2802 - EntornoLegal-UCR

Download Report

Transcript 2802 - EntornoLegal-UCR

Raquel Masís Quirós
Natalia Monge Obando
Miguel Moya Quirós
María José Ramírez Montoya
Leonardo Ramírez Umaña
Lucía Rodríguez Valverde
Títulos Valores (definición y características).
Clasificación de los títulos valores.
Antecedentes del cheque, letra de cambio y pagaré.
El cheque.
La letra de cambio.
El pagaré.
Diferencia entre el cheque, letra de cambio y pagaré.
Importancia.
Conclusiones.
Es el documento al cual se incorpora un
derecho, de manera tal que documento y
derecho se fusionan en una sola entidad y se
hacen conjuntamente necesarios para su
ejercicio y transmisión.
Documento
Derecho
Título Valor
Incorporación
Legitimación
Circulación
Características
Autonomía
Literalidad o
abstracción
Según el tipo de
derecho que
incorporan
Según la forma de
designar al titular y
su forma de
transmisión
•Títulos cambiarios o de pago.
•Títulos de participación social.
•Títulos de inversión.
•Títulos representativos de
mercadería.
•Títulos ejecutivos y no ejecutivos.
•Títulos al portador.
•Títulos a la orden.
•Títulos nominativos.
Instrumento de pago ligado a los
depósitos bancarios.
“una orden incondicional de
pago girada contra un banco y
pagadera a la vista”
Articulo 803, Código de
Comercio.
Artículo 803 del Código de
Comercio
•Es un título de presentación y título de rescate.
•El documento es pagadero a la vista.
•Tiene la facultad de ser transmisible (art. 805
del Código de Comercio).
•Endosado una vez.
• Cheques sin fondos (art. 816, 817, 818 del
Código de Comercio).
Es un título valor formal, abstracto y provisto de
eficacia ejecutiva.
Formal
Abstracto
Puede girarse a la orden del propio librador.
Contra el propio librador.
Por cuenta de un tercero.
Puede pagarse en el domicilio de un tercero.
Art. 741 Código Comercio
a
• Llenar el blanco, sea con su
nombre o con el de otra persona.
b
• Endosar nuevamente la letra en
blanco o a otra persona.
c
• Entregar la letra a un tercero, sin
llenar el blanco y sin endosarla.
Aval
Vencimiento
Pago
Art. 755
Código
de
Comercio
Art. 758
del
Código
de
Comercio
Art. 763
Código
de
Comercio
“Obligación de pago que contrae la
persona que lo suscribe de cancelar a
otro individuo una suma de dinero
dentro de un plazo determinado”
Utilidad como
instrumento de
crédito
Utilidad como garantía
en contratos bancarios
de préstamo y
apertura de crédito.
Art. 800 Código Comercio
Similar a la letra de cambio…
Artículo 802 del Código de Comercio
“Serán aplicables al pagaré, mientras ello no sea
incompatible con la naturaleza de este título, las
disposiciones relativas a la letra de cambio y referentes:
(…) Al vencimiento, con la salvedad de que en el pagaré
se admitirán vencimientos parciales, de manera que el
pago del principal y de los intereses podrá pactarse por
cuotas periódicas”
ASPECTO
CHEQUE
LETRA DE CAMBIO
PAGARÉ
Utilidad
Permite que se
porten grandes
cantidades de
dinero en su solo
documento.
Permite devolver y
compensar al
acreedor o
comerciante el
monto de dinero
que este le
concedió a un
individuo.
Su principal utilidad
se ve evidenciada
en los préstamos,
en contratos
pagaré, depósitos
bancarios a plazos,
entre otros.
Fórmula cambiaria
Es una orden de
pago.
Es una orden de
pago.
Es una promesa de
pago.
Número de
elementos
personales
indispensables.
3
3
2
¿Quién es el obligado
cambiario?
El librador.
El girado.
El suscriptor.
ASPECTO
CHEQUE
LETRA DE CAMBIO
PAGARÉ
¿Necesita de un
contrato?
Sí
No
No
¿Necesita de la
participación de un
banco?
Sí
No
No
¿Necesita provisión
previa de fondos?
Sí
No
No
Se pueden pactar
intereses.
No
No
Sí
¿Es posible la
emisión al portador?
Sí
No
Sí
Tipos de
vencimiento.
Vista
A la vista, cierto
tiempo vista, cierto
tiempo fecha y
fecha fija.
A la vista, cierto
tiempo vista, cierto
tiempo fecha y
fecha fija.
Facilitan el tráfico de
los derechos de crédito.
Son creados para
“circular”.
Movilizan la riqueza de
forma ágil y segura.
Utilización de los títulos valores para
facilitar las relaciones comerciales
que han representado un medio de
suma importancia para llevar a cabo
negocios e intercambios.
Los títulos valores ascienden a un
plano más amplio que incluye
derechos de participación en
asociaciones, derechos de posesión
de mercancías y de ejecución de una
determinada obligación.
CONCLUSIONES
Europa la cuna de emisión de estos
documentos facilitar pagos y
responsabilidades que a través de
efectivo resultaban complejas o que
por las circunstancias no se podían
realizar.
Mecanismo que ha permitido a nivel
comercial y económico la generación
de un mejor fluido de las
obligaciones que involucra crear
relaciones comerciales, las cuales
alimentan los modelos económicos
en la sociedad.