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“PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y RECURSOS APLICABLES EN LOS PROCESOS DE INVESTIGACION SOBRE EL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS EN EL MARCO DEL CAFTA DR” REPUBLICA DOMINICANA ABRIL DE 2010 PRESENTA: LIC. PATRICIA L. MONICO FORTIS DE SORIANO Objetivos: • Reiterar las facultades de control del Servicio de Aduanas y cómo se aplica la Gestión de Riesgos, en particular relacionado con el factor Origen en los Tratados de Libre Comercio. • Comprender las áreas de responsabilidad y del adecuado cumplimiento aduanero, relacionadas con el elemento Origen. • Discernir la naturaleza de las infracciones aduaneras, de acuerdo a lo establecido en el CAFTA RD y contrastar las regulaciones propias de cada Estado Parte. • Revisar la ruta recursiva aplicable de acuerdo a la Legislación aplicable en cada Estado Parte. Sumario: Formas de control aduanero y su incidencia en el tratamiento relativo al Origen según CAFTA. Sujetos y responsabilidad. Sujetos y responsabilidad. Recursos Aplicables. Formas de Control Aduanero BREVES CONSIDERACIONES RESPECTO A SUS ALCANCES Y EFECTOS Legislación aplicable: DERECHO NACIONAL LEGISLACION ADUANERA Regulaciones, procedimientos, Obligaciones, derechos, Prohibiciones fiscalizadoras LEGISLACION SANCIONADORA 1) Tipología 2) Sanciones 3) Competencias 4) Proceso 5) Prueba O R I G E N TRATADOS Y CONVENCIONES INTERNACIONALES TLC CAFTA RD El control, como el ejercicio de la potestad aduanera: Tipos – Permanente Previa Inmediata Posterior al levante. Control Aduanero Servicio Aduanero Medios: Utilizando equipos de inspección no intrusivos o invasivos. Técnicas de Gestión del Riesgo. Funciones: Análisis Supervisión Fiscalización Verificación Investigación y Evaluación del cumplimiento y Aplicación de normativa Dirigido a: Mercancías Medios de transporte Sujetos que participan en el Comercio Exterior. Respetando el Principio de Legalidad y el Debido Proceso Regulaciones aplicables según el CAFTA RD SUJETOS Y RESPONSABILIDAD REITERANDO Entorno de aplicación: CONOCE SU PROCESO PRODUCTIVO CRITERIOS DE ORIGEN ESTABLECIDOS EN TLC CERTIFICADO DE ORIGEN TEXTO del TCL INSTRUCTIVO DE LLENADO Sujetos que pueden emitir el Certificado de Origen CAFTA RD – 4.16: Artículo 4.16: Solicitud de Origen 1. Cada Parte dispondrá que un importador podrá solicitar el trato arancelario preferencial con fundamento en alguna de las siguientes: (a) una certificación escrita o electrónica emitida por el importador, exportador o productor; o EXPORTADOR COMERCIALIZADOR PRODUCTOR (b) CO su conocimiento respecto de si la mercancía es originaria, incluyendo la confianza razonable en la información con la que cuenta el importador de que la mercancía es originaria. IMPORTADOR Sin embargo, la responsabilidad ante la autoridad aduanera será del Importador Obligaciones respecto importaciones: a las • Sección B: Procedimientos de Origen. Artículo 4.15: Obligaciones Importaciones. Respecto a las … 6. Cada Parte podrá disponer que el importador es responsable de cumplir los requisitos del párrafo 4, no obstante que el importador haya fundamentado su solicitud de trato arancelario preferencial en una certificación o información que un exportador o productor le proporcionó. 7. Nada de lo establecido en este Artículo impedirá que una Parte tome acciones bajo el Artículo 3.24.6 (Cooperación Aduanera) Párrafo 4 Formas de control aduanero y los incidentes que pueden generar agravios al importador: Formas De control Responsable Inmediato: Recepción del pedimento y documentos anexos Autoridad Aduanera Forma electrónica Selectividad: a) Revisión Física Autoridad Aduanera: Vista aduanero, contador vista, Aforador, etc. b) Levante Automático Control a posteriori, a través de VERIFICACIÓN DE ORIGEN Autoridad Aduanera u Otra: Fiscalizador, auditor, etc. 1) 2) Por cuestionario; Visita Base legal Posibles incidentes que pueden causar agravio al importador Rechazo del TRATO PREFENCIAL, por errores en el CO. SEGÚN LA LEGISLACIÓN DE CADA ESTADO PARTE Rechazo del TRATO PREFENCIAL, por diferencias entre el CO y las mercancía, ajusta valores y aplica multa si procede. Rechazo del TRATO PREFERENCIAL, aplica el ajuste y multa si procede. Aplicación afectada por Sistemas y Procedimientos Derecho comparado: • MERCOSUR: – Errores formales, tales como: inversión en el número de la factura, inversiones en fechas, errores ortográficos, diferencias tipográficas, falta de sellos, etc. – Errores sustanciales: Criterios con equivocaciones evidentes, fechas de vigencia, inexistencia de persona que aparece firmando el CO. • Efectos: – Errores formales, enumerados en forma taxativa por la autoridad competente: – Se pueden subsanar, no se invalida el trato preferencial. – Se admite el tramite aduanero, se puede solicitar garantía, para responder por la obligación tributaria. – Se concede un plazo para presentar la corrección. Sanciones aplicables en materia de origen BREVE REVISION DEL MARCO SANCIONADOR Infracciones - Conceptos: • Definiciones regulatorio. legales, según marco “Constituye infracción aduanera toda trasgresión o tentativa de trasgresión de la legislación aduanera. Las infracciones aduaneras pueden ser: Administrativas, Tributarias o Penales.” El Proceso Sancionador Aduanero, en la mayoría de legislaciones Centro Americanas y de República Dominicana, carece De un proceso liquidatorio previo. Revisión conceptos: ILICITOS PRINCIPALES EN MATERIA ADUANERA ENFOQUE DOCTRINARIO Y DE DERECHO COMPARADO CARACTERISTICAS CONDUCTAS A SANCIONAR DEFRAUDACION ADUANERA INEXACTITUD, FALSEDAD, OMISION QUE CAUSEN O PUEDAN CAUSAR PERJUCICIO FISCAL CONTRABANDO ELUSION O EVASIÓN DOLOSA DEL CONTROL ADUANERO TIPOLOGIA GENERALMENTE TAXATIVA GENERALMENTE DE TIPO ABIERTO VARIA SEGÚN LAS DIVERSAS LEGISLACIONES SE ADMITE LA FIGURA DEL CONTRABANDO ADMINISTRATIVO LIMITES EN RAZON DE LA CUANTÍA TIPO DE PRUEBA DOCUMENTAL, PERICIAL TENTATIVA SANCIONES EN GENERAL (*) SE ADMITE LA TENTATIVA DECOMISO DE LAS MERCANCÍAS SIN DOCUMENTACIÓN QUE AMPARE SU PROCEDENCIA SE ADMITE LA TENTATIVA COBRO DEL AJUSTE O COMPLEMENTO DECOMISO DE LAS MERCANCÍAS, GENERALMENTE NO ADMITE REDIMIRLAS OTRAS PENAS COMO LA SUSPENSIÓN RESTTRICCION A LA LIBERTAD Clases de infracciones aduaneras: CAFTA RD: Principio de Legalidad (tipicidad) • Artículo 5.9: Sanciones “Cada Parte adoptará o mantendrá medidas que permitan la imposición de sanciones civiles o administrativas, y cuando sea apropiado, penales, por violaciones de su legislación y regulaciones aduaneras, incluyendo aquellas que rijan la clasificación arancelaria, la valoración aduanera, el país de origen y la solicitud de trato preferencial bajo este Tratado.” Obligaciones respecto importaciones: a las • Sección B: Procedimientos de Origen. Artículo 4.15: Obligaciones Respecto a las Importaciones. culpa … 3. Ninguna Parte, someterá a un importador a cualquier sanción por realizar una solicitud de trato arancelario preferencial inválida, si el importador: (a) no incurrió en negligencia, negligencia sustancial o fraude, al realizar la solicitud y pague cualquier arancel aduanero adeudado; o (b) al darse cuenta de la invalidez de dicha solicitud, la corrija voluntaria y prontamente y pague cualquier arancel aduanero adeudado. dolo Obligaciones respecto importaciones: a las • Sección B: Procedimientos de Origen. Artículo 4.15: Obligaciones Respecto a las Importaciones.… (b) al darse cuenta de la invalidez de dicha solicitud, la corrija voluntaria y prontamente y pague cualquier arancel aduanero adeudado. En resumen: • Sin sanción: – Conductas sin dolo ni culpa; podrían ser errores materiales, solo procede el pago de lo dejado de pagar. • Se sancionará: – Actuaciones culposas – Actuaciones dolosas – Si no se corrige oportunamente. • Los aspectos sancionadores requieren de un adecuado desarrollo en la legislación nacional de cada Estado Parte. Recursos e Instancias aplicables en materia aduanera EXPOSICION DE LA RUTA RECURSIVA CAFTA RD: • Artículo 5.8: Revisión y Apelación “Cada Parte asegurará que con respecto a sus decisiones en asuntos aduaneros, los importadores en su territorio tengan acceso a: (a) un nivel de revisión administrativa independiente del empleado u oficina que emitió la decisión; y (b) una revisión judicial de la decisión.” Recurso – concepto: • • • • • Instrumento de defensa jurídica. Establecido por una ley, el Derecho de Defensa es un derecho constitucional. Se interponen ante actos emanados de la autoridad administrativa (aduanera) que nos causan daño, lesión, agravio o perjuicio. Estos actos pueden ser: decisiones, resoluciones. Objetivo: revocar, corregir dichas resoluciones. Esquema previsto: Ruta recursiva a seguir en un proceso sancionador proveniente de una revisión física: Ejemplo: según la legislación Salvadoreña Ruta recursiva a seguir en un proceso sancionador proveniente de una revisión a posteriori: Ejemplo según la Legislación salvadoreña Muchas gracias PREGUNTAS Y RESPUESTAS