Defensa administrativo

Download Report

Transcript Defensa administrativo

Defensa administrativo-fiscal
IMSS e Infonavit
OBJETIVO
• Revocación del acto o resolución
impugnado.
• Que el problema no pase a mayores y
cause más gastos y pérdida de tiempo.
2
RECURSOS ANTE EL IMSS
•
•
•
•
ACLARACIÓN ADMINISTRATIVA
Fundamento: Art. 39D LSS.
Procede en dos hipótesis:
1. Contra liquidaciones emitidas por el
IMSS
3
¿CUÁNDO PROCEDE?
Aclaraciones
Comprobación
•
•
•
•
•
•
•
•
Incapacidades
Ausentismo
Movimientos afiliatorios
Trabajadores que no
pertenecen a la empresa,
errores en el nombre o
núm. de afiliación
• Duplicidad de cobro
Copia de incapacidad
Listas de raya o nómina
Avisos
Presentar cédula pagada
con certificaciones.
• Liquidación pagada.
4
¿CUÁNDO PROCEDE?
Aclaraciones
Comprobación
• Reducción del SBC; pago
parte proporcional del
SMG trabajadores de
semana y jornadas
reducidas.
• Modificación de prima de
riesgo
• Persona no sujeta a
relación laboral
• Oficio extendido por la
oficina de afiliación.
• Exhibir la
autodeterminación o el
dictamen por omisión o
corrección emitido por la
delegación o sentencia
• Oficio de la oficina de
afiliación.
5
VERSAN SOBRE
• Errores aritméticos, mecanográficos.
• Avisos afiliatorios presentados
previamente por el patrón.
• Certificados de incapacidad.
• Situaciones que no impliquen una
controversia jurídica.
6
TÉRMINO, FORMA E
INSTANCIA
•
•
•
•
Cinco (5) días hábiles.
Por escrito.
Instancia competente:
Sección de aclaraciones y ajustes de la
oficina de emisión y pago oportuno de
la subdelegación que corresponda.
7
RESOLUCIÓN
• En 20 días hábiles
• Y se asienta en la cédula de liquidación
la fecha y sentido de la resolución.
• SI NO se presenta por el patrón la
aclaración, se puede interponer
RECURSO DE INCONFORMIDAD en
15 días hábiles o JUICIO DE NULIDAD.
8
Y segunda hipótesis de
procedencia
• Contra la resolución que rectifique la
clasificación
• O la prima de riesgo
• O asigne ésta emitida por el IMSS,
• Ante la omisión o incorrecta
autodeterminación patronal
9
Y segunda hipótesis de
procedencia
• Plazo: en 15 días hábiles y se
interrumpe el plazo para interponer el
recurso de inconformidad.
• Se hace en hoja membretada y de libre
elaboración expresando hechos y
razones que la razones que la
respalden y anexando los
documentales.
• Debe ser resuelta en 3 meses. NFICTA.
10
Y segunda hipótesis de
procedencia
• De no resolverse favorablemente la
solicitud de desacuerdo.
• Si se retarda su resolución
• O si no se agota por considerarla
innecesaria procede recurso de
inconformidad
• Si el recurso es negativo al patrón
procede Juicio de Nulidad. (45 días)
11
RECURSOS ANTE EL IMSS
• RECURSO DE INCONFORMIDAD
• Establecido en el artículo 294 de la Ley
del Seguro Social
• Reglamento del Recurso de
Inconformidad
12
¿Cuándo procede?
• Contra actos definitivos del IMSS
13
VS ACTOS DEFINITIVOS
• Cédulas de liquidación o de diferencias
notificadas.
• Actualización y recargos
• Dictamen de clasificación y/o
determinación del grado de riesgo ya
notificados.
• Capitales constitutivos.
14
VS ACTOS DEFINITIVOS
• Afiliación de personas no sujetas a una
relación de trabajo.
• Integración de elementos no
procedentes al SBC.
• Negativa ilegal sobre devolución de
cuotas.
• Negativa a afiliar a un trabajador.
15
VS ACTOS DEFINITIVOS
• Declaración de sustitución patronal.
• Negativa u otorgamiento erróneo de
subsidios, pensiones, ayudas,
asignaciones familiares y finiquitos.
• Contra resoluciones que impongan una
multa.
16
NO SON ACTOS
DEFINITIVOS
• Actas de verificación de auditoría.
• Lo son las liquidaciones que con base
en ellas emita en su caso el
departamento de cobranza.
17
Legislación Supletoria
• Código Fiscal de la Federación
• Ley Federal del Trabajo
• Código Federal de Procedimientos
Civiles
• Derecho Común (Código Civil Federal)
18
¿Ante quién se tramita?
• Consejos Consultivos Delegacionales
• Resuelve el Secretario del Consejo
Consultivo Delegacional con apoyo de
los servicio jurídicos delegacionales.
• http://imss.gob.mx/directorio/pages/dire
ctorio.aspx
•
19
Lugar y Plazo
• Sede delegacional o subdelegacional
del Consejo consultivo Delegacional.
• 15 días hábiles siguientes a la fecha
en que surta efectos la notificación.
• El escrito se dirige al Consejo
consultivo Delegacional.
20
Se puede dejar sin efectos el acto
• Si no cumple con constar por escrito o
digital
• Señalar la autoridad que lo emite
• Lugar y fecha de emisión.
• Fundado, motivado y expresar
resolución
• Ostentar la firma del funcionario
competen te y nombre de la persona a
la que se dirige.
21
Se puede dejar sin efectos el acto
• Por incompetencia del funcionario.
• Omisión de requisitos formales.
Ausencia de fundamentación y
motivación.
• Vicios del procedimiento.
• Contravención a las disposiciones en
cuanto al fondo.
• Desvío de poder.
22
¿Qué vicios no afectan?
• Citatorio no mencione que es para
orden de visita.
• No contenga en forma circunstanciada
cercioró domicilio correcto.
• Haya vicios de procedimiento si se
entendió la diligencia con el interesado
o su representante.
23
¿Qué vicios no afectan?
• Irregularidades atendidas
oportunamente.
• Si no se da a conocer el resultado de
una compulsa.
• Cuando no se valore alguna prueba si
no es idónea.
24
REQUISITOS
• Nombre y firma del recurrente, domicilio
para notificaciones, número de registro
patronal.
• Acto que se impugna, fecha de su
notificación y autoridad emisora.
• Hechos.
• Agravios.
• Pruebas
25
REQUISITOS
• Se relacionan los hechos con las
pruebas
• Puntos petitorios
• Protesto lo necesario
• Firma.
26
Si falta algo
• Prevención al recurrente para que
aclare dentro del plazo de 5 días, si no,
• Se desecha de plano el recurso.
27
Documentos a adjuntar
•
•
•
•
Acto impugnado.
Acreditar personalidad.
Constancia de notificación.
Pruebas.
28
Si no se tienen las pruebas
• Se acompaña la copia de la solicitud
sellada.
• Si las pruebas están en poder de
dependencias del IMSS a petición del
promovente se solicitan.
• Pruebas ofrecidas y no exhibidas se
tienen por no presentadas.
29
Opción
• También se puede presentar por correo
certificado con acuse de recibo.
• Cuando el recurrente tenga su domicilio
fuera de la población donde se
encuentre la sede delegacional o
subdelegacional.
30
NOTIFICACIONES
• En forma personal o por correo
certificado de conformidad con el
Código Fiscal de la Federación artículo
134 y siguientes.
31
NOTIFICACIONES
PERSONALES
•
•
•
•
Acuerdos o Resoluciones que:
Admitan o desechen el recurso.
Admitan o desechen las pruebas.
Señalen fechas o términos para cumplir
requerimientos o efectuar diligencias
probatorias.
• Ordenen diligencias para mejor proveer.
32
NOTIFICACIONES
PERSONALES
• Declaren el sobreseimiento del recurso.
• Pongan fin al recurso de inconformidad
o cumplimenten resoluciones de los
órganos jurisdiccionales.
• Acuerdos que resuelvan sobre la
suspensión del procedimiento
administrativo de ejecución y que
decidan sobre el recurso de revocación.
33
NOTIFICACIONES
• Primera notificación personal y
• Todas las demás por correo certificado
con acuse de recibo.
34
Lugar de la Notificación
• Domicilio señalado si no,
• Por lista o Estrados
• Que permanecerán 5 días hábiles
haciendo constar las fechas en que se
fije y la que se retire.
35
SURTIMIENTO DE EFECTOS
DE LAS NOTIFICACIONES
• Al día hábil siguiente a aquel en que se
haya hecho la notificación.
• Al quinto día hábil siguiente a aquél en
que se haya fijado la notificación por
lista o por estrados.
36
RECURSOS CONTRA LAS
NOTIFICACIONES
• Si el inconforme afirma conocer el acto
en el escrito de interposición del
recurso.
• Si no lo conocía debe manifestarlo así
en su escrito y reservarse el derecho de
ampliar su recurso.
37
RECURSO DE REVOCACIÓN
• Procede contra el acuerdo de admisión
del recurso
• Contra el acuerdo de admisión de las
pruebas.
• PLAZO: 3 días.
38
PLAZO PARA LA
AMPLIACIÓN
• 15 DÍAS a partir de que se le haya
dado a conocer el acto.
39
ESTUDIO DE LOS AGRAVIOS
• PRIMERO los relativos a la notificación y
• Posteriormente los relativos al acto
impugnado.
• Si no hubo notificación legal se tiene como
fecha aquella en que se hizo sabedor.
• Si fue legal y se presentó
extemporáneamente se SOBRESEE el
recurso.
40
AGRAVIOS
• Fundamentación
• Transcripción de la parte de la
resolución que me causa agravio.
• Argumentos lógico-jurídicos que
demuestran el agravio
• Jurisprudencia al gusto.
41
IMPROCEDENCIA
• Que no afecten su interés jurídico.
• Resoluciones dictadas en recursos
administrativos o en cumplimiento de
sentencias.
• Que hayan sido impugnadas ante el
TFJFyA
42
IMPROCEDENCIA
• Que sean materia de otro juicio o
recurso pendiente de resolución.
• Que se hayan consentido.
• Que sea conexo a otro impugnado a
través de algún recurso o medio de
defensa diferente.
• Que haya sido revocado por la
autoridad.
43
IMPROCEDENCIA
• Cuando de las constancias del
expediente se desprenda que no existe
el acto o que el mismo se ha dejado sin
efectos.
• En los demás casos.
44
TRAMITACIÓN DEL
RECURSO
• Admitido el recurso se piden por oficio
los informes conducentes.
• Plazo: diez días naturales.
45
REGLAS DE LAS PRUEBAS
• DOCUMENTALES que no obren en
poder del recurrente pero que
legalmente estén a su disposición si se
presentó el acuse se requiere al
promovente para que en 15 días
presente los documentos.
46
REGLAS DE LAS PRUEBAS
• PERICIALES. Al ofrecerse se indican
los puntos y se designa perito.
• El recurrente presenta al perito en 5
días siguientes al auto admisorio para
que acepte el cargo y debe rendir el
dictamen en 15 días siguientes a la
aceptación.
• Si No la prueba se declara desierta.
47
REGLAS DE LAS PRUEBAS
• PERICIALES. Por una sola vez, por
causa justificada y antes de vencerse el
termino de 15 días el recurrente puede
solicitar la sustitución del perito.
• Debe señalar nombre y domicilio de la
nueva persona quien tendrá 5 días para
aceptar el cargo y 10 posteriores para
exhibir su dictamen.
48
REGLAS DE LAS PRUEBAS
• PERICIALES. Si por causas no
imputables al oferente o por una
especial complicación de la probanza
está por terminar el plazo y no se haya
podido realizar se señalará un nuevo
plazo a petición del interesado.
49
REGLAS DE LAS PRUEBAS
• DE INSPECCIÓN. Se ofrece
estableciendo los puntos sobre los que
debe versar y la desahoga quien
designe el Secretario del Consejo.
50
REGLAS DE LAS PRUEBAS
• TESTIMONIAL. Se ofrece indicando
nombres y domicilios de los testigos
que serán presentados por el oferente y
se acompaña el interrogatorio.
• Si no proporciona nombres o domicilios
se requiere al promovente para que los
proporcione en un plazo de 5 días.
51
PRUEBA PERICIAL
• Pericial
52
REGLAS DE LAS PRUEBAS
• CONFESIONAL. No se admite pero si
los informes de las dependencias o
funcionarios del Instituto.
53
DILIGENCIAS PARA MEJOR
PROVEER
En todo tiempo el Consejo Consultivo
Delegacional puede ordenar diligencias
para mejor proveer.
También tiene ese derecho el Secretario
General del Instituto.
54
TÉRMINO PARA PRUEBAS
• Las pruebas deberán desahogarse en
un plazo de 15 días contados a partir de
su admisión y puede prorrogarse por
una sola vez por un plazo igual.
• 15 + 15 una sola vez.
55
PROYECTO DE
RESOLUCIÓN
• Concluido el desahogo de pruebas el
Secretario del Consejo Consultivo
elabora el proyecto de resolución en:
• 30 días.
56
TÉRMINO PARA EL FALLO
• La resolución se pronunciará dentro del
término de:
• 15 días.
• La apreciación de las pruebas se hará
de conformidad con el derecho común.
57
LEGALIDAD DE LAS
RESOLUCIONES
•
•
•
•
•
No existen reglas.
Se ocuparán de todos los puntos.
Analizarán pruebas.
Expresarán fundamentos jurídicos.
Si uno sólo de los agravios es suficiente
para desvirtuar la validez del acto,
basta el examen de dicho punto.
58
VOTOS PARTICULARES
• Si un consejero no está de acuerdo con
la resolución aprobada puede formular
su
• VOTO PARTICULAR.
• DERECHO DE VETO. Lo tiene el
Presidente del Consejo Consultivo
Delegacional.
59
TÉRMINO PARA NOTIFICAR
• Se deben notificar dentro de los 5 días
siguientes a la fecha de su firma.
60
PLAZO PARA EJECUCIÓN
DE LAS RESOLUCIONES
• Las resoluciones al recurso se
ejecutarán en el término de:
• 15 días.
• Excepción: Si el Secretario del Consejo
ampliare el plazo.
61
SANCIONES POR
INCUMPLIMIENTO
• Sanciones disciplinarias por el superior
jerárquico del infractor.
• +
• Sanciones de conformidad con la Ley
Federal de Responsabilidades
Adminstrativas de los Servidores
Públicos.
62
SUSPENSIÓN DEL PAE
• Se debe solicitar desde la interposición
del recurso o durante la tramitación del
mismo.
• 1. Solicitud al Secretario General
• 2. Al recibirla la remite el Jefe de la
Oficina para cobros.
• La califica e informa para que se dicte
el acuerdo
63
SUSPENSIÓN DEL PAE
• Sigue las reglas del Código Fiscal de la
Federación.
64
FALLO FAVORABLE
• Si el fallo es favorable al recurrente se
cancelará la garantía otorgada o se
procede a la devolución del pago
condicional que se hubiere efectuado.
• CANCELACIÓN DE LA GARANTÍA.
65
QUEJA ADMINISTRATIVA
• Art. 296 LSS.
• Procede por actos u omisiones del
personal institucional vinculados con la
prestación de los servicios
médicos.
66
CADUCIDAD
• Se refiere a las facultades del IMSS
para fijar en cantidad líquida los
créditos a su favor.
• Plazo 5 años.
• Fundamento: Artículo 297 LSS.
67
PRESCRIPCIÓN 298 LSS
• Es pérdida de un derecho por el
transcurso del tiempo.
• La obligación patronal de pagar las
cuotas y capitales constitutivos
prescirbe en 5 años.
• El derecho a la devolución de cuotas
enteradas sin justificación prescribe en
5 años.
68
PLAZOS 300 LSS
• 1 año
• Mensualidades de una pensión,
asignación familiar, aguinaldo.
• Subsidios por incapacidad por
enfermedad general y maternidad.
• Ayuda para gastos de funeral.
• Finiquitos de ley.
69
PENSIONES 301LSS
• El derecho al otorgamiento de una
pensión, ayuda asistencial o asignación
familiar es INEXTINGUIBLE.
• Siempre y cuando se cumplan todos los
requisitos de ley.
70
FONDOS DE RETIRO
CESANTIA Y VEJEZ 302LSS
• Prescriben a favor del Instituto en 10
años contados a partir de su
exigibilidad.
• Cualquier mensualidad de una pensión,
asignación familiar o ayuda asistencial
prescribe a favor del Instituto en un año
de calendario.
71
RECURSOS ANTE EL
INFONAVIT
• RECURSO DE INCONFORMIDAD
• Artículos 25 y 52 de la Ley del Infonavit
72
¿Cuándo procede?
• Casos de inconformidades de las
empresas.
• De los trabajadores o sus beneficiarios
• Sobre la inscripción
• Derecho a créditos
• Cuantía de aportaciones y descuentos
• Cualquier acto que lesione …
73
¿Cuándo procede?
• …que lesione derechos de los
trabajadores inscritos,
• De los beneficiarios o de los patrones.
74
¿ANTE QUIEN SE TRAMITA?
• Ante la Comisión de Inconformidades y
Valuación del Instituto.
75
LUGAR Y PLAZO
• Ante la Comisión de Inconformidades y
de valuación
• 30 días para los trabajadores y sus
beneficiarios.
• 15 días para los patrones
• SON DÍAS HÁBILES (Art. 9)
76
CONTENIDO DEL ESCRITO
• Nombre del promovente o
representante.
• Domicilio para notificaciones
• RFC
• Nom. Y dom. Del tercero interesado.
• Razones por las que se estima hay
agravio.
77
PRUEBAS
• Se acompañan pruebas y hasta 20
copias para dar vista a los interesados.
78
SUSPENSIÓN DEL PAE
• A solicitud del interesado y previa
garantía del interés fiscal de
conformidad con el Código Fiscal de la
Federación.
• Plazo para garantizar:
• 15 días.
79
BIENES INEMBARGABLES
• 157 CFF
• Cama y vestidos
• Muebles de uso indispensable A
JUICIO DEL EJECUTOR,
• Maquinaria, enseres y semovientes.
• Armas de los militares
• Los granos mientras no se hayan
cosechado
80
BIENES INEMBARGABLES
•
•
•
•
•
El derecho de usufructo
Patrimonio de familia
Sueldos y salarios
Pensiones
Ejidos
81
IMPRECISIONES
• Si el escrito fuera incompleto, impreciso
o no se hubiese acreditado la
personalidad,
• Se requiere al promovente para que
aclare en un término de 10 días.
82
SE DESECHA
• Cuando se interponga por actos
diferentes a los del art.52 o
• Por extemporáneo.
83
PRUEBAS
• Se admiten todas en cuanto se
relacionen con los hechos, no sean
superfluas y no sean contrarias al
derecho o a la moral.
• En ningún caso será admisible la
confesional.
84
NOTIFICACIÓN A
TERCEROS
• Al admitirse el recurso por notificación
personal o por correo certificado con
acuse de recibo.
• Para que en 10 días manifiesten lo que
a su derecho convenga y acompañen
pruebas.
• Se solicita el expediente en 5 días.
85
TERCEROS INTERESADOS
MAS DE 20
• No se les corre traslado con el escrito
pero se les otorga un plazo de 20 días
para que conozcan el escrito.
• Si hay sindicato se le da vista.
• No sindicalizados se les da vista para
que nombre un representante común en
10 días.
86
DILIGENCIAS PARA MEJOR
PROVEER
• La Comisión en todo tiempo puede
ordenar la práctica de diligencias para
conocer la verdad.
87
DESAHOGO DE PRUEBAS
• La Comisión podrá otorgar un plazo
hasta de 10 días para el desahogo de
pruebas que considere necesarias por
su naturaleza o
• Las que no se pudieron acompañar al
escrito inicial. ( art. 14)
88
PROYECTO
• La Secretaría de la Comisión formula el
proyecto dentro de los 10 días
siguientes.
• Proyecto que se resuelve en los 15 días
siguientes. (Art. 15)
89
LEY DEL INFONAVIT
90
PÁGINA WEB
• http://portal.infonavit.org.mx/wps/portal/
EMPRESARIOS/!ut/p/c5/04_SB8K8xLL
M9MSSzPy8xBz9CP0os3hnd0cPE3Mf
AwMLfwsLAyM_1wAXIxNvA_dAU6B8p
Fm8AQ7gaEBAt59Hfm6qfkFuRDkAZsjy
GA!!/dl3/d3/L2dJQSEvUUt3QS9ZQnZ3
LzZfQ0dBSDQ3TDAwOE84ODAyTkVQ
RDI0SzBPRzE!/
91
PÁGINA WEB
92
RECURSO DE
INCONFORMIDAD (52)
• PROCEDE en casos de inconformidad
de
• Empresas
• Trabajadores
• O sus beneficiarios sobre la inscripción
en el instituto
• Derecho a créditos
• Cuantía de aportaciones y descuentos
93
JUICIO JFCyA (53)
• Controversias entre trabajadores y sus
beneficiarios y el Instituto sobre:
• Derechos de aquéllos se resolverán en
la
• Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje una vez agotado en su caso el
recurso.
94
OPCIONAL
• El recurso de inconformidad será
optativo para los trabajadores y sus
beneficiarios.
• O podrán acudir directamente a
• La Junta Federal de Conciliación y
Arbitraje o a los
• Tribunales competentes.
95
CONTROVERSIAS ENTRE
PATRONES Y EL INSTITUTO
• Una vez agotado el recurso en su caso,
se resuelven en
• El Tribunal Federal de Justica Fiscal y
Administrativa. (54)
96
SANCIONES A PATRONES
• Independientemente de lo dispuesto por
la ley se castigarán con multas por el
equivalente de tres a trescientas
cincuenta veces el salario mínimo
general vigente en el D. F. ($21,
815.50)(55)
97
OMITIR INFORMACIÓN
• Si se omite la información que impida la
individualización de las aportaciones a
la subcuenta de vivienda la sanción
será la que resulte mayor entre:
• 50% de las aportaciones no
individualizadas y
• La que corresponda al máximo que
corresponda (($21, 815.50)
98
INFONAVIT
• Recurso de revisión.
AGRADECIMIENTO
• MUCHAS GRACIAS POR SU
ATENCIÓN
100