PRESENTACION ENTES GUBERNAMENTALES

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Transcript PRESENTACION ENTES GUBERNAMENTALES

EXONERACIÓN DE IMPUESTO SOBRE
VENTAS A ENTIDADES DEL ESTADO POR
DECRETO LEGISLATIVO
INTRODUCCION:
Las Entidades Del Estado, se exoneran en base a
Decretos Legislativos aprobados por el Soberano
Congreso Nacional, mediante los cuales se les
excluye del pago de Impuestos para la compra de
bienes, materiales, suministros, equipos, mobiliarios
y servicios, con el fin de que los fondos dejados de
enterar al estado sean utilizados en obras y/o
servicios que beneficien a la población hondureña.
INTRODUCCION:
Algunos de estos entes, están exonerados
amparados en la Constitución de la República de
Honduras con el fin de hacer efectivos los
derechos constitucionales de los ciudadanos y de
igual forma estos beneficios fiscales están
contenidos en Decretos especiales.
Actualmente gozan de los beneficios fiscales 38 entes
gubernamentales y 298 Alcaldías Municipales ,
BASE LEGAL
Artículo 4, 6, 151, 152, 153, 154 del Código
Tributario.
 Constitución de la República:Artículo 80.
 Ley del Impuesto Sobre Ventas: Artículo 15 inciso
f).
 Acuerdo 1375-2002 Reglamento de la Ley del
Equilibrio Financiero y la protección Social,
Articulo 10.

BASE LEGAL
Decreto 17-2010 Ley de fortalecimiento de los
Ingresos, equidad Social y Racionalización del
Gasto Publico Articulo 16 y 17.
 Decreto 113-2011, Ley de Eficiencia en los
ingresos y el gasto Público Articulo 28 y 29.
 Decreto 50-2007, Ley de Municipalidades ,
artículo 1.

CUMPLIMIENTO:
Dirección Ejecutiva de Ingresos DEI:
 Dictamen Técnico:
Previo a la Emisión de la
Resolución de Exoneración.

Orden de Compra exenta: Previo
Adquisición de Bienes y servicios
a
la

Devolución a Entes Gubernamentales: Por
compras efectuadas durante el periodo en que su
resolución estuvo en trámite.
CUMPLIMIENTO

Secretaria de Finanzas (SEFIN)
DISPENSA OFICIAL: Se dictamina de
conformidad a ley, se emite una Resolución y
Certificación para exonerar libre de impuestos y
demás gravámenes aplicables a la importación
DAI, de bienes adquiridos ya sea por donación o
compra en caso de que sean financiadas con
fondos extranjeros o leyes especiales.
PROCEDIMIENTO DEL CUMPLIMIENTO
DE LAS OBLIGACIONES:
ORDEN DE COMPRA EXENTA
PROCESO DE DEVOLUCIÓN DE IMPUESTO SOBRE VENTAS DEI
DISPENSAS OFICIALES
CONTRASTE CON EL PLAN DE NACIÓN Y
VISIÓN DE PAIS

La Visión de País es la imagen objetivo de las
características sociales, políticas, económicas y
ambientales que el País debe alcanzar al año 2038,
mediante la ejecución de los Planes de Nación y
Planes de Gobierno.

Para el logro de estos objetivos, es crucial que el
Gobierno recupere el control sobre el crecimiento
del gasto corriente.
CONTRASTE CON EL PLAN DE NACIÓN Y
VISIÓN DE PAIS
Las reformas a las Leyes y Decretos ya existentes deben ser
aplicadas conforme a las necesidades actuales de la sociedad
hondureña para lograr los objetivos planteados, por lo que más
que la eliminación de la exoneración a algunos entes
gubernamentales que gozan del beneficio fiscal, se debe realizar
una reorientación del beneficio, el cual permita percibir mayores
ingresos al estado, lo que contribuirá al ahorro de recursos y un
mayor control tanto al beneficiario de la exoneración como al
contribuyente que solicita crédito fiscal por las ventas exentas
que realiza.
ATRIBUCIONES DE LA ENTIDAD
REGULADORA

Recepción, revisión, ingreso, análisis, autorización y control de
órdenes de compra exenta de Impuesto Sobre Venta.


Recepción, ingreso, análisis, y aprobación de expedientes de
devolución de impuesto sobre ventas solicitado.


Análisis de expedientes enviados por Secretaria General de SEFIN,
para elaboración de Informes Técnicos previa emisión de resolución
de Exoneración de Impuesto sobre Ventas.


Brindar información y capacitación sobre estas exoneraciones.
ATRIBUCIONES DE LA ENTIDAD
REGULADORA SEFIN








ADMISION DE DOCUMENTOS
ASIGNACION DE EXPEDIENTES
ANALISIS
REQUERIMIENTO
APROBACION LEGAL
EXPEDIENTE EN JEFATURA
SECRETARIA GENERAL
CORRESPONDENCIA
ARCHIVO
EFECTO FISCAL DE LA ELIMINACIÓN DE LAS
EXENCIONES EN EMPRESAS PÚBLICAS.

Siendo el Gobierno un agente económico, no
puede gastar más de lo que percibe en ingresos, ya
que su capacidad de endeudamiento se está viendo
afectada, por los fondos dejados de percibir en
erogaciones fiscales.

La eliminación del beneficio fiscal a entes
gubernamentales, que gozan de exoneración por
Decretos especiales, aumentaría inminentemente la
recaudación tributaria
EFECTO FISCAL DE LA ELIMINACIÓN DE LAS
EXENCIONES EN EMPRESAS PÚBLICAS.
Es por ello que en lugar de pensar en eliminación a
este tipo de beneficiarios se debe pensar en una
política fiscal realista y acorde a la asignación
presupuestaria de dichas instituciones, que
promueva el mejor uso de las exoneraciones.
PROBLEMAS ENCONTRADOS

No fue posible obtener información por parte de Bienes
Nacionales,Tribunal Superior de Cuentas, ni de Oficina
Normativa de compras y Adquisiciones del Estado (ONCAE).

Las leyes y decretos de exoneración no contienen ningún tipo
de sanción al beneficiario de la exoneración, por lo que no hay
forma de restringir el beneficio fiscal.
PROBLEMAS ENCONTRADOS

Se han dado situaciones en las que el beneficiario de la
exoneración ha reportado extraviadas o levantado acta
notarial de muchísimas ordenes de compra exenta.

Se cuenta con poco personal para la revisión de las
solicitudes de Devolución De Impuesto Sobre Ventas
Pagado.

El beneficiario comete errores al ingresar la solicitud de
dispensa.
CONCLUSIONES DEI

Los entes gubernamentales beneficiados a través de
Talonario de Orden de compra exenta, gozan de un trato
preferencial, ya que no tienen restricciones de ningún tipo
en su decretos.

Las alcaldías municipales gozan de la exoneración a través
del uso de talonarios de orden de compra exenta, por lo
que se conocen las compras que realizan hasta que
presentan su informe mensual.

No existe un listado de compras de bienes y servicios
estimado a un año de trabajo.
CONCLUSIONES DEI

Las inspecciones in situ a las instalaciones de las
instituciones solicitantes de la exoneración, son de
extrema importancia para los analistas que las
realizan.

Las resoluciones de exoneración y los informes Técnicos,
además de ser emitidas en Tegucigalpa, también se emiten en
otras oficinas regionales.
CONCLUSIONES SEFIN

Los entes gubernamentales no elaboran
listados de los materiales que serán
utilizados en el año para la ejecución de sus
proyectos.

En la Actualidad existen leyes que se crearon en
su momento para atender una emergencia
Nacional, dichas leyes han quedado en
suspenso ya que no se menciona en el decreto
el tiempo de caducidad de dicha ley.
CONCLUSIONES SEFIN

Entre SEFIN, DEI, OFICINA NORMATIVA DE
COMPRAS Y ADQUISICIONES DEL ESTADO
(ONCAE), DIRECCION GENERAL DE BIENES
NACIONALES y TRIBUNAL SUPERIOR DE
CUENTAS (TSC), no existe un cruce de
información con respecto a lo exonerado a
entes gubernamentales ya que estas últimas
ni siquiera envían informes a la Dirección
General de Franquicias Aduaneras.
RECOMENDACIONES DEI

Exoneración a través de orden de compra exenta
previo a las compras de bienes y servicios,
amparadas en un listado de los bienes y servicios a
adquirir conforme a un año de trabajo.

Incluir en los requisitos de solicitud de
exoneraciones, la obligación de presentar listados
de bienes y servicios con montos.
RECOMENDACIONES DEI

Establecer una sanción pecuniaria para quienes se
atrasan en la presentación de sus informes y para
quienes extravían Ordenes de Compra Exenta
autorizadas por la DEI.

Revisar los Decretos emitidos a favor de
instituciones que funcionan con aportaciones
privadas y especiales de entes que funcionan con
fondos percibidos de sus afiliados.
RECOMENDACIONES DEI

La Inspección in situ a las instalaciones de las
instituciones solicitantes de la exoneración, deben
ser realizadas ESPECIFICAMENTE por los
responsables de Dictaminar.

Es necesaria la centralización de la emisión de las
exoneraciones.

Es precisa la contratación de personal para los
Departamentos encargados de los trámites de
Devolución de Impuesto Sobre Ventas.
RECOMENDACIONES DEI

Debe haber capacitación continua sobre el uso de
las exoneraciones para los beneficiarios.

Cambiar el método de Orden De Compra Exenta
al método de Devolución Del Impuesto Pagado.

En caso de compras consideradas de emergencia
aprobadas
vía
Decreto
y
debidamente
comprobadas.
RECOMENDACIONES SEFIN

Elaborar un listado de lo que será exonerado
anualmente por cada Secretaria de Estado, el cual
deberán adjuntar en cada solicitud que presenten
ante la Secretaria de Finanzas, a fin de ir
depurando de esa lista las solicitudes aprobadas.

Regulación y Control por los entes que otorgan
estos beneficios, de todo lo que ha sido dispensado
a los entes gubernamentales, constatando que el
objeto de exoneración está siendo bien utilizado.
RECOMENDACIONES SEFIN

Derogar el Decreto No. 311-98 de fecha
publicado en fecha 23 de Enero de 1999 en el
Diario Oficial La Gaceta y que fue emitida por la
emergencia Mitch y a la fecha está en suspenso
en la Ley de Presupuesto General de Ingresos y
Egresos de la Republica.
RECOMENDACIONES SEFIN

Derogar el Decreto 376-2005 para Ex
Presidentes de la Republica, la cual les da la
exoneración de un vehículo importado.

Obligar a los entes encargados de fiscalizar
dichas adquisiciones a presentar reportes
detallados de estas exoneraciones y cruce de
información con los entes encargados de otorgar
estos beneficios SEFIN/DEI.
MUCHAS GRACIAS
POR SU ATENCION