Diapositiva 1 - Observatorio de Migraciones

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Transcript Diapositiva 1 - Observatorio de Migraciones

FORO SOBRE MIGRACIONES ANDINAS
“LA SOCIEDAD CIVIL Y LA
CONSOLIDACIÓN DE UNA AGENDA
SOCIAL MIGRATORIA ANDINA
Quito, Ecuador
26, 27 y 28 de junio de 2013
Universidad Andina simón Bolívar
Lineamientos de la Política Migratoria Andina
I) Movilidad Humana en el Espacio Andino:






Base Jurídica de la Libre
Circulación:
“Pacto
Internacional
de
Derechos Civiles y Políticos”
“Convención
Internacional
sobre la Protección de los
Derechos de todos los
Trabajadores Migratorios y
sus Familias”
Normas supranacionales de
derecho comunitario de la
Comunidad Andina.
Acuerdos Bilaterales.
Legislación interna de cada
país.
1.1) EL DERECHO COMUNITARIO ANDINO EN
MATERIA MIGRATORIA INTRACOMUNITARIA:

Este Derecho está constituido por instrumentos normativos que facilitan la circulación de las
personas, el control migratorio y la migración laboral, los cuales son :
 La Decisión 397 sobre la Tarjeta Andina de Migración (TAM)
 La Decisión 503 sobre reconocimiento de documentos nacionales de identificación
 La Decisión 504 sobre la creación del Pasaporte Andino.
 La Decisión 545 que establece el Instrumento Andino de Migración Laboral
 La Decisión 583 que establece el Instrumento andino de Seguridad Social
 La Decisión Andina 526 que establece ventanillas de entrada en aeropuertos para nacionales
y extranjeros residentes en los países miembros.

Estos instrumentos reconocen el derecho de circulación de los ciudadanos andinos y residentes de
un País Miembro de la Comunidad Andina, hacia otro País Miembro; y el derecho de residencia
de los ciudadanos andinos en otro País Miembro.
II) MOVILIDAD HUMANA EN EL
ÁMBITO DEL MERCOSUR:

El Acuerdo sobre Documentos de
Viaje, que permite el ingreso de los
nacionales y residentes regulares, a
otro Estado Parte del Acuerdo, sin el
requisito de la visa consular, y con
alcance general. Para el caso de los
extranjeros residentes en un Estado
Parte podrán transitar con un
documento de viaje reconocido,
siempre que, no le sea exigible la visa
consular, por motivo de su
nacionalidad, en el Estado al cual
ingresa

El Acuerdo sobre Residencia para
Nacionales de los Estados Parte del
MERCOSUR, Bolivia y Chile, el cual
se orienta hacia la implementación
progresiva de una “política de libre
circulación de personas en la región”.
El Acuerdo contempla el otorgamiento
de la residencia temporaria por dos
años, la cual podrá transformarse en
permanente, una vez aprobado el
expediente que deberá ser presentado
en Migraciones, dentro de los noventa
días calendario antes del vencimiento
de la misma.
¡Ambos instrumentos tienen innegable impacto en el proceso
de integración andino!
III) INICIATIVAS BILATERALES:

1)
El Estatuto
Migratorio
Permanente
entre
Ecuador y el Perú:
El Estatuto reconoce “el respeto irrestricto
de los derechos humanos de las personas
migrantes, el derecho a la libre movilidad y
el requerimiento de que los flujos
migratorios estén enmarcados en la
dignidad humana de las personas
migrantes”, lo cual es concordante con el
espíritu integrador que existe en el ámbito
de la Comunidad Andina en materia de
circulación de personas.

i) Migración que no requiere visa: Para
permanecer hasta por ciento ochenta (180)
días en un año, bastando portar el documento
nacional de identidad, con el fin de desarrollar
actividades lícitas sin relación laboral; y hasta
por noventa (90) días en un año, para la
realización de trabajos temporales bajo
relación de dependencia.

ii) Migración que requiere visa: Para trabajar
por un periodo superior a seis meses, en un
mismo año. En este supuesto, de concederse la
visa correspondiente, se otorga carné
ocupacional o de extranjería.
2) MOVILIDAD HUMANA EN
LA FRONTERA
PERÚBOLIVIA:


Convenio entre los Gobiernos
de la República del Perú y de la
República de Bolivia sobre
Facilidades para el Tránsito de
Personas entre los Territorios de
Ambos Países, suscrito en 1992.
Reconoce facilidades para el
tránsito, básicamente para fines
de turismo de cualquier
nacional, quiénes solo deben
presentar su documento nacional
de identidad, y una tarjeta de
tránsito y turismo para
movilizarse por la región
fronteriza
3) MOVILIDAD HUMANA
EN LA FRONTERA PERÚCOLOMBIA:

En el caso de la
frontera
colombo–
peruana, no se
han firmado
convenios sobre
la materia.
PERÚ: GESTIÓN DE LA MOVILIDAD HUMANA
FLUJO MIGRATORIO EN EL PERÚ 2010-2013
Fuente: Base de Datos MIGRACIONES (31MAY2013)
Aproximadamente el 45% del flujo migratorio pertenece a peruanos y el
55% corresponde a extranjeros.
El incremento anual de movimientos migratorios es de aprox. 10%.
FLUJO MIGRATORIO DE EXTRANJEROS POR NACIONALIDAD 2010Entrada y Salida2013*
de Ciudadanos Extranjeros
País de
Nacionalidad
CHILE
USA
ECUADOR
ARGENTINA
COLOMBIA
BRASIL
BOLIVIA
ESPAÑA
FRANCIA
OTROS
Total General
2010
2011
2012
2013*
5,147,174
6,314,674
6,948,128
3,147,319
ENTRADA SALIDA ENTRADA SALIDA ENTRADA SALIDA ENTRADA
SALIDA
954,436 931,536 1,385,301 1,283,022 1,468,122 1,444,483 698,904
697,539
363,753 363,503 356,326 351,977 387,736 381,726 159,595
163,406
165,154 155,422 183,865 174,764 191,640 182,442
86,440
82,828
119,852 116,735 150,824 146,772 160,712 157,528
69,277
72,840
107,221 104,562 127,343 124,148 152,628 148,149
69,471
68,015
90,992
89,750 125,294 123,027 134,062 131,430
58,686
58,218
99,300
91,327 108,212
98,566 132,469 124,706
58,851
57,622
87,924
85,832
97,658
95,665 105,617 103,336
44,351
43,120
65,777
65,306
73,221
72,581
83,167
81,945
29,515
29,125
547,130 541,662 623,145 612,963 693,774 682,456 296,833
302,683
2,601,539 2,545,635 3,231,189 3,083,485 3,509,927 3,438,201 1,571,923
1,575,396
La
ENTRADA
de
extranjeros,
según
nacionalidad, un 41.29%
son chilenos, 11.69% USA
y 5.75% ecuatorianos.
La
SALIDA
de
extranjeros,
según
nacionalidad, un 40.93%
son chilenos, 11.84% USA
y 5.59% ecuatorianos.
Extranjeros residentes en el Perú 1999-2013
PAIS
CHINA (R.P)
COLOMBIA
EE.UU
ESPAÑA
ARGENTINA
CHILE
BRASIL
ITALIA
ECUADOR
BOLIVIA
ALEMANIA
VENEZUELA
MEXICO
FRANCIA
CUBA
OTROS
TOTAL
RESIDENTES
9,222
8,049
7,715
6,122
5,160
4,339
3,337
3,165
2,696
2,624
2,150
1,982
1,863
1,651
1,390
14,957
76,422
Extranjeros residentes en el Perú – Según Calidad Migratoria
1999-2013
Tipo Calidad Migratoria
TRABAJADOR
FAMILIAR DE RESIDENTE
RELIGIOSO
INMIGRANTE
ESTUDIANTE
INVERSIONISTA
OTROS
Total General
Cantidad
29,595
28,587
9,729
3,228
2,104
1,366
1,813
76,422
Del total de extranjeros
residentes en el Perú,
por calidad migratoria,
se observa que en su
mayoría son trabajador
39%
y
familiar
residente 37%.
Extranjeros residentes en el Perú – Acogidos a Convenio MERCOSUR
2011-2013
Inscripción
Registro Central
País Nacionalidad
Total General
Extranjería
2011 2012 2013
ARGENTINA
16
3
19
BOLIVIA
1
66
63
130
BRASIL
107
81
188
CHILE
1 140 103
244
COLOMBIA
57 613
670
ECUADOR
4 220
67
291
PARAGUAY
6
4
10
URUGUAY
1
48
27
76
Total General
7 660 961
1,628
Por el convenio MERCOSUR, se han
inscrito al Registro Central de
Extranjería a 670 Colombianos, , 291
Ecuatorianos y 244 Chilenos.
Extranjeros Naturalizados entre el 2010-2013
Tipo Trámite
INS HIJOS DE EXT. NAC.EN EXT.RES PERÚ DESDE 5 AÑOS
INS HIJOS DE PERUANOS NAC. EN EXT. MAYORES DE EDAD
INS HIJOS DE PERUANOS NAC. EN EXT. MENORES DE EDAD
INS PERUANO POR MATRIMONIO
OBTENCIÓN DE LA DOBLE NACIONALIDAD
OBTENCIÓN NACIONALIDAD PERUANA POR NATURALIZACIÓN
Total General
Han obtenido
la nacionalidad
peruana en su
mayoría por la
modalidad:
Hijos
de
Peruanos
Nacidos en el
extranjero,
menores
de
edad.
2010
2011
2012
7
4
2
81
72
60
663
699
564
508
566
575
9
7
17
43
25
40
1,311 1,373 1,258
2013*
29
181
149
3
11
373
Total
General
13
242
2,107
1,798
36
119
4,315
PRINCIPALES TEMAS DE GESTIÓN DE MOVILIDAD
HUMANA:
1) LA TRATA DE PERSONAS EN EL PERÚ:

La “Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes”, Ley Nº 28950, tipifica el delito de
trata de acuerdo al derecho internacional penal, y en especial a la Convención de las Naciones Unidas
contra la Delincuencia Organizada Transnacional, con una pena no menor de 08 año ni mayor a 15 años.

El Perú está considerado como un país de origen, tránsito y destino de la trata internacional.

Del 2007 a la fecha, se han registrado en el Ministerio Público 1,548 casos de trata.

El 85% de las víctimas son mujeres, de las cuales el 54% fueron captadas bajo ofrecimientos falsos de
trabajos. De esta cifra, el 50% fue víctima de explotación sexual.

En el Perú, la lucha contra la trata se aborda en un Grupo de Trabajo Multisectorial Permanente contra la
trata de Personas, el cual aprobó el Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas. Este Grupo ad
hoc ejecuta acciones para combatir el flagelo de la trata, en torno a tres ejes estratégicos:



Prevención.
Asistencia y Protección.
Cooperación Internacional.
2) EL RETORNO Y REINSERCIÓN DE PERUANOS:

Con el fin de brindar un mayor apoyo a los peruanos en su retorno, el Estado peruano ha adoptado
la “Ley de Reinserción Económica y Social para el Migrante Retornado”, Ley Nº 30001, la
cual contempla beneficios de tipo tributario, social y económico.

Los beneficios tributarios permiten la liberación, por única vez, del pago de todo tributo que grave
el internamiento en el país de los siguientes bienes:

Menaje de casa, conforme al Reglamento de equipaje y menaje de casa, aprobado por DS 0162006-EF, y las normas complementarias que se emitan para facilitar el retorno de los peruanos
migrantes, hasta por treinta mil dólares americanos (USD 30,000.00).

Un (01) vehículo automotor, hasta por un máximo de treinta mil dólares americanos (USD
30,000.00) según la tabla de valores referenciales de la Superintendencia Nacional de Aduanas y
de Administración Tributaria (SUNAT), siempre que se cumpla con los requisitos previos en la
normatividad vigente.

Bienes que se usen en el desempeño del trabajo, profesión o actividad empresarial:
instrumentos, maquinarias, equipos, bienes de capital hasta por un máximo de ciento cincuenta
mil dólares americanos (USD 150,000.00).

Adicionalmente, la Ley señala que los peruanos retornantes y sus familias tienen derecho a
solicitar apoyo y orientación de entidades del Estado en las áreas legal, educativa, de salud, de
desarrollo económico, empresarial y laboral. En ese sentido, la Ley dispone que el Estado adopte
medidas que faciliten la reinserción económica y social del peruano y su familia
3) MIGRACIÓN POR RAZONES
HUMANITARIAS:

En la actualidad, el Perú se caracteriza por la recurrencia de casos de movilidad
humana por razones humanitarias. Según las cifras del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas para los refugiados (ACNUR), el Perú acogió el año 2012 a 1.172
refugiados procedentes de 32 países.

La Comisión Especial para los Refugiados es la entidad encargada de recibir,
estudiar, procesar y resolver lo correspondiente a las solicitudes de reconocimiento de
refugio y revisar periódicamente las calificaciones; decide sobre el tratamiento y la
aplicación del estatuto a que tiene derecho el así declarado y vela porque todas las
entidades intervinientes en materia de refugio cumplan con los acuerdos contenidos
en los instrumentos internacionales signados por el Perú.

La Comisión Revisora para Asuntos de Refugiados es el órgano que resuelve, en
última y definitiva instancia, las apelaciones interpuestas contra las resoluciones
emitidas por la Comisión Especial para los Refugiados.
4) LA ACCIÓN DEL ESTADO EN MATERIA

El Perú gestiona la política migratoria a través de una comisión multisectorial
denominada “Mesa de Trabajo Intersectorial para la Gestión Migratoria”, creada a
través del Decreto Supremo 067-2011-PCM. La Mesa gestiona la política migratoria
desde cuatro Ejes:






MIGRATORIA:
Eje 1: Peruanos con voluntad de emigrar
Eje 2: Peruanos en el exterior
Eje 3: Peruanos que retornan
Eje 4: Extranjeros en el Perú
La Mesa está integrada por 21 sectores y recientemente se acaba de incorporar un
representante del Ministerio de la Producción.
Consejos de Consulta, creados por la Ley 29495, como “expresión de la sociedad
civil peruana residente en el exterior”, requieren de la mayor participación de los
peruanos en el exterior. Por ello, mediante el Decreto Supremo 027-2012, se
estableció como número mínimo de votantes para validar la elección el siguiente
régimen transitorio para la elección del Consejo de Consulta:





Septiembre de 2013: En base a los connacionales presentes
Septiembre de 2014: 1%
Septiembre de 2015: 1%
Septiembre de 2016: 2%
Septiembre de 2017: 2%
IV) IV FORO ANDINO DE
MIGRACIONES:

Proyecto de “Estatuto Migratorio Andino” :

Codificar y profundizar el Derecho Comunitario Andino en materia
migratoria intracomunitaria, integrando al mismo tiempo los avances
alcanzados por los Estatutos Migratorios Permanentes, de naturaleza
bilateral, entre Países Miembros de la Comunidad Andina.

Tener en cuenta los avances de la región en materia migratoria.

Contribuir a la convergencia de la Comunidad Andina y el MERCOSUR, con
miras al fortalecimiento del espacio suramericano en materia de circulación y
residencia, en el marco de la Unión de Naciones Suramericanas (UNASUR).

Contribuir a la consolidación de la ciudadanía andina y suramericana.

Otros Acuerdos:

Plan Andino de Desarrollo Humano para las Migraciones / Plan
Sudamericano de Desarrollo Humano para las Migraciones
Instrumentos
claves de acción y fundamentación;

Prevenir, perseguir y sancionar :El tráfico ilícito de migrantes, la trata de
personas, (mujeres, niñas, niños y adolescentes ) y restituir los derechos de
las víctimas.

Decisión 548 : Mecanismo de Asistencia y cooperación consular. Continuar
diálogos entre las representaciones diplomáticas y consulares andinas, donde
exista riesgo.
IV) IV FORO ANDINO DE MIGRACIONES:

“Estatuto Migratorio Andino”:





Convergencia de los regímenes migratorios bilaterales existentes en el
espacio andino.
Acuerdo sobre Residencia de MERCOSUR,
Perspectiva Optimista de la política migratoria andina I
Instrumento general, unificado y eficaz, con incidencia en la
profundización en el derecho de circulación y en el derecho de
residencia a favor de los migrantes andinos.
La política migratoria andina podría, asimismo, contar con un
Estatuto que posibilite, incluso, el ejercicio, sin límites, del derecho
de circulación para ingresar sin visa a otro País Miembro; y, asegure
el derecho de permanencia en el País Miembro, por un periodo no
menor de ciento ochenta (180) días, evitando la concesión
discrecional de periodos menores.
PERÚ: PRINCIPALES NORMAS RELATIVAS A LA GESTIÓN DE
LA MOVILIDAD HUMANA
ASILADOS Y REFUGIADOS
Ley Nº 27891
Ley de Refugiados
Ley Nº 27840
Ley de Asilo
DS Nº 119-2003-RE
Reglamento de de Refugiados
DS Nº 092-2005-RE
Reglamento de de Asilo
Ley Nº 28950
Ley contra de Personas y el Tráfico de
Migrantes
DS Nº 007—2008-In
In Reglamento de de Trata
DS Nº 002-2004-IN
Se crea el grupo de Trabajo multisectorial
permanente contra la trata d personas
RS Nº 028-2005-TR
Se crea el comité directivo nacional para
la prevención y erradicación del trabajo
infantil, con el cual se elaboro el Plan
Nacional de prevención y Erradicación del
Trabajo infantil oficializado por el DS Nº
008-2005-TR
RM Nº 25710-2006-IN-0105
del
Ministerio
del
interior,
se
institucionalizo el sistema de Registro y
Estadística de la trata de personas y afines
RA Nº 179-2010-CE-PJ
Amplia la competencia de la sala penal
nacional a los delitos de Trata de Personas
TRATA DE PERSONAS Y
TRÁFICO DE MIGRANTES
PERÚ: PRINCIPALES NORMAS RELATIVAS A LA GESTIÓN DE LA
MOVILIDAD HUMANA
LEY Nº 26574
Ley Nº 27532
Ley Nº 26864
INMIGRANTES
DECRETO LEGISLATIVO Nº
703
DECRETO LEGISLATIVO Nº
1130
DECRETO SUPREMO Nº 0052013-IN
DECRETO SUPREMO Nº 00497-IN
DECRETO SUPREMO Nº 0132003-IN
Ley de Nacionalidad
Ley que modifica de Nacionalidad
Ley de Elecciones Municipales,
que establece que pueden
participar
en
las
mismas
elecciones los extranjeros mayores
de 18 años, cuando hayan residido
en el país en situación regular y
por más de 2 años continuos
previos a la elección, excepto en
municipalidades de frontera.
Ley de Extranjería
03/01/96
16/10/2001
Creación de la superintendencia
Nacional de Migraciones
Se aprueba el reglamento de la
organización de funciones de la
superintendencia Nacional de
Migraciones
Reglamento de de Nacionalidad
07/12/12
Establece disposiciones sobre
multa y plazo en que extranjeros
pueden solicitar la prórroga de su
permanencia en el país.
Estatuto Migratorio Permanente
Ecuatoriano-Peruano
05/11/91
04/04/13
23/05/97
PERÚ: PRINCIPALES NORMAS RELATIVAS A LA GESTIÓN DE LA
MOVILIDAD HUMANA
LEY Nº 29495
De los consejos de consulta de
las comunidades en el exterior
Decreto Supremo Nº 057-2010 Reglamento de la ley de los
consejos de consulta de las
comunidades en el exterior
PERUANOS
EXTERIOR
EN
EL
D.S. Nº 027-2012-RE
Resolución Ministerial Nº
1180/06/RE
Resol. Viceministerial Nº 0022011-MTPE/3
Modifican
Disposición
Transitoria del Reglamento de
la ley de los consejos de
consulta de las comunidades
en el exterior
Se
aprobó
para
el
reconocimiento de los peruanos
o peruanas que residan en el
exterior
Aprueba
Nº
001-2011MTPE/317
Denominada
Directiva que regula el
Servicio de orientación e
información
22/12/2009
26/04/10
07/06/12
29/09/06
PERU INFOMIGRA
PERÚ: PRINCIPALES NORMAS RELATIVAS A LA GESTIÓN DE LA
MOVILIDAD HUMANA
Ley Nº 26196
D. Leg. Nº 689
D. Leg. Nº 663
DS Nº 023-2001-TR
TRABAJADORES
EXTRANJEROS
Modifica el D. Leg. Nº 689 Ley para de
trabajadores extranjeros
Ley de Contrataciones de Trabajadores
Extranjeros
Ley que promulga el Programa de
Migraciones – Inversión
Modifica el Reglamento de de Contratación
de Trabajadores Extranjeros
DS Nº 0014-92-TR
Aprueban
el
Reglamento
de
de
Contratación de Trabajadores Extranjeros
Resolución Ministerial 218-2010-TR
Modificación del instructivo para la
aplicación de lo dispuesto en la resolución
ministerial
279-2004-TR
y
545,
Instrumento Andino de Migración Laboral
y Regulación del Sistema Virtual del
Trabajador Migrante Andino.
Resolución Ministerial 009-2006-TR
Aprueba la directiva nacional del
instructivo para la aplicación de lo
dispuesto en 279-2004-T y 545,
Instrumento Andino de Migración Laboral.
Resolución Ministerial 279-2004-TR
Dicta disposiciones para el cumplimiento
de 545, Instrumento Andino de Migración
Laboral
GRACIAS