Las medidas cautelares y el otorgamiento de escritura

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TEORÍA DE LA
ACUMULACIÓN PROCESAL
Y EL PROCESO DE
OTORGAMIENTO DE
ESCRITURA PÚBLICA
Finalidad de la
Acumulación
• Economía Procesal.
• Evitar decisiones
contradictorias.
• Seguridad jurídica.
• Acumulación objetiva:
pretensión en el proceso.
Más
de
una
• Acumulación subjetiva: Más de dos
sujetos procesales en el proceso.
• Originaria y sucesiva: La primera se da
con la demanda, y la sucesiva implica la
acumulación de procesos (reconvención,
ampliación de demanda, intervención de
terceros).
Tipos de Acumulación
a) Simple (Pretensiones autónomas)
b) Subordinada ( Contradictorias o implicantes)
c) Alternativa ( Pretensiones equivalentes para el
demandante)
d) Accesoria( mismos fundamentos fácticos)
e) Condicional sucesiva( propia causa petendi, pero depende
de la fundabilidad de una autónoma, de una sentencia
declarativa)
Categorías Básicas
• Conexidad( conexidad propia):
Los elementos comunes: Sujetos,
petitorio y razón de pedir.
• Afinidad (conexidad impropia):
Los elementos afines: Sujetos y
algunos puntos de hecho o de
derecho.
• Requisitos básicos de acumulación:
competencia, vía procedimental y
ausencia de contradicción.
• Acumulación sucesiva de procesos:
Prevención. El juez que emplazó
primero.
• Acumulación Mixta: Más de una
pretensión y más de dos sujetos
procesales (mismo título, mismo
objeto, conexidad y los requisitos
básicos).
Cosas que no se deben decir
o hacer en materia de
acumulación
- Acumulación de “acciones”.
- Denegar pretensiones no
reconocidas legislativamente.
¿Qué pretensiones
se pueden
postular?
Debe
estar
referida
al
emplazamiento que se hace al
demandado para que cumpla una
obligación de hacer: otorgar
escritura pública. Esta prestación
obligacional puede tener como
fuente un mandato legal, convenio o
pacto expreso, o deber genérico.
Artículo 1412.- Derecho de
exigir el cumplimiento de la
formalidad
“Si por mandato de la ley o por convenio debe
otorgarse escritura pública o cumplirse otro requisito
que no revista la forma solemne prescrita legalmente
o la convenida por las partes por escrito bajo sanción
de nulidad, éstas pueden compelerse recíprocamente
a llenar la formalidad requerida.
La pretensión se tramita como proceso sumarísimo,
salvo que el título de cuya formalidad se trata tenga
la calidad de ejecutivo, en cuyo caso se sigue el
trámite del proceso correspondiente”.
Artículo 1549.Perfeccionamiento de la
transferencia
“Es obligación esencial del
vendedor perfeccionar la
transferencia de la propiedad
del bien”.
¿Se puede acumular el registro de
escritura pública que da origen la
sentencia?
La inscripción de la Escritura Pública, ¿ es un acto
de ejecución o es un acto extra procesal?
No es un acto de ejecución, porque la ejecución de
la cosa juzgada es el cumplimiento de la obligación
de hacer ( otorgamiento de escritura pública); ahí
termina la función jurisdiccional para el caso
concreto.
El registro es un acto extraprocesal derivado
de los partes notariales dirigidos al registro
público.
Y si la consideramos como acto de ejecución,
¿ se produce indebida acumulación?
Sí habría indebida acumulación. Tener en
cuenta el 427, inc7: Improcedencia de la
demanda.
Pretensión por daños
Me parece viable proponerla como
acumulación condicional sucesiva, la cual
depende de una declarativa (en el caso, la
fundabilidad de la pretensión de otorgamiento
de escritura pública).
Importante: Se debe tener en cuenta la vía
procedimental. El tema de la cuantía.
“… El accionante ha interpuesto en forma
acumulativa objetiva originaria demanda de
otorgamiento
de
escritura
pública
y
reivindicación, y de manera accesoria la
indemnización por daños y perjuicios, (…) por lo
que se advierte que se tratan de diferentes
pretensiones pero sustentadas en fundamentos
que guardan conexión entre sí y si bien no se
tramitan en la misma vía, nada impide la
acumulación objetiva a una de conocimiento en
donde se da la plenitud de la defensa…”
Casación Nro. 519-2008/ Ica, publicada en el
diario oficial El Peruano el 03-09-2008.
Las medidas cautelares y el
otorgamiento de escritura pública
Acumulación de pretensiones cautelares
fuera del proceso:
• Medida de No innovar: Prohibición de
contratar.
• Medida Genérica: Por medio de la cual la
persona a la que no se le ha otorgado
escritura pública, solicita la anotación en
el registro de la prohibición de contratar.