Concordancia Sivigila y Estadísticas Vitales

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Transcript Concordancia Sivigila y Estadísticas Vitales

Mortalidad
Materna y
Perinatal
Concordancia SIVIGILA y Estadisticas
Vitales
Miguel Ángel Botina Criollo MD
Oficina de Epidemiologia
Subdirección de Salud Publica
RAUL DELGADO GUERRERO
Gobernador de Nariño
ELIZABETH TRUJILLO MONTALVO
Directora Instituto Departamental de Salud de Nariño
¡Por un Nariño Mejor!
• MORTALIDAD MATERNA
•MORTALIDAD PERINATAL
•MORTALIDAD POR IRA
•MORTALIDAD POR EDA
•MORTALIDAD POR MALARIA
•MORTALIDAD POR DENGUE
•MORTALIDAD POR ACCIDENTE OFIDICO
•MORTALIDAD POR / Y ASOCIADA A DESNUTRICION
•BAJO PESO AL NACER
 Concordancia Sivigila - Estadísticas vitales
 Las entidades territoriales deben realizar con
periodicidad mínima mensual el análisis de la
concordancia entre la notificación de muertes en
Sivigila y la información que ingresa por los
certificados de defunción (RUAF y papel) a las
secretarías departamentales y distritales de salud,
realizando ajustes de los casos encontrados en
ambos sistemas.
 La UPGD, el municipio y el departamento deben
velar por el correcto diligenciamiento de la ficha de
notificación, en especial de la causa básica de
muerte en los casos requeridos, la cual es de utilidad
para las acciones en salud pública frente a la toma
de decisiones y acciones.
 Para bajo peso al nacer a término se debe calcular
mensualmente el porcentaje de concordancia entre
Sivigila y estadísticas vitales o certificados de
nacidos vivos en los sitios donde no está
implementado el RUAF.
 Una vez se concluya el estudio de caso se deben
realizar los ajustes respectivos al Sivigila y la
enmienda al certificado de defunción que sea
requerida.
 En los casos de muertes por eventos de interés en
salud pública se recomienda la toma de muestras
para estudio anatomopatológico y el envío de las
mismas al laboratorio de patología del Instituto
Nacional de Salud al se le debe anexar un informe
que incluya la causa de muerte, agentes causantes,
epicrisis y el resumen de la historia clínica. En caso
de no tener la autorización de los padres o
cuidadores, se buscará amparo para la toma de las
mismas, en el decreto 786 de 1990 y en la ley 9 de
1979.
 Se deben seguir las recomendaciones establecidas en el
protocolo de vigilancia y el manual para obtención y envío de
muestras de interés en Salud Pública del Instituto Nacional de
Salud.
 Ante todo caso de muerte materna en donde la causa básica
de muerte no está claramente establecida y la probable manera
de muerte sea natural, se procederá a realizar la necropsia
clínica; y en caso de que la probable manera de muerte sea
violenta se solicitara la necropsia médico legal de acuerdo al
decreto 786 de 1990 y el decreto 3518 de 2006.
Miguel Ángel Botina Criollo MD
Oficina de Epidemiología
Subdirección de Salud Pública
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 7 22 30 33
7 23 53 14 – Ext. 152-185
313 733 79 37
RAUL DELGADO GUERRERO
Gobernador de Nariño
ELIZABETH TRUJILLO MONTALVO
Directora Instituto Departamental de Salud de Nariño
¡Por un Nariño Mejor!