RedIRIS: Jornadas de movilidad y identidad

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RedIRIS: Jornadas de movilidad y identidad

Normas Técnicas de Interoperabilidad

Grupo de trabajo de administración electrónica CRUE-TIC, Septiembre 2011

NTIs Publicadas

● BOE de 30 de julio de 2011 : – – – – – – – Documento electrónico Expediente electrónico Digitalización de documentos Procedimiento de copiado auténtico y conversión entre documentos electrónicos Política de firma electrónica y de certificados de la administración Requisitos de conexión a la red de comunicaciones de las Administraciones Públicas Españolas Modelo de datos para el intercambio de asientos registrales

Documento electrónico

● ● Establece los componentes del documento electrónico: – – – – contenido firma electrónica metadatos mínimos obligatorios condiciones para su intercambio y reproducción Incluye la definición detallada de los metadatos mínimos obligatorios, los esquemas XML para intercambio de documentos y la información básica de firma de documentos electrónicos.

Expediente electrónico

● ● Establece la estructura de los expedientes electrónicos: – – – – – documentos electrónicos índice electrónico firma electrónica metadatos mínimos obligatorios especificaciones para los servicios de remisión y puesta a disposición Incluye la definición detallada de los metadatos mínimos obligatorios y los esquemas XML para el intercambio de expedientes electrónicos.

Digitalización de documentos

● Establece los componentes de un documento electrónico digitalizado: – – – – imagen electrónica firma electrónica metadatos reglas para la digitalización de documentos en soporte papel por parte de las Administraciones públicas, atendiendo a los formatos, niveles de calidad, condiciones técnicas y estándares aplicables.

Procedimiento de copiado auténtico y conversión

Establece las reglas para la generación y expedición de – – copias electrónicas auténticas copias papel auténticas de documentos públicos administrativos electrónicos ● y para la conversión de formato de documentos electrónicos por parte de las AA.PP.

● ●

Política de firma electrónica y de certificados

Establece el conjunto de criterios para el desarrollo o adopción de políticas de firma electrónica basada en certificados por parte de las AA.PP. Define el contenido de una política de firma electrónica basada en certificados – – – – Formatos uso de algoritmos creación y validación de firma para documentos electrónicos reglas de confianza en certificados electrónicos, sellos de tiempo y firmas longevas

Requisitos de conexión a la red de comunicaciones de las AA.PP.

● ● ● Establece las condiciones en las que cualquier órgano de una Administración, o Entidad de Derecho Público vinculada o dependiente de aquélla, accederá a la Red SARA, y describe los roles y responsabilidades de los agentes que se conectan a la Red SARA así como los requisitos para la conexión, acceso y uso de los servicios que se prestan a través de aquélla Implica tanto a RedIRIS(Red.es) como a las Universidades

Modelo de datos para el intercambio de asientos registrales

● ● Describe la nueva versión de la norma de intercambio registral, SICRES (Sistema de Información Común de Registros de Entrada y Salida), para normalizar la interoperabilidad entre las distintas oficinas de registro. La norma extiende esta interoperabilidad a los registros electrónicos de las diferentes Administraciones.

NTIs en elaboración

● En fase de discusión en el Comité Sectorial de Administración Electrónica: – – – – Catálogo de estándares Protocolos de intermediación Modelos de datos comunes Política de gestión de documentos electrónicos

Catálogo de estándares - I

● El Catálogo de estándares persigue facilitar que los servicios de Administración Electrónica puedan prestarse en condiciones que permitan la independencia en la elección de alternativas tecnológicas por los ciudadanos y las AA.PP., así como la adaptabilidad al progreso de las técnicas y sistemas de comunicaciones descrito en la Ley 11/2007.

Catálogo de estándares - II

● Matriz de atributos: – – – – – – – Cadena de interoperabilidad (eslabón de la cadena de interoperabilidad con el que se relaciona): accesibilidad multicanal, infraestructuras, integración, modelos e integración de datos Categoría (definición de la categoría funcional en la que se enmarca): autenticación, sellado de tiempo, cifrado, etc.

Nombre: común y formal Tipo: estándar abierto, uso generalizado Versión: versión mínima aceptada Extensión: listado extensiones asociado Especificación: organización responsable, URL

Catálogo de estándares - III

● ¿De que estamos hablando?

CAdES, CMS, XAdES, TLS, GZIP, WMS, WFS, RAR, ZIP, AVI, DOC, HTML, PDF, PDF/A, ISAAR CFP, ISAD G, LDAP, CODICE, FACTURAE, etc.

Protocolos de intermediación - I

● ● ● Establece las especificaciones a implementar en los procesos y protocolos de intercambio intermediado de datos a través de la Plataforma de intermediación del MPTAP.

Define los roles de los agentes que participan en la intermediación, el catálogo de servicios, y los requisitos técnicos a tener en cuenta en el intercambio entre los que se incluyen aspectos de seguridad, tecnologías y estándares y trazabilidad. Estos roles y requisitos se establecen en términos de interoperabilidad tecnológica y se aplicarán junto a las consideraciones que correspondan a la naturaleza de la información objeto del intercambio o cesión de datos, de conformidad con la legislación que resulte de aplicación

I. Objeto.

Protocolos de intermediación - II

X. Catálogo de servicios de intercambio de datos.

II. Ámbito de aplicación.

III. Plataforma de intermediación del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

XI. Requisitos técnicos del intercambio.

XII. Aspectos generales de seguridad.

IV. Emisor.

XIII. Tecnologías y estándares.

V. Requirente.

XIV. Trazabilidad y auditoría de los intercambios.

VI. Gobernanza del sistema.

VII. Rol de la Plataforma de intermediación del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública.

VIII. Rol del emisor ANEXO I. Formulario de solicitud de acceso a servicios.

ANEXO II. Datos de descripción de un servicio de intercambio de datos en catálogo IX. Rol del requirente

Modelos de datos comunes - I

● ● Define las condiciones para establecer y publicar los modelos de datos relativas al formato, identificación y documentación asociada a los modelos de datos, a sus posibles usos así como a sus definiciones y codificaciones asociadas, al objeto de facilitar la interacción con el Centro de Interoperabilidad Semántica, encargado de su publicación.

Este modelo de intercambio y publicación de modelos de datos está alineado con prácticas y estándares reconocidos a nivel europeo promovidos desde SEMIC.EU: Semantic Interoperability Centre Europe.

Modelos de datos comunes - II

● ● ● ● ● ● ● ● ● ● ● I. Objeto.

II. Ámbito de aplicación.

III. Modelos de datos a publicar.

IV. Formato de los modelos de datos.

V. Identificación de los modelos de datos.

VI. Documentación complementaria.

VII. Interacción con el Centro de Interoperabilidad Semántica.

VIII. Uso de los modelos de datos.

IX. Codificaciones.

ANEXO I. Identificación de los modelos de datos.

ANEXO II. Esquemas XML para publicación de modelos de datos.

Política de gestión de documentos electrónicos - I

● Partiendo del concepto de política de gestión de documentos electrónicos, establece los conceptos relacionados con su implantación práctica, identifica los requisitos y procesos de la gestión de documentos en el marco de la administración electrónica y establece los principios necesarios para la gestión de documentos por parte de todos los órganos de la Administración y Entidades de Derecho Público vinculadas o dependientes de aquélla.

Política de gestión de documentos electrónicos - II

● ¿De que estamos hablando?

– La política de gestión de documentos electrónicos será un documento de alto nivel, cuyo contenido atenderá a la definición del Real Decreto 4/2010, de 8 de enero: “orientaciones o directrices que define una organización para la creación y gestión de documentos auténticos, fiables y disponibles a lo largo del tiempo, de acuerdo con las funciones y actividades que le son propias”.

CRUE - I

● Tenemos el deber y la obligación de definir los ámbitos competenciales de la interoperabilidad con el sector de educación superior ● Tenemos la oportunidad, el deber, y la obligación de avanzar en la normalización en pro de la interoperabilidad con otras AA.PP., dentro del propio SUE, y en el EEES

CRUE - II

● ● Grupo de trabajo de administración electrónica de la Comisión Sectorial TIC de la CRUE .

Vías de colaboración: – Vicerrector competencias IT – Directores IT

GRACIAS!!!

dirsi @ urv.cat