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“PROCEDIMIENTO SANCIONADOR Y
RECURSOS APLICABLES EN LOS
PROCESOS DE INVESTIGACION SOBRE
EL ORIGEN DE LAS MERCANCÍAS EN
EL MARCO DEL CAFTA DR”
REPUBLICA DOMINICANA
ABRIL DE 2010
PRESENTA: LIC. PATRICIA L. MONICO FORTIS DE SORIANO
Objetivos:
• Reiterar las facultades de control del Servicio de
Aduanas y cómo se aplica la Gestión de Riesgos, en
particular relacionado con el factor Origen en los
Tratados de Libre Comercio.
• Comprender las áreas de responsabilidad y del
adecuado cumplimiento aduanero, relacionadas con
el elemento Origen.
• Discernir la naturaleza de las infracciones aduaneras,
de acuerdo a lo establecido en el CAFTA RD y
contrastar las regulaciones propias de cada Estado
Parte.
• Revisar la ruta recursiva aplicable de acuerdo a la
Legislación aplicable en cada Estado Parte.
Sumario:
Formas de control aduanero
y su incidencia en el
tratamiento relativo al
Origen según CAFTA.
Sujetos y responsabilidad.
Sujetos y responsabilidad.
Recursos Aplicables.
Formas de Control
Aduanero
BREVES CONSIDERACIONES RESPECTO A SUS
ALCANCES Y EFECTOS
Legislación aplicable:
DERECHO NACIONAL
LEGISLACION ADUANERA
Regulaciones, procedimientos,
Obligaciones, derechos,
Prohibiciones fiscalizadoras
LEGISLACION SANCIONADORA
1) Tipología
2) Sanciones
3) Competencias
4) Proceso
5) Prueba
O
R
I
G
E
N
TRATADOS Y
CONVENCIONES
INTERNACIONALES
TLC
CAFTA RD
El control, como el ejercicio de la
potestad aduanera:
Tipos –
Permanente
Previa
Inmediata
Posterior al levante.
Control Aduanero
Servicio Aduanero
Medios:
Utilizando equipos de inspección
no intrusivos o invasivos.
Técnicas de Gestión del Riesgo.
Funciones:
Análisis
Supervisión
Fiscalización
Verificación
Investigación y
Evaluación del
cumplimiento y
Aplicación de
normativa
Dirigido a:
Mercancías
Medios de transporte
Sujetos que participan en el
Comercio Exterior.
Respetando el Principio de Legalidad y el
Debido Proceso
Regulaciones aplicables
según el CAFTA RD
SUJETOS Y RESPONSABILIDAD
REITERANDO
Entorno de aplicación:
CONOCE SU
PROCESO PRODUCTIVO
CRITERIOS DE ORIGEN
ESTABLECIDOS EN TLC
CERTIFICADO DE ORIGEN
TEXTO
del
TCL
INSTRUCTIVO
DE
LLENADO
Sujetos que pueden emitir el Certificado de Origen
CAFTA RD – 4.16:
Artículo 4.16: Solicitud de
Origen
1. Cada Parte dispondrá que
un importador podrá solicitar
el
trato
arancelario
preferencial con fundamento
en alguna de las siguientes:
(a) una certificación escrita o
electrónica emitida por el
importador, exportador o
productor; o
EXPORTADOR
COMERCIALIZADOR
PRODUCTOR
(b)
CO
su
conocimiento
respecto
de
si
la
mercancía es originaria,
incluyendo la confianza
razonable
en
la
información con la que
cuenta el importador de
que la mercancía es
originaria.
IMPORTADOR
Sin embargo, la responsabilidad ante la autoridad aduanera
será del Importador
Obligaciones
respecto
importaciones:
a
las
• Sección B: Procedimientos de Origen.
Artículo
4.15:
Obligaciones
Importaciones.
Respecto
a
las
…
6. Cada Parte podrá disponer que el importador es
responsable de cumplir los requisitos del párrafo 4,
no obstante que el importador haya fundamentado su
solicitud de trato arancelario preferencial en una
certificación o información que un exportador o
productor le proporcionó.
7. Nada de lo establecido en este Artículo impedirá que
una Parte tome acciones bajo el Artículo 3.24.6
(Cooperación Aduanera)
Párrafo 4
Formas de control aduanero y los
incidentes que pueden generar agravios
al importador:
Formas
De control
Responsable
Inmediato:
Recepción del
pedimento y
documentos anexos
Autoridad
Aduanera
Forma electrónica
Selectividad:
a) Revisión Física
Autoridad
Aduanera:
Vista aduanero,
contador vista,
Aforador, etc.
b) Levante Automático
Control a posteriori, a
través de
VERIFICACIÓN
DE ORIGEN
Autoridad
Aduanera u Otra:
Fiscalizador,
auditor, etc.
1)
2)
Por cuestionario;
Visita
Base legal
Posibles incidentes que
pueden causar agravio
al importador
Rechazo del TRATO PREFENCIAL,
por errores en el CO.
SEGÚN
LA
LEGISLACIÓN
DE
CADA
ESTADO
PARTE
Rechazo del TRATO PREFENCIAL,
por diferencias entre el CO y las
mercancía, ajusta valores y aplica
multa si procede.
Rechazo del TRATO
PREFERENCIAL, aplica el ajuste y
multa si procede.
Aplicación afectada por
Sistemas y Procedimientos
Derecho comparado:
• MERCOSUR:
– Errores formales, tales como: inversión en el número de la
factura, inversiones en fechas, errores ortográficos, diferencias
tipográficas, falta de sellos, etc.
– Errores sustanciales: Criterios con equivocaciones evidentes,
fechas de vigencia, inexistencia de persona que aparece
firmando el CO.
• Efectos:
– Errores formales, enumerados en forma taxativa por la autoridad
competente:
– Se pueden subsanar, no se invalida el trato preferencial.
– Se admite el tramite aduanero, se puede solicitar garantía, para
responder por la obligación tributaria.
– Se concede un plazo para presentar la corrección.
Sanciones aplicables en
materia de origen
BREVE REVISION DEL MARCO
SANCIONADOR
Infracciones - Conceptos:
• Definiciones
regulatorio.
legales,
según
marco
“Constituye infracción aduanera toda trasgresión o
tentativa de trasgresión de la legislación aduanera.
Las
infracciones
aduaneras
pueden
ser:
Administrativas, Tributarias o Penales.”
El Proceso Sancionador Aduanero, en la mayoría
de legislaciones Centro Americanas y de República Dominicana, carece
De un proceso liquidatorio previo.
Revisión conceptos:
ILICITOS PRINCIPALES EN MATERIA ADUANERA
ENFOQUE DOCTRINARIO Y DE DERECHO COMPARADO
CARACTERISTICAS
CONDUCTAS A SANCIONAR
DEFRAUDACION ADUANERA
INEXACTITUD, FALSEDAD, OMISION QUE
CAUSEN O PUEDAN CAUSAR PERJUCICIO
FISCAL
CONTRABANDO
ELUSION O EVASIÓN DOLOSA DEL CONTROL
ADUANERO
TIPOLOGIA
GENERALMENTE TAXATIVA
GENERALMENTE DE TIPO ABIERTO
VARIA SEGÚN LAS DIVERSAS LEGISLACIONES
SE ADMITE LA FIGURA DEL CONTRABANDO
ADMINISTRATIVO
LIMITES EN RAZON DE LA CUANTÍA
TIPO DE PRUEBA
DOCUMENTAL, PERICIAL
TENTATIVA
SANCIONES EN GENERAL (*)
SE ADMITE LA TENTATIVA
DECOMISO DE LAS MERCANCÍAS SIN
DOCUMENTACIÓN QUE AMPARE SU
PROCEDENCIA
SE ADMITE LA TENTATIVA
COBRO DEL AJUSTE O COMPLEMENTO
DECOMISO DE LAS MERCANCÍAS,
GENERALMENTE NO ADMITE
REDIMIRLAS
OTRAS PENAS COMO LA SUSPENSIÓN
RESTTRICCION A LA LIBERTAD
Clases de infracciones aduaneras:
CAFTA RD:
Principio de
Legalidad
(tipicidad)
• Artículo 5.9: Sanciones
“Cada Parte adoptará o mantendrá medidas que
permitan la imposición de sanciones civiles o
administrativas, y cuando sea apropiado, penales,
por violaciones de su legislación y regulaciones
aduaneras, incluyendo aquellas que rijan la
clasificación arancelaria, la valoración aduanera, el
país de origen y la solicitud de trato preferencial
bajo este Tratado.”
Obligaciones
respecto
importaciones:
a
las
• Sección B: Procedimientos de Origen.
Artículo 4.15: Obligaciones Respecto a las
Importaciones.
culpa
…
3. Ninguna Parte, someterá a un importador a cualquier
sanción por realizar una solicitud de trato
arancelario preferencial inválida, si el importador:
(a) no incurrió en negligencia, negligencia sustancial o
fraude, al realizar la solicitud y pague cualquier arancel
aduanero adeudado; o
(b) al darse cuenta de la invalidez de dicha solicitud, la
corrija voluntaria y prontamente y pague cualquier
arancel aduanero adeudado.
dolo
Obligaciones
respecto
importaciones:
a
las
• Sección B: Procedimientos de
Origen.
Artículo
4.15:
Obligaciones
Respecto a las Importaciones.…
(b) al darse cuenta de la invalidez de dicha
solicitud,
la
corrija
voluntaria
y
prontamente y pague cualquier arancel
aduanero adeudado.
En resumen:
• Sin sanción:
– Conductas sin dolo ni culpa; podrían ser errores
materiales, solo procede el pago de lo dejado de
pagar.
• Se sancionará:
– Actuaciones culposas
– Actuaciones dolosas
– Si no se corrige oportunamente.
• Los aspectos sancionadores requieren de un
adecuado desarrollo en la legislación nacional
de cada Estado Parte.
Recursos e Instancias
aplicables en materia
aduanera
EXPOSICION DE LA RUTA RECURSIVA
CAFTA RD:
• Artículo 5.8: Revisión y Apelación
“Cada Parte asegurará que con respecto a sus
decisiones en asuntos aduaneros, los
importadores en su territorio tengan acceso a:
(a) un nivel de revisión administrativa
independiente del empleado u oficina que
emitió la decisión; y
(b) una revisión judicial de la decisión.”
Recurso – concepto:
•
•
•
•
•
Instrumento de defensa jurídica.
Establecido por una ley, el Derecho de Defensa
es un derecho constitucional.
Se interponen ante actos emanados de la
autoridad administrativa (aduanera) que nos
causan daño, lesión, agravio o perjuicio.
Estos
actos
pueden
ser:
decisiones,
resoluciones.
Objetivo: revocar, corregir dichas resoluciones.
Esquema previsto:
Ruta recursiva a seguir en un proceso
sancionador proveniente de una revisión física:
Ejemplo: según la legislación
Salvadoreña
Ruta recursiva a seguir en un proceso
sancionador proveniente de una revisión a
posteriori:
Ejemplo según la
Legislación
salvadoreña
Muchas gracias
PREGUNTAS Y RESPUESTAS