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¿QUÉ ES EL DERECHO ELECTORAL?
Magdo. Ángel Durán Pérez 30 de julio de 2012
Soberanía y representación popular
Renovación de los poderes ejecutivo y legislativo Características de las elecciones El sufragio y sus características
Sujetos del Derecho Electoral Ciudadanos Otros sujetos Agrupaciones políticas nacionales Partidos políticos
Las autoridades electorales
Estatales • Instituto Estatal Electoral • Tribunal Electoral del Estado Federales • Instituto Federal Electoral • Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación
El proceso electoral local Preparación de la elección Jornada electoral Resultados y declaración de validez de las elecciones de diputados y ayuntamientos Resultados, declaración de validez y certificación de la elección de gobernador
Mecanismos de defensa del derecho electoral local
Juicio para la Defensa Ciudadana Electoral Juicio de Inconformidad Recurso de Apelación Recurso de Revisión
Marco jurídico estatal Constitución local Constitución Federal Tratados internacionales firmados y ratificados por el Estado Mexicano Código Electoral del Estado Ley Estatal del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral Reglamentación interna del TEE
JDCE
Tiene por objeto la protección de los derechos políticos electorales del ciudadano en el ESTADO I.- De votar y ser votado
II.- De asociarse individual y libremente para tomar parte en forma pacífica en los asuntos políticos; y III.- De afiliarse libre e individualmente a los PARTIDOS POLÍTICOS
Juicio de Inconformidad
Durante el proceso para impugnar causas de elegibilidad de candidatos O Para impugnar por error aritmético: I.- Los cómputos distritales y municipales de la elección de Diputados de mayoría relativa o de Ayuntamientos
II.- Los cómputos municipales y el estatal de
la elección de
Gobernador III.- El cómputo respectivo para asignar Diputados y Regidores por el principio de representación proporcional; y IV.- La aplicación incorrecta de la fórmula de asignación, en los casos de Diputados y Regidores de representación proporcional.
Para impugnar causales de nulidad establecidas en la ley I.- La votación emitida en una o varias casillas; y lI.- Las elecciones de Diputados, Ayuntamientos y Gobernador.
Por nulidad de elección total
Por violación a principios constitucionales Específicas art. 59 fracción V de la Constitución local.
Establecidas en la ley art. 69 LESMIME
Recurso de apelación
Será procedente para impugnar los actos y resoluciones que emita el CONSEJO GENERAL
Recurso de revisión
El recurso de revisión será procedente para impugnar los actos y resoluciones que emitan los CONSEJOS MUNICIPALES
Ligas de interés
f Libro: “Derecho Electoral Mexicano” http://www.te.gob.mx/ccje/Archivos/libro_derechoelec.pd
Artículo: “El recurso de revisión en materia electoral del Estado de Colima” http://tee.org.mx/nota.aspx?type=News&id=54 Artículo: “El juicio de inconformidad en materia electoral del Estado de Colima” http://www.tee.org.mx/nota.aspx?type=News&id=52 Artículo: “El recurso de apelación en materia electoral para el Estado de Colima” http://www.tee.org.mx/nota.aspx?type=News&id=51 Calendario Electoral 2011-2012 http://www.ieecolima.org.mx/Calendario%20Electoral2012.