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CENTRO UNIVERSITARIO PUEBLA
LEGISLACIÓN AMBIENTAL EN MÉXICO
Mtra. Giza Verónica Pichardo Vázquez
BASES CONSTITUCIONALES DE PROTECCIÓN AL
AMBIENTE
1. ARTÍCULO 27, QUE SE REFIERE A LA CONSERVACIÓN DE LOS
RECURSOS NATURALES;
2.
ARTÍCULO 73 EN LA FRACCIÓN XVI, QUE SE REFIERE A LA
PREVENCION Y CONTROL DE LA CONTAMINACION AMBIENTAL;
3. ARTÍCULO 25 EN EL PARRAFO SEXTO, QUE SE REFIERE AL CUIDADO
DEL MEDIO AMBIENTE, CON MOTIVO DE LA REGULACION DEL
USO DE LOS RECURSOS PRODUCTIVOS DE LOS SECTORES SOCIAL
Y PRIVADO;
4. ARTÍCULO, QUE SE REFIERE AL DERECHO FUNDAMENTAL DE
PROTECCIÓN A LA SALUD .
CONCLUSIONES DE LAS BASES
CONSTITUCIONALES
SE OCUPA DESDE TRES PERSPECTIVAS:
1.
CONSERVACIÓN
DE
LOS
RECURSOS
SUSCEPTIBLES DE APROPIACIÓN;
NATURALES
2.
PREVENCIÓN Y CONTROL DE LA CONTAMINACIÓN
AMBIENTAL QUE AFECTA A LA SALUD HUMANA;
3.
EL CUIDADO DEL MEDIO AMBIENTE FRENTE AL USO DE LOS
RECURSOS PRODUCTIVOS POR LOS SECTORES SOCIAL Y
PRIVADO.
ORDENAMIENTOS JURÍDICOS EN MATERIA
AMBIENTAL
LGEEPA
LEY GENERAL DEL EQUILIBRIO ECOLÓGICO Y
LA PROTECCIÓN AL AMBIENTE (LGEEPA)
1996 A LA FECHA (modificaciones de Dic. 96).
LGV
LEY GENERAL DE VIDA;
LGD
LEY DE GENERAL DE DESARROLLO FORESTAL
SUSTANTABLE;
LFSV
LEY FEDERAL DE SANIDAD VEGETAL;
LFSA
LEY FEDERAL DE SANIDAD ANIMAL;
LGPGIR
LEY GENERAL PARA LA PREVENCIÓN Y GESTIÓN
INTEGRAL DE LOS RESIDUOS;
CPF
CÓDIGO PENAL FEDERAL
LA GESTIÓN AMBIENTAL
LGEEPA :
…MECANISMO
QUE
ORDENAMIENTO
DEL
ACTOS
NORMATIVOS
COMPONENTES SON:
TIENE
POR
OBJETO
AMBIENTE,
A
TRAVÉS
Y
MATERIALES,
Y
1. LA POLÍTICA AMBIENTAL
2. EL DERECHO AMBIENTAL
3. LA ADMINISTRACIÓN AMBIENTAL
EL
DE
SUS
PRINCIPALES INSTRUMENTOS DE POLÍTICA
AMBIENTAL
1. PRESUASION MORAL, BUSCA A TRAVES DE LA INFORMACIÓN, LA
EDUCACIÓN Y DEL CONVENCIMIENTO, QUE LOS AGENTES CAMBIEN
SU COMPORTAMIENTO
2. INSTRUMENTOS ECONÓMICOS,BUSCA QUE LOS AGENTES CAMBIEN
SU COMPORTAMIENTO MEDIANTE LA AFECTACIÓN DE SUS COSTOS
Y BENEFICIOS
3. INSTRUMENTOS DE CONTROL DIRECTO,BUSCA CAMBIAR EL
COMPORTAMIENTO DE LOS AGENTES VIA LA IMPOSICIÓN DE
ESTANDARES Y TECNOLOGÍAS PRINCIPALMENTE
4. INVERSIÓN DEL GOBIERNO,BUSCA QUE LOS AGENTES CAMBIEN SU
COMPORTAMIENTO
VIA
LA
INVERSION
DIRECTA
EN
INFRAESTRUCTURA Y OTRO TIPO DE APOYOS
INSTRUMENTOS DE LA POLÍTICA ECOLÓGICA QUE
PREVE LA LGEEPA
LGEEPA
APARECE NORMADA EN EL CAPÍTULO V DEL TÍTULO I
DE LA LEY;
1. INSTRUMENTOS ESPECÍFICOS DE LA POLÍTICA ECOLÓGICA;
2.INSTRUMENTOS
DESARROLLO;
GENERALES
DE
LA
POLÍTICA
DEL
3. INSTRUMENTOS DE CONTROL.
LOS DOS PRIMEROS SON EMINENTEMENTE
Y EL ÚLTIMO ES DE CARACTER CORRECTIVO
PREVENTIVOS
INSTRUMENTOS ESPECÍFICOS DE LA POLÍTICA
ECOLÓGICA
1. PLANEACIÓN ECOLÓGICA
2. ORDENAMIENTO ECOLÓGICO
3. EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL
4. NORMAS TÉCNICAS ECOLÓGICAS (NOM)
5. MEDIDAS DE PROTECCIÓN DE AREAS
NATURALES
6. INVESTIGACIÓN Y EDUCACIÓN ECOLÓGICA
7. INFORMACIÓN Y VIGILANCIA
INSTRUMENTOS GENERALES DE LA POLÍTICA DE
DESARROLLO
CONSIDERA TODOS LOS MECANISMOS QUE ESTABLECE EL SISTEMA
JURÍDICO-ECONÓMICO NACIONAL Y EN ESPECIAL LA PLANEACIÓN
NACIONAL DEL DESARROLLO
INSTRUMENTOS DE CONTROL DE LA POLÍTICA
ECOLÓGICA
INCLUYE LAS MEDIDAS QUE SE EXPRESAN EN LOS PROCEDIMIENTOS
DE INSPECCIÓN Y VIGILANCIA, LAS MEDIDAS DE SEGURIDAD, LAS
SANCIONES ADMINISTRATIVAS Y LAS SANCIONES PENALES
 En el art. 5 refiere que el objeto de la política nacional en
materia de vida silvestre y su habitad, es su conservación
mediante la protección y la exigencia de niveles óptimos de
aprovechamiento
sustentable
de
modo
que
simultáneamente se logre mantener y promover la
restauración de su diversidad e integridad, así como
incrementar el bienestar de los habitantes del país.
En el artículo 107 de la Ley General de Vida Silvestre
señala que cualquier persona física o moral podrá
denunciar ante la procuraduría Federal de Protección
al Ambiente:
 1) Daños a la vida silvestre;
 2) Daños a su habitad.
Sin necesidad de demostrar que sufre una afectación
personal y directa en razón de dichos daños.
Se encuentran previstas en los artículos 2 y 3 los objetivos
generales y específicos de la referida ley.
Entre los que destacan:
Contribuir al desarrollo social, económico, ecológico y
ambiental del país, mediante el manejo integral
sustentable de los recursos y ecosistemas hidrológicoforestales, sin perjuicio de lo previsto en otros
ordenamientos;
Definir los criterios de la política forestal, describiendo sus
instrumentos de aplicación y evaluación.
En su artículo primero, segundo párrafo precisa
que su objetivo es el de garantizar el derecho de
toda persona al medio ambiente adecuado y
propiciar el desarrollo sustentable a través de la
prevención de la generación, la valorización y la
gestión integral de los residuos peligrosos, de los
residuos sólidos urbanos y de manejo especial,
prevenir la contaminación de sitios con estos
residuos y llevar acabo su remediación.
La sanidad vegetal tiene como finalidad promover y vigilar la
observancia de las disposiciones fitosanitarias; diagnosticar
y prevenir la diseminación e introducción de plagas de los
vegetales, sus productos y subproductos; establecer las
medidas fitosanitarias y regular la efectividad biológica,
aplicación, uso y manejo de insumos, de actividades y
servicios fitosanitarios.
Actividades sanitarias: son aquellas vinculadas con la
producción,
industrialización,
movilización
o
subproductos o insumos, que realicen las personas físicas o
morales sujetas a los procedimientos de certificación o
verificación previstos en esta ley.
 TIENE POR OBJETO FIJAR LAS BASES PARA EL
DIAGNÓSTICO, LA PREVENCIÓN CONTROL Y
ERRADICACIÓN DE LAS ENFERMEDADES Y
PLAGAS DE LOS ANIMALES CON EXCEPCIÓN DE
LOS QUE TENGAN COMO HABITAD EL MEDIO
ACUÁTICO. Y QUIEN TIENE LA FACULTAD DE
APLICAR
LAS
MEDIDAS
ANTERIORMENTE
SEÑALADAS ES EL EJECUTIVO FEDERAL POR
MEDIO DE LA SECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
Y RECURSOS NATURALES.
La SEMARNAT va a ser la dependencia del Poder Ejecutivo que va a
tener a su cargo el ejercicio de las atribuciones que le confieren la
LOAPF en el artículo 32 Bis:
1)
Fomentar la protección, restauración y conservación de los
ecosistemas y recursos ambientales, con el fin de proporcionar
su aprovechamiento y desarrollo sustentable;
2)
Fomentar y conducir la política nacional en materia de
recursos naturales, siempre que no están encomendados
expresamente a otra dependencia, así como en materia
ecológica, saneamiento ambiental, agua, regulación ambiental
del desarrollo urbano y de la actividad pesquera;
3)
Administrar y regular el uso y promover el aprovechamiento
sustentable de los recursos naturales que corresponden a la
Federación.
4) Establecer la participación de otras dependencias y
autoridades Estatales y Municipales, Normas Oficiales
Mexicanas sobre la preservación y restauración de la
calidad del medio ambiente;
5)Vigilar y estimular en coordinación con las autoridades
federales, estatales y municipales, el cumplimiento de
las leyes, normas oficiales mexicanas y programas
relacionados con recursos naturales, medio ambiente,
bosques, flora y fauna silvestre, terrestre y acuática.