LEY_SAC_Y_OTROS_INDICADORES

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LEY N° 20.529/11, SISTEMA NACIONAL DE
ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA
EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y
MEDIA Y SU FISCALIZACIÓN.
DEPARTAMENTO DE EDUCACIÓN
MUNICIPALIDAD DE TEMUCO
ASESORA JURÍDICA
SRA. MAXINE SANDOVAL GARRIDO
CONSIDERACIONES GENERALES :
Es deber del Estado propender a
asegurar una educación de calidad en
sus distintos niveles.
Para dar cumplimiento a dicha
responsabilidad esta ley crea y regula
un
Sistema
Nacional
de
Aseguramiento de la Calidad de la
Educación, que además propende a
asegurar la equidad.
CONSIDERACIONES GENERALES :
El Sistema, operará mediante un conjunto
de políticas, estándares, indicadores,
evaluaciones,
información
pública,
mecanismos de apoyo y fiscalización a los
establecimientos, para la mejora continua
de los aprendizajes.
Comprenderá procesos de autoevaluación,
evaluación externa, inspección, pruebas
externas de carácter censal, y apoyo técnico
pedagógico.
Establece las consecuencias jurídicas que
deriven de la aplicación de los instrumentos
y el régimen de sanciones.
CONSIDERACIONES GENERALES :
El Sistema considerará:
a).- Estándares de aprendizaje de los alumnos, y los
estándares indicativos de desempeño de los E.E. y
sus sostenedores.
b).- Requisitos del Reconocimiento Oficial que
deben cumplir los sostenedores y los E.E. para
ingresar y mantenerse en el sistema educacional.
c).- Políticas, mecanismos e instrumentos para
apoyar a los integrantes de la comunidad educativa
y a los E.E. en el logro de los estándares y
evaluaciones de desempeño y mediciones de los
resultados de aprendizaje, para determinar el logro
de los estándares.
CONSIDERACIONES GENERALES :
d).- Estándares de desempeño de docentes,
directivos y docentes técnico pedagógicos.
e).Evaluaciones
de
desempeño
de
los
establecimientos y sostenedores, evaluación del
logro de los estándares de aprendizaje y de otros
indicadores de calidad educativa.
f).- Ordenación de los E.E. en función de las
mediciones de los resultados de aprendizaje y de
los otros indicadores de calidad educativa.
g).- Fiscalización del uso de los recursos y del
cumplimiento de los requisitos de R.O. y de la
normativa educacional, por los sostenedores y
administradores del servicio educativo.
CONSIDERACIONES GENERALES :
h).- Evaluación del impacto de políticas y
programas educativos
i).- Sistemas de información pública de
resultado de evaluaciones de logros de
estándares,
ordenación
de
E.E.
y
consecuencias,
resultados
de
la
fiscalización, evaluación de las políticas y
mecanismos de apoyo.
j).- Sistema de rendición de cuenta, de
reconocimientos y sanciones.
CONSIDERACIONES GENERALES :
Los estándares de aprendizaje definirán los
conocimientos, habilidades y competencias que se
espera alcancen los alumnos, en diversas etapas del
proceso educativo, en relación con las bases
curriculares nacionales.
Los estándares indicativos de desempeño, para
los E.E. y sostenedores considerarán:
Gestión Pedagógica; Indicadores de calidad de los
procesos relevantes; Estándares de gestión de los
recursos humanos y pedagógicos; Resultados de la
evaluación de desempeño docente y directivo;
Liderazgo técnico pedagógico, Convivencia escolar y
Concordancia de la formación de alumnos con el PEI y
las bases curriculares.
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
OBJETO:
Evaluar y orientar el sistema educativo, para el
mejoramiento de la calidad y equidad de las
oportunidades educativas, considerando las
particularidades de los distintos niveles y
modalidades educativas.
FUNCIONES:
a).- Evaluar los logros
alumnos de acuerdo al
de los estándares, y
cumplimiento de los
calidad educativa.
de aprendizaje de los
grado de cumplimiento
evaluar el grado de
otros indicadores de
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
b).- Realizar evaluaciones del desempeño de
los E.E. y sus sostenedores en base a los
estándares indicativos.
c).- Ordenar los E.E. en función de las
mediciones de los resultados de aprendizaje y
de los otros indicadores de calidad, entre otros
para identificar necesidades de apoyo.
d).- Validar los mecanismos de evaluación de
docentes de aula, directivos y técnico
pedagógicos.
e).-Proporcionar información en materias de su
competencia a la comunidad en general, y
promover su correcto uso.
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
LA EVALUACIÓN DE DESEMPEÑO DE LOS E.E.
Y SOSTENEDORES.
La Agencia evaluará el desempeño de establecimientos
de educación parvularia, básica, media, especial y de
adultos y sus sostenedores, basándose en estándares
indicativos.
El objeto de la evaluación será fortalecer las
capacidades institucionales y de autoevaluación de los
E.E., orientar su planes de mejoramiento educativo y
promover la mejora continua de la calidad de la
educación que ofrecen.
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
ORDENACIÓN DE LOS ESTABLECIMIENTOS.
La Agencia ordenará anualmente, a todos los E.E.
reconocidos por el Estado, de acuerdo a los resultados
de aprendizaje de los alumnos, grado de cumplimiento
de los estándares y de los otros indicadores de calidad,
en las siguientes categorías:
a).- E.E. de Desempeño Alto (Autónomo)
b).- E.E. de Desempeño Medio (Emergente)
c).-E.E. de Desempeño Medio-Bajo (Emergente)
d).-E.E. de Desempeño Insuficiente (En Recuperación)
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
La clasificación, considerará los resultados de
tres mediciones consecutivas si son anuales, o
dos mediciones consecutivas si son cada dos
años o más.
Los E.E. que impartan educación básica y
media serán ordenados en cada nivel en forma
independiente.
Los E.E. nuevos, provisoriamente se entienden
clasificados como de Desempeño Medio-Bajo.
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
EFECTOS DE LA ORDENACIÓN
La Agencia tendrá un plan anual de visitas
evaluativas que considerará mayor frecuencia
para los E.E. de Desempeño Medio Bajo e
Insuficiente.
Los E.E. de Desempeño Insuficiente, serán
objeto de visitas evaluativas, al menos cada 2
años y los de Desempeño Medio Bajo, al menos
cada 4 años.
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
Los de Desempeño Alto, serán evaluados sólo si
el sostenedor lo solicita, y podrán incorporarse
al registro de personas o entidades de apoyo
técnico pedagógico administrado por el
Ministerio de Educación.
Los E.E. de educación parvularia y especial,
serán objeto de evaluación en ciclos periódicos
de acuerdo al programa que deberá aprobar la
Agencia.
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
- Medidas especiales para E.E. de Desempeño
Insuficiente.
La Agencia informará a los padres, apoderados
y al Consejo Escolar.
Deben recibir apoyo técnico pedagógico, a
través del Ministerio o de una ATE, por un plazo
máximo de 4 años.
Podrán recibir apoyo hasta por 1 año más, si
muestran una mejora significativa.
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
Se informará directamente a los padres y
apoderados, de los EE que no exhiban mejoras
significativas luego de 3 años de haber sido
ordenados como de Desempeño Insuficiente.
Además se entregará información relevante de
los 30 EE más cercanos, ordenados en
categoría superior, y se les otorgarán
facilidades de transporte para que los alumnos
accedan a estos establecimientos.
LA AGENCIA DE CALIDAD DE LA EDUCACIÓN
Si transcurridos 4 años, y considerando sólo el
grado de cumplimiento de los estándares de
aprendizaje, el EE se mantiene en Desempeño
Insuficiente, la Agencia dentro del Primer
Semestre certificará esta circunstancia, y con el
mérito de la certificación, de pleno derecho el
E.E. perderá el R.O. al término del respectivo
año escolar.
OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA
D.S. de Educación N° 381 de 10.07.13.
Características:
•Serán
evaluados
estandarizados.
mediante
•De aplicación obligatoria
Reconocimiento Oficial.
a
todos
instrumentos
los
EE
con
• Respeto a los principios fundamentales; derecho a la
educación, libertad de enseñanza, universalidad,
calidad, educación permanente, equidad, autonomía,
diversidad, participación, flexibilidad, transparencia,
integración, sustentabilidad e interculturalidad.
OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA
•Válidos,
confiables,
medibles
mediante
instrumentos y procedimientos objetivos y
estandarizados, censales, comparables en el
tiempo, transparentes.
•No deben generar efectos indeseados,
modificables por practicas de gestión escolar,
coherentes con otros sistemas de evaluación
del sistema educacional.
OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA
•Tendrán una vigencia de 6 años, renovables.
•Informados a la comunidad, los resultados de la
medición serán ampliamente difundidos por el Mineduc.
•Serán considerados en la ordenación de los EE junto a
los estándares de aprendizaje.
• Ponderación, los estándares de aprendizaje no menos
de un 67%, los otros indicadores un 33%.
•El sistema apoya y busca que los otros indicadores
sean logrados.
OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA Y
LAS DIMENSIONES QUE LO CONFORMAN
INDICADOR
DIMENSION
AUTOESTIMA ACADÉMICA Y
MOTIVACIÓN ESCOLAR
-AUTOPERCEPCION Y AUTOEVALUACION ACADEMICA
- MOTIVACION ESCOLAR
-AMBIENTE DE RESPETO
CLIMA DE CONVIVENCIA
ESCOLAR
-AMBIENTE ORGANIZADO
-AMBIENTE SEGURO
-SENTIDO DE PERTENENCIA
PARTICIPACIÓN Y
FORMACIÓN CIUDADANA
-PARTICIPACIÓN
-VIDA DEMOCRATICA
HABITOS DE VIDA SALUDABLE -Hábitos alimentarios
-Hábitos de vida activa
-Hábitos de autocuidado
OTROS INDICADORES DE CALIDAD EDUCATIVA Y
LAS DIMENSIONES QUE LO CONFORMAN
INDICADOR
DIMENSION
ASISTENCIA ESCOLAR
-TASA DE ASISTENCIA POR ESTABLECIMIENTO
RETENCIÓN ESCOLAR
-TASA DE RETENCIÓN POR ESTABLECIMIENTO
EQUIDAD DE GÉNERO
-EQUIDAD DE GÉNERO
TITULACIÓN TÉCNICO
PROFESIONAL
-TASA DE TITULACIÓN TÉCNICO PROFESIONAL
DECRETO
Sistema de Aseguramiento de la Calidad de la Educación Escolar
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
• Órgano Rector del Sistema
• Propone e Implementa
Política Educacional:
–
–
–
–
Otorga Reconocimiento Oficial
Define Normativa
Provee Financiamiento
Promueve Desarrollo
Profesional Docente
• Elabora:
– Bases Curriculares
– Planes y programas de estudio
– Estándares de: aprendizajes,
otros indic. de calidad,
indicativos de desempeño
– Plan de evaluaciones SIMCE
e internacionales
– Sistemas de información y
registros
– Estudios
• Apoya a Establecimientos:
– Asesoría pedagógica
– Recursos educativos
SUPERINTENDENCIA
• Fiscaliza normativa educacional y aplica sanciones
• Fiscaliza legalidad de uso de recursos y Audita
rendición de cuentas
• Investiga y resuelve denuncias y media reclamos
CONSEJO NAC.
DE EDUCACIÓN
• Aprueba e
Informa
– Bases curriculares
– Planes y
programas
– Estándares de
aprendizaje y otros
de calidad
– Estándares
indicativos de
desempeño
– Plan de
evaluaciones
AGENCIA DE LA
CALIDAD
• Evalúa logros de
aprendizaje de alumnos
y cumplimiento otros
indic. de calidad.
• Ordena escuelas según
estándares aprendizaje
y otros de calidad
• Evalúa desempeño de
escuelas en base a
estándares indicativos
de desempeño y da
orientaciones de mejora
• Informa a la comunidad
ESCUELA
• Elabora y Ejecuta el
proyecto educativo
institucional y Plan
de Mejoramiento.
• Cumple con
normativa de
reconocimiento
oficial.
• Recibe, gestiona y
rinde cuentas
respecto de los
recursos.
• Es fiscalizada y
evaluada.
• Solicita y recibe
apoyo.
Asistencia Técnica
Educativa (terceros)