Legislación y Prácticas de Precios de Transferencia en Uruguay

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Transcript Legislación y Prácticas de Precios de Transferencia en Uruguay

Legislación y Prácticas
de Precios de Transferencia
en Uruguay
Cra. Valentina Gzech Beghloldh
DGI / Uruguay
Grandes Contribuyentes
Fiscalidad Internacional
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San Jose, 31Marzo – 4 Abril de 2014
Particularidades de la normativa uruguaya en materia de
Precios de Transferencia
Operaciones
alcanzadas y
concepto de
vinculación
Todas las operaciones que los sujetos pasivos del IRAE
realicen con entidades vinculadas. Incluye las
operaciones realizadas con:
 entidades ubicadas en paraísos fiscales (lista taxativa
de 33 jurisdicciones);
entidades que operen en exclaves aduaneros y se
beneficien de un régimen de baja o nula tributación;
intermediarios de bienes con precio internacional
conocido en mercados trasparentes, cuando éstos no sean
destinatarios efectivos de los bienes (en ciertas
condiciones).
Principio arm’s
length
Carga de la prueba
Recae en la DGI
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Particularidades de la normativa uruguaya en materia de
Precios de Transferencia
Métodos de Precios Aplica la regla del método más adecuado, a excepción
de Transferencia
de los métodos establecidos en los Art 42 y Art 43
(“Sexto Método”), del Titulo 4.
 Estos métodos se aplicaran preceptivamente en
operaciones de importación y exportación de bienes con
precio internacional conocido en mercados trasparentes:
•realizadas entre partes vinculadas (Art. 42);
•en las que intervenga un intermediario en el exterior
vinculado (por vinculación real, presunta o no cumplir ciertas
condiciones) o si el destinatario efectivo de la mercadería es
vinculado. (Art. 43).
En estos casos, será de aplicación el método CUP
considerando como comparable la cotización del bien en
un mercado trasparente. La misma podrá ser
razonablemente ajustada por flete y seguro.
El contribuyente podrá optar por realizar la comparación
a fecha de contrato (deberá registrar los contratos) o a
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fecha de expedición del conocimiento de embarque.
Particularidades de la normativa uruguaya en materia de
Precios de Transferencia
Parte analizada
Análisis de
comparabilidad
Comparables
secretos
Rango arm’s-length
Se podrá seleccionar el sujeto local o el sujeto del exterior.
Si
Rango Intercuartil (mediana +/- 5%)
Los sujetos pasivos que deberán presentar
documentación en cada ejercicio económico son:
Documentación
la
 los que realicen operaciones comprendidas por un monto
superior aprox. A US$ 6.1 millones en el período fiscal
correspondiente;
 los que hubieran sido notificados por la DGI.
Los restantes sujetos pasivos están obligados a conservar
documentación durante el periodo de prescripción de los
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tributos .
Particularidades de la normativa uruguaya en materia de
Precios de Transferencia
Penalidades
Safe harbors
APAs
El no cumplimiento con las obligaciones formales se
sanciona con una multa de hasta USD 250 mil (gradual)
Se faculta al Poder Ejecutivo a establecer este tipo de
regímenes especiales, a los que el contribuyente se podrá
amparar de forma optativa. (No se ha instrumentado)
 Unilateral
 No retroactivo (excluye a las transacciones realizadas
antes de su firma)
 Limitado hasta tres ejercicios fiscales
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