Tema 8. Sucesiones

Download Report

Transcript Tema 8. Sucesiones

SUCESIÓN UNIVERSAL MORTIS
CAUSA.
CONCEPTO  Cuando a la muerte de una persona (causante, de cuius)
otra (heres) se subsume en su posición, asumiendo la totalidad del
relaciones jurídicas del difunto, con excepción de las intransmisibles.
CARACTERES
 Transmisión de derechos, cargas y obligaciones.
 Responsabilidad ultra vires hereditatis.
 Identidad de relaciones jcas. en la transmisión.
 Transmisión patrimonio en bloque.
 Designación heres en testamento o por ley.
 Distinción entre heres sui y extranei.
 Aceptación ipso iure o mediante acto especial
REQUISITOS  Subjetivos  Capacidad activa y pasiva.
 Objetivos  Delatio
 Aditio
•OTROS CONCEPTOS




HERENCIA Conjunto de bienes y derechos que el difunto
dejaba a su muerte.
HEREDITAS  Sucesión mortis causa regulada por el ius
civile.
HERES Heredero civil. Persona que sucedía al de cuius en
su patrimonio y sacra privata.
1. Testamenti factio pasiva.
2. Ius capiendi.
3. Ausencia de indignitas.
BONORUM POSSESSIO Sucesión mortis causa regulada
por el Pretor en su edicto otorgando la posesión de los bienes
hereditarios a personas que no siempre eran los herederos
civiles.
•CLASES DE BONORUM POSSESSIO
 B.P. EDICTALIS y B.P. DECRETALIS
 B.P. CUM REEl y B.P. SINE REl
 B. P. SECUNDUM TABULAS
 B.P. CONTRA TABULAS
 B.P. ABINTESTATO
•LA DELACION DE LA HERENCIA

Delación Llamada a heredar. No transmisible.
Necesaria.
Voluntaria.
•LA ADICION DE LA HERENCIA.
 Aditio Manifestación expresa o tácita del heredero de adquirir el
título y las consecuencias jurídicas.
 Heres sui et necesarii
 Heres necesarii
 Heres voluntarii
No necesitan
aditio.
Cretio
Pro herede gestio
Aditio nuda voluntate
•ADQUISICION DE LA HERENCIA.
1.
2.
ADQUISICIÓN IPSO IURE  Esclavos y heres sui.
 Independiente de su voluntad.
 Sólo por la delación.
 Principio de responsabilidad ultra vires
hereditatis.
 IUS ABSTINENDI.
ACEPTACIÓN DE LA HERENCIA  Resto de herederos.
 Acto voluntario.
 Capacidad del ceptante.
 Formas  Expresa.
 Tácita.
 Plazo
IUS CIVILE Inexistencia de plazo
PRETOR Interrogationes in iure
DERECHO JUSTINIANEO 9 meses

FASE INTERMEDIA  Periodo entre delación y aceptación.
 Carencia de titular de la herencia.
 HEREDITAS IACET
Sustracción no
USUCAPIO PRO HEREDE
constitutiva de delito

EFECTOS DE LA ACEPTACION
1.
2.

SUCCESSIO
Responsabilidad por las obligaciones del difunto con el
propio patrimonio.
3. Remedios  Beneficium abstinendi y separatio bonorum.
4. Derecho justinianeo  Beneficium inventarii.
PLURALIDAD DE HEREDEROS Derecho de acrecer.
Actio familiae erciscundae.
Collatio
Emancipati
Dotis
Descendentium