BPS - Curso SAU 2013 - Banco de Previsión Social

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Transcript BPS - Curso SAU 2013 - Banco de Previsión Social

CURSO DE INTRODUCCION
AL EJERCICIO LIBERAL DE LA PROFESION
Tramitación ante BPS
CONTENIDO
MARCO NORMATIVO - Decreto Ley 14.411 y Reglamentaciones
DESGRAVACIONES
EXONERACIONES
REGISTRO DE OBRA (Privada)
PRESCRIPCIÓN
FIN DE OBRA (F9)
INFORME TÉCNICO
CIERRE DE OBRA (AVALUO)
APORTES REGIMEN DE LA CONSTRUCCION
PRESENTACION DE NOMINAS VIA WEB
INFORMACION DISPONIBLE EN WEB
CASOS PRACTICOS
MARCO NORMATIVO
DECRETO LEY 14.411
Actividades comprendidas
Personal incluido
MARCO NORMATIVO – Obligaciones:
Las obligaciones son de cargo del propietario del
inmueble o del titular de derechos reales o posesorios:
• Inscribir toda obra o trabajo relativos a construcción,
obra nueva, reforma o demolición que se realicen en
propiedades públicas o privadas
• Pagar el aporte unificado que incluye Cargas
Salariales, Aportes Patronales y Personales, Seguro
de Salud, BSE y CJPP.
Los adeudos por estas obligaciones gravan el inmueble
con derecho real a favor de BPS
MARCO NORMATIVO – Alcances:
Para el propietario:
-
Toda reforma u obra nueva ya sea de albañilería, sanitaria, eléctrica,
pintura, etc., debe inscribirse en BPS y pagar las obligaciones respecto
de los trabajadores remunerados.
-
En caso de no cumplir con esta obligación si BPS detecta, a través de
fiscalización o bien al momento de la venta cuando se requiere
certificado especial, se determina la deuda y el bien es la garantía real.
-
En principio, a falta de pruebas, se presume que de existir obras, éstas
fueron ejecutadas por personal remunerado.
Para el obrero de la construcción:
-
El sistema le permite acceder a la seguridad social y por tanto al cobro
de los beneficios de licencia, salario vacacional y aguinaldo por parte de
BPS además de tener cobertura de salud.
ARTÍCULO 3º - Decreto Ley 14.411
“Están comprendidas en las previsiones del DEC-LEY Nº 14.411 las
actividades de la industria de la construcción que desarrolla cualquier
persona física o jurídica y que estén destinadas a la construcción,
refacción, reforma, o demolición para si o para terceros en carácter de
constructor.... Quedan expresamente excluidos de este régimen, los
subcontratistas de taller, fábricas de materiales y las industrias
extractivas.”
RUBROS BASICOS:
EXCAVACIÓN (código 4161)
DEMOLICIONES (código 4112)
ALBAÑILERIA (códigos 4110 ó 4111)
INSTALACION ELECTRICA (código 4131)
INSTALACION SANITARIA (código 4133)
PINTURA (código 4154)
CALEFACCION (código 4134)
AIRE ACONDICIONADO (código 4137)
YESO
Obras Por Administración (código 9010)
Artículo 4º – Decreto reglamentario
...Comprende exclusivamente al personal de la industria de la
construcción que cumpla actividades directamente en obras ...no
están incluidos en el régimen especial , los propietarios de
empresas de construcción, socios, directores, personal técnico y
administrativo de las empresas y su personal obrero que no
cumpla actividades directamente en las obras.
(salvo pequeños empresarios que trabajen personalmente en obra
y que tengan un reducido numero de personal obrero: no contraten
más de una obra a la vez y empleen hasta 6 obreros).
Artículo 8º - Decreto Ley 14.411
No se consideraran empresas de la construcción aquellas cuyo giro
principal es ajeno a la misma. Tampoco se consideraran trabajadores
de la construcción a quienes presten servicios para estas empresas.
Unas y otros quedan excluidos del régimen de la presente ley.
Artículo 9º – Decreto Reglamentario
Para la determinación del giro principal a que se refiere el artículo 8º de
la ley,se tendrá en cuenta la mano de obra utilizada directamente en
los trabajos de construcción, refacción, reforma o demolición, según lo
previsto en el artículo 3º del presente decreto, con relación al volumen
de mano de obra total empleada por la empresa.
El porcentaje deberá ser del 51% o más para que el giro principal de la
misma se considere de la Construcción.
DESGRAVACIONES
MANO DE OBRA BENÉVOLA
AUTOCONSTRUCCION
AYUDA MUTUA
OTROS CASOS –
(Sin jornales remunerados por Construcción)
PERSONAL PROPIO DE LA EMPRESA
PERSONAL EXTRANJERO EN TRASLADO TEMPORARIO
DESGRAVACIONES
MANO DE OBRA BENÉVOLA
Es el trabajo aportado en forma gratuita por colaboradores ajenos al núcleo
familiar del titular de la obra, que pueden ser familiares, amigos, etc., sin
recibir remuneración ni compensaciones económicas por su trabajo.
Dicha modalidad puede ser total o parcial
AUTOCONSTRUCCION
Es el trabajo aportado por el titular y su núcleo familiar pudiendo participar
familiares directos con parentesco hasta el 1er. grado de consanguinidad
(padre y/o hijo) y segundo grado de consanguinidad (hermano), o afinidad
sin recibir remuneración ni compensaciones económicas por su trabajo.
Dicha modalidad puede ser total o parcial
DESGRAVACIONES
AYUDA MUTUA
Es el trabajo aportado por los socios cooperativistas y núcleo familiar en la
realización de sus viviendas mediante el esfuerzo propio.
Las cooperativas de vivienda tienen por objeto: "proveer de alojamiento
adecuado a sus socios,... construir viviendas y servicios conexos".
La ayuda mutua son las horas de trabajo que cada socio aporta en la
construcción de las viviendas.
Dicha modalidad puede ser total o parcial.
OTROS CASOS
RECONOCIMIENTO DE PERSONAL PROPIO DE LA EMPRESA NO
INCLUIDO EN LA Ley 14.411
Se trata de empresas de giro ajeno a la construcción que utilizan su personal
estable para la realización de trabajos comprendidos en la Ley 14.411.
Ejemplo: Industrias, sanatorios, grandes complejos.
La solicitud ante el Organismo deberá realizarse previo a la realización de los
trabajos y con la documentación correspondiente.
Dicha modalidad puede ser total o parcial.
PERSONAL EXTRANJERO EN TRASLADO TEMPORARIO
Los aportes por los trabajos que realizan dichos operarios pueden ser
realizados en el país de origen
El país de donde provenga la mano de obra deberá gestionar en
Convenios Internacionales - BPS.
EXONERACIONES
Quienes pueden solicitarla?
Instituciones de enseñanza privadas, instituciones culturales,
asociaciones y federaciones deportivas, partidos políticos, sindicatos
obreros con goce de personería jurídica, instituciones religiosas, etc.
La exoneración se debe solicitar previo al inicio de las obras y por
cada obra que la Institución registre, la misma implica una reducción
de parte de los aportes.
REGISTRO DE OBRA (Privada)
Modalidades de obras:
ADMINISTRACION
CONTRATO
MANO DE OBRA BENÉVOLA
AUTOCONSTRUCCION
AYUDA MUTUA
PERSONAL PROPIO
REGULARIZACIONES (Deudas en períodos exigibles y
prescriptos).
Modalidades de obras PRIVADAS:
Existen diferentes modalidades para el registro de las obras ante el BPS,
las que generan diferentes responsabilidades frente al Organismo:
Obra por Administración: son aquellas en las que el titular de la obra
es quien la administra y contrata directamente al personal que trabaja en la
obra.
El titular es el empleador y por tanto responsable por la presentación de las
nóminas y el pago de la totalidad de los aportes.
Menor a 30 jornales por administración: son obras por administración
menores a 30 jornales de medio oficial. Para trabajos que no supongan
modificación y/o creación de ambientes o estructura.
Ejemplos: pintura, colocación de rejas, impermeabilización.
Ninguna de las modalidades de obra libera totalmente al titular del inmueble de
las obligaciones respecto de los aportes a BPS.
Modalidades de obras PRIVADAS:
Obras por Contrato: son aquellas en las que una empresa constructora
con la modalidad de contrato es la administradora de la obra, siendo la
empresa contratista la empleadora del personal.
La obligación respecto de las nóminas y del pago del AUC es del titular de
la obra, quedando las restantes obligaciones de cargo del contratista.
Menor Cuantía: son obras por contrato que no requieren de la
presentación de planos (no hay modificación de estructura) y no demandan
para su ejecución más de 85 jornales. En estos casos el contratista (titular
de obra), agente de retención, se hace responsable por el registro de la
obra, la presentación de nóminas y el pago de los aportes.
Se exige la presentación de presupuesto con aclaración de leyes sociales y
firma de propietario y contratista.
Ninguna de las modalidades de obra libera totalmente al titular del inmueble de
las obligaciones respecto de los aportes a BPS.
Modalidades de obras PRIVADAS:
Autoconstrucción o Mano de Obra Benévola: se encuentran
desgravadas de los aportes establecidos por la Ley 14.411 debiendo
efectuar la solicitud respectiva en forma previa a la iniciación de los
trabajos.
Menor a 30 jornales con solicitud de Autoconstrucción y/o
MOB: son obras por Autoconstrucción y/o MOB menores a 30 jornales de
½ oficial y que no requieren de la presentación de planos (no hay
modificación de estructura). Se adoptó un procedimiento especial de
registro y cierre de la obra en el mismo acto, quedando las mismas
amparadas a la Resolución de Directorio RD 42-59/05.
Ninguna de las modalidades de obra libera totalmente al titular del inmueble de
las obligaciones respecto de los aportes a BPS.
Modalidades de obras PRIVADAS:
Variante
Obras por
Administración
Obras por
Contrato
• Administra el titular
• Contrata los trabajadores,
liquida sueldos, presenta
Nóminas BPS, paga aportes, etc.
• Interviene empresa
constructora contrata
trabajadores, liquida jornales,
presenta Nóminas BPS con aval
(etiquetas) de titular.
• Pago de aportes vinculados al
contratista y a la obra.
Menor a 30
jornales
Obras de
menor cuantía
– menos de 85
jornales
Obras por Administración
Obligaciones
Registrar
la obra
BPS – Registro,
DGI, MTSS,
FOCER
Registrar
trabajadores
BPS – GAFI
Presentar
Nómina
Mensual
Pagar
Aportes
unificado y
otros
Mensual
Dar de baja
trabajadores y
Fin de obra
Resultado del
cierre
BPS –
Conexión
RemotaFOCER
BPS, red
cobranza
internet
BPS – GAFI,
Registro
DGI
FOCER
MTSS
Obras por Contrato
Obligaciones:
Titular de la obra
Registrar
la obra BPS
y vincular
contratista
Adherirse a
Conexión
Remota
Etiquetas
Pagar
Aporte
Unificado
Fin de obra
Posibles
diferencias por
cierre
Contratista
Vincular
empresa al
registro de
obra
Presentar
Nómina con
etiqueta,
titular y
contratista
Pagar IRPF,
Fondo de
Reconversión
laboral y otros
fondos de
trabajadores
Desvinculación
del registro de la
obra
Modalidades de obras Privadas
con Desgravación:
Autoconstrucción
Realizada por el titular y el núcleo que habita la vivienda y
determinados familiares directos. Sin limitaciones en cuanto
al monto de ingresos o tipo de vivienda. Se estudia
viabilidad de los trabajos por parte de sus integrantes.
Solicitud previa al inicio de la obra.
Mano de obra
benévola
Realizada con la colaboración benévola de familiares,
amigos, etc., que acrediten ingresos propios como medio de
vida.
Vivienda modesta o económica, única propiedad y
destinada a vivienda permanente.
Ingresos del núcleo familiar no superior a 90 UR para 2
dormitorios y 120 UR para 3 o más.
Se estudia idoneidad de colaboradores.
Solicitud previa al inicio de la obra.
REGISTRO DE OBRA PRIVADA
-FORMULARIOS:
F1 - ubicación de la obra: padrón y dirección.
- identificación * de titular del padrón
* del titular de la obra.
- forma de realización.
Minuta notarial: certificación notarial del inmueble.
F2 – En caso de contratar empresas
F3 - o memoria descriptiva realizada por Arquitecto.
F9 – comunicación de Cambios de Estado.
-PLANOS (Si corresponde):
Albañilería, en caso de PH además Plano de Fraccionamiento.
- OTROS DOCUMENTOS: constancia de inscripción en el MTSS (trazabilidad),
autorizaciones, solicitudes, formularios correspondientes a DGI, etc.
• Actual propietario
• De quien lo hubo
• Cuando lo hubo
• Como lo hubo
compraventa, sucesión, etc
• Escribano actuante
• Inscripción en la DGR
En los casos en que se vincula en el F2 como empresa contratista
a una empresa que aporta por industria y comercio, el titular de la
obra deberá verificar, que esa aportación es correcta según el artículo
8° de la ley 14411.
La empresa deberá estar indicada en el formulario F2 en el item
“Empresas Contratistas que aportan por Industria y Comercio”.
Cuando el titular de
la obra no es el titular
del padrón.
Tener en cuenta:
• en observaciones se pueden
hacer aclaraciones en cuanto
a por ej. variaciones con el
registro inicial en F1.
Documentación que puede
acompañar al F9:
-Facturas
-Memorias
-Gráficos Veraces
-etc
PRESCRIPCION
Artículo 38. Código Tributario - (Prescripción).- I. El derecho al cobro
de los tributos prescribirá a los cinco años contados a partir de la
terminación del año civil en que se produjo el hecho gravado...
(Los cinco años son cuando el Organismo estuvo en conocimiento del hecho
generador)
El término de prescripción se ampliará a diez años cuando el contribuyente o
responsable haya incurrido en defraudación, no cumpla con las obligaciones
de inscribirse, de denunciar el acaecimiento del hecho generador, de
presentar las declaraciones, y, en los casos en que el tributo se determina
por el organismo recaudador, cuando éste no tuvo conocimiento del hecho
generador
PRESCRIPCION
DECLARACIÓN DEL PERÍODO DE LA OBRA
VIGENCIA DE LA LEY
DEUDAS PRESCRIPTAS
11/12/1975
DEUDAS EXIGIBLES
01/01/2003
Extinción del derecho al
cobro de las obligaciones
AÑO 2013
PRESCRIPCION
Documentación para acreditar el período de realización
de las obras que puede ser requerida:
-Fotos aéreas tramitadas en Sensores Remotos de las FFAA
-Facturas de compra de materiales
-Constancias de altas de servicios públicos (UTE o Antel)
-Fotografías fechadas
FIN DE OBRA (F9)
ARTÍCULO 11° DEL DECRETO 951/75
“Los titulares de las obras ó trabajos deberán comunicarle
al organismo recaudador la finalización de los trabajos en el
plazo de 30 días, a fin de que se proceda a la liquidación
definitiva de las obligaciones y se de cumplimiento a lo
dispuesto en los apartados a) y b) del artículo 7° de la
Ley...”
FIN DE OBRA (F9)
Documentación complementaria para el
cierre de obra:
1. Gráficos veraces.
2. Memoria descriptiva complementaria.
3. Otros documentos (facturas y otros).
4. Información acerca de la aplicación de sistemas
constructivos no tradicionales o el empleo de otras
tecnologías, materiales o sistemas, que impliquen la
disminución de mano de obra en el sitio (por ej. uso de
hormigón bombeado, prefabricados, suministro de
armaduras, etc.).
INFORME TECNICO
Arquitecto Tasador
Elementos Testigos (Obra Nueva y Reforma)
Ejemplo de Informe Técnico
INFORME TECNICO
Arquitecto Tasador
Es el profesional arquitecto que realiza el control de la
ejecución presupuestal de las obras, cumpliendo una
tarea técnico inspectiva. Será quien define las
obligaciones del titular, ya sea para obras públicas ó
privadas, conforme al artículo 7° de la Ley 14.411.
INFORME TECNICO
Elementos Testigos (Obra Nueva, Ampliaciones y
Reformas) aprobados por RD 25-24/96.
Tablas de rendimiento de mano de obra considerándose como
pautas a tomar en cuenta para la consideración de los informes,
sin perjuicio del ajuste que sobre los mismos podrá efectuar el
técnico actuante en base a criterios técnicos fundamentados.
INFORME TECNICO
CIERRE DE OBRA (AVALÚO)
Es el procedimiento por el cual se verifica, para una
determinada obra realizada en un período de ejecución
acotado, el cumplimiento por parte del contribuyente y/ó
contratista de sus obligaciones tributarias con el B.P.S.,
en las obras comprendidas en la Ley 14.411.
CIERRE DE OBRA (AVALUO)
Origen del Avalúo:
El avalúo podrá disponerse por distintas razones a
saber: presentación del fin de obra, solicitud de
inspecciones, denuncias, solicitud de certificados
especiales, morosidad, aportación irregular e inclusive
rutina.
CIERRE DE OBRA (AVALUO)
El avalúo implica la realización de una determinación
tributaria, mecanismo previsto por el Código Tributario para
determinar la cuantía y calidad de un tributo.
En el caso de los avalúos por aportes a la seguridad social
bajo el régimen de construcción, la administración procede
con la determinación del tributo en base presunta. Esto es, la
utilización de indicadores, coeficientes y otras herramientas
que ayuden a conocer la ocurrencia del hecho generador.
Esta tarea la llevan a cabo Arquitectos tasadores, contratados
por BPS para determinar la cantidad de jornales insumidos en
una obra.
CIERRE DE OBRA (AVALUO)
Cálculo de la Determinación Tributaria
Luego de realizada la tasación por parte del Arquitecto
Tasador, los jornales calculados en el informe técnico se
comparan con la cantidad de jornales aportados para la obra.
Se verifican además que las tasas de aportación sean las
correctas y que no surjan deudas por nóminas impagas. Se
controlan también todos los contratos y sub – contratos contra
la determinación del tasador rubro a rubro.
APORTE REGIMEN DE LA CONSTRUCCION
Las aportaciones son de cargo del propietario o del titular de derechos
reales o posesorios sobre el mismo, existiendo una tasa global que se
denomina Aporte Unificado de la Construcción (AUC) que comprende las
aportaciones patronales y obreras por concepto de jubilación, seguro de
salud, seguro de accidentes de trabajo, así como las cargas salariales:
licencia, aguinaldo y salario vacacional, que son luego abonadas a los
trabajadores por B.P.S.
TASA DE APORTE UNIFICADO DE LA CONSTRUCCION
Discriminación vigente desde julio de 2007.
Cargas salariales
28.9
%
Aporte personal jubilatorio
17.9
%
Aporte patronal jubilatorio
9.0
%
Seguro de salud
9.0
%
B.S.E.
6.0
%
TOTAL A.U.C.
70.8
%
A.U.C. + C.J.P.
74.8
%
Se modificó el AUC al 70.8% según Decreto 159/013 con fecha 24-05-2013
Aportación Otros Tributos
- Complemento Cuota Mutual
- Fondo de Reconversión Laboral
- Adicional Seguro de Salud
- IRPF
Aportación Fondos de la Construcción
BPS agente recaudador de Fondos que no se calculan:
- Fondo Social
- Fondo de Vivienda
- FOCER
PRESENTACION DE NOMINAS VIA WEB
Formas de Ingreso – Conexión Remota vía Internet
- Mediante un contrato (se le otorga un usuario y un
password para ingresar al servidor).
- Modalidades:
•Ingreso Interactivo – no requiere software.
•Envío de archivo con formato establecido por
BPS con software propio o aplicativo ATYRO.
INFORMACION DISPONIBLE EN WEB
Página www.bps.gub.uy en el sitio Empresas
-Instructivos para Obras Inscripción y Modificación
-Formularios para registro de Obras
-Vencimientos
-Valores actuales e históricos de los principales
indicadores
-Tasas de aportación
-Comunicados
www.bps.gub.uy
Paso 1
Paso 2
Paso 3
Paso 4
AGENDA WEB
Mejora sustantiva a la hora de hacer trámites frente a BPS.
Permite agendarse obteniendo día y hora para concurrir a
efectivizar el trámite.
REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Y EMPRESAS
Esc. Javier Ferreira
OFICINA TECNICA DE CONSTRUCCION
Arq. Karina Cao
FISCALIZACIÓN INTERNA – SECCIÓN PERITAJES
Cdor. Pablo Bermúdez, Arq. Karina Medina
ATYR – BPS
Junio 2013