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PROYECTO DE LEY QUE
MODIFICA LA LEY DE TRANSPARENCIA
(Boletín Nº 7686-07)
Unidad de Normativa
Dirección Jurídica
IDENTIFICACIÓN PROYECTO DE LEY
Antecedente
previo
• Oficio CPLT mayo 2010 Solicita perfeccionamientos normativos a la
LT
• Propuesta recogida por el Grupo Interparlamentario Pro
Transparencia (Pdte. S. H. Larraín; Vicepdte. D. Burgos; S. Tuma; D.
Monckeberg; S. Alvear; S. Allende; S. V. Perez; S. L Perez; D.
Eluchans; D. Harboe; D. Cardemil; D. Diaz; D. Molina)
Autores Moción
parlamentaria
• Jorge Burgos, Felipe Harboe, Marcelo Díaz
• Alberto Cardemil, Edmundo Eluchans, Andrea
Molina
Fecha ingreso
Estado actual
• 2 de junio de 2011, Cámara de Diputados
•Segundo trámite constitucional, aprobado en general por la
Sala del Senado el martes 8 de octubre
•Con plazo para indicaciones hasta el 18 de noviembre
•Comisión de Gobierno del Senado
SUJETOS OBLIGADOS
Corporaciones y Asociaciones municipales
• Ratifica criterio jurisprudencial del Consejo
• Jurisprudencia judicial de las Cortes de Apelaciones
• 3 criterios básicos: creación pública, conformación
pública de órganos de decisión y función pública
Historia de la Ley
• Ello no excluye a otras entidades que cumplan una
función pública
• Por ejemplo las fundaciones de la Primera Dama
• Decisiones del Consejo y de las Cortes de
Apelaciones
GESTIÓN DOCUMENTAL Y ARCHIVOS
Normativa actual antigua
• La gestión documental se encuentra normada en el
DFL Nº 5.200, de 1929, del Ministerio de
Educación.
Proyecto de ley
• Un Reglamento suscrito por Mineduc y Min. Hda.
determinará la forma en que OAE deberán
conservar, archivar y eliminar la información que
esté bajo su control.
• El fundamento de esta modificación radica en
facilitar el ejercicio del DAI y la gestión de las
respectivas solicitudes por parte de los órganos
obligados.
TRANSPARENCIA ACTIVA
Nuevas materias
• Se amplían y mejoran lan las formas de publicar las
materias del art. 7º, por ej. declaraciones de intereses y
patrimonio de ciertas autoridades y funcionarios.
• Actos con efectos sobre terceros: el CPLT podrá autorizar
medios alternativos o eximir de publicar cuando no exista
interés público.
Objetivo de la modificación
• Facilitar el acceso a determinada información considerada
especialmente relevante.
TA y protección de datos
• Receptores de fondos públicos y beneficiarios
subsidios deben ser identificados por el RUT o RUN
• No publicación de datos personales en TA y tachado
de
CORREOS ELECTRÓNICOS
Regulación actual y fallos del TC
• Existe comunicación privada: derecho a la privacidad
(art. 19 Nº 4 CPR)
• Ausencia de norma expresa que regule la materia
Objetivo de la modificación
• Cumplir con el estándar de especificidad para que los
correos electrónicos puedan ser requeridos vía SAI.
Alcance y procedimiento garantista
• El alcance es restringido (actos finales, fundamentos
y procedimientos, e interés público en la divulgación)
• No aplica cuando existe privilegio deliberativo
NOTIFICACIÓN A TERCEROS
Regulación actual: plazos acotados
• El plazo para notificar es de 2 días
• El plazo para oponerse es de 3 días
Objetivo de la modificación
• Facilitar el ejercicio de derechos por parte de 3º respecto de
los cuales los OAE tienen información cuya entrega pudiera
afectarlos.
Aumento de plazos
• Plazo notificación: 5 días hábiles
• Plazo de oposición: 10 días hábiles
Omisión de notificación
• Jurisprudencia del CplT que diga que no afecta derechos
• LQC establezca el secreto o reserva o jurisprudencia
MOFICACIONES PROCESALES EN EL AMPARO
Instancia alternativa
(SARC)
de solución de controversias
• Instancias de acercamiento de las partes
• Con garantías de imparcialidad
Forma de realizar notificaciones en el procedimiento
• Evitar la carta certificada
• Permite la notificación electrónica tanto al requirente como al
órgano público
Publicidad y secreto del expediente de amparo
• Regla general: la publicidad
• Excepción: que las partes soliciten preventivamente su reserva
• Deberán aportarse al CplT obligatoriamente los documentos
solicitados como medio de prueba
NUEVOS RECURSOS
Normativa actual
• Consagra un único recurso
• Reclamo de ilegalidad ante la Corte de Apelaciones
Recurso especial de reposición
• Sólo para el solicitante cuando el CplT deniegue acceso a información
basado en manifiesto error de hecho determinante para decisión o que
aparecieren antecedentes ignorados al momento de adoptarse aquélla
• Plazo interposición: 3 días hábiles contados desde notificación
decisión
• No procede el recurso de reposición general (LBPA)
Recurso de unificación de jurisprudencia
• Se presenta ante la Corte Suprema
• Cuando existieren fallos contradictorios de las Cortes de Apelaciones
• Plazo interposición: 15 días corridos contados desde notificación
sentencia que se recurre
INFRACCIONES Y SANCIONES
Normativa actual
• Infracciones acotadas: denegación infundada, no entrega
oportuna e incumplimiento injustificado de las normas de
transparencia
• Sanciones acotadas: multa del 20 al 50% remuneración y de
persistir el incumplimiento el duplo y suspensión por 5 días
Ampliación de infracciones
• Todo incumplimiento de la Ley de Transparencia y su
reglamento.
• Por ejemplo: caso de cobros distintos a los costos directos.
Ampliación de sanciones
• Se incluye la censura
• Se elimina el piso mínimo multa del 20 % de la remuneración
• Se amplía el plazo de suspensión hasta 30 días