eq 6 PROPIEDAD_INDUSTRIAL(3ra Ronda)

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PROPIEDAD INDUSTRIAL
• Al tratarse de un tipo de propiedad intelectual, ésta
guarda una estrecha relación con creaciones del
ingenio humano como las invenciones y los dibujos y
modelos industriales
• Además, la propiedad industrial incluye las marcas
de fábrica o de comercio, las marcas de servicio, los
nombres y designaciones comerciales, incluidas las
indicaciones de procedencia y denominaciones de
origen, y la protección contra la competencia desleal.
• el objeto de la propiedad industrial consiste
típicamente de signos que transmiten una
información
a
los
consumidores,
concretamente en lo que respecta a los
productos y los servicios que se ofrecen en el
mercado, y que la protección va dirigida
contra el uso no autorizado de tales signos
Propiedad industrial en México
• La Ley de la Propiedad Industrial contempla diferentes
figuras jurídicas de protección que se aplican de
acuerdo a la naturaleza del producto intelectual
• Cuando se trata de una patente se expide un título,
que constituye un contrato social, mediante el cual se
le confiere al titular el derecho temporal de explotar en
forma exclusiva la invención que dio lugar a la patente
y a cambio, el inventor divulga el contenido técnico de
su invención para permitir el flujo de la información
• En el caso de los modelos de utilidad, diseños industriales,
esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas, avisos y
nombres comerciales se expide un registro que constituye un
contrato social, mediante el cual se le confiere al titular el
derecho de usar o explotar comercialmente, por un tiempo
determinado,
• Cuando se trata de las denominaciones de origen se expide
una declaratoria que ampara a las personas físicas o morales
que se dediquen a la extracción, producción o elaboración del
producto o productos incluidos en la declaratoria.
• El Estado mexicano es el titular de la declaratoria
• Los secretos industriales se refieren a información de
aplicación
industrial
o
comercial
de
carácter
confidencial. Toda la información que constituya el
secreto industrial deberá constar en documentos,
medios electrónicos o magnéticos, discos ópticos,
películas u otros instrumentos similares y se deben
firmar los convenios necesarios entre todas las
personas que la conozcan total o parcialmente,
mediante los cuales se comprometen expresamente a
guardar total discreción.
• La patente es la figura más conocida del sistema de
propiedad industrial y la que más se utiliza para
proteger el conocimiento
• Una patente es la certificación que el Gobierno de
nuestro país otorga, tanto a personas físicas como
morales, la cual les permite explotar exclusivamente
invenciones que consistan en nuevos productos o
procesos durante un plazo improrrogable de 20 años
contados a partir de la presentación de la solicitud
correspondiente
• El Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), es el
Organismo Público Descentralizado que se encarga de la
recepción, estudio y otorgamiento de patentes en nuestro
país.
BENEFICIOS
•
Primero: La seguridad que la protección de la patente le ofrece al inventor, motiva
su creatividad, toda vez que tiene la garantía que su actividad inventiva estará
protegida durante 20 años y será el único en explotarla.
Segundo: Si la patente tiene buen éxito comercial o industrial, el inventor se
beneficia con la o las licencias de explotación que decida otorgar a terceras
personas, ya que sin la patente otorgada su actividad creativa sería poco
remunerada y se expondría al plagio de sus ideas inventivas.
Tercero: Debido a que la actividad inventiva no es algo que tenga como fin
guardarse o que el inventor la utilice para sí evitando su explotación industrial, el
inventor siempre Quiére dar a conocer, publicitar y explicar los beneficios que la
invención conlleva, por lo que está expuesto a que sus ideas sean plagiadas, con la
consecuencia gravísima de que si la invención no está patentada y el plagiario
obtiene primero la patente el inventor se verá envuelto en acciones de tipo legal
para adquirir o recuperar sus derechos, con los consabidos costos y tiempos
perdidos.
• ¿Que puede ser patentado?
•
La Ley de la Propiedad Industrial establece que serán patentables las invenciones
que sean nuevas, resultado de una actividad inventiva y susceptibles de aplicación
industrial.
¿Cuáles son los documentos básicos para la presentación de las solicitudes de
patente?
1.- Solicitud debidamente llenada y firmada, en cuatro tantos.
2.- Comprobante del pago de la tarifa. Original y 2 copias.
3.- Descripción de la invención (por triplicado).
4.- Reivindicaciones (por triplicado).
5.- Dibujo (s) Técnico (s) (por triplicado), en su caso.
6.- Resumen de la descripción de la invención (por triplicado).
• Una vez que la solicitud cumple con el examen de forma,
se publica a los 18 meses o antes a petición del
solicitante.
• Posterior a su publicación se practica el examen de fondo
el cual, de existir observaciones al respecto, el Instituto
Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) solicitará las
aclaraciones correspondientes, mismas que deberán ser
atendidas en un plazo no mayor de 2 meses.
• En caso contrario se considerará abandonada la solicitud.
• De no existir observaciones, el IMPI otorgará los
derechos correspondientes al titular de la patente en un
período de tiempo de 30 meses aproximadamente a
partir de la fecha de presentación de la solicitud.
• La propiedad intelectual, desde el punto de vista de la tradición
continental europea y de buena parte de los países
latinoamericanos, supone el reconocimiento de un derecho
particular en favor de un autor u otros titulares de derechos, sobre
las obras del intelecto humano.
En los términos de la Declaración Mundial sobre la Propiedad
Intelectual (votada por la Comisión Asesora de las políticas de la
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), el 26 de
junio del año 2000, es entendida similarmente como "cualquier
propiedad que, de común acuerdo, se considere de naturaleza
intelectual y merecedora de protección, incluidas las invenciones
científicas y tecnológicas, las producciones literarias o artísticas, las
marcas y los identificadores, los dibujos y modelos industriales y las
indicaciones geográficas".
• El Día Mundial de la Propiedad Intelectual se celebra el 26 de
abril.[1]
• Según la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI),
la propiedad intelectual es un tipo de propiedad, esto significa que
su propietario o titular puede disponer de ésta como le plazca y que
ninguna otra persona física o jurídica podrá disponer legalmente de
su propiedad sin su consentimiento. Naturalmente, el ejercicio de
este derecho está sujeto a limitaciones.
• Propiedad industrial: comprende las invenciones, patentes, marcas,
dibujos y modelos industriales e indicaciones geográficas de origen.
• Derechos de autor: que comprende las obras literarias y artísticas,
tales como las novelas, los poemas, las obras de teatro, las
películas, las obras musicales, las obras de arte, los dibujos,
pinturas, fotografías, esculturas, y los diseños arquitectónicos.
• Derechos conexos: comprende las interpretaciones o ejecuciones
de los artistas, la producción de fonogramas y las actividades de los
organismos de radiodifusión
• Derechos de autor
Este guarda relación con las creaciones artísticas, como los poemas, las
novelas, la música, las pinturas, las obras cinematográficas, etc. La
expresión "derecho de autor" hace referencia al acto principal,
respecto de las creaciones literarias y artísticas, que sólo puede ser
ejecutado por el autor o bajo su consentimiento (derecho
patrimonial). Ese acto es la producción de copias de la obra literaria
o artística, como un libro, una pintura, una escultura, una
fotografía, una película y más recientemente contenidos digitales.
La segunda expresión, "derechos de autor" (o derechos de los
autores), hace referencia a los derechos de la persona creadora de
la obra artística, su autor, lo cual pone de relieve el hecho,
reconocido en la mayor parte de las legislaciones, de que el autor
tiene ciertos derechos específicos sobre su creación (derechos
morales), por ejemplo, el derecho de impedir una reproducción
distorsionada que sólo él puede ejercer, mientras que otros
derechos, como el derecho de efectuar copias, lo pueden ejercer
otras personas (derecho patrimonial concedido a un titular), por
ejemplo, un editor que ha obtenido una licencia a tal fin del autor.
• Derechos de autor en México
• La propiedad autoral, conocida como derechos de
autor es administrada por la Secretaria de Educación
Pública, a través del Instituto Nacional de Derecho de
Autor.
• El trámite se realiza ante el departamento de registro
del Instituto Nacional del Derecho de Autor, se llena el
formato Indautor 001, se pagan derechos por la
inscripción, y en un termino de treinta (30) días hábiles
se le regresa el certificado de registro correspondiente.
• La protección que otorga la Ley Federal del Derecho de
Autor a las obras es la vida del autor y cien años
después de su muerte, en caso de coautoría, este
término se computa a partir de la muerte del último
autor.
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al derecho