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Guía y Manual para la generación y
elaboración de Políticas de Prevención
del daño antijurídico
FUNDAMENTOS NORMATIVOS
• Artículo 90 Constitución Política
• Artículo 45 Decreto 111 de 1996
• Artículos 16 y 19 Decreto 1716 de 2009
• Artículos 2, 6 y 18 Decreto Ley 4085 de 2011
DAÑO ANTIJURÍDICO
Lesión patrimonial o extrapatrimonial causada en
forma lícita o ilícita, que el perjudicado no está en el
deber jurídico de soportar.
Los elementos que sirven de fundamento a la
responsabilidad del Estado son esencialmente el daño
antijurídico y su imputación a la administración.
POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL DAÑO
ANTIJURÍDICO
Competencia del
comité de
conciliación
Responsabilidad de
cada entidad
pública
Herramienta de
administración
pública
El conocimiento específico necesario para la elaboración de una
política de prevención del daño se encuentra solo en la entidad
DEFINICIÓN DE LA POLÍTICA DE PREVENCIÓN DEL
DAÑO ANTIJURÍDICO
La política de prevención es la solución de los
problemas administrativos que generan litigiosidad e
implica el uso de recursos públicos para reducir los
eventos generadores del daño antijurídico.
METODOLOGÍA PROPUESTA
Formular y ejecutar la política de prevención de la
entidad requiere la coordinación de distintas áreas de
la entidad y constituye un proceso transversal (Calidad
Total).
DESARROLLO DE LA METODOLOGÍA
1. Buscar puntos que generan problemas
2. Identificar y enlistar las causas primarias del
problema
3. Diseñar las medidas para corregir el problema
4. Implementar las medidas correctivas
5. Comprobar los resultados
6. Institucionalizar las nuevas medidas
CONCLUSIONES
 La ANDJE busca promover el desarrollo de una cultura
proactiva de la gestión del daño antijurídico al interior de
las entidades del orden nacional.
 La prevención del daño antijurídico es estratégica y hace
parte del ciclo de defensa.
 La autoridad competente para diseñar y ejecutar la
política de prevención del daño antijurídico es la propia
entidad.
Gracias