Accidentes de Transito_Primer Respondiente

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Transcript Accidentes de Transito_Primer Respondiente

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Grupo # 2:
ACCIDENTES DE TRANSITO
PERFIL PRIMER RESPONDIENTE
SOAT
INTEGRANTES:
LINA DONADO
YAZBLEIDYSVENGOECHEA
ANGEIS SERGE
MARA IBAÑEZ
ANGELLY ZARATE
SUGERENCIAS
 No recibir llamadas
telefónicas mientras se
desarrolla la presentación.
 Apagar celulares o colocar el
modo de silencio o vibración
 Participar activamente
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ACCIDENTES DE
TRANSITO
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ACCIDENTES DE TRANSITO
• EVENTO generalmente INVOLUNTARIO, generado al
menos por un VEHICULO en movimiento, que causa
DAÑOS a PERSONAS Y BIENES involucrados en él e
igualmente afecta la normal circulación de los vehículos
que se movilizan por la vía o vías comprendidas en el
lugar o dentro de la zona de influencia del hecho.
• LEY 769 DE 2002 CÓDIGO NACIONAL DE TRÁNSITO.
Art. 2°
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DEFINICION DE VEHICULO
AUTOMOTOR
• Se entiende por vehículo automotor
todo aparato provisto de un motor
propulsor, destinado a circular por
el suelo para el transporte de
personas o de bienes, incluyendo
cualquier elemento montado sobre
ruedas que le sea acoplado. No
quedan comprendidos dentro de
esta definición:
-Los vehículos que circulan sobre
rieles;
-Los
vehículos
agrícolas
e
industriales siempre y
cuando no circulen por vías o
lugares públicos por sus
propios medios.
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CAUSAS DE ACCIDENTES DE TRANSITO

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
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



Exceso de velocidad
Imprudencia del conductor
Imprudencia del peatón
Ebriedad del conductor
Imprudencia del pasajero
Exceso de carga
Incumplimiento de las
señales de tránsito
Falla mecánica
Falta de luces
Mal estado de las vías
Mala señalización
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MECANISMOS DE AMPARO DE ACCIDENTES
DE TRÁNSITO
Seguro obligatorio de
daños corporales
causados a las
personas en accidente
de transito (SOAT)
Subcuenta de riesgos
catastróficos y
accidentes de transito
(ECAT)
RESPONSABLE
RESPONSABLE
Entidad
aseguradora
vehículos
asegurados
Fondo de
solidaridad y
garantía
(FOSIGA)
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DECRETO 3990 DE 2007
Por el cual se reglamentan la subcuenta del seguro de riesgos
catastróficos y accidentes de transito del fondo de solidaridad y
garantía FOSIGA
Establece las condiciones de operación del aseguramiento de
los riesgos derivados de daños corporales causados a las
personas en accidentes de tránsito, condiciones generales del
seguro SOAT
.
existe identidad en el riesgo cubierto, respecto de los accidentes
de tránsito tanto por las compañías de seguros como por la
Subcuenta de Riesgos Catastróficos y Accidentes de Tránsito,
ECAT, del Fondo de Solidaridad y Garantía, Fosyga, y por
consiguiente, no deben existir diferencias en el alcance de las
coberturas y en los montos fijados.
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¿QUIENES TIENEN DERECHO A RECLAMAR
EN CASO DE ACCIDENTE DE TRANSITO?
ART. 3° del Decreto 3990 de
2007
IPS públicas y privadas
habilitadas para brindar los
servicios específicos de que se
trate, que hubieren prestado
dichos servicios o quienes
hubieren cancelado su valor.
La víctima incapacitada
permanentemente.
Beneficiarios de la victima en
caso de muerte.
Quienes hubieren realizado el
transporte al centro asistencial.
Quienes hubieren sufragado los
gastos funerarios.
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RECURSOS DE LA CUENTA ECAT DEL
FOSYGA
1°LOS RECURSOS
DEL FONSAT
Las transferencias efectuadas
por las entidades para operar el
ramo de seguro obligatorio el
20% del valor de las primas
emitida
Aportes y donaciones en
dinero o especie de
personas N-J nacionales o
extranjeras
Los rendimientos de
sus inversiones
Los demás q reciba a
cualquier titulo
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RECURSOS DE LA CUENTA
ECAT DEL FOSIGA
2°Una contribución
equivalente al 50% del valor
de la prima anual
establecida para el seguro
obligatorio de accidentes de
transito
3°los recursos que se
obtengan como consecuencia
de procesos de repetición que
adelante el fosiga por
cualquier suma que pago por
ocasión de un accidente
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DESTINACIÓN DE FONDOS DE LA SUBCUENTA
ECAT DEL FOSYGA
• Pago de indemnizaciones originados en accidentes de
tránsito que involucren vehículos no identificados o no
asegurados.
• Pago de excedentes que resulten de la atención de las
víctimas de accidentes de tránsito.
• Agotado el límite de la cobertura de gastos médicos,
quirúrgicos, farmacéuticos y hospitalarios cubierto
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COBERTURA DE LOS MECANISMOS DE
AMPARO EN ACCIDENTES DE TRÁNSITO
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ESTADISTICAS DE ACCIDENTALIDAD
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ACCIONES PREVENTIVAS
En forma general cumplir las normas
de tránsito:
• BICICLETAS:
- Siempre adelante por la izquierda.
- Baje la velocidad y toque la bocina
cuando pase cerca de autos
estacionados, ya que éstos pueden
abrir las puertas sin aviso.
- Prefiera las calles chicas, son
menos peligrosas.
- Usar mochila o chaqueta
reflectante para hacerse visible en
su bicicleta, es usar su inteligencia
vial.
- Siempre use casco
- Espejo, bocina o timbre, luz blanca
o amarilla delantera, luz roja trasera.
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ACCIONES PREVENTIVAS
• PEATONES
- Camine por el andén.
- Utilice los puentes peatonales.
- Antes de cruzar la calle mire a lado
y lado de la vía.
- Pase siempre por las áreas
demarcadas.
- Revise que el semáforo esté en
rojo para los vehículos y
en verde para los peatones.
- No camine en estado de
embriaguez.
- Evite transitar haciendo zig – zag
entre los vehículos.
- Evite bajarse del automóvil en
mitad de la calle.
- Nunca se baje del andén a caminar
por la calzada.
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ACCIONES PREVENTIVAS
• CONDUCTORES DE
•
•
•
•
•
•
VEHICULOS
Evite el sobrecupo y respete a
sus pasajeros.
Evitar conducir durante largos
trayectos sin descansar.
Evitar comer de manera
exagerada.
Llevar las puertas cerradas
cuando el vehículo
esté en
movimiento.
No manejar bajo efecto de
alcohol y drogas alucinantes.
Evitar usar el celular con el
vehículo en movimiento.
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ACCIONES PREVENTIVAS
• CONDUCTORES DE
MOTOCICLETAS
- Evitar manejar en
zigzag.
- Usar casco y chaleco.
- No manejar bajo
efecto de alcohol y
drogas alucinantes.
- Evitar usar el celular
con el vehículo en
movimiento.
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ACCIONES CORRECTIVAS
• Sanciones ejemplarizantes a conductores en estado de
embriaguez.
• Mayores controles policiales y viables.
• Mayor rigurosidad en la expedición de licencias de
tránsito.
• Mayor vigilancia en los centros de enseñanza
automovilística.
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QUE HACER EN CASO DE ACCIDENTE DE
TRANSITO
- Proteger
Verificar estado de salud
Chequea el
estado de las demás personas involucradas en el
accidente Enciende las luces de emergencia de tu auto
y pon sobre el asfalto los conos o triángulos reflectivos.
- Alertar: Llamar autoridades, líneas de emergencia,
aseguradora, si se puede tomar fotos de lo ocurrido. No
mover el vehiculo, salvo que lo indique la autoridad de
tránsito.
- Socorrer: Brindar apoyo y primeros auxilios a los heridos
que puedan generarse.
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REFLEXIÓN:
RECUERDEN QUE LA PREVENCIÓN VIAL DEPENDE DE
TODOS PARA EVITAR ACCIDENTES DE TRÁNSITO
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PRIMER RESPONDIENTE
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REFLEXIÓN
Todos los días la sociedad está sometida a gran
cantidad de amenazas de origen natural y a otras
provocadas por el hombre.
En cualquier momento usted puede ser testigo de
accidentes o eventos en la casa, en la calle, en el
trabajo, en el colegio y debe estar preparado para
afrontarlos y controlarlos inicialmente.
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QUIEN PUEDE SER EL PRIMER
RESPONDIENTE
Puede ser cualquier persona: taxista, panadero, ama de
casa, motociclista, conductor, trabajador, estudiante,
policía, madre comunitaria, profesores, o quien se
encuentre o presencie la ocurrencia del evento: en la calle,
el colegio, un bus o en el trabajo, y que quiera y pueda
auxiliar a las víctimas.
Es aquélla persona que inicia el proceso de atención
médica prehospitalaria en la escena, y no necesariamente
tiene que ser alguien con conocimientos médicos.
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FUNCION PRINCIPAL DEL PRIMER
RESPONDIENTE
Su función consiste en evaluar la escena, describir los
hechos y activar el sistema médico de emergencias,
para finalmente, brindar los primeros auxilios básicos
a las víctimas.
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ATENCION DEL PACIENTE
Es tan importante la labor del Primer Respondiente, que de nada
servirá la posterior intervención de paramédicos entrenados
(Segundo Respondiente), o incluso, de médicos especialistas en
los hospitales (Tercer Respondiente), si el primero no actúa
adecuadamente.
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QUE DEBE HACER EL PRIMER
RESPONDIENTE
• Conservar la calma y prepararse para ayudar a quién lo
necesita.
• Realizar una evaluación de la escena.
Recuerda!!, nunca deberá iniciar la atención a una víctima sin antes haber hecho una
minuciosa evaluación del lugar.
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QUE DEBE HACER EL PRIMER
RESPONDIENTE
• Llamar al Número de Emergencias (123 o 144) desde un
teléfono fijo o un celular y dar la información precisa COMO:.
Nombre.
El número de teléfono de donde está llamando.
En dónde es el evento: dirección correcta y las orientaciones
para llegar rápidamente.
Qué pasa: el número de personas afectadas, tipo de incidente,
si hay una persona capacitada que esté ayudando.
A qué hora se presentó el incidente.
• No ocupe el teléfono durante los siguientes minutos.
• Aplique sus conocimientos de Primer Respondiente.
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NORMAS GENERALES PARA PRESTAR
PRIMEROS AUXILIOS
• Actúe si tiene seguridad de lo que va ha hacer.
• Conserve la tranquilidad para actuar con serenidad y
rapidez. De su actitud depende la vida de los heridos;
evite el pánico.
• No se retire del lado de la víctima; si esta solo, solicite
la ayuda necesaria (elementos, transporte, etc.).
• Efectúe una revisión de la víctima, para descubrir
lesiones distintas a la que motivo la atención y que no
pueden ser manifestadas por esta o sus
acompañantes. Ejemplo: una persona quemada que
simultáneamente presenta fracturas y a las cuales
muchas veces no se les presta suficiente atención por
ser más visible la quemadura.
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PERFIL DEL PRIMER RESPONDIENTE
Tener el deseo de ayudar.
• Preparación y motivación.
• Ser solidario y respetuoso.
• Permanecer tranquila(o) en el momento de la
urgencia, mantener la calma y actuar rápida y
prudentemente.
• Estar capacitado para iniciar acciones básicas
que propendan por el mantenimiento de la vida,
hasta que llegue un apoyo especializado.
•
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EN RESUMEN QUE DEBE HACER EL
PRIMER RESPONDIENTE
• Protege
• Avisa
• Socorre
P
A
S
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SOAT
SEGURO OBLIGATORIO DE
ACCIDENTE DE TRANSITO
NORMATIVIDAD DEL SOAT
LEY 33 DE FEBRERO 3 DE 1986
CREACION
CREACION
SEGURO OBLIGATORIO DE
ACCIDENTE DE TRANSITO
SEGURO OBLIGATORIO DE
ACCIDENTE DE TRANSITO
DECRETO 2544 DE 1987
LEY 100 DE 1993
DECRETO 1032 DE 1991
DECRETO 1298 DE 1996
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¿Qué ES EL SOAT?
Es un seguro obligatorio para todos los vehículos
automotores (nacionales o extranjeros) que transiten por
el territorio colombiano, que ampara los daños corporales
que se causen a las personas en accidentes de tránsito,
ya sean peatones, pasajeros o conductores.
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¿En dónde se puede adquirir el Soat?
• Para comprar o renovar su Soat, adquiéralo en los
lugares autorizados o con su agente de seguros.
• Esté alerta para evitar la compra de un Soat falso porque
esto puede acarrear graves consecuencias, como
sanciones penales y de tránsito.
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¿Cuáles son las compañías de seguros que
actualmente están autorizadas para expedir el
SOAT?
• Las compañías de seguros que actualmente tienen
•
•
•
•
•
•
•
autorizado el ramo de Seguro Obligatorio de Daños
Corporales Causados a las Personas en Accidentes de
Tránsito son:
QBE CENTRAL DE SEGUROS S.A.
SEGUROS COLPATRIA S.A.,
SEGUROS DEL ESTADO S.A.
LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS
LIBERTY SEGUROS S.A.
COMPAÑÍA MUNDIAL DE SEGUROS S.A.
COMPAÑÍA SURAMERICANA DE SEGUROS S.A.
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A QUIENES CUBRE EL SOAT ?
En los casos en que no existe seguro o el vehículo
no es identificado, el Fondo de Solidaridad y
Garantía del sector salud, a través de la subcuenta
de Eventos Catastróficos y Accidentes de Tránsito
ECAT, cubre a las víctimas.
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¿Hasta qué cuantía cubre el Soat por estos
servicios?
Gastos médicos: con una cobertura disponible hasta 500
smldv.
Amparo de muerte: con cobertura de 600 smlv.
Incapacidad permanente: dispone de de 180 salarios
mínimos diarios.
Gastos funerarios: reconoce 150 smlv.
Gastos de transporte: ampara los costos a quien
transporte a la víctima desde el lugar del accidente hasta
el centro asistencial. Prioritariamente, una ambulancia
pero también contempla otro tipo de vehículos. Estos
amparos son por víctima, sin importar su número
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¿QUIÉNES ESTÁN OBLIGADOS A
PRESTAR ATENCIÓN MÉDICA A LAS
VÍCTIMAS?
• Todos los hospitales y clínicas, tanto públicas como
•
•
•
•
•
•
•
privadas están obligados a prestar la atención médica en
forma integral, desde la atención inicial de urgencias
hasta su rehabilitación final, así:
Atención de urgencias
Hospitalización
Suministro de material médico, quirúrgico, osteosíntesis,
órtesis y prótesis.
Suministro de medicamentos
Tratamiento y procedimientos quirúrgicos
Servicios de diagnóstico
Rehabilitación
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¿Quién vigila el cumplimiento de estos servicios y a
quién se debe informar de las irregularidades?
• La Superintendencia Nacional de Salud, ubicada en la
carrera 13 No. 32 - 76. Teléfono: 336 4600, extención 3041
en Bogotá.
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¿Quién vigila el cumplimiento oportuno de las
obligaciones por parte de las aseguradoras y a quién se
debe informar de las irregularidades?
La Superintendencia Financiera, la Dirección Legal de la
Delegatura para Aseguradoras e Intermediarios de
seguros y reaseguros, ubicada en la calle 7a. No. 4-49,
teléfonos 594 02 00 en Bogotá.
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DOCUMENTACION
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¿A quién cobran los hospitales o clínicas los gastos
por la prestación de los servicios a las víctimas de
accidentes de tránsito?
• Entra a operar el Fondo de Solidaridad y Garantías,
Fosyga, que tiene una cobertura adicional de 300 salarios
mínimos diarios legales vigentes.
• A las Aseguradoras.
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¿En cuánto tiempo se debe pagar una
reclamación?
Una vez se entregue la documentación necesaria para el
beneficio que se reclama, las entidades aseguradoras
pagarán la indemnización a más tardar a los 30 días
después de la fecha de presentación.
Pasado este plazo, la compañía debe pagar interés
moratorio sobre el valor de la obligación a su cargo.
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¿Qué sanción se aplica por no portar el seguro
obligatorio de accidentes de tránsito vigente?
Una multa de 30 salarios mínimos legales diarios vigentes
cada vez que sea sorprendido incumpliendo esta
obligación, además
el vehículo será inmovilizado.
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GRACIAS POR
SU ATENCION