Empleo público

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DIPLOMADO: ADMINISTRACION Y GESTION PUBLICA

Jorge Elisbán Villasante Araníbar

“Régimen Laboral en la Administración Pública"

MODULO IV

Marco teórico del Derecho Laboral Público

 Construcción de obras: Mesopotamia, Egipto, Grecia, Roma, Incas, Mayas, Aztecas  Prestación de servicios públicos  Vocación de servicio – servicio civil

Empleo público

 Conjunto de funciones esenciales y propias de la Pública realizadas por y Administración los actividades empleados públicos  Esta regido por el derecho administrativo o algún régimen estatutario donde se establece la regulación de las relaciones laborales

Sistemas de función pública:

 Modelo abierto   Estados Unidos – inicio de la república No reconoce existencia de clase burocrática   Gobierno: Atribuciones de elegir libremente Poner en marcha el plan – pueblo votó   Sistema del patronazgo: perverso Hoy: Regula una función pública superior

Sistemas de función pública:

 Modelo cerrado o de carrera  Francia post revolucionaria   Instituciones estables, permanentes, duraderas Ingreso: procesos de selección públicos  Mérito y capacidad   Garantiza la estabilidad Mientras más amplio sea el ámbito de la carrera más cerca del modelo cerrado – viceversa Cada país refleja matices: tradición y realidad

Naturaleza jurídica del empleo público

 Tesis unilateralista Administrativo) – estatutaria (Derecho      Caracterizado por una discrecionalidad del poder político: ingreso y salida Estatuto legal: acto unilateral de autoridad del Estado Voluntad del trabajador: aceptar el cargo adhesión – Parte de los derechos del trabajador quedan subordinados a necesidades del servicio En sus orígenes había restricción: sindicalizarse

Naturaleza jurídica del empleo público

 Tesis contractualista (Derecho Laboral)  Sujeta a derechos y obligaciones – tuitivo  Desarrollo de modelo social y democrático:      Enfrentamiento derecho administrativo y el laboral Materialmente nada diferencia la relación de un trabajador del sector privado con el del sector público Laboralización – voluntad para aceptar el cargo Contrato de derecho de la público: Uno de los sujetos relación es el titular de “intereses generales” Empleo público: relación jurídica originada por un acto bilateral: formación, realización y extinción

Algunas características:

Coexisten varios regímenes laborales de contratación Heterogeniedad de mecanismos de incorporación Falta de base de datos confiable – Implementación Heterogeneidad de escalas salariales Falta de sinceramiento de los CAP - PAP Distorsión de los reales ingresos de los trabajadores

Algunas características:

Régimen de carrera - problemas - desincentivo Déficit de capacidad técnica en las áreas de RRHH 3 regímenes laborales – 6 carreras especiales Procedimientos diversos para ejercer función sancionadora Distintos mecanismos de entrada

GESTIÓN INTEGRAL POR COMPETENCIAS Atracción, selección e incorporación Análisis y descripción de puestos DIRECCIÓN ESTRATÉGIC A DE RECURSOS HUMANOS Remuneració n y beneficios Evaluación de desempeño Desarrollo y planes de sucesión Capacitación y entrenamiento

Normas constitucionales sobre función pública

 Art. 39.- Funcionarios y servidores la nación.- Jerarquizado públicos: servicio de  Artículo 40.- La ley regula el ingreso a la carrera administrativa, derechos, deberes y responsabilidades de los servidores públicos  No están comprendidos Funcionarios con cargo en la carrera político o de confianza pública:  No comprendidos en la función pública: Trabajadores de empresas y de sociedades de economía mixta

Normas constitucionales: función pública

 Artículo 41.- Publicación obligatoria de ingresos que por todo concepto perciben los funcionarios y servidores que señala la ley – declaración jurada de bienes y rentas: 3 momentos    Presunción de enriquecimiento ilícito: Fiscal de la Nación formula cargos ante el Poder Judicial Ley: Responsabilidad, plazo de inhabilitación Duplica el plazo de prescripción: Patrimonio del Estado  Artículo 42: Excepciones Derecho de sindicación – Convenio N° 151 OIT y huelga.

Normas Constitucionales: Laborales

 Artículo 24: Remuneración equitativa y suficiente – bienestar material y espiritual   Remuneración y beneficios sociales – prioridad Remuneraciones mínimas – Estado con participación de organizaciones de trabajadores y empleadores  La ausencia de normas no significa inaplicabilidad del derecho  Artículo 25: Jornada ordinaria de trabajo.- Jornadas acumulativas o atípicas  Derecho a descanso semanal y anual remunerados.

Disfrute y compensación se regulan por ley o convenio

Normas Constitucionales: Laborales Principios que regulan la relación laboral

 Artículo 26:  Igualdad de oportunidades sin discriminación  Carácter irrenunciable de derechos reconocidos por la Constitución y la ley  Interpretación favorable al trabajador en caso de duda insalvable sobre el sentido de una norma

Indubio pro operario:

 Tribunal Constitucional:  Norma jurídica, proceso de interpretación ofrece varios sentidos  Imposibilidad por los lógico axiológica de dirimir esta duda métodos de interpretación válidos  Obligación de adoptar como sentido normativo el que ofrece mayores beneficios al trabajador  Imposibilidad del operador de integrar la norma

Normas Constitucionales: Derechos Colectivos

 Artículo 28:  Garantiza la libertad sindical  Fomenta la negociación colectiva y promueve formas de solución pacífica de los conflictos. Convención colectiva – fuerza vinculante  Regula el derecho de huelga – armonía con el interés social.- Excepciones y limitaciones

Negociación colectiva

 Negociación directa  Restricciones Ley Anual de Presupuesto  Arbitraje: Que tomar en cuenta?

 Principio de legalidad presupuestaria    Principio de equilibrio presupuestario Principio de centralización descentralización operativa Principio de caja única normativa y

Primacía de la realidad:

 Guarda relación Prestaciones con indebidas acreedores el de principio seguridad de veracidad: social, burlar  Américo Pla Rodriguez “… en caso de discordancia entre lo que ocurre en la práctica y lo que surge de los documentos y acuerdos, … darse preferencia a lo primero, …, lo que sucede en el terreno de los hechos”  Se encuentra positivizado en nuestra legislación  Evitar que relaciones laborales se presenten como unas de naturaleza civil o comercial

Primacía de la realidad:

         Art. I del TP de la LPT – Ley 26636 y la Ley N° 29497 Ley General del Sistema Concursal N ° 27809, Art. 40 Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo N ° 29783, Art. VIII Título Preliminar Ley General de Inspección del Trabajo N° 28806, Art. 2°, numeral 2: Principios ordenadores Ley Servicios de Tercerización N° 29245.- Art. 5 T.U.O. Ley de Productividad y Competitividad Laboral D.S.

N ° 003-97-TR.- Desnaturalización de contratos, Art. 77 Anteproyecto de Ley General de Trabajo Ley de Modalidades Formativas N ° 28518 – Art. 51 Aplica para el régimen laboral público?

Primacía de la realidad: Supuestos

       Contrato para engañar a terceros – Seguridad social Locación de servicios – encubre la relación Duración determinada – indeterminada Calificación como cargo de confianza Practicantes – proveerse mano de obra barata Intermediación fraudulenta Tercerización desnaturalizada Aforismo Derecho Civil: Las cosas son las que determina su naturaleza y no su denominación

Presunción de laboralidad

 Art. 23, 23.2 Ley N ° 29497: “Acreditada la prestación personal de servicios, se presume la existencia de un vínculo laboral a plazo indeterminado, salvo prueba en contrario”  Empleador debe “destruir” la presunción, acreditar el carácter autónomo o independiente de la prestación laboral, o ayudado o reemplazado

Irrenunciabilidad de derechos:

 Existen excepciones?: canje de vacaciones, sustentada manifestación de voluntad del trabajador.- Jornadas atípicas en norma dispositiva que requiere  Art. 30 Ley N ° 29497: Conciliación o transacción deben superar el test de disponibilidad de derechos

Razonabilidad o proporcionalidad:

 Opera como un límite o freno moral y elástico al mismo tiempo: Norma no puede prescribir límites muy rígidos no preveer infinidad de circunstancias  Arts. 9 ° y 25° del T.U.O. D. Leg. N° 728  Tribunal Constitucional:   Parece sugerir una valoración respecto del resultado del razonamiento del juzgador Tres subprincipios: De adecuación, de necesidad y de proporcionalidad en sentido estricto o ponderación  La razonabilidad implica que el acto estatal debe mantener su justificación lógica y axiológica

Contrato de trabajo

 Todo trabajo está dentro del ámbito del derecho laboral?

 Trabajo humano  Trabajo productivo   Trabajo por cuenta ajena Trabajo libre – acuerdo de voluntades

Contrato de trabajo

    Elementos esenciales: Prestación personal Subordinación Remuneración     Rasgos en la doctrina “típicos” Duración de la relación laboral Duración de la jornada de trabajo Número de empleos  Lugar de trabajo Constituyen indicios de laboralidad o como requisito para el disfrute pleno de derechos laborales

Estado como empleador

 Cuantitativamente es el mayor empleador  Trabajadores en los tres niveles de gobierno, organismos constitucionales autónomos.

 Coexisten 3 regímenes laborales  Actividad empresarial del Estado

Régimen laboral público

      Decreto Legislativo N ° 276: Ley de Bases de la carrera administrativa Reglamento D.S. N ° 005-90-PCM Ley N ° 28175: Ley Marco de Empleo Público D. Leg. N ° 1023: SERVIR D. Leg. N ° 1024: Cuerpo Gerentes Públicos D. Leg. N ° 1025: Normas de capacitación y rendimiento para el sector público

Ley Marco de Empleo Público 28175

 Ámbito de aplicación:  Poder Legislativo  Poder Ejecutivo: Ministerios y entidades  Poder Judicial  Gobiernos Regionales   Gobiernos Locales Organismos constitucionales autónomos

Clasificación de empleados públicos:

 Funcionario público:  De elección popular directa y universal o confianza política   De nombramiento y remoción regulados De libre nombramiento y remoción  Empleado de confianza  Servidor público:  Directivo superior  Ejecutivo   Especialista De apoyo

Deberes del servidor público:

 Cumplir su de las función: desarrollo del país y continuidad políticas de Estado  Supeditar el interés particular al común y a los deberes y obligaciones del servicio  Superarse permanentemente: desempeño  Honestidad, laboriosidad y probidad, criterio, vocación de servicio eficiencia,  Conducirse con dignidad  Respetar y convocar las instancias de ciudadana participación

Leyes pendientes:

 Ley de carrera del servidor público  Ley de los funcionarios públicos y empleados de confianza  Ley del sistema de remuneraciones del empleo público  Ley de gestión del empleo público  Ley de incompatibilidades y responsabilidades

Regímenes laborales – D. Leg. N ° 276

1.

Sistema cerrado: 1.

2.

Mecanismos de ingreso y Principios de igualdad y promoción mérito 2.

Ingreso por el nivel más bajo del grupo ocupacional y mediante concurso público 3.

Principios:  Igualdad de oportunidades   Estabilidad Garantía del nivel adquirido  Retribución justa y equitativa

Regímenes laborales – D. Leg. N ° 276

Tres grupos de personal:  Funcionarios niveles públicos y/o directivos superiores: 8  Profesionales : 8 niveles  Auxiliares: 7 niveles Funcionarios públicos, directivos superiores y personal de confianza fuera de la carrera: libre remoción, cargos electivos designación o

Derechos del trabajador

       Hacer carrera pública en base al mérito Gozar de procedimiento estabilidad: causa prevista y Remuneración, bonificaciones y beneficios que correspondan Vacaciones anuales.

Acumulación 2 períodos Permisos o licencia: causa justificada, motivos personales Obtener préstamos administrativos Reincorporación: cargos electivos

Derechos del trabajador

       Ejercer docencia universitaria: sin ausentarse de 6 horas semanales Recibir menciones, distinciones y condecoraciones Reclamar decisiones que afecten sus derechos No ser trasladados consentimiento Constituir sindicatos a entidad distinta sin más su Hacer uso del derecho de huelga Gozar de una pensión al término de la carrera Irrenunciables – pacto en contrario: nulo

Beneficios del trabajador:

 Quinquenios:   2 remuneraciones totales: 25 3 remuneraciones totales: 30 años servicios años servicios  Aguinaldos  Fiestas patrias y navidad  Fija por Decreto Supremo  Compensación por tiempo de servicios    Personal nombrado 50% de la remuneración principal: menos de 20 años Una remuneración principal: 20 ó más años máximo de 30 años hasta un

Regímenes laborales: D. Leg. N ° 728 Régimen laboral de la actividad privada

1.

Califica como un sistema abierto 2.

Acceso a un puesto y nivel determinado 3.

Se habilitó escala salarial diferente 4.

Objetivo: Profesionalizar el servicio civil, atraer profesionales calificados

TUO D. Leg. N

°

728

Contrato típico: Duración indefinida  Contrato atípico: Duración temporal   Presunción relativa duración indefinida (Art. 77 del TUO) Requisitos de validez:      Existencia de causa objetiva Forma escrita Verificación administrativa Duración máxima Prohibición de recontratación de trabajadores permanentes como temporales

TUO D. Leg. N

°

728

 Qué derechos y beneficios se le reconocen?

 C.T.S.

– Leyes de presupuesto: Estado depositario  Gratificaciones: 2 al año  Régimen disciplinario: Preaviso y despido  Negociación colectiva

Aspectos legales en la contratación

      Contratos a plazo indeterminado y a plazo determinado Forma: verbal – escrito Duración Suspensión Período de prueba Obligaciones: empleador – trabajador  Prohibiciones: empleador - trabajador

Causales de suspensión

 Invalidez temporal  Enfermedad y accidente comprobado  Maternidad: Descanso pre y post natal   Descanso vacacional Licencia: cargo cívico, servicio militar   Ejercicio cargos sindicales Sanción disciplinaria  Ejercicio derecho de huelga

Causales de suspensión

   Detención del trabajador, salvo caso de condena privativa de libertad Inhabilitación administrativa o judicial por período no superior a tres meses Permiso o licencia concedido por el empleador  Caso fortuito y la fuerza mayor Cesa temporalmente la obligación del trabajador de prestar el servicio y del empleador de pagar la remuneración, sin que desaparezca el vínculo laboral

Obligaciones del empleador indistintamente al régimen laboral

 Pagar la remuneración  Reconocer y otorgar los derechos  Derechos fundamentales: Sindicación, negociación colectiva y huelga  Garantizar las condiciones de seguridad y salud en el trabajo

Contrato Administrativo de Servicios

 D. Leg. N ° 1057 y modificación contenida en la Ley N ° 29849: Personal, subordinado y remunerado   Sujetos al derecho administrativo, ahora especial de contratación laboral” “modalidad Derechos: Equiparación o exclusión del ámbito del derecho laboral? Hoy régimen laboral reconocido

Contrato Administrativo de Servicios – Ley N

°

29849

 Derechos:          Jornada laboral: 48 horas semanales, 8 diarias Descansos semanal y anual Descanso pre y post natal Aguinaldo – navidad y fiestas patrias Seguridad y salud en el trabajo Libertad sindical – negociación colectiva Seguridad social Sistema previsional Certificado de trabajo

Regímenes laborales: D. Leg. N ° 1024 Cuerpo de Gerentes Públicos - beneficios

1.

Régimen laboral especial 2.

Remuneración cofinanciada: Entidad y Servir 3.

Jornada laboral flexible – adaptada al cargo 4.

Gastos por traslado 5.

CTS – régimen laboral privado 6.

Defensa legal especializada a su elección

Regímenes laborales: D. Leg. N ° 1024 Cuerpo de Gerentes Públicos - beneficios

Política Remunerativa:  Remuneración básica según escala  Bonificación por ciudad diferente al domicilio  Incentivo a la productividad y buen desempeño: indicadores de gestión – monto anual variable por el cumplimiento de objetivos específicos

Modalidades formativas laborales:

    Javier Neves: El factor formativo, no es suficiente para sustraerla del ámbito del Derecho del Trabajo.

Capacitación laboral juvenil Prácticas preprofesionales y profesionales Art. 3 ° Ley: “Las modalidades formativas no están sujetas a la normatividad laboral vigente, sino a la específica que la presente contiene” – Está tácitamente incluida aunque sujeta a un régimen especial?

Evaluación del servicio civil Decreto Legislativo N

°

1025:

Integral Sistemático Continuo de apreciación Objetiva y demostrable

Reglas mínimas de la evaluación:

Aplicado: En función cuantificables y verificables a factores mensurables, Abarca a todo el personal al servicio del Estado Periodicidad no mayor de dos años Resultados públicos y se registran ante la autoridad Calificación notificada: Disconformidad se cuestiona ante Oficina de Recursos Humanos.

Calificación “personal de rendimiento sujeto a observación” puede recurrir al Tribunal del Servicio Civil vía apelación

Se califica a los servidores como:

Personal de rendimiento distinguido: no más 10% Personal de buen rendimiento Personal de rendimiento sujeto a observación Oficinas de RRHH: Plan de capacitación, garantice formación laboral o actualización Personal de ineficiencia comprobada: causal justificada para extinción del vínculo laboral

Consecuencias de la evaluación:

 Determinante para concesión de estímulos y premios  Determinante para:  desarrollo de la línea de carrera  Permanencia en la institución  Plan de capacitación para atender casos de personal “rendimiento sujeto a observación” para brindarle formación laboral y actualización

Consecuencias de la evaluación:

 Producida segunda evaluación y se mantuviera “observación” será calificada como personal de ineficiencia comprobada   Causa justificada para extinción del vinculo laboral Terminación de la carrera Procedimiento de cese: Comunicación escrita - causa - Razones del cese Documentación que sustenta el cese

Incompetencia como causal extinción del contrato de trabajo:

 Ley N ° 11377: Estatuto y escalafón del Servicio Civil (1950), Art. 83:  Faltas de carácter disciplinario: incapacidad para el ejercicio del cargo Incompetencia o  D. Leg. N ° 276, Art. 35:  Causas justificadas para cese definitivo: Ineficiencia o ineptitud comprobada para el desempeño del cargo.

 Reglamento 276, Art. 186:  para el desempeño de las funciones asignadas según el grupo ocupacional, nivel de carrera y especialidad.

Incompetencia como causal extinción del contrato de trabajo:

 Causas de extinción de la relación laboral en el Decreto Legislativo N ° 728: T.U.O.

 Causas relacionadas a la capacidad   Detrimento de la ineptitud sobrevenida determinante para el desempeño de sus tareas Rendimiento deficiente en relación con la capacidad del trabajador y con el rendimiento promedio en labores y bajo condiciones similares  Causas relacionadas a la conducta

En el Estado que debo tener en cuenta?:

1.

Instrumentos de gestión 1.

2.

3.

4.

5.

Cuadro de asignación de personal Pliego de asignación presupuestal – PAP Reglamento de organización y funciones Manual de organización y funciones Clasificador de cargos 1.

CAFAE: No tiene naturaleza remunerativa - TC

Prestaciones sociales a cargo del empleador:

  Essalud Pensiones: retención  Condiciones de trabajo  Normas protectoras de las prestaciones:  Irrenunciabilidad   Inembargabilidad Prescripción

Trabajadores con discapacidad:

  Ley General de la Persona con Discapacidad Régimen de protección de atención de:  Salud    Trabajo Educación Rehabilitación   Seguridad social Prevención

Trabajadores con discapacidad:

 Goza de todos los beneficios y derechos  Nadie puede ser discriminado por ser persona con discapacidad  Poder Ejecutivo, instituciones constitucionalmente autónomas, empresas del Estado, gobiernos regionales y locales: Obligados a contratar - no inferior al 3%  Bonificación en concurso de méritos: 15% puntaje total  Deducción de gastos para el importe total de remuneraciones de la renta bruta - empresas

Protección a la madre de trabaja:

 Descanso pre y post natal  Permiso por lactancia materna: Una hora  Parto múltiple: Una hora adicional  Caso de adopción: Licencia goce de haber equivalente a 30 días  Protección a madre gestante que realiza labores de riesgo para su salud y el desarrollo normal del embrión y el feto

Licencia por paternidad: Ley 29409

 Trabajadores del sector público y privado  Licencia remunerada: alumbramiento de la esposa o conviviente  4 días hábiles consecutivos  Padre define inicio: entre el alumbramiento y la alta  No sustituido o cambiado por otro pago o beneficio

Prevención y sanción: Hostigamiento sexual

 Producido en las relaciones de autoridad o dependencia  Hostigador: varón o mujer  Hostigado: varón o mujer víctima  Conducta física o verbal reiterada de naturaleza sexual no deseada y/o rechazada  Elementos:   Sometimiento: condición por la que se accede, mantiene o modifica situación laboral Rechazo genera afectación en situación laboral, educativa, policial, militar, contractual, etc.

Procedimiento administrativo disciplinario

 Debe considerarse el régimen laboral al que se encuentra sujeto el trabajador  Sector público: Sanción conforme D.Leg. 276  Responsabilidad solidaria del titular o funcionario  Sector privado: Preaviso y despido

b) a)

Remuneraciones – D.L. N

°

22404

Remuneración Básica: compensación principal y nivel remunerativo fundamental que corresponde a cada Grado y Sub Grado que se otorga mensualmente al personal empleado nombrado      Remuneraciones Complementarias Trabajador: Por cumplir determinados requisitos del Remuneración Personal – quinquenios: tope 8 Remuneración Familiar – padre o madre Remuneración por Promoción. 25% evaluación R emuneración por Retardo en el Ascenso Remuneración Transitoria Pensionable: Saldo después de un proceso de homologación – compensar temporalmente

c) Remuneraciones desempeño de cargos en determinadas condiciones diferenciales Complementarias – 30% remuneración básica del Cargo:  Remuneración por Responsabilidad Directiva: grado de responsabilidad por el cumplimiento de funciones y metas  Remuneración por Trabajo Altamente Especializado: especialidades críticas cumplimiento objetivos institucionales  R emuneración por Asesoría: excluyente Remuneración por Responsabilidad Directiva.

con la  Remuneración por Estrategia del Desarrollo Regional: técnico o profesional altamente especializado fuera de Lima Metropolitana y Provincia Constitucional del Callao

d) Remuneraciones Especiales:  Remuneración Compensatoria por Tiempo de Servicios: No excede equivalente a 30 años de servicios  R emuneración por Enseñanza  R emuneración por Horas Extraordinarias  R emuneración por Servicio Exterior de la República: Fijada por Resolución Suprema de cada sector  R emuneración por Condiciones de Trabajo: exigen esfuerzo adicional o subsiste riesgo para la salud del trabajador y que son responsabilidad de la Entidad  R emuneración por Función Contralora: la limitación de dedicación exclusiva - 30%

d) Remuneraciones Especiales:  R emuneración por Riesgo de Vida  Gratificaciones  Directorio  Propina  Reenganche  Remuneración “Función de Investigación Universitaria”  “Remuneración por Función en Salud”.

(**)

 Remuneración Compensatoria Guardia Hospitalaria

e) Remuneración del empleado eventual: funciones que no pueden ser cumplidas por el personal empleado nombrado.

Términos de contrato especificará: condiciones, naturaleza del trabajo, funciones a cumplir y Jornada completa no duración de la jornada.

será menor que la equivalente a la Remuneración Básica Mínima de la Escala de Remuneraciones nombrado.

del personal empleado

Gracias, …