TEMA 15 EL DERECHO DE USO Y HABITACION CONTENIDO UNIDAD Nº 15: EL USO Y LA HABITACIÓN 15.1 15.2 15.3 15.4 15.5 15.6 15.7 15.8 15.9 15.10 Derecho de uso Derecho de Habitación Constitución del.
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TEMA 15 EL DERECHO DE USO Y HABITACION CONTENIDO UNIDAD Nº 15: EL USO Y LA HABITACIÓN 15.1 15.2 15.3 15.4 15.5 15.6 15.7 15.8 15.9 15.10 Derecho de uso Derecho de Habitación Constitución del Derecho de Uso y Habitación Características Derecho de Uso Derecho de Habitación Características similares con el Usufructo Derechos del Usuario y Habitador Obligaciones del Usuario y Habitador Extinción del Derecho de Uso y Habitación CONCEPTO DE DERECHO REAL • Es el poder jurídico que un sujeto ejerce en forma directa e inmediata sobre un bien que le permite su aprovechamiento total o parcial en sentido jurídico y es además oponible a terceros. Titular del derecho Poder jurídico Oponibilidad Bien tercero CONCEPTO DEL DERECHO DE PROPIEDAD • Art. 105:Código Civil “La propiedad es un poder jurídico que permite usar, gozar y disponer de una cosa, y debe ejercerse en forma compatible con el interés colectivo, dentro de los límites y con las obligaciones que establece el ordenamiento jurídico” DERECHO DE USAR “jus utendi” DERECHO DE GOZAR “jus fruendi” DERECHO DE DISPONER “jus abutendi” EL DERECHO DE PROPIEDAD “jus utendi, jus fruendi y jus abutendi” Derecho real principal EL DERECHO DE USUFRUCTO “jus utendi y jus fruendi” Derecho real desmembrado EL DER. DE USO Y HABITACION “jus utendi y jus fruendi” Derecho real desmembrado EL DERECHO DE SERVIDUMBRE “jus utendi” Derecho real desmembrado EL DERECHO A CONSTRUIR “jus utendi y jus fruendi” Derecho real desmembrado EL USO Y LA HABITACION Art. 250 Código Civil EL USO LA HABITACION DERECHO DE PERCIBIR LOS FRUTOS DE UNA COSA AJENA, EN CANTIDAD QUE BASTEN A LAS NECESIDADES DEL USUARIO Y DE SU FAMILIA. FACULTAD DE OCUPAR, EN UNA CASA AJENA, LAS PIEZAS O AMBIENTES NECESARIOS PARA QUIEN EJERCITA ESE DERECHO Y PARA LAS PERSONAS QUE COMPONEN SU FAMILIA DEFINICIONES USO DEFINICIONES HABITACION CAPITANT CAPITANT OSSORIO CABALELLAS RIPERT Y BULANGER MESSINEO “DERECHOS SOBRE COSA AJENA, PERMITEN AL USUARIO PERCIBIR LOS FRUTOS PERO EN CANTIDAD NECESARIA PARA SU FAMILIA Y ELHABITADOR, PERO QUE SOLO CUBRIRÁ NECESIDADES BÁSICAS SIN PERDERSE LA ESENCIA DEL BIEN” OSSORIO CABALELLAS RIPERT Y BULANGER MESSINEO CONSTITUCION PRESCRIPCION O USUCAPION CONTRATO TESTAMENTO CARACTERISTICAS USO DERECHO REAL RECONOCE SOBRE UN OBJETO ES GRATUITO ESTA SOMETIDO AL TIEMPO HABITACION DERECHO REAL OCUPA UNA CASA AJENA. NO SE PUEDE CEDER EMBARGAR O ARREDNAR CARACTERISTICAS COMUNES CON EL USUFRUCTO • La predialidad que subraya la naturaleza • • • real de estos derechos, cuando su objeto es una cosa inmueble. La posibilidad de gravar con ellos bienes muebles (usufructo mobiliario y uso mobiliario). No hay predialidad pues como en ésta, existe la inherencia a la cosa Se determina que el beneficiario es intuitus personae. EL USO Y LA HABITACION • La ambulatoriedad, por la cual no • • • afecta al derecho, el cambio de propietario de la cosa. La temporalidad de la duración. La intransmisibilidad a los herederos. La necesidad y el poder de la posesión por parte del titular sobre la cosa. EL USO Y LA HABITACION DERECHOS DEL USUARIO Y EL HABITADOR • Los derechos de ambos se pueden incorporar en el documento constitutivo. • Se podrá usar y habitar, según sea el derecho correspondiente. • Harán suyos los frutos estrictamente necesarios para su vida y la de su familia • Se mantendrá una relación estrecha con la naturaleza del derecho. EL USO Y LA HABITACION OBLIGACIONES DEL USUARIO Y EL HABITADOR • Debe conducirse como un buen padre y conductor de la familia. • No puede modificar el destino del bien. • Conservar el bien en proporción al uso que se haga del mismo. • Debe usarse y habitarse de acuerdo a lo establecido en el título constitutivo. EL USO Y LA HABITACION EXTINCION • Por prescripción resultante del no uso del derecho durante 5 años. • Por consolidación en la persona del usufructuario. • Por renuncia • Por destrucción o pérdida total de la cosa • Por abuso que el usufructuario haga de su derecho enajenando o deteriorando los bienes, o dejándolos perecer por falta de reparaciones ordinarias. EL USO Y LA HABITACION Diferencias de ambos con el usufructo. A. Por su constitución. • El usufructo puede ser legal o voluntario. • El uso y la habitación no suelen ser legales. B. Por su objeto. • El usufructo y el uso pueden recaer sobre toda clase de bienes. • La habitación sólo sobre edificios C. Por su contenido. • La habitación comprende solo el utendi, mientras que el usufructo y el uso abarcan también el fruendi, aunque más restringido. D. Por su transmisibilidad • Los derechos de uso y habitación no se pueden arrendar ni traspasar a otro por ninguna clase de título.