LA SEGURIDAD CIUDADANA EN EL PERU Por: Carlos Alberto Cánepa La Cotera
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Transcript LA SEGURIDAD CIUDADANA EN EL PERU Por: Carlos Alberto Cánepa La Cotera
LA SEGURIDAD CIUDADANA
EN EL PERU
Por:
Carlos Alberto Cánepa La Cotera
Luis Humberto Falla Lamadrid
Congresistas de la República del Perú
CONSTITUCION POLITICA DEL PERU
CAPITULO I
DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA PERSONA
Artículo 1º
La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la
sociedad y del Estado.
Artículo 2º
22. A la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un
ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida.
23 A la legítima defensa
24 A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
Nadie debe ser víctima de violencia moral, psíquica o física, ni sometido a tortura o a
tratos inhumanos o humillantes. Cualquiera puede pedir de inmediato el examen médico
de la persona agraviada o de aquélla
imposibilitada de recurrir por sí misma
a
la
autoridad. Carecen de
valor las declaraciones obtenidas por la violencia. Quien la
emplee incurre
en responsabilidad.
CONSTITUCION POLITICA DEL PERU
Artículo 44º
Son deberes primordiales del Estado:
Defender la soberanía nacional; garantizar la plena vigencia de los
derechos humanos; proteger a la población de las amenazas contra
su seguridad; y promover el bienestar general que se fundamenta en
la justicia y en el desarrollo integral y equilibrado de la Nación.
Asimismo, es deber del Estado establecer y ejecutar la política de
fronteras y promover la integración, particularmente latinoamericana,
así como el desarrollo y la cohesión de las zonas fronterizas, en
concordancia con la política exterior.
Artículo 166º
La Policía Nacional tiene por finalidad fundamental garantizar,
mantener y restablecer el orden interno. Presta protección y ayuda a
las personas y a la comunidad. Garantiza el cumplimiento de las
leyes y la seguridad del patrimonio público y del privado. Previene,
investiga y combate la delincuencia. Vigila y control las fronteras.
CONSTITUCION POLITICA DEL PERU
Artículo 190º
Las regiones se crean sobre la base de áreas contiguas integradas histórica,
cultural,
administrativa
y
económicamente,
conformando
unidades
geoeconómicas sostenibles. El proceso de regionalización se inicia eligiendo
gobiernos en los actuales departamentos y la provincia constitucional del Callao.
Estos gobiernos son gobiernos regionales.
Mediante referéndum podrán integrarse dos o más circunscripciones
departamentales contiguas para constituir una región, conforme a ley. Igual
procedimiento siguen las provincias y distritos contiguos para cambiar de
circunscripción regional. La ley determina las competencias y facultades
adicionales, así como incentivos especiales, de las regiones así integradas.
Artículo 194º
Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local.
Tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia. Las municipalidades de los centros poblados son creadas conforme
a ley. La estructura orgánica del gobierno local la conforman el Concejo Municipal
como órgano normativo y fiscalizador y la Alcaldía como órgano ejecutivo, con las
funciones y atribuciones que les señala la ley.
Artículo 197º
Las municipalidades promueven, apoyan y reglamentan la participación vecinal en
el desarrollo local. Asimismo, brindan servicios de seguridad ciudadana, con la
cooperación de la Policía Nacional del Perú, conforme a ley.
ACUERDO NACIONAL
SÉTIMA POLÍTICA DE ESTADO
Erradicación de la Violencia y Fortalecimiento del Civismo y de la Seguridad Ciudadana
Nos comprometemos a normar y fomentar las acciones destinadas a fortalecer el orden público y el
respeto al libre ejercicio de los derechos y al cumplimiento de los deberes individuales. Con este
objetivo el Estado:
(a) consolidará políticas orientadas a prevenir, disuadir, sancionar y eliminar aquellas conductas y
prácticas sociales que pongan en peligro la tranquilidad, integridad o libertad de las personas así
como la propiedad pública y privada;
b) propiciará una cultura cívica de respeto a la ley y a las normas de convivencia,sensibilizando a la
ciudadanía contra la violencia y generando un marco de estabilidad social que afiance los derecos y
deberes de los peruanos;
(c) pondrá especial énfasis en extender los mecanismos legales para combatir prácticas violentas
arraigadas,como son el maltrato familiar y la violación contra la integridad física y mental de niños,
ancianos y mujeres;
(d) garantizará su presencia efectiva en las zonas vulnerables a la violencia;
(e) fomentará una cultura de paz a través de una educación y una ética públicas que incidan en el
respeto irrestricto de los derechos humanos, en una recta administración de justicia y en la
reconciliación;
(f) desarrollará una política de especialización en los organismos públicos responsables de garantizar
la seguridad ciudadana;
(g) promoverá los valores éticos y cívicos de los integrantes de la Policía Nacional, así como su
adecuada capacitación y retribución; y
(h) promoverá un sistema nacional de seguridad ciudadana en la totalidad de provincias y distritos
del país, presidido por los alcaldes y conformado por representantes de los sectores públicos y de la
ciudadanía.
NORMAS LEGALES SOBRE
SEGURIDAD CIUDADANA
Ley N° 27933 Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana
12-02-2003
D.S. N° 012-2003-IN Reglamento de la Ley N° 27933
Ley N° 28478 Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional
27-03-2005
D.S. N° 012-2003-DE Reglamento de la Ley N° 28478
R.M. N° 0970-2008-IN Disponen Procedimientos para la Aplicación de
la Directiva N° 002-2008-IN/0101.0, para la Selección de Secretarios
Técnicos de los Comités Regionales, Provinciales y Distritales de
Seguridad Ciudadana.
07-10-2008
NORMAS LEGALES SOBRE
SEGURIDAD CIUDADANA
Ley N° 27933
Ley Orgánica de Municipalidades
Art. 85°. Funciones de las Municipalidades con respecto a la
Seguridad Ciudadana
27-05-2003
Ley N° 27238
Ley de la Policía Nacional del Perú.
Art. 7 inc. 3°. Función de la Policía Nacional del Perú, garantizar la
seguridad ciudadana.
22-12-1999.
D.S. N° 008-2000-IN
Reglamento de la ley N° 27238
D.S. N° 003-2003-IN
Incorporan a la Secretaría Técnica del
CONASEC en la estructura orgánica del MININT.
NORMAS LEGALES SOBRE
CIUDADANA
LEY Nº 29372
Ley que modifica el artículo 259º y su entrada en vigencia, así como la del
artículo 260º del código procesal penal, aprobado por el Decreto
Legislativo Nº 957, referidos a la detención policial y arresto ciudadano en
flagrante delito, respectivamente.
LEY Nº 27934
Ley que regula la intervención de la Policía y el Ministerio Público en la
investigación preliminar del delito
LEY Nº 27935
Ley que modifica artículos de la ley Nº 27030, Ley de Ejecución de las
Penas de Prestación de Servicios a la Comunidad y de Limitación de DÍas
libres
NORMAS LEGALES SOBRE
SEGURIDAD CIUDADANA
LEY Nº 27936
Ley de Condiciones del Ejercicio de la Legítima Defensa
LEY Nº 27937
Ley que Modifica los Artículos 366 y 367 del Código Penal.
Violencia contra la autoridad para impedir el ejercicio de sus
funciones.
LEY Nº 27938
“Ley que autoriza la asignación en uso de los bienes incautados en
caso de delitos de secuestro o contra el patrimonio, cometidos en
banda”
LEY Nº 27939
“Ley que Establece el Procedimiento en Casos de Faltas y Modifica
los Artículos 440º, 441º y 444º del Código Penal”
NORMAS LEGALES SOBRE
SEGURIDAD CIUDADANA
Ley N° 27908
“Ley de Rondas Campesinas”
DIRECTIVA Nro. 001 –2007-IN/0101.01 modificada por
la DIRECTIVA Nº 08-2008-IN/0101.01
Procedimientos para la Formulación, Aprobación y
Evaluación de los Planes Locales de Seguridad
Ciudadana y las responsabilidades de los miembros que
conforman los Comités de Seguridad Ciudadana
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA - CONASEC
El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana ha sido
creado como máximo organismo del Estado para
formular, conducir y evaluar las políticas de Seguridad
Ciudadana; con autonomía funcional y técnica (Ley
27933 del 11 de febrero de 2003)
Depende de la Presidencia de la República y es presidido
por el Ministro del Interior. Está integrado por
representantes de los ministerios de Justicia, Educación,
Salud, Economía y Finanzas, la Corte Suprema de
Justicia, la Fiscalía de la Nación, la Defensoría del
Pueblo, los gobiernos locales, provinciales y regionales.
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA - CONASEC
VISIÓN
Constituirse en el máximo organismo a nivel nacional para lograr la
plena integración entre el Estado y la sociedad civil para alcanzar
óptimos niveles de seguridad ciudadana en el marco del
fortalecimiento de una cultura de paz.
MISIÓN
Formular, conducir y evaluar las políticas de seguridad ciudadana a
nivel nacional con la participación activa de los organismos del
Estado, Gobiernos locales y la comunidad organizada con la
finalidad de garantizar el pleno ejercicio de los derechos
consagrados en la Constitución Política del Perú, así como la
convivencia pacífica.
RELACIÓN DE LOS MIEMBROS QUE INTEGRAN EL CONSEJO NACIONAL DE
SEGURIDAD CIUDADANA
El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana está integrado por:
- El Ministro del Interior, quién lo presidirá.
- El Ministro de Justicia o su representante.
- El Ministro de Educación o su representante.
- El Ministro de Salud o su representante.
- El Ministro de Economía y Finanzas o su representante.
- Un representante de la Corte Suprema de Justicia.
- El Fiscal de la Nación o su representante.
- El Defensor del Pueblo o su representante.
- Dos Presidentes Regionales o sus representantes.
- El Alcalde Metropolitano de Lima o su representante.
- Los Alcaldes de las dos provincias capitales de departamento con mayor número de
electores o sus representantes.
- El Director General de la Policía Nacional del Perú o su representante.
- El Jefe del Sistema Penitenciario Nacional o su representante.
- Dos Representantes de los gremios que agrupan a las empresas de seguridad privada.
MIEMBROS INVITADOS
- La Ministra de la Mujer y Desarrollo Social o su representante
- El Ministro de Transportes y Comunicaciones o su representante.
- El Director de Participación y Seguridad Ciudadana o su representante.
- El Ministro de Comercio Exterior y Turismo o su representante
CONSEJO NACIONAL DE SEGURIDAD
CIUDADANA - CONASEC
El Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana tiene las siguientes funciones:
Establecer las políticas y el Plan Nacional de Seguridad Ciudadana.
Aprobar los planes, programas y proyectos de Seguridad
Ciudadana.
Promover la investigación en materia de Seguridad Ciudadana.
Evaluar la ejecución de la política de Seguridad Ciudadana.
Promover el intercambio y/o cooperación internacional en materia
de Seguridad Ciudadana.
Elaborar anualmente un Informe Nacional sobre Seguridad
Ciudadana.
Informar a la Comisión de Defensa Nacional, Orden Interno e
Inteligencia del Congreso de la República sobre los planes,
programas y proyectos de Seguridad Ciudadana antes de su
respectiva aprobación.
Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus fines.
PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD
CIUDADANA
PANDILLAJE
Hay un total de 12 mil 128 jóvenes y adultos que integran
410 pandillas en Lima Metropolitana.
Son responsables de cinco mil 318 hechos delictivos.
Lima Sur y Lima Norte concentran el mayor número de
hechos delictivos cometidos por pandillas, con dos mil 235
hechos ilícitos y mil 70 faltas.
Los
tres principales delitos penales cometidos por
pandillas son en la modalidad contra el patrimonio (mil
620 casos), agresión (mil 264 casos) e interrupción del
libre tránsito (840 casos).
PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD
CIUDADANA
VIOLENCIA FAMILIAR Y SEXUAL
Es un fenómeno de alta complejidad, de naturaleza
multicausal y expresión multidimensional, que
afecta tanto a los individuos como a las sociedades.
Constituye un problema de suma gravedad que
involucra a la mayoría de la población, que impide la
construcción de relaciones democráticas al interior
de una sociedad y entraña el riesgo del desborde
social.
La Encuesta Demográfica y de Salud Familiar
(ENDES 2004-2005) reporta que cada 4 de cada 10
mujeres entre 15 y 49 años en el Perú ha sufrido
alguna vez violencia por parte de su pareja.
PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD
CIUDADANA
PORNOGRAFÍA Y/O COMERCIO SEXUAL INFANTIL
Durante el 2007, se ubicó más de 120 foros de habla
hispana de Pornografía Infantil en Internet. (Redes de
entre 80 a 150 miembros y otros conformados por más de
500 a 750 miembros).
El 30% de los consumidores de pornografía infantil en
Internet termina poniendo en práctica lo que ve en estos
contenidos.
Una de cada 5 fotografías pornográficas en Internet es de
un menor de edad4. La edad promedio de ingreso de un
menor de edad en la industria pornográfica es de 12 años,
aunque viene bajando.
PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD
CIUDADANA
CONSUMO DE ALCOHOL Y DROGAS
El número de adictos a las bebidas alcohólicas pueden pasar del
millón (1 000,000) de personas, estimándose que los elevados
indicadores de consumo obedecen a varios factores, entre los que
destacan la tolerancia social, creencias, mitos, disponibilidad, la
presión social y los mecanismos de inducción y sensibilización al
consumo particularmente en poblaciones especiales como son los
adolescentes y jóvenes de ambos sexos.
TRATA DE PERSONAS
En el tema de trata de mujeres, del diagnóstico realizado por el
Centro de la Mujer Peruana Flora Tristán sobre trata6 precisa de 38
casos estudiados de víctimas identificadas en 8 departamentos del
Perú, casi la totalidad fueron mujeres y el 68% tenía entre 13 y 18
años, pero el 8% tenía entre 8 y 12 años de edad.
PROBLEMÁTICA DE SEGURIDAD
CIUDADANA
INFRACCIONES AL REGLAMENTO DE TRÁNSITO
Durante 2007 se produjeron 79,972 accidentes en todo el
país. El 60 por ciento de los mismos ocurrió en Lima,
generando un total de 653 muertos y 24,730 heridos.
En 2008 se registró una cifra similar a la del año anterior en
muertos y heridos por efecto de colisiones y atropellos.
Mientras que en lo que va de 2009 ya han fallecido, sólo en
Lima, más de 140 personas.
A nivel de la capital las proyecciones establecen que tres de
cada cuatro personas mueren a consecuencia de atropellos,
y sólo una deja de existir por efecto de un choque.
“Las estadísticas revelan además que al menos cuatro de
cada diez accidentes fatales son ocasionados por vehículos
de transporte público. Asimismo, que la mayoría de los
siniestros se produce en las vías periféricas de la ciudad, en
las que habita una población muy pobre.”
Percepción de la Inseguridad Ciudadana
en Lima Metropolitana
Pregunta
Diría usted que la ciudad
de Lima en general ¿es
muy segura, segura,
insegura o muy insegura?
Respuesta
TOTAL
Muy segura / segura
8%
Muy Insegura/Insegura
91%
No precisa
1%
FUENTE: INSTITUTO DE OPINION PUBLICA DE LA PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATOLICA
FECHA: JULIO 2010
PERCEPCION DE LA POBLACIÓN
SOBRE LA SEGURIDAD CIUDADANA
EN EL ÚLTIMO AÑO:
¿LA DELINCUENCIA, HA AUMENTADO, SIGUE IGUAL O HA DISMINUIDO?
PERCEPCION DE LA POBLACIÓN
SOBRE LA SEGURIDAD CIUDADANA
POR FAVOR HAGA UN ESFUERZO DE MEMORIA Y DÍGAME SI EN EL
ÚLTIMO AÑO HA SIDO VÍCTIMA DE UNO O MÁS ASALTOS O ROBOS
CANTIDAD DE DELITOS REGISTRADOS POR REGIÓN 1998-2008
Lima concentra el 44,7% de los delitos reportados, seguidos por Lambayeque,
Arequipa, Callao, La Libertad, Ancash y Cusco. También se observa que el total
de delitos en el 2008 tuvo un incremento del 5.1% respecto al 2007.
NORMATIVIDAD QUE NO FACILITA LA
LUCHA CONTRA LA DELINCUENCIA
Constitución 1979
Facultaba la detención de una persona como consecuencia de una investigación a nivel policial
Constitución 1993
Detención solo por flagrante delito o por resolución motivada de un juez
Código Procedimientos Penales (1940)
Permitía la intervención del personal policial sin la participación del Ministerio Público.
Código Procesal Penal (2004)
Limita la participación directa de los efectivos policiales en la prevención e investigación del delito.
Dec. Leg. 989 (Año 2007)
Permitía la Detención en Flagrancia hasta por un término máximo de 24 horas.
Ley 29372 (Año 2009)
Modifica y pone en vigencia el Art. 259º del Nuevo Código Procesal Penal a nivel nacional. Dejando sin
efecto la detención por flagrancia hasta dentro de las 24 horas.
Código de Ejecución Penal
Concesión de beneficios penitenciarios
NCPP (AÑO 2006)
Aplicación del principio de oportunidad y salidas alternativas.
PROBLEMÁTICA DE LA APLICACIÓN DEL NUEVO
CÓDIGO PROCESAL PENAL
Distrito Judicial de La Libertad
El cuadro presentado por el MINJUS, solo justifica el 63.5%, desconociendo la
situación del 36.51% de los casos.
Del 63.5% de los casos justificados, se observa que el 51.51% de los casos
denunciados son archivados, que refleja un alto grado de inoperancia e impunidad.
Asimismo, se observa que solo el 2.01% de los casos son judicializados, lo que
representa una cifra menor incluso a la de Huaura y a los estándares internacionales.
Este número insignificante de casos judicializados, promueve una mayor delincuencia.
PROBLEMÁTICA DE LA APLICACIÓN DEL
NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL
DENUNCIAS CONCLUÍDAS TACNA (01ABR2008 AL 30JUN2009)
Denuncias
ingresadas
Denuncias concluidas
Denuncias pendientes
9098
7227
1871
100%
79%
21%
DE LAS DENUNCIAS CONCLUIDAS (79%):
Archivadas
Principio oportunidad
Archivos sin consentir
Otros
Acuerdo reparatorio
Terminación anticipada
Sobreseimiento
JUICIO ORAL
5,002
824
603
384
133
150
131
¿?
69%
11%
8%
6%
2%
2%
2%
¿?
PROBLEMÁTICA DE LA APLICACIÓN
DEL NUEVO CÓDIGO PROCESAL PENAL
Distrito Judicial de Huaura
El cuadro solo justifica el 55.39%, desconociéndose la situación del 44.61% de los casos. Del
55.39% de los casos justificados, se observa que el 39.84% de los casos denunciados se han
archivado, cifra muy elevada que refleja una mala investigación preliminar (no se le permite
investigar a la Policía) o deficientes actuaciones por el MP que terminan favoreciendo a los
infractores penales.
Solo el 4.89% de los casos son judicializados, Lo que representa una cifra menor a los
estándares internacionales, que señalan un ideal de entre el 10 y 20%.
Este número insignificante de casos judicializados, puede deberse al uso indiscriminado de
las salidas alternativas por parte del MP, favoreciendo con ello el accionar de la delincuencia.
Asimismo hay que considerar que de ese 4.89% de casos judicializados, no todos terminarán
con sentencia condenatoria, cifra que de por si revela existencia de IMPUNIDAD.
DELITO E INFORMALIDAD
Robo agravado de dinero producto de la compra y venta de
moneda extranjera (cambistas).
Adquisición de teléfonos celulares bajo la modalidad de prepago,
sin datos de identificación del usuario, así como las opciones que
dan las empresas telefónicas de poder llamar ocultando el numero
telefónico (numero privado) que facilitan las acciones de extorsión,
chantaje, cobro de cupos, secuestros (ocho millones de línea
telefónica cuyas empresas desconoce la identidad del usuario ).
Transporte informal personas y mercancías en taxis, empresas de
transporte interprovincial, mototaxis y otros que facilitan
la
comisión de delitos de robo agravado, secuestros, violaciones
sexuales, entre otros. No llevan registros, ni cuentan con sistemas
de seguridad.
La contratación no formal de personas para el servicio de vigilancia
particular
La falta de control de las autoridades municipales en los mercados
clandestinos (Azángaro, Malvinas y el Hueco).
DELITO E INFORMALIDAD
La informalidad con la que se desarrollan las personas que se
dedican a la venta de autopartes y accesorios de vehículos,
favorece directamente el delito de hurto, robo y receptación
de vehículos de transito terrestre, en vista que al no haber
controles sobra su venta, y no tener registros que permitan
evaluar y controlar el tipo de autoparte o accesorio que se
ofrece al publico permite la impunidad en su comisión. San
Jacinto, Av. Túpac Amaru “El Paradero 50”.
Los talleres de reparación de vehículos cuyos almacenes no
registran ingresos y salidas de autopartes y repuestos de
vehículos, permiten y facilitan la receptación de estos.
Falta de control de las autoridades en Hoteles y Alojamientos
que no llevan registros, facilitan la comisión de delitos contra
la libertad sexual y ocultamiento de delincuentes.
FALTA DE SANCION EFECTIVA PARA
QUIENES ALTERAN EL ORDEN PÚBLICO
DETENIDOS POR BLOQUEO DE CARRETERAS, ENFRENTAMIENTO CON LAS
FUERZAS DEL ORDEN Y ATAQUES A LA PROPIEDAD PUBLICA Y PRIVADA
ENE 2006 - JUL 2010
1.
2.
3.
TOTAL DE DENUNCIADOS
LIBERADOS
DETENIDOS EN EEPP
(A NIVEL NACIONAL)
2350
2328
22
Las Autoridades que se avocan a estos casos son de la zona y sus decisiones están
influenciadas por la presión de la población.
Dentro de los detenidos existen lazos de familiaridad o de amistad con las autoridades, quienes
generan presión para su liberación.
Esta situación genera sensación de impunidad y alientan la reincidencia en el delito; y que
hechos similares se repliquen en otros lugares del país.
DELINCUENTES INTERVENIDOS POR DIFERENTES
DELITOS POR DIRINCRI EN LIMA
(ENE2009- JUL2010)
Consulta: 1,679 Intervenidos por la DININCRI – PNP
en Lima y puestos a disposición de la Autoridad respectiva
Fuente :
Data INPE AGO 2010 Nacional 2009 – 2010
ESTADO
TOTAL POR ESTADO
EGRESADO
INTERNO
NO REGISTRADOS EN INPE
Total general
97
398
1,184
1,679
NECESIDAD DE RECURSOS HUMANOS
CUADRO NUMERICO COMPARATIVO DEL PERSONAL PNP
EN SITUACIÓN DE ACTIVIDAD POR CATEGORIAS
DEL 2000 A ENERO DEL 2010 (*)
CATEGORIAS
2000
2001
2002
2003
2004
2005
2006
2007
2008
2009
2010
OFC. POL
9.400
9.240
8.732
8.535
8.387
8.429
8.381
8.438
8.427
8.261
8,214
OFC. SERV.
2.551
3.580
3.457
3.383
3.346
3.192
3.214
3.048
2.869
3.049
3,031
140
132
125
116
112
109
100
91
84
77
76
SUBOFC.
66.429
65.063
65.553
64.567
64.457
64.402
65.366
69.390
79.024
85,521
85,692
ESPEC.
12.151
12.992
12.821
12.568
12.396
12.041
11.726
9.228
5.385
5.176
5,134
TOTAL
90.671
91.007
90.688
89.169
88.698
88.173
88.787
90.195
95.789
102.084
102,147
STAT.OFC.
NECESIDAD DE PERSONAL POLICIAL OPERATIVO CON
PROYECCIÓN AL 2025
AÑO
POBLACIÓN
(1)
TOTAL EFECTIVO
PNP
(2)
1990
1995
2000
2005
2010
2015
2020
2025
21,569,300
23,531,700
25,484,500
27,278,500
28,885,300
30,288,500
31,500,800
32,504,800
110,952
100,811
90,671
88,173
102,147
133,269
138,604
143,021
(1)
(2)
(3)
(4)
PERSONAL
OPERATIVO
(3)
81,481
78,655
75,829
72,831
93,906
121,154
126,003
130,019
INEI - PROYECCIÓN DE LA POBLACION DEL PERU 1995 – 2025
PERSONAL POLICIAL TOTAL (INCLUYE OPERATIVOS Y DE SERVICIOS)
PERSONAL OPERATIVO (OFICIALES POLICIAS Y SUBOFICIALES)
250 HABITANTES POR POLICIAS OPERATIVO – ESTANDAR NN.UU.
(*)A partir del 2015, sólo el 10% del total del efectivo será administrativo
RELACIÓN DE
HABITANTES POR
POLICÍA
(4)
265
299
336
375
308
250
250
250
Presupuesto para Seguridad Ciudadana
Presupuesto Público para Seguridad Ciudadana:
Gobierno Nacional 2007 y 2010
(En Millones de Nuevos Soles)
Presupuesto Público para Seguridad
Ciudadana: Perú 2007 y 2010
4,000
(En Millones de Nuevos Soles)
3,000
3,500
3,118
2,500
4,000
31.7%
2,422
2,000
1,500
3,404
3,500
1,000
2007
2010
3,000
2,584
2,500
Presupuesto Público para Seguridad Ciudadana:
Gobiernos Regionales 2007 y 2010
2,000
(En Millones de Nuevos Soles)
1,500
1,000
2007
2010
Fuente: Elaborado en base a cifras del
Ministerio de Economía y Finanzas.
14
11
12
El monto total del presupuesto del sector público
peruano para gastos en seguridad ciudadana, desde el
2007 a 2010, se ha incrementado en 31.7%.
10
Esta tendencia creciente se presenta en los tres niveles
de gobierno.
0
Para el 2010, el presupuesto para seguridad ciudadana
asciende a S/3,404 millones.
8
6
4
2
2
2007
2010
Presupuesto Público para Seguridad Ciudadana:
Gobiernos Locales 2007 y 2010
(En Millones de Nuevos Soles)
300
275
200
159
100
2007
2010
Perú 2010: Presupuesto Público para Seguridad Ciudadana
por Niveles de Gobierno (En Millones de Nuevos Soles)
Presupuesto y Seguridad Ciudadana
% de
Participación
Monto
Gobierno Nacional
Gobiernos Regionales
Gobiernos Locales
3,118
11
275
91.6
0.3
8.1
Total
3,404
100.0
Perú 2010: Presupuesto Público para Seguridad Ciudadana por
Genérica de Gasto (En Millones de Nuevos Soles)
PRESUPUESTO DE
APERTURA
GENERICA DE GASTO
GASTOS CORRIENTES
Personal y Obligaciones Sociales
Pensiones y Prestaciones Sociales
Bienes y Servicios
Otros Gastos Corrientes
3,053
2,196
3
826
28
89.7
351
10.3
3,404
100.0
GASTOS DE INVERSION
TOTAL
% de
Participación
64.5
0.1
24.3
0.8
Ejecución del Presupuesto de Gastos de Capital en Seguridad Ciudadana
del Ministerio del Interior : 2008 a 2010
(En Millones de Nuevos Soles y porcentaje de ejecución )
Marco Presupuestal
para Gasto de
Capital
2008
2009
2010 (Al 10 de agosto)
75.2
221.2
291.9
Gasto
Ejecutado
20.1
54.7
42.0
Porcentaje de
Ejecucion
26.8
24.7
14.4
El 91.6%, del presupuesto del sector público
peruano para gastos en seguridad ciudadana, está
en manos del Gobierno Nacional.
El 89.7% del presupuesto para seguridad ciudadana
se destina a gastos corrientes.
El Pliego Ministerio del Interior, ha mostrado un
pobre desempeño en la Ejecución de Gastos de
Capital en Seguridad Ciudadana. El año 2009, sólo
ejecutó el 24.7% de su marco presupuestal para
gastos de capital (inversiones).
Entre los años 2007 y el 2010:
El presupuesto total para seguridad ciudadana
aumentó en 31.7% (De S/ 2,584 millones a S/ 3404
millones).
El presupuesto total del Poder Judicial aumentó
en 51%. (De S/ 850 millones a S/ 1,287 millones)
A pesar de esos incrementos los recursos
presupuestarios para la seguridad ciudadana, los
indicadores de violencia siguen aumentando, lo
cual conlleva a pensar en la necesidad de mejorar la
distribución del gasto entre las políticas de
prevención y las de control, así como al interior de
las estrategias de control:
PROPUESTA DE SOLUCIÓN
Formulación de una política pública en seguridad ciudadana:
Fortalecer la Secretaria Técnica del CONASEC para abordar el tema de la seguridad desde
una perspectiva nacional, articulada e integral.
Privilegiar los espacios locales para el desarrollo de políticas de prevención
social y situacional:
Potenciar el funcionamiento de los comités distritales y provinciales de seguridad
ciudadana, buscando la efectiva participación intersectorial del Estado y la
representación de la comunidad.
Crear un fondo concursable de proyectos locales de seguridad ciudadana.
Alentar los esfuerzos de organizaciones de la sociedad civil en la promoción de
experiencias piloto de prevención de la seguridad que puedan ser replicables omo
políticas públicas.
Promover una coordinación más adecuada entre la autoridad municipal y la Policía
Nacional en materias de seguridad.
PROPUESTA DE SOLUCIÓN
Establecer una relación y complementación entre políticas sociales
y de ordenamiento urbano con estrategias específicas de
enfrentamiento al crimen y la violencia.
Programas de uso productivo del tiempo ocioso y de tutoría.
Protección y promoción de los derechos de la mujer y del niño.
Prevención del consumo de drogas, en particular de los adolescentes,
Recuperación de espacios urbanos deteriorados con un enfoque de la prevención
del delito.
y el transporte público.
Formalización del tránsito
Generación de información estadística y análisis criminológico.
Crear el Observatorio del Crimen y Violencia en el Perú
Construir sistemas geo-referenciados del delito para la planificación del trabajo de
prevención policial y social
PROPUESTA DE SOLUCIÓN
Profundizar la reforma y modernización de la Policía Nacional.
Modernizar su formación, fortalecer su especialización y garantizar su
profesionalización.
Modificar su estructura orgánica.
Fortalecer los mecanismos de control, transparencia en la gestión y lucha contra la
corrupción.
Desarrollar una visión y estrategias de ‘policiamiento’ comunitario con participación
ciudadana en las tareas de seguridad en el ámbito local.
Desburocratizar y modernizar la gestión de los recursos a partir de la tercerización
de las funciones no policiales.
Mejorar las políticas de bienestar de sus integrantes y dignificación de la profesión
ante la comunidad. Aumento de Sueldos.
Incorporar en la evaluación de la gestión policial la medición por resultados.
Promover la reforma y modernización del poder judicial, el
ministerio público y el sistema penitenciario.
fortalecimiento de la administración de justicia, coordinación de las diferentes
instancias del sistema penal y la lucha contra la corrupción y la transparencia y la
rendición de cuentas
Modificaciones a la Normatividad Legal
Modificar de iniciativas legislativas para modificar el Nuevo Código
Procesal Penal.
Modifica la Ley N° 29010, con el fin de facultar a los Gobiernos Regionales y Locales a
invertir en infraestructura y equipamiento de la Policía Nacional del Perú con fines de
Seguridad Ciudadana
Aprobar el Proyecto de Ley enviado relacionado con la flagrancia del delito por 24
horas.
Aprobar una nueva ley de carrera del personal de la Policía Nacional del Perú
La actual Ley del Régimen de Personal Nro. 28857 contiene vacíos que dificultan su
aplicación.
El ascenso está normado mediante el D.S. 010-2008-IN, modificado anualmente,
causando inestabilidad en el personal policial.
INVERSIÓN REQUERIDA PARA EL FORTALECIMIENTO
DE LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
DESCRIPCIÓN
REPOTENCIACIÓN INFRAESTRUCTURA PNP
MONTO TOTAL
2,064,522,935.99
PUESTO DE COMANDO Y CONTROL A NIVEL NACIONAL,
INCLUYE SISTEMA DE TELECOMUNICACIONES Y
EQUIPAMIENTO INFORMÁTICO
459,968,300.00
RENOVACIÓN PARQUE AUTOMOTOR
580,286,000.00
PASE AL RETIRO POR RENOVACIÓN DE CUADROS
85,773,756.81
PASE AL RETIRO POR INSUFICIENCIA PROFESIONAL
85,385,007.21
ASIMILACIÓN DE OFICIALES DE SERVICIO Y ESPECIALISTAS A
LA POLICÍA NACIONAL DEL PERÚ
44,810,420.00
INCREMENTO DE AGREGADURÍAS POLICIALES
14,282,336.00
TOTAL
3,335,028,756.01
CONSEJO
SUPERIOR
NUEVA ESTRUCTURA
ORGÁNICA DE LA PNP
DIRGEN PNP
COMISIÓN
CONSULTIVA
CONSEJO
ECONÓMICO
TDN
INVESTIGACIONES
IINSP Y CONTROL DE
LOS SERVICIOS
CONSEJO
CALIFICACIÓN
IG
EMG
CONSEJO
INVESTIGACIÓN
SG
DIRSAL
DIRECFIN
DIRTEL
INTERPOL
DINFO
DIRCRI
DIRLOG
DIRAVPOL
DIRPEN
DIGETAH
DIRBIE
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DE ORDEN Y SEGURIDAD
DIREDUD
DIRECCIÓN EJECUTIVA
CONTRA EL CRIMEN ORGANIZADO
DIRTUR
DIRTEPOL
DIRCOTE
DIRECCIÓN EJECUTIVA
DE OPERACIONES
POLICIALES ESPECIALES
CENALIN
CENALIN
CENALIN
DIRSEST
DIRINT
DIRCOCOR
DIROES
LIMA
DIROES
AREQUIPA
DIROES
TRUJILLO
DIRPROAM
DIRSEPEN
FRENPOL
DIRPOLFIS
DIRANDRO
DIROES
MAZAMARI
DIRPOLCAR
DIRDNCF
DIRFAPASEC
DIRINLAC
DIRINCRI
DIROES
CAJAMARCA
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