Presentación1

Download Report

Transcript Presentación1

RELACIONES LABORALES
EN LAS EMPRESAS
DR. FELIPE M. CARRASCO FERNANDEZ.
1
•
•
•
•
•
TEMARIO
Sujetos de la relación de trabajo
Relación de trabajo y su duración
Suspensión y terminación de las relaciones laborales
Contratación temporal periodo de prueba y de
capacitación
• Revisión del contrato colectivo
• Técnicas de negociación en la revisión del contrato
colectivo
DR. FELIPE CARRASCO FERNANDEZ
2
• Apartado A :
• Entre los obreros, jornaleros, empleados domésticos,
artesanos, y de una manera general, todo contrato de
trabajo. La Ley que rige este apartado A se le llama Ley
Federal del Trabajo.
• Apartado B
• Entre los poderes de la Unión el Gobierno del distrito
Federal y sus trabajadores, la Ley que rige el apartado B
se le denomina Ley Federal de los Trabajadores al
Servicio del Estado, también se le conoce como Ley
Burocrática
3
Relación laboral
Contrato de trabajo
RELACIONES
INDIVIDUALES
DE TRABAJO
Sujetos de la relación
laboral
Condiciones generales de
trabajo
Terminación de relación
laboral
4
Relaciones individuales de
trabajo
Personal
Subordinado
Pago de un salario
Realizado en un horario
Dentro de un centro de trabajo
5
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
•
Contrato por tiempo
indeterminado es aquel
que por virtud del cual
el trabajador presta sus
servicios al patrón con
fecha de inicio pero no
de termino es el que se
conoce como “base”,
planta; da una mayo
estabilidad en el empleo
pues se presume que el
tiempo que dure la
relación laboral va a
ser mas o menos largo
Contrato por tiempo
determinado. Es aquel
que por virtud del
cual el trabajador
presta sus servicios
al patrón por un tiempo
que se encuentra
determinado, puede
ser por días o mese;
cuando lo exija la
naturaleza del
trabajo, por disposición
te la Ley, o por cubrir
una vacante o licencia
de algún trabajador, se
encuentra debidamente
regalado en el art. 37,
LFT.
Contrato por obra
es aquel que por
virtud del cual el
trabajador presta
sus servicios al
patrón por la
realización de una
obra; esto esta
permitido siempre y
cuando lo exija su
propia naturaleza
tomando en su caso
la prorroga expresada
en los contratos por
tiempo determinado
6
Contrato de capacitación
Durante el tiempo que el trabajador de nuevo ingreso
que requiera capacitación inicial para el empleo que va a
desempeñar reciba esta, prestara sus servicios
conforme a las condiciones generales de trabajo que
rijan en la empresa o a la que se estipule respecto a ella
en los contratos colectivos.
7
•
Trabajador de confianza.
•
Es aquel que se encuentra regulado en el articulo
9º LFT, la categoría de trabajador de confianza
depende de la naturaleza de las funciones
desempeñadas y no de la designación que se de
al puesto . Este primer párrafo de este articulo es
muy claro al definir que el trabajador de confianza
no obedece al nombramiento que se le de si no a
las funciones que son de esa naturaleza o sea de
confianza tal y como indica el siguiente párrafo
del articulo en cuestión que dice: son funciones
de confianza las de dirección, inspección
vigilancia y fiscalización, cuando tengan carácter
general y las que se relacionen con trabajos
personales del patrón
de la empresa o
establecimiento. Entonces el trabajador de
confianza es aquel que por virtud de las
funciones que realiza es considerado de
confianza
•
Trabajador
sindicalizado.
•
Es aquel que pertenece a
una corporación laboral,
un sindicato y su relación
de trabajo regula el
contrato colectivo de
trabajo.
8
• Contenido de contrato de trabajo
• A.- El escrito en que consten las condiciones de trabajo
debe contener
• Nombre, nacionalidad, edad, sexo, estado civil y
domicilio del trabajador.
• B.- si la relación de trabajo es para obra determinada o
por tiempo indeterminado
• C.- el servicio o servicios que deban prestarse.
9
• Desde el punto de vista legal la Ley federal del trabajo
en su articulo 25, fracción III establece que deberá
tenerse por escrito “el servicio o servicios que deban
prestarse, los que se determinaran con la mayor
precisión posible”, así mismo el articulo 47, fracción IX,
nos dice que el patrón podrá rescindir el contrato de
trabajo, sin incurrir en responsabilidad, al desobedecer
el trabajador al patrón o sus representantes, sin causa
justificada, siempre que se trate del trabajo contratado,
,por ultimo el articulo 134 en su fracción IV marca como
obligación de los trabajadores “efectuar el trabajo con la
intensidad cuidado y esmero apropiados y en la forma,
tiempo y lugar convenidos
10
• Las tres disposiciones señaladas requieren que se
estipule con toda claridad y precisión cual es el trabajo a
desarrollar en cada puesto y las modalidades del mismo,
ya que de otra forma se carecería de base para regular
entre contratante y contrato
• A pesar de esto, es frecuente encontrar contratos de
trabajo en los que se da escasa importancia a la
definición de funciones, ocupándose más bien de
aspectos que regulen la relación, olvidando la esencia
de esta, es decir se atiende a posibles causas de
conflicto, en detrimento de la verdadera materia de
trabajo.
11
Casos de suspensión individual de los efectos de la relación laboral
Causas de suspensión
Temporal de la relación
De trabajo
1.- enfermedad contagiosa
Del trabajador.
Surtirá efectos
desde
hasta
La fecha en la que el patrón
Tenga conocimiento de la
Enfermedad contagiosa
La fecha fijada por el IMSS o
2.- incapacidad temporal
Por accidente o
Enfermedad que no
Constituya un riesgo
De trabajo
3.- prisión preventiva
Del
Trabajador.
4.- arresto
El trabajador deberá
Regresar a su trabajo
La fecha en que se
Produzca la incapacidad
Para el trabajo
El momento en que el
Trabajador acredite
Estar detenido
A disposición de
La autoridad
Si desaparece la incapacidad
Para el trabajo
La fecha en que cause
Ejecutoria la sentencia
Que lo absuelva o
Termine el arresto
al día siguiente en
Que termine la
Causa de suspensión
Dentro de los 15
días siguientes a
La terminación de
La causa de la suspensión
Al día siguiente en
Que termine la
Causa de suspensión
12
5.- cumplimiento de servicios
Y obligaciones y el
Desempeño de los cargos
Mencionados en los artículos
5 y 31 fracción iii de la
constitución
La fecha en que
Deban presentarse
Los servicios o
Desempeñar los cargos
Por un periodo de
6 años
Dentro de los 15 días
Siguientes a la
Terminación de la
Causa de suspensión
La fecha en la que
El patrón tenga
Conocimiento
Del hecho
Por un periodo
De
Dos meses
Al día siguiente
En que termine
La causa de
suspensión
La fecha en la que
Deban presentar5se
Los servicios
Máximo seis años
Dentro de los 15 días
Siguientes a la
Terminación de la causa
6.- designación del
Trabajador como representante
Ante organismos laborales
7.- falta de documentos
Necesarios para la
Presentación del servicio
Cuando sea imputable al
trabajador
8.- cuando los
Trabajadores son
Llamados para alistarse
Y servir en la Guardia nacional
13
9.- periodo de embarazo
De las trabajadoras
El periodo prenatal
Seis semanas
Antes del parto
La terminación del
Periodo postnatal
Seis semanas
Después del parto
A mas tardar a un
Año de la fecha
De parto
10.- como medida
disciplinaria
Desde la fecha en
Que se aplique la
sanción
Un máximo de
Ocho días
Al terminar la
sanción
11.- riesgo de
trabajo
La fecha en que se
Produzca la
incapacidad
La fecha fijada por
El IMSS o si
Desaparece la
incapacidad
Al día siguiente en que
Termina la causa
De suspensión
14
Terminación colectiva de las relaciones de trabajo.
causa
procedimiento
*fuerza mayor o caso fortuito no imputable
Se dará aviso de la suspensión a la
Al patrón.
Junta de Conciliación y Arbitraje y luego
•Muerte o incapacidad, física o
Se tramitara el procedimiento especial
•Mental del patrón
•El exceso de producción con las
•Condiciones económicas y las
•Circunstancias del mercado
•La incosteabilidad, de naturaleza temporal,
•Notoria y manifiesta de la explotación
•La falta de fondos y la imposibilidad
•De obtenerlos para el desarrollo normal
•De los trabajos.
La falta de materia prima no
Imputable al patrón
La falta de ministracion por
Parte del Estado de las cantidades que se
Haya obligado entregar a la empresa
Con la que hubiere contratado trabajos
O servicios.
Antes de la suspensión se deberá
Tramitar el procedimiento de
Conflictos colectivos
De naturaleza económica.
Derechos de los trabajadores
Indemnización no mayor de
Un mes de salario integrado
Solicitar cada seis meses que se
verifique
La subsistencia de las
Causas que originaron la
Suspensión.
Ser llamado cuando la suspensión
Se levante y volver a ocupar el
Puesto que tenia antes de la
Suspensión
Antes de la suspensión se
Deberá tramitar el
Procedimiento especial
15
Terminación colectiva de las relaciones de trabajo.
Causa
Fuerza o caso fortuito no
imputable al patrón
Muerte o incapacidad, física
o mental, del patrón
Concurso o quiebra legalmente
declarados
Procedimiento
Se dará aviso de la suspensión a la
Junta de Conciliación y Arbitraje y luego
Se tramitara el procedimiento especial
Antes de la terminación
Se deberá tramitar
El procedimiento de conflictos
Colectivos de naturaleza económica
Incosteabilidad notoria y
manifiesta de la
explotación
Agotamiento de la materia
objeto de una industria
extractiva
Derecho de los trabajadores
Antes de la terminación
Se deberá tramitar el
Procedimiento especial
Indemnización tres meses
de salario integrado
Prima de antigüedad
Partes proporcionales de
derechos devengados.
16
Terminación colectiva de las relaciones de trabajo.
Causa
Procedimiento
Derecho de los trabajadores
*indemnización cuatro meses
•Reducción del personal
Por implantación de
Maquinaria nueva o de
Nuevos métodos de
•trabajo
•Terminación de la obra
del plazo o del
capital invertido
•Convenio con el sindicato
o los trabajadores o
tramitación del procedimiento
especial previo
salario integrado, mas veinte
días de salario integrado
Por cada año de servicios
•Prima de antigüedad y partes
proporcionales de derechos
devengados
•Partes proporcionales de
derechos devengados
17
Terminación de las relaciones de trabajo
Son causas de terminación de las relaciones de trabajo.
I.- el mutuo consentimiento de las partes
II.-la muerte del trabajador
III.- la terminación de la obra o vencimiento del termino o
inversión del capital y de conformidad con los Art.. 360,
370 y 380
IV.- la incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta
del trabajador que haga imposible la prestación del
trabajo y
V.- los casos a que se refiere los Art.. 401, 421 y 434.
18
Cuando el trabajador demanda indemnización
El trabajador demanda
indemnización
Pierde juicio
Gana juicio
Patrón
pagara
Patrón
pagara
19
Cuando el trabajador demanda indemnización
Partes
Proporcionales
De derechos
devengados
Prima de
Antigüedad
Solo si es
Trabajador de
planta
Partes
Proporcionales
De derechos
devengados
Prima de
Antigüedad
Solo si es
Trabajador de
planta
Indemni
zación.
Tres meses
De
Salario
Integrado
Mas salarios
vencidos
20
Cuando el trabajador demanda reinstalación
Prima de antigüedad
Solo si el trabajador es de planta
Patrón pagara
Partes proporcionales de
Derechos devengados
Pierde juicio
El trabajador
demanda
reinstalación
Patrón no puede
negarse
Gana juicio
Patrón debe
reinstalar
Patrón si puede
Negarse art. 49 LFT
Patrón pagara
21
Cuando el trabajador demanda reinstalación
Patrón no puede
negarse
Reinstalar al
Trabajador
Y paga
Salarios vencidos
indemnización
Contrato tiempo indeterminado
3 meses de salario integrado + 20
días de salario integrado por
Cada año de servicio +
Salarios vencidos.
Prima de antigüedad
Solo si el trabajador
Es de planta
Partes proporcionales
De derechos devengados
Contrato tiempo u obra determinado
Menor a un año: 3 meses de salario
+ De la mitad del tiempo trabajado +
Salarios vencido.
Contrato tiempo u obra determinada
Mayor de un año 3 meses de salario
Integrado + 6 meses de salario
Integrado por el primer año + 20 días
De salario por cada uno de los años
Siguientes + salarios vencidos.
22
Preparación para la revisión del contrato colectivo
Las empresas generalmente tienen ya estudiadas las
políticas que influencias o limitan la negociación
colectiva del contrato. Como resultado de estas
políticas, los ejecutivos tienen una idea precisa acerca
de:
1.- que se espera alcanzar en sus relaciones laborales.
2.- que concesiones se pueden hacer en la negociación del
contrato
3.- que concesiones no se pueden hacer debido a que
perjudican si se conceden, el desarrollo normal y
prospero de la empresa
23
Negociación de los salarios
Para tomar decisiones sobre los incrementos a los
salarios en la revisión del contrato colectivo,
generalmente se pueden utilizar las siguientes fuentes
de información:
1.-Encuestas de salarios, se refieren a los que pagan otras
industrias, y el incremento en salarios que han hecho en
su ultima revisión de contrato, estas encuestas se
refieren a aquellas industrias de un área, y que pueden
ser comparables con el tamaño y peculiaridades de la
industria que se analiza
24
Negociación de los salarios
2.-Datos de salarios de la empresa, se utilizan para estimar
el costo total que resultaría para la empresa en cada por
ciento de aumento de salarios.
En cambio los sindicatos, utilizan este dato con poca
frecuencia y cuando lo hacen es para mostrar que los
salarios que ganan son mas bajos que en algunas
empresas que ellos conocen.
3.-Estadísticas de eficiencia o de productividad de la
empresa esta información es necesaria cuando se
analiza durante la negociación del contrato colectivo el
25
• Incremento de permiso sobre producción o no se trata
de establecer los mismos, es importante en este caso
que tanto los representantes sindicales como los de la
empresa estén de acuerdo sobre el significado de los
índices de eficiencia productiva o de productividad, de
otra forma lo anterior conduce a problemas y malos
entendidos
26
1.- pago por día no trabajados, incluye pago de días no
incluidos en la Ley Federal de Trabajo como
obligatorios, vacaciones en exceso de la Ley, permisos
con goce de sueldo, gratificación de navidad en exceso
de la Ley, subsidios para educación etcétera.
2.- seguros y planes de pensión, incluye seguros de
grupos planes de pensión aparte de la que proporciona
el IMSS
27
Negociaciones sobre prestaciones.
3.- Prestaciones varias , incluye la despensa, prestamos a
corto plazo, compra de ropa, y artículos para el hogar,
utilización de los campos deportivos, subsidio a los
equipos representativos, uniformes de trabajo, es
conveniente que la empresa calcule el costo que
representan las prestaciones y lo presente como
porcentaje de aumento sobre los salarios nominales.
Estos datos pueden presentarse en las siguientes
formas.
1.- costo anual de prestaciones para todos los trabajadores
2.- costo anual por trabajador
3.- porcentaje de prestaciones respecto a la nomina anual
28
Preparación de la siguiente revisión de contrato
Las empresas deben prepararse analizando el desarrollo
de practicas y procedimientos que se apartan de las
normas establecidas en la siguiente forma:
1.-Auditoria, revisión y aprobación de procedimientos
diseñados para detectar situaciones que se presentaron,
desviándose de lo marcado en el actual contrato y evitar
los procedimientos que se aparten de los establecidos
en forma oficial.
2.-Juntas con supervisores para intercambio
información sobre relaciones laborales.
de
3.- adiciones al contrato actual, en forma de convenios que
actualicen el mismo mientras se llega la época de
revisión establecida
29
CONFLICTO
Concepto
• La teoría procesal define al conflicto como
“el contenido del proceso o litigio”.
30
Elementos
• Voluntad de subordinar un interés a la pretensión propia.
• Resistencia de un sujeto a la pretensión de otro.
• Coexistencia de cuando menos dos sujetos con sus
propios intereses
• Dinamismo del conflicto
31
Negociación
concepto:
• Efecto de negociar, es decir negociación = resolución.
• Resolución: reemplazo de pretensiones opuestas,
mediante un método , por una sola pretensión que
constituye la resolución del conflicto.
32
Elementos
• Interés contrapuestos de las partes
• Voluntad para resolver el problema
• Utilización de un método determinado
• Resolución de un conflicto sustitución de pretensiones
personales por una común
33
Ámbitos de la negociación
• Dos ámbitos el legal y el de negocios
• Negociar por separado el aspecto legal y el de negocios.
34
• Método de la negociación
35
I.- Separación de personas.
• Los negociadores son personas físicas
• Equilibrar los factores emocional y racional.
• Ubicar los intereses del negociador en sustancia y en
relación
• Una buena relación con la contraparte tiene como
consecuencia un buen resultado en la negociación
• La relación humana tiende a mezclarse con el conflicto.
36
II.-Centrarse en los intereses, no en las
posiciones
• Conciliar interés y no posiciones para obtener
soluciones inteligentes.
• El problema básico en una negociación debe radicar en
los intereses (pretensiones) en las necesidades, deseos,
preocupaciones o temores, mas no en la posición
postura que es algo que nosotros decidimos.
37
1.- Periodo de gestación
Agravio a los trabajadores
Asamblea general del sindicato o
Formación de la coalición
Resuelve ir a la
huelga
Designa comité de
huelga
Comité ejecutivo
+
Comité de huelga
Pliego
De peticiones
38
2.- Periodo de pre-huelga
1.- presentación del
Pliego de peticiones
Ante:
JFCA
JLCA
Autoridad política del lugar
Sellar copias de constancia
De prestación (día y hora )
2.- el presidente de la
JCA entrega el pliego
De peticiones al patrón
(48 hs.):
Efectos :
Emplazar a huelga al patrón
Citar a audiencia de conciliación
Apercibimiento de consecuencias de no asistir.
Señalar plazo para contestar
Pliego y oponer excepciones
(48hs)
Notificar embargo de la
Empresa queda el patrón
Como depositario
Suspender la tramitación
De conflictos de naturaleza
económica
3.- contestación del
Patrón
Excepciones
Falta de personalidad
incompetencia
4.- audiencia de conciliación
JCA
5.- platicas conciliatorias
39
3..- Estallamiento.
efectos:
•Suspensión de labores
•colocación de banderas y guardias
(costumbre )
Salida de trabajadores no huelguistas
*protección policíaca o militar
4.- calificación de la huelga
•Recuento de trabajadores
(petición del sindicato o del patrón)
•Declaración de la JCA de existir
•Estado de huelga
Se retira la JCA
40
3..- Estallamiento.
OPCIONES DEL SINDICATO O COALICION
Sometimiento del
Conflicto al arbitraje
Juicio laboral hasta
laudo
Sometimiento
Del patrón al
laudo
Sentencia
colectiva
Se levanta
La huelga
No sometimiento del
Patrón al
laudo
Terminación
De contratos
Individuales
De trabajo
indemnización
No sometimiento
Del conflicto al
arbitraje
Negociaciones
Patrón trabajadores
Hasta llegar
A convenio
Depositar convenio
En la JCA
se levanta l
La huelga
41
Rescisión relaciones laborales
DEL PATRON ART. 47 LFT
I.-Engañarlo el trabajador, o en su caso,
El sindicato que lo hubiere recomendado
Con certificados falsos en los que atribuyan
Al trabajador capacidad, aptitudes o facultades
que carezca. Esta causa de rescisión
Dejara de tener efecto después de 30 días
De prestar sus servicios el trabajador
II:-incurrir el trabajador, durante sus
Labores, en faltas de probidad y
Honradez, en actos de violencia, amagos
Injurias o malos tratos en contra del patrón sus
Familiares o del personal directivo o administrativo
De la empresa o establecimiento, salvo que
Medie provocación o que obre en
Defensa propia
DEL TRABAJADOR ART. 51 LFT
1.- engañar el patrón o, en su caso, la agrupación
Patronal al proponerle el trabajo, respecto de las
Condiciones del mismo, esta causa de rescisión
Dejara de tener efecto después de 30 días
De prestar sus servicios el trabajador
II.- incurrir el patrón, sus familiares o su
Personal directivo o administrativo dentro
Del servicio, en faltas de probidad u
Honradez, actos de violencia, amenazas
Injurias, malos tratamientos u otros análogos
En contra del trabajador, cónyuge,
Padres, hijos o hermanos.
42
Rescisión relaciones laborales
III.-cometer el trabajador, contra alguno de sus
Compañeros, cualquiera de los actos enumerados
En la fracción anterior si como consecuencia de
Ellos se altera la disciplina del lugar en que se
Desempeñe el trabajo
IV.- cometer el trabajador, fuera de servicio
Contra el patrón, sus familiares o personal
Administrativo, alguno de los aspectos a que se
Refiere La fracción II si son de tal manera graves
Que Hagan imposible el cumplimiento de la
Relación de trabajo.
V.- ocasionar el trabajador, intencionalmente,
Perjuicios materiales durante el desempeño de
Las labores o con motivo de ellas, en los edificios
Obras, maquinaria, instrumentos, materias primas,
Y demás objetos relacionados con el trabajo.
III.-incurrir el patrón, sus familiares o trabajadores,
Fuera de servicio, en los actos que se refieren la
Fracción anterior, si son de tal manera graves que
Hagan imposible el cumplimiento de la
Relación de trabajo.
IV.- reducir el patrón el salario al trabajador.
V.- no recibir el salario correspondiente en la
Fecha o lugar convenidos o acostumbrados.
VI.- sufrir perjuicios, causados maliciosamente por
El patrón, en sus herramientas o útiles de trabajo.
43
Rescisión relaciones laborales
VII.- la existencia de un peligro grave para la
VI.- ocasionar el trabajador los perjuicios
Seguridad o salud del trabajador o de su familia, ya
De que habla la fracción anterior siempre que sean Sea por carecer de condiciones higiénicas
Graves sin dolo, pero con negligencia tal que ella
El establecimientos o porque no se cumplen
Sea la causa. Única de perjuicio.
Las medidas preventivas y de seguridad que
Las leyes establezcan.
VII.- comprometer al trabajador, por
Su imprudencia o descuido inexcusable, la
Seguridad establecimiento o de las personas que se
Encuentran en el
VIII.-comprometer al patrón, con su
Imprudencia o descuido inexcusable, la seguridad
Del establecimiento de las personas que se
Encuentran en el
VIII.- cometer el trabajador actos inmorales en el
Establecimiento o lugar de trabajo.
IX.- revelar el trabajador los secretos de
Fabricación o dar a conocer asuntos de carácter
Reservado, en perjuicio de la empresa
44
Rescisión relaciones laborales.
Del patrón art. 47 LFT
Del trabajador art. 51 LFT
x.-tener el trabajador mas de tres
faltas de asistencia en un periodo de 30 días sin
Permiso del patrón o sin causa justificada.
XI-. Desobedecer el trabajador al patrón
o sus representantes, sin causa
Justificada, siempre que se trate del trabajo
contratado
XII.- negarse el trabajador a adoptar medidas
preventivas o seguir los procedimientos
Indicados para evitar accidentes o enfermedades
45
Rescisión relaciones laborales
XIII.-concurrir el trabajador a sus
Labores en estado de embriaguez o
Bajo la influencia de algún narcótico o droga
Enervante, salvo que en este ultimo caso, exista
Prescripción medica, antes de iniciar su servicio
El trabajador deberá poner el hecho en
Conocimiento del patrón y presentar la
Prescripción suscrita por el medico
XIV.- la sentencia ejecutoria que imponga al
Trabajador una pena de prisión, que le impida el
Cumplimiento de la relación de trabajo.
XV.- las análogas a las establecidas en
Las fracciones anteriores, de igual
Manera graves y de consecuencias semejantes
En lo que el trabaja se refiere
XV.- las análogas a las establecidas en
Las fracciones anteriores, de igual
Manera graves y de consecuencias semejantes
En lo que el trabaja se refiere
46
Contenido del aviso rescisorio
Como ya se comento, para dar cumplimiento a lo previsto en el
antepenúltimo párrafo, del articulo 47 de la LFT, el patrón al
rescindir una relación laboral, debe entregarle al trabajador afectado
un aviso por escrito en donde precise la fecha del despido, así
como la causa del mismo, sin embargo en ninguna parte de este
ordenamiento se especifica cuales son los requisitos formales del
mocionado aviso para su validez, de ahí que se sugiera que
además de los elementos indicados que se incluyan los siguientes:
* nombre del trabajador, de existir situaciones con dos o mas
trabajadores involucrados se deberán hacer tantos avisos como
empleados vayan a ser rescindidos.
* objetó de aviso, esto es la rescisión del contrato de trabajo la cual
debe redactarse en forma clara.
47
• Conducta realizada por el trabajador y precisar que esta se
encuadra a una de las causales de rescisión contemplados en el
articulo 47 de la LFT. Y
• Firma del patrón o en su caso del representante legal, es
conveniente que los patrones estén concientes de que al momento
de entrega del aviso en estudio pueden presentarse cualquiera de
los siguientes escenarios que el trabajador :
• Reciba el aviso y firme el acuse de recibo, esto es importante, pues
en caso de juicio laboral el patrón esta obligado a comprobar la
entrega de este documento
48
• Se niegue a recibirlo, en este caso la empresa debe hacer constar
el hecho en el mismo documento con la firma de los testigos, o bien
si lo prefiere elaborar una acta administrativa por separado
haciendo constar ese hecho. A partir de la fecha de este evento, el
patrón cuenta con cinco días para acudir ante la JCA de la localidad
a solicitar la notificación del aviso respectivo al trabajador.
• Reciba el aviso pero se niegue a firmar de recibido, aquí no es
necesario acudir ante la junta, simplemente se debe acreditar este
hecho con testimoniales para comprobar la entrega del aviso, este
criterio se reitera por los tribunales en la siguiente resolución.
49
• El articulo 47 de la LFT prevé la obligación patronal de notificar al
trabajador por escrito el despido, la cual muchas veces es omitida
por las empresas debido a lo engorroso del procedimiento cuando
aquel se niega a recibirlo, o simplemente por desconocimiento de
quien notifica la terminación de la relación laboral al empleado.
Lo anterior ocasiona que los subordinados entablen demandas en
contra de la empresa alegando despido injustificado y obtengan una
resolución favorable a sus intereses el no haberse notificado el
aviso de rescisión que justifica la terminación de la relación aboral
con la compañía.
A efecto de evitar la presunción de un despido injustificado y que
las empresas puede obtener los elementos necesarios para que su
abogado las defienda en caso de una demanda en esta materia
resumimos los pasos a seguir para rescindir la relación laboral.
50
trabajador
Incurre en alguna
De las causales de
Rescisión comprendidas
En el articulo 47 de la LFT
Tales como:
Engañar al patrón
Con documentación
Que le atribuya
Capacidades que
No tiene
Incidir en faltas
De probidad u
Honradez, actos
De violencia
Cometer
Actos
inmorales
Ocasionar
intencionalmente
Perjuicios Materiales
en los instrumentos
De trabajo.
Tener mas de
3 faltas sin
Justificación en
Un periodo de
30 días
51
52
Como realizar la rescisión de un contrato laboral.
caso
Indemnizaciones
Tres meses
20 días x año
Conceptos
Prima de
antigüedad
gratificación
finiquito
Despido
injustificado
X
X
X
X
despido
justificado
sin
responsa
bilidad
para el
trabajador
contrato
por obra o
tiempo
determinado
X
X
X
X
Terminación
De contrato
X
53
caso
Terminación
Anticipada
justificada
Incapacidad
Permanente
Total del
trabajador
Muerte
Del
Trabajador
Por riesgo
De
trabajo
Indemnizaciones
Tres meses
X
20 días x año
Conceptos
Prima de
antigüedad
gratificación
finiquito
X
X
X
X
X
X
54
caso
Indemnizaciones
Tres meses
Muerte
Natural del
trabajador
20 días x año
Conceptos
Prima de
antigüedad
gratificación
finiquito
X
X
X
X
Renuncia
voluntaria
X
X
Invalidez
Del
trabajador
X
TERMINACION
COLECTIVA
X
X4
X
55
Jornada laboral
JORNADA LABORAL.- las horas del día en que el trabajador esta a
Disposición del patrón a fin de realizar el trabajo convenido.
Duración de la jornada: ocho oras máximo
Tipos de jornada: 1.- jornada diurna es la comprendida entre las seis y las
2 horas y no podrá exceder de 8 horas.
2.- jornada nocturna es la comprendida entre las 20 horas y las seis de la mañana
Y su duración es de 7 horas.
3.- jornada mixta: es la que comprende periodos de trabajo de las dos
Anteriores.
Descanso semanal: es el derecho del trabajador consistente en no prestar
Servicios contratados durante 24 horas consecutivas, una vez a la semana
En día predeterminado sin perjurio de la remuneración
56
Días festivos
Días festivos: son los que debido a causas de orden nacional, político, o
Religioso son declarados no laborables.
En la legislación mexicana son festivos:
*1º de enero
•5 de febrero
• 21 de marzo
•1º de mayo
•16 de septiembre
•20 de noviembre
•1º de diciembre de cada seis años
•25 de diciembre
57
Vacaciones
Vacaciones: derecho otorgado al trabajador para interrumpir el trabajo por
Orden del patrón durante un periodo mínimo de días determinados
En la ley o en el contrato, cuya extensión varia en función de la antigüedad
En e l empleo. Esta suspensión es con el fin de reparar energías y
Regresar a continuar el trabajo con buena disposición física y mental.
58
EL SALARIO
Definición: salario es la contrapartida a la subordinación a que esta sujeto el
Trabajador.
Características del salario:
a).- tiene una función alimentaría
b).- autónomo en el sentido de que no depende del éxito o fracaso de la
Empresa.
c).- naturaleza integrada, no siempre es una entrega de dinero, sino
Acompañada de una serie de prestaciones.
d).- salario base se conoce con esta denominación la parte integradora
Del salario a lo que aun no se le han entregado las prestaciones
Acumulativas.
Clases de salarios: a).. Salario por unidad de tiempo
b).- salario por unidad de obra.
59
VARIACIONES DEL CONTRATO DE TRABAJO
Variaciones al contrato
A).- dentro de la categoría son legales.
B).- fuera de la categoría son ilegales.
Dentro de la categoría, cuando se le ordena al trabajador hacer otro trabajo
Pero dentro del mismo cuadro profesional del trabajador.
Fuera de la categoría: se presentan cuando el trabajo ordenado es de otro
Nivel profesional, ya sea superior o inferior.
Alteraciones del contrato:
a).- unilaterales cuando una sola de las partes realiza la variación
b).- bilaterales, cuando las dos partes convienen en la variación
60
VARIACIONES DEL CONTRATO DE TRABAJO
Variaciones unilaterales:
a).- en cuanto a la función
b).- en cuanto al horario
c).- en cuanto al lugar
d).- en cuanto al salario
e).- en cuanto a la persona
61
Condiciones generales de trabajo
Condiciones
Generales
De trabajo
JORNADA
•Días de descanso
•Vacaciones
•Salario mínimo
•Normas protectoras y
•Privilegios de salario
•Reparto de utilidades
+ SALARIO
•Derechos y obligaciones
•De trabajadores y
•Patrones
•Capacitación y adiestramiento
•De los trabajadores
•Derechos de preferencia, antigüedad
•Y acenso
•Intervención de los trabajadores.
FINALIDAD
A).- proteger la vida y la salud del trabajador y
Garantizar un ingreso mínimo.
B).- garantizar una utilidad razonable al patrón.
62