LA ACCIÓN DE TUTELA

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Transcript LA ACCIÓN DE TUTELA

LA ACCIÓN DE TUTELA
Concepto, características y
posibilidades
¿Qué es la acción de tutela?
Es un mecanismo judicial
establecido por la Constitución Política de
1991 y regulado por el decreto 2591 de
1991,
que se encuentra al alcance de todos los
ciudadanos y ciudadanas
para la protección de sus derechos
fundamentales.
Es un mecanismo judicial
La característica de este mecanismo es que se
presenta ante la Rama Judicial, todos los jueces
de la república son jueces de tutela: Altas
Cortes (Corte Constitucional, Consejo de
Estado, Corte Suprema de Justicia, Tribunales y
Juzgados.
- Hay dos excepciones: ni las autoridades
judiciales, ni los jueces de paz pueden conocer
de las acciones de tutela.
ESTABLECIDO POR LA
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE
1991
Con la Constitución de 1991 se define a
Colombia como un Estado Social de
Derecho, esto implica que el Estado
reconoce un catálogo amplio de derechos
para sus ciudadanos y además debe crear
mecanismos para exigirlos.
QUE SE ENCUENTRA AL
ALCANCE DE TODOS LOS
CIUDADANOS Y CIUDADANAS
Es un mecanismo de fácil acceso,
desprovisto
de
formalidades
que
obstaculicen o limiten su uso por parte de
ciudadanos
que
no
se
encuentran
familiarizados con los temas jurídicos
PARA LA PROTECCIÓN DE SUS
DERECHOS FUNDAMENTALES
¿Cuáles son los derechos fundamentales?
- Tesis restrictiva o de lista cerrada: sólo
son fundamentales aquellos derechos
contenidos en el Título II, Capítulo I
- Tesis de las generaciones de derechos
PARA LA PROTECCIÓN DE SUS
DERECHOS FUNDAMENTALES
¿Cuáles son los derechos fundamentales?
Tesis amplia (criterios de fundamentalidad):
- Derechos sociales como fines del Estado Social
de Derecho
- Derechos sociales como medio para la
realización de la dignidad humana
- Derechos sociales como mínimos de igualdad
para el ejercicio de derechos civiles y políticos
- Evolución del Derecho Internacional de los
Derechos Humanos
¿Qué es la acción de tutela?
Constitución Política de Colombia 1991
Artículo 86
“Toda persona tendrá accion de tutela para
reclamar ante los jueces en todo momento y en
todo lugar mediante un procedimiento
preferente y sumario, por sí misma o por quien
actúe a su nombre, la protección inmediata de
sus derechos constitucionales fundamentales,
cuando
estos
resulten
vulnerados
o
amenazados por acción o la omisión de
cualquier autoridad pública (…)
¿Qué es la acción de tutela?
Constitución Política de Colombia 1991
Artículo 86
(…) La protección consistirá en una orden
para que aquel respecto de quien se
solicita la tutela actúe o se abstenga de
hacerlo. El fallo, que será de inmediato
cumplimiento; podrá impugnarse ante el
juez competente y, en todo caso, éste lo
remitirá a la Corte Constitucional para su
eventual revisión.
¿Qué es la acción de tutela?
Constitución Política de Colombia 1991
Artículo 86
(…) Esta acción sólo procederá cuando el
afectado no disponga de otro medio de
defensa judicial, salvo que se utilice como
mecanismo transitorio para evitar un
perjuicio irremediable.
En ningún caso podrán transcurrir más de
diez días entre la solicitud de tutela y su
resolución.
¿Qué es la acción de tutela?
Constitución Política de Colombia 1991
Artículo 86
(…) La ley establecerá los casos en que
la acción de tutela proceda contra
particulares encargados de la prestación
de un servicio público o cuya conducta
afecte grave y directamente el interés
colectivo, o respecto de quienes el
solicitante se halle en estado de
subordinación o indefensión.”
Características de la acción de
tutela
1.
2.
3.
4.
5.
6.
Puede ser presentada por cualquier persona sin
necesidad de abogado o documentación escrita.
Puede proteger derechos sociales utilizando el criterio
de conexidad
Todas las decisiones de tutela llegan a la Corte
Constitucional (órgano de cierre) y esta revisa las que
considera más importantes
Procedimiento rápido y sencillo y tiene procedimiento
preferente
Se puede interponer contra autoridades públicas o
privadas
Tiene un marco amplio de interpretación y aplicación
judicial de las normas constitucionales en donde lo
moral, lo político y lo jurídico mantienen fronteras
difusas
Requisitos
Se puede presentar una acción de tutela cuando:
- Hay una vulneración de derechos fundamentales
y el daño no se encuentra consumado
- No existe otro mecanismo de defensa judicial
disponible
- Como mecanismo de protección transitoria con el
fin de evitar un perjuicio irremediable.
- Cuando se trate de actos de carácter general,
impersonal y abstracto
Formalidades de la acción de tutela
• La tutela se presenta por escrito, si la persona que la
presenta no sabe leer ni escribir, puede ser ejercida
verbalmente: el juez deberá atender de inmediato al
solicitante, y ordenará al secretario del juzgado que
levante el acta.
• No necesita abogado, puede presentarla el
directamente afectado o, en caso de que no pueda
hacerlo lo puede hacer otra persona en su
representación. El Defensor del Pueblo y las
personerías municipales pueden interponer la acción
de tutela en nombre de cualquier persona que se los
solicite o que esté en situación de desamparo o
indefensión.
Términos de la acción de tutela
- El juez de primera instancia tiene un
máximo de 10 días hábiles para proferir la
sentencia de tutela
- El afectado tiene un plazo de 3 días
hábiles para impugnar el fallo de primera
instancia.
Competencia de la acción de tutela
Por regla general se debe presentar la acción de tutela ante el juez del lugar de los
hechos, además debe tenerse en cuenta la autoridad contra la cual se dirige la acción
de tutela
•
•
•
contra cualquier autoridad pública del orden nacional, a los Tribunales Superiores de
Distrito Judicial, Administrativos y Consejos Seccionales de la Judicatura.
A los Jueces del Circuito las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier
organismo o entidad del sector descentralizado por servicios del orden nacional o
autoridad pública del orden departamental.
A los Jueces Municipales les serán repartidas para su conocimiento en primera
instancia, las acciones de tutela que se interpongan contra cualquier autoridad pública
del orden distrital o municipal y contra particulares.
•
Cuando la acción de tutela se promueva contra más de una autoridad y éstas sean de
diferente nivel, el reparto se hará al juez de mayor jerarquía, de conformidad con las
reglas establecidas en el presente numeral.
•
Cuando la acción de tutela se promueva contra un funcionario o corporación judicial, le
será repartida al respectivo superior funcional del accionado.
Cuando se trate de autoridades administrativas en ejercicio de funciones
jurisdiccionales, conforme al artículo 116 de la Constitución Política, se aplicará lo
dispuesto en el numeral 1° del presente artículo.
•
•
Si conforme a los hechos descritos en la solicitud de tutela el juez no es el competente,
éste deberá enviarla al juez que lo sea a más tardar al día siguiente de su recibo, previa
comunicación a los interesados.
Algunas cifras sobre la acción de
tutela
Hechos
Solicitud a entidad que presta servicios
de seguridad social para que de
información o garantice derechos
relativos a la seguridad social
Violación al derecho de petición
No pago de prestaciones sociales y/o
salarios
Declaración de insubsistencia o despido
El patrono no paga las prestaciones para
la seguridad social de sus empleados
%
11,57%
9,83%
6,18%
3,33%
3,01%
Un colegio niega la admisión de un
alumno
3,01%
El demandante se siente afectado por
un establecimiento educativo a raíz de
aplicación de procedimientos y
sanciones
Se niega la prestación de seguridad
social
2,54%
La decisión judicial se considera injusta o
ilegal
2,38%
La decisión administrativa se considera
injusta o ilegal
2,38%
Otros
46,6%
2,38%
Algunas cifras sobre la acción de
tutela
Derechos
De petición
Al trabajo
Al debido proceso
A la educación
A la seguridad social
A la propiedad
A la intimidad, al buen nombre y habeas data
A la salud
A la integridad personal
De los niños
%
23,93
16,32
12,84
7,92
7,29
5,86
4,44
4,12
2,85
2,22