamiento de la autoridad
eclesiástica y sus relaciones con Roma son
escasísimas.
 Es el período de la desnaturalización de los
textos canónicos.
 A partir de textos espúreos, se pretendió
recuperar los bienes eclesiástico
usurpados por los señores y príncipes
 Especialmente en las sedes vacantes.
 CON FALSAS DECRETALES Y
CAPITUARES se intentó recuperar la
libertad de la Iglesia en cuestiones
patrimoniales y jurisdiccionales.
 Al mismo tiempo se desarrolló
el derecho de la Iglesia
en las islas célticas y en Bretaña:
Un derecho consuetudinario,
basado en:
una disciplina contraria a la de la
Iglesia romana (por falta de relaciones )
y en una rígida conservación
de tradiciones locales
(en oposición a los sajones),
que habían invadido las islas célticas.
 Los monasterios son el centro de la vida
religiosa y civil del país.
 Esto aumenta la confusión, el
fraccionamiento y el subjetivismo del
derecho en aquellas zonas.
 Irlanda “produjo” sus LIBROS
PENITENCIALES: eran catálogos de
pecados con la indicación de la penitencia.
 Con la venida de los monjes celtas al
continente (después de la invasión de los
sajones y de los vikingos) estos Libri
paenitentiales tendrán su influjo en toda la
Iglesia en lo que atañe a la disciplina de la
penitencia.
 Los monjes de Cluny se hacen promotores
de una reacción contra la incertidumbre de
la disciplina eclesiástica y la depravación
generalizada.
 Es el comienzo de la reforma gregoriana el
que promoverá la potestad suprema
universal de los papas como solución a los
problemas de la época, junto con un vivo
renacimiento espiritual.
 Los principios básicos de la nueva reforma
se encuentran en el Decretum Buchardi
Wormatiensis, obra de la reforma episcopal
en Alemania.
 Es una colección universal, bien ordenada,
práctica.
S. X al XI
Depuración de los textos canónicos
 Desde el año 1073 reina en la Iglesia
Gregorio VII.
 Comienza una importantísima reforma.
 En todo lo que se refiere a la disciplina del
clero y a la recuperación del derecho de
nombrar obispos, que ejercía el emperador.
 Se remoza el agustinismo político:
la dualidad de poderes independientes.
 Quedan abolidas las investiduras laicas.
 Se lucha contra la simonía.
 Se retorna a la antigua disciplina y a la
tradición.
 Impulsó la investigación en bibliotecas y
archivos.
 Se encontraron las
PANDECTAS o DIGESTOS
(del D. Romano pre-cristiano) y otros
muchos valiosos documentos.
 Se universaliza el D.
 Se luchará contra los textos espúreos.
 Y se usarán solamente
textos antiguos auténticos.
 La Santa Sede juzgará sobre
la autoridad de los textos.


Se rechazan los textos de la autoridad
inferior contrarios a los de la autoridad
suprema.
Se perfilarán tres fundamentos sobre las
que se apoyarán el D.C.:
 1. Un D Romano acomodado a los
problemas eclesiásticos.
 2. El poder legislativo del Papa.
 3. La armonización de los textos
(primer esbozo de un método científico).
Pertenecen a este período:
 El Dietatus Papae Gregorii VII: es un
índice de los derechos de la Santa Sede,
con la indicación de los textos probatorios.
 La Collectio 74 titulorum: fue el Liber
annualis de la curia romana y de los papas.
Es la segunda colección oficial de la Sede,
a pesar de que no es auténtica.
 Es el canonista más grande del s XI fue Ivo
de Chartres. Autor del Decretum; la
Panomia y la Tripartita.
El D Clásico
(1140-1325)
 Con la elaboración sistemática –científica-
del DC por parte de los maestros de las
primeras universidades surge, a mediados
del s. XII, el denominado D. Clásico
 Estas primeras universidades –Bolonia,
París…- fueron fundadas bajos los
auspicios de la Santa Sede.
 Esta “simbiosis” Universidad-Santa Sede
dará origen al D. Clásico.
 Este D. Clásico se caracterizará por:
su proyección universal y
su carácter científico.
Prestará una atención preferente al
D. Romano
gracias al descubrimiento
del DIGESTO y las INSTITUTAS,
cuyos contenidos habían sido ignorados
 Frente a las muchas discordancias entre
las colecciones que corrían y las
discordancias dentro de las mismas
colecciones, surgen algunos intentos de
conciliación de los textos.
 Los criterios que empiezan a seguirse son
los de escoger los textos más genuinos,
más perfectos y más aceptados por los
papas. La misma interpretación de los
textos empieza a hacerse más atenta y
científica .
Respecto a la conciliación de los textos se
sigue el criterio de la distinción entre:
leyes necesarias e inmutables y
leyes contingentes y mudables.
Entre:
leyes de autoridades superiores y
de autoridades inferiores.
Y, sobre todo, entre:
ley y dispensa.
 La ciencia canónica empieza a utilizar el
método escolástico introducido por
Abelardo, que se aplica también para el
estudio del D Romano, que vuelve a
florecer con la escuela de Bolonia.
 A ejemplo de las Pandectas de la
codificación de Justiniano -que acababa de
recuperarse- se siente la necesidad de una
unificación de la disciplina eclesiástica para
poner fin a la incertidumbre de la misma y a
no pocos abusos.
Esa unificación tenía que ser
interna: conciliación de las normas diversas
y en parte opuestas; y también
externa: unidad de recopilación de la masa
de normas dispersas por las varias
colecciones.
Juan Graciano
 Es la más grande figura
de toda la historia del D.C.
 Es contemporáneo de Irnerio:
el glosador del Ius Civile.
 El prestigio de su obra relegó al olvido
las colecciones anteriores.
 Fue maestro de teología en la
Universidad de Bolonia.
 Nació en Carraria (Italia)
cerca de Orvieto,
a finales del s. XI;
falleció en el 1158.
 Fue monje camaldulense.
 Dotó a la Iglesia un método científico
propio: ante la aparente contradicción de
los textos, obtiene su concordancia
fijándose en el rango de autoridad (distinto
es un Concilio a un Obispo; el Papa o un
libro penitencial...).
 Al concordar tiene en cuenta las
circunstancias de tiempo y lugar y
personas.
 También la naturaleza propia de cada
norma: un consejo, una ley, una excepción.
 Atribuye la naturaleza propia a cada norma:
ley, costumbre, canon, privilegio,
dispensa...
 También relaciona las normas con el D.
Natural, el D. Positivo Consuetudinario, el
D. Canónico, etc.
El “Decreto” de Graciano
(1140)
 Graciano, en la realización de su obra,
utilizó la ayuda de sus discípulos, del
Monasterio de los Santos, donde vivía:
Félix, Nabor y, especialmente, de
Paucapalea, que continuará su obra,
añadiéndole las llamadas Paleae (que ya
veremos qué son...
 La intención de Graciano fue recoger los
textos que en diversos tiempos y regiones
determinaron la disciplina eclesiástica y
darles a todos unidad según reglas
de selección,
de interpretación y
de conciliación
elaboradas sistemáticamente, mediante
una aplicación
universal,
general,
sistemática,
homogénea,
total,
de forma que se obtenga un cuerpo
coherente y orgánico de normas que
puedan aplicarse siempre y en todas
partes.
 Así nace la Concordia discordantium
canonum o Decretum, que marca el
verdadero comienzo de la ciencia
canónica.
 Conviene, sin embargo, tener muy en
cuenta que el derecho canónico no surge
con Graciano, sino su estudio científico:
enseña a deducir de los textos antiguos su
sentido genuino, a aplicar las normas
antiguas a las exigencias contemporáneas,
a resolver las controversias y a suplir las
lagunas.
LA PRIMERA PARTE DEL DECRETO
Presenta los principios y disposiciones
del D. insistiendo en las distinciones
conceptuales básicas.
LA SEGUNDA PARTE
Consta de 36 CAUSAE
resueltas por el juez.
LA TERCERA PARTE
Vuelve al método de la primera parte.
A lo largo de las tres partes
encontramos tres tipos de textos:
I LOS DICTA
II LAS AUCTORITATES O CAPÍTULOS
III LAS PALEAE
LOS DICTA: Son expresiones personales
de Graciano con las que introduce las
DISTINCTIONES, las CAUSAE o las
QUESTIONES derivadas.
LAS AUCTORITATES O CAPITULOS: Son
textos normativos de las DECRETALES o
COLECCIONES CANÓNICAS u otros
documentos relacionadas para concordar
las discrepancias.
LAS PALEAE: Son AUCTORITATES
agregadas por Paucapalea.
S. XII al XV
Las DECRETALES del D. Clásico
 Las DECRETALES son respuestas de la
Santa Sede a consultas de obispos,
abades, clérigos o laicos sobre las materias
canónicas más dispares.
 De esta manera, el Papa se convierte en
legislador universal.
 En este período el Papado tiene un
prestigio universalmente reconocido.
Estructura de las DECRETALES
 1. La consulta.
 2. Los criterios normativos.
 3. La decisión fundada.
COLLECTIONES de decretales:
 Compilatio I antiqua (1191): recoge las
normas omitidas por Graciano y las
emanadas después del Decreto.
 Compilatio II antiqua (1210-1212):
Contiene las decretales anteriores a
Inocencio III.
 Compilatio III antiqua (1210):
Contiene las decretales de Inoc. III.
Es la primera colección redactada por
orden del papa y promulgada
auténticamente por él a través de la
comunicación a la escuela de Bolonia.
 Compilatio IV antiqua (1215-1216):
es una recopilación que sigue siendo
privada.
 Compilatio V antiqua (l226):
es una recopilación auténtica; el papa
Honorio III mandó incluso que se utilizara
en las escuelas y en los juicios.
 Durante este período, se desarrolla mucho
el ius decretalium, pero con numerosas
repeticiones, abrogaciones, derogaciones,
con perjuicio de la aplicación del D y del
estudio en las escuelas.
 Además aumenta más aún la confusión del
uso de las viejas recopilaciones.
 Se siente entonces la necesidad de una
recopilación universal, única, exclusiva,
auténtica, que ofrezca de
forma compendiada todo el ius decretalium
y que proceda de la autoridad legislativa,
no ya de las escuelas.
 Con esta intención nace el
Liber Extra, llamado también
Compilatio Nuova o
Decretales de Gregorio IX.
 No es una mera recopilación, sino una
nueva redacción del derecho.
Liber Extra o Compilatio Nuova (1234)
 Preparada por S. Raimundo de Peñafort a
pedido de Gregorio IX.
 Unificó el D. de las Decretales,
suprimió reiteraciones,
evitó contradicciones y
colmó lagunas con Constituciones de
Gregorio IX redactadas con esta
finalidad.
El Liber Sextus
(1298)
Fue promulgado por Bonifacio VIII para
completar la compilatio nuova.
Las Clementinas
(1317)
Una recopilación iniciada por Clemente V y
promulgada por Juan XXII.
Las Extravagantes
Así se denominaron a las decretales
posteriores a la recopilación clementina.
Las más importantes fueron las de Juan
XXII y las “extravagantes comunes”.
Ambas incluidas en la edición oficial del
Corpus Iuris Canónici (1582), llamada
romana.
EL CORPUS IURIS CANONICI
Estaba compuesto por
A) El Decreto de Graciano
B) Las Decretales de Gregorio IX (1234),
o Liber Extra (de S. R. de Peñafort).
C) El Liber Sextus (1298) de Bonifacio
VIII
D) Las Decretales Clementinas
E) Las Decretales Extravagantes.
En las universidades comenzarán a
estudiarse estas compilaciones.
Se convierten así en objeto de lectura y
glosa por parte de los maestros, y de
estudio para los alumnos.
Así surgió un método científico canónico y
una literatura jurídica erudita y sabia.