Funciones y Facultades AFIP DGA

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Transcript Funciones y Facultades AFIP DGA

AFIP

Decreto 618/97 Art. 1º y 2º

Creada por Decreto 618/97 Entidad autárquica en cuanto a  Su organización y funcionamiento Bajo superintendencia y control de legalidad del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos Direcciones generales que dependen de ella  Dirección General de Aduanas  Dirección General Impositiva 1

AFIP

Decreto 618/97 Art. 3º

Es el ente de ejecución de la política tributaria y aduanera de la Nación:  Aplicación, percepción y fiscalización de los tributos y accesorios dispuestos por normas legales respectivas 2

Aplicación Percepción

AFIP

Decreto 618/97 Art. 3º

Fiscalización Tributos a su cargo dispuesto por las normas legales Gravámenes a cargo de otras reparticiones que le fueran conferidos Agente de percepción Suscribir convenios Impuestos provinciales que graven el consumo en importación de bienes Estados provinciales, municipios, bancos oficiales y privados a los fines de aplicar, percibir y fiscalizar tributos 3

Tributos a su cargo

Decreto 618/97 Art. 3º

Que gravan operaciones:  ejecutadas en el ámbito territorial o en espacios marítimos sobre los que se ejerce potestad tributaria nacional  de importación y exportación de mercaderías Recursos de la Seguridad Social Multas, recargos, intereses, garantías y cualquier accesorio que surja de disposiciones legales 4

Tributos a su cargo

Decreto 618/97 Art. 3º

Control de tráfico internacional de mercaderías Clasificación arancelaria y valoración de mercaderías Agente de percepción de impuestos provinciales o de la CABA que graven el consumo o la comercialización de bienes en operaciones de importación definitiva de mercaderías Suscripción de convenios  Provincias, CABA y Municipios  Bancos oficiales o privados 5

Estructura

Decreto 618/97 Art. 4º

Ministerio de Economía Administración Federal de Ingresos Públicos Autoridad: Administrador Federal de Ingresos Públicos DGI DGA Autoridades: Directores Generales Actuarán como jueces administrativos: Administrador Federal Directores Generales Administradores de Aduanas jurisdiccionales 6

Estructura

Decreto 618/97 Art. 4º

Director General de la Dirección General de Aduanas  Aplicación de la legislación aduanera Director General de la Dirección General Impositiva  Aplicación de la legislación impositiva y de los recursos de la Seguridad Social 7

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º

Ejercer las funciones, poderes y facultades que la legislación le encomiende a los fines de determinar, percibir, recaudar, exigir, fiscalizar, ejecutar y devolver o reintegrar los tributos que gravan la importación y la exportación de mercaderías Ejercer el control sobre el tráfico internacional de mercaderías 8

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º

Aplicar y fiscalizar las prohibiciones a la importación y a la exportación que le fueren encomendadas Revisión de las actuaciones y documentos aduaneros una vez concluida la tramitación ante las aduanas así como disponer las devoluciones o reintegros cuando correspondieren 9

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º

Instruir, cuando corresponda los sumarios de prevención en las causas por delitos o infracciones aduaneras Llevar los registros y ejercer el gobierno de las matrículas de los despachantes de aduana, agentes de transporte aduanero, apoderados generales y dependientes de unos y otros y de los importadores y exportadores 10

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º

Llevar los registros de:  Mercadería librada a consumo:  con liquidación provisoria  Con facilidades para el pago de tributos  Mercadería sometida destinaciones suspensivas  Los que fueren necesarios para la valoración de la mercadería  Infractores a las disposiciones penales aduaneras y los que resultaran convenientes para prevenir y reprimir los delitos y las infracciones sancionadas por el C. Aduanero 11

Director General de la DGA: Facultades de Dirección y de Juez Administrativo Decreto 618/97 Art. 9º

Habilitar con carácter precario o transitorio lugares para la realización de operaciones aduaneras Ejercer el poder de policía aduanera a fin de prevenir o reprimir delitos Requerir el auxilio inmediato de la fuerzas de seguridad y policiales para el cumplimiento de sus funciones 12

Organización del Servicio Aduanero Decreto 618/97 Art. 11º

Aduanas: distintas oficinas que ejerzan funciones de aplicación de la legislación relativa a la importación y exportación de mercaderías:  Percepción y fiscalización de rentas públicas producidas por los derechos y demás tributos de operaciones de importación y exportación  Control del tráfico internacional de mercaderías 13

Organización del Servicio Aduanero Decreto 618/97 Art. 11º

La AFIP:  asignará a las aduanas el carácter permanente o transitorio,  fijará o modificará la competencia territorial  Clase, naturaleza e importancia de sus operaciones  Regímenes y destinaciones que pueden cumplirse ante ellas  En materia penal aduanera, la jurisdicción y la competencia se determinarán siempre de acuerdo a las normas vigentes a la fecha de comisión de los hechos 14

ACTOS NORMAS, ACTOS DISPOSITIVOS Y COMUNICACIONES DE LA AFIP RESOLUCIONES GENERALES RESOLUTIVOS EXTERNOS RESOLUCIONES PROVIDENCIAS NO RESOLUTIVOS NOTAS EXTERNAS DISPOSICION RESOLUTIVOS INTRUCCION GENERAL INTERNOS COMUNICADO NO RESOLUTIVOS DICTAMEN NOTA 15

Resoluciones Generales

Disp. (AFIP) 1/97

Actos externos de carácter resolutivo Son dictados por el Administrador Federal:  imparten

normas generales

(reglamentarias o interpretativas ) obligatorias para los administrados. Art. 7o. D.618/97  Interpretan con carácter general las disposiciones legales y reglamentarias en materia impositiva, aduanera y de los recursos de la seguridad social. Art. 8o. D.618/97 Son publicadas en el BO.

No son notificadas.

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Resoluciones y Providencias

Disp. (AFIP) 1/97

Actos externos de carácter resolutivo Resoluciones  Actos de

alcance particular

dirigido a los administrados   Obligatorios para los mismos Se sustentan en los Art. 4 ° y 9° D. 618/97 Serán notificadas cuando no se publiquen en el BO Providencias  Actos de

carácter particular

dictados por cuestiones de trámite o en el curso de un procedimiento  Se sustentan en el Art. 10 D. 618/97 Se notifican, no se publican en el BO 17

Nota externa.

Disp. (AFIP) 1/97

Acto externo de carácter no resolutivo Es el acto por el que se formula una comunicación o requerimiento a los administrados o a otros organismos que no están incluidos en un procedimiento reglado Se sustentan en el Art. 9 ° D. 618/97 . Se publican en el BO cuando el propio acto así lo determine y en caso contrario se notificarán 18