SIVIGILA por ajustar a Plantilla
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Transcript SIVIGILA por ajustar a Plantilla
BOGOTA D.C. LOCALIDADES
S.D.S
PRESTADOR
RECTOR EN SALUD
P. I. C.
CAMI ALTAMIRA
UPA 1° de MAYO
UPA BELLO HORIZONTE
1.
Gestión local
UPA ALPES
2.
Ámbitos de Vida Cotidiana
UPA LA VICTORIA
3.
Vigilancia en salud Publica
UBA CARCEL
UBA MOVIL
P. I. C
SIVIGILA - SAA 2007
DECRETO NUMERO 3518 DE 2006
Artículo 1°. Objeto. El objeto del presente decreto es crear y
reglamentar el Sistema de Vigilancia en Salud Pública, Sivigila, para la
provisión en forma sistemática y oportuna, de información sobre la
dinámica de los eventos que afecten o puedan afectar la salud de la
población, con el fin de orientar las políticas y la planificación en salud
pública; tomar las decisiones para la prevención y control de
enfermedades y factores de riesgo en salud; optimizar el seguimiento y
evaluación de las intervenciones; racionalizar y optimizar los recursos
disponibles y lograr la efectividad de las acciones en esta materia,
propendiendo por la protección de la salud individual y colectiva.
Parágrafo. Todas las acciones que componen el Sistema de Vigilancia
en Salud Pública, Sivigila, tendrán el carácter de PRIORITARIAS en
salud pública.
Articulo 2. Ámbito de aplicación
Artículo 3°. Definiciones
Autoridades Sanitarias
Entidades Sanitarias
Estándares de calidad en
salud publica
Estrategias de Vigilancia en
salud Publica
Eventos
Eventos de Interés en salud
Publica
Factores de Riesgo/ Factores
Protectores
Medidas sanitarias
Modelo de vigilancia en salud
Publica
Protocolos de Vigilancia en
salud Publica
Red de Vigilancia en salud
Publica
Sistema de Vigilancia en
salud Publica
Unidad Notificadora
Unidad primaria generadora
de Datos UPGD
Usuarios del sistema
Vigilancia en salud Publica
Vigilancia y control sanitario
Artículo 4°. Finalidades
a) Estimar la magnitud de los eventos de interés en salud pública;
b) Detectar cambios en los patrones de ocurrencia, distribución y
propagación de los eventos objeto de vigilancia en salud pública;
c) Detectar brotes y epidemias y orientar las acciones específicas de
control;
d) Identificar los factores de riesgo o factores protectores
relacionados con los eventos de interés en salud y los grupos
poblacionales expuestos a dichos factores;
e) Identificar necesidades de investigación epidemiológica;
f) Facilitar la planificación en salud y la definición de medidas de
prevención y control;
g) Facilitar el seguimiento y la evaluación de las intervenciones en
salud;
h) Orientar las acciones para mejorar la calidad de los servicios de
salud;
i) Orientar la formulación de políticas en salud pública.
Artículo 5°. Principios orientadores
Eficacia
Eficiencia
Calidad
Previsión
Unidad
Artículo 6°. Responsables
TODOS
• Ministerio de Protección
Social
•INS, INVIMA
•Direcciones Deptales y
Distritales
Artículo 7°. A 14 Funciones
•Direcciones Municipales
•Administradoras de
Planes de Beneficio
•Unidades Notificadoras
•UPGD
•Otras entidades
Artículo 15. Procesos.
Artículo 16. Datos y fuentes de información
Artículo 17. Obligatoriedad de la información de interés en
salud pública
Artículo 18. Acceso obligatorio a la información
Artículo 19. Carácter confidencial de la información
Artículo 20. Notificación obligatoria
Artículo 21. Sistema de información
Artículo 22. Flujo de información
Artículo 23. Análisis de la información.
Artículo 24. Divulgación de resultados
Artículo 25. Orientación de la acción en salud pública.
Artículo 26. Modelos y protocolos de vigilancia
Artículo 27. Estandarización de normas y procedimientos.
Artículo 28. Pruebas especiales para el estudio de eventos de
interés en salud pública.
Gestión
Planeación.
Red de vigilancia.
Apoyo intersectorial.
Integración funcional en el ámbito internacional.
Centro Nacional de Enlace para el Reglamento
Sanitario Internacional.
Artículo 35. Comisión Nacional Intersectorial de Vigilancia en
Salud Pública.
Artículo 36. Funciones.
Artículo 37. Comités de Vigilancia en Salud Pública
Artículo 38. Funciones.
Artículo 39. Responsabilidades frente a la obligatoriedad de la
información epidemiológica
Artículo 40. Autoridades Sanitarias del Sistema de Vigilancia
en Salud Pública
Artículo
Artículo
Artículo
Artículo
Artículo
Artículo
29.
30.
31.
32.
33.
34.
Artículo 42. Aislamiento o internación de personas y/o
animales enfermos
Artículo 43. Cuarentena de personas y/o animales sanos
Artículo 44. Vacunación y otras medidas profilácticas
Artículo 45. Control de agentes y materiales infecciosos y
tóxicos, vectores y reservorios
Artículo 46. Desocupación o desalojamiento de
establecimientos o viviendas
Artículo 47. Clausura temporal de establecimientos
Artículo 48. Suspensión parcial o total de trabajos o servicios
Artículo 49. Decomiso de objetos o productos.
Artículo 50. Destrucción o desnaturalización de artículos o
productos.
Artículo 51. Congelación o suspensión temporal de la venta o
empleo de productos y objetos
Artículo 52. Aplicación de medidas sanitarias.
Efectos de las medidas sanitarias
Iniciación del procedimiento sancionatorio
Obligación de denunciar a la justicia ordinaria
Verificación de los hechos objeto del
procedimiento
Artículo 57. Cesación del procedimiento
Artículo 58. Formulación de cargos
Artículo 59. Término para presentar descargos, aportar y
solicitar pruebas
Artículo 60. Decreto y práctica de pruebas
Artículo 61. Calificación de la falta e imposición de la sanción
Artículo 62. Circunstancias agravantes
Artículo 63. Circunstancias atenuantes.
Artículo 64. Exoneración de responsabilidad y archivo del
expediente.
Artículo
Artículo
Artículo
Artículo
53.
54.
55.
56.
Artículo 65. IMPOSICION DE SANCIONES
Recursos contra los actos que imponen sanciones
Clases de sanciones
Amonestación.
Multas
Decomiso.
Suspensión de permiso sanitario de
funcionamiento de establecimientos o servicios
Artículo 72. Cierre temporal o definitivo de establecimientos,
edificaciones o servicios
Artículo 73. Término de las sanciones
Artículo 74. Coexistencia de sanciones
Artículo 75. Publicidad de los hechos para prevenir riesgos
sanitarios
Artículo 76. Obligación de remitir las diligencias a otras
autoridades competentes.
Artículo
Artículo
Artículo
Artículo
Artículo
Artículo
66.
67.
68.
69.
70.
71.
Artículo
Artículo
Artículo
Artículo
Artículo
77.
78.
79.
80.
81.
Coordinación de actividades
Aportes de pruebas por otras entidades
Atribuciones policivas de las autoridades sanitarias
Financiación de la vigilancia en salud pública
Período de transición.
•
TERRITORIO UPZ 32. SAN BLAS
Población Total de 82.030
•
Su extensión es de 352.19 hectáreas
•
Conformada por 64 barrios
•
75% estrato 2, 25% estrato 1:
UPA
LOS ALPES
TERRITORIO
UPZ 33 SOSIEGO
•
Población Total de 45.116
Su extensión es de 235,49
hectáreas
•
•
Conformada por 20 barrios
•
80% estrato 3, 20% estrato 2.
UPA
PRIMERO
DE MAYO
TERRITORIO
UPZ 34 - 20 DE JULIO
•
Población Total de 106.638
Su extensión es de 266,55
hectáreas
•
•
Conformada por 27 barrios
•
60% Estrato 2, 40% Estrato 3.
UPA
BELLO
HORIZONTE
TERRITORIO UPZ 50 LA GLORIA
•
Población Total de 102. 537
Su extensión es de 385,88
hectáreas
•
•
•
Conformada por 46 barrios
98% estrato 2, 2% Estrato 1.
UPA
LA VICTORIA
CAMI
ALTAMIR
A
•
TERRITORIO UPZ 51 LIBERTADORES
Población Total de 73.827
Su extensión es de 389,08
hectáreas
•
•
•
Conformada por 54 barrios
UBA MOVIL
90% estrato 2, 10% estrato 1
CAF
LIBERTADORES
S. A. A
VSPC
S. I. V. I. M
S. I. S. V. E.S.O
SIVIGILA
V.E.S.P.A.
S. I. S. V. A. N
Decreto 3518 del 9 de
Octubre de 2006
EE VV.
FARMACOVIGILANCIA
S. I. S. V. E. A.
I. I. H
HEMOVIGILANCIA
SUBSISTEMAS DE VIGILANCIA EN
SALUD PUBLICA SIVIGILA
SISVAN: SISTEMA DE VIGILACIA ALIMENTARIA Y NUTRICIONAL
SIVIM: SISTEMA DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR
SISVEA SISTEMA DE VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA AMBIENTAL
SAA SISTEMA ALERTA ACCION
EEW ESTADISTICAS VITALES
HEMOVIGILANCIA –BANCOS DE SANGRE
VESPA VIGILANCIA EPIDEMIOLOGICA DE PSICOACTIVOS
SISVESO SISTEMA DE VIGILANCIA DE SALUD ORAL
FARMACOVIGILANCIA.
IIH INFECCIONES INTRAHOSPITALARIAS (IACS)
V SPC VIGILANCIA SALUD PUBLICA COMUNITARIA
TIPOS DE EVENTOS SA.A.
ERRADICACIÓN: Ausencia de casos y agente causal.
(PFA)
ELIMINACIÓN: Ausencia de casos, a pesar de que
persiste el agente causal. (tétanos neonatal, sarampión,
rubeola, lepra, sífilis congénita, rabia en humanos,
síndrome de rubéola congénita)
CONTROL INTERNACIONAL: Disminución de la
incidencia de la enfermedad, con seguimiento
internacional. (fiebre amarilla, peste y cólera)
CONTROL : Disminución de la incidencia de la
enfermedad.
DE COMPROMISO
INTERNACIONAL
Rabia
Sarampión
Rubéola
PFA
Sífilis
Tétanos
Lepra
Fiebre Amarilla
Cólera
Peste
DE COMPROMISO
NACIONAL
Mortalidad Evitable
ETAS
Eventos adversos a
la vacunación
Encefalitis
Dengue
Malaria
Accidente Ofidico
JACOV
Intoxicaciones
…… DE COMPROMISO NACIONAL
Lesiones por pólvora
Varicela
Difteria
Tosferina
Enfermedad similar a
la Influenza
Hepatitis
Leishmaniasis
Meningitis
Parotiditis
Tuberculosis
Fiebre tifoidea y
Paratifoidea
Tifus
VIH
IVE
Malformaciones
Congenitas
Hipotiroidismo
congenito
S.I.V.I.M.
Todo tipo de Violencia:
Emocional
Negligencia
Descuido
Abandono
Económica
Sexual
Énfasis en grupos:
Niños
Personas mayores
Embarazadas
Condición Discapacidad
S.I.S.V.A.N
Recién nacidos de bajo peso
Gestantes
Menores de 10 años
FLUJOGRAMA DE ENVIO DE
INFORMACION EPIDEMIOLOGICA
Martes
SECRETARIA
DISTRITAL DE SALUD
INMEDIATA
PERIODICA (Semanal)
FICHAS Y ESTADISTICAS
OFICINA DE VIGILANCIA
EPIDEMIOLOGICA LOCAL
UPGDs
PUBLICAS - PRIVADAS
Lunes
ORGANIZACIÓN
MUNDIAL
DE LA SALUD
FLUJOGRAMA DE ENVIO DE
INFORMACION EPIDEMIOLOGICA
Viernes
ORGANIZACIÓN
PANAMERICANA
DE LA SALUD
ORGANIZACIÓN
MUNDIAL
DE LA SALUD
PERIODICA
( Semanal )
Jueves
SECRATARIA
DISTRITAL DE SALUD
INSTITUTO
NACIONAL DE
SALUD
Miércoles
SIFILIS GESTACIONAL
1 8
2 0 1 0
BOGOTA
Instituto Materno Infantil ESE
0 7 5 0 0 7 0 52 01 0
SAN CRISTOBAL
1 1 001 08 6 8 7 0 0
8001971772
MARIA
MAGDALENA
MARTINEZ
33333333
MALAGON
0 5 0 21 9 7 2
X
38
3535353535
X
BOGOTA
COLOMBIA
X
110 0 1
San Cristóbal
X
Cl 3 Sur 5 44
HUMANA VIVIR
Calvo Sur
BOGOTA
HOGAR
9 9 96
X
E P S 0 1 4
X
X
BOGOTA/SAN CRISTOBAL/ SOSIEGO
X
X
X
1 1 133 0 605 20 1 0 0 605 20 1 0
X
0 605 20 1 0
MARIA MAGDALENA MARTINEZ MALAGON
X
4
X
CC
2
1
X
3535353535
0
X
X
X
3
30
40
X
X
X
X
X
X
40
X
X
X
X
X
X
H MAYRA ALEJANDRA CORTÉS ROJAS
x
x
C.C.
1
52.745.143
x
x
1
0
0
1
0
x
x
5
x
x
24
x
x
x
30
1700
x
O
O
42
OBITO FETAL
X
LA NOMENCLATURA
En el año 1774 la ciudad estaba conformaba por
ocho barrios, lo que creó la necesidad de identificar
los predios, para esto, el virrey Guirior por medio de
un decreto del mismo año nombró igual número de
alcaldes, a quienes les encargó la tarea de nombrar
cada calle y enumerar las casas por manzana.
Cumplido el mandato del Virrey, la ciudad obtiene su
primera nomenclatura oficial. A partir de entonces la
nomenclatura ha sido de gran importancia para el
catastro municipal, cuyo sistema ha sido
perfeccionado a través de los años mediante la
identificación de elementos importantes como la
diferenciación entre calles y carreras, enumeración
consecutiva de las vías, la definición de vías
generadoras, entre otras; modificaciones que se
resumen en la normatividad actual.
PREVIOS EN
PROPIEDAD HORIZONTAL