La CITES y las Plantas Guía del usuario Versión 3.0 Temario de la presentación • Los objetivos y la aplicación de la Convención • Los grupos.
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La CITES y las Plantas Guía del usuario Versión 3.0 Temario de la presentación • Los objetivos y la aplicación de la Convención • Los grupos de plantas amparados por la CITES • El cumplimiento de la Convención Objetivos y aplicación ¿Por qué proteger las plantas silvestres? • El comercio internacional insostenible de plantas silvestres puede amenazar la supervivencia de las poblaciones silvestres Objetivos de la Convención • Reglamentar y controlar el comercio internacional de determinadas especies de plantas y animales • Asegurar que el comercio internacional no ponga en peligro la supervivencia de las poblaciones en el medio silvestre Partes en la Convención Parte 2003 No-Parte 2003 Autoridades CITES Autoridad Administrativa Autoridad Científica Secretaría CITES CdP y Comités Comité de Flora Los Apéndices Apéndice I Apéndice II Apéndice III >300 especies >25.000 especies >30 especies Apéndice I • Se prohíbe el intercambio de plantas silvestres con fines comerciales • Se permite el comercio con plantas reproducidas artificialmente, previo permiso Apéndice II • Se permite el comercio con plantas silvestres y reproducidas artificialmente, previo permiso Apéndice III • Se permite el comercio con plantas silvestres y reproducidas artificialmente, previo permiso Permisos de exportación • Concedidos por la Autoridad Administrativa • La Autoridad Científica dictamina que la exportación no será perjudicial para la supervivencia de la especie en el medio silvestre – El Dictamen de extracciones no perjudiciales Permisos de importación • Obligatorios para plantas silvestres del Apéndice I de CITES • Algunos países, como los de la Unión Europea, requieren permisos de importación para todas las especies controladas con consideración de los Apéndices I y II Certificados de origen Resumen • Convención internacional con más de 160 Partes • COPs y Comités • Apéndices = listas de especies • Sistema de permisos Grupos de plantas amparados por la CITES ¡Más plantas que animales! Plantas, partes y derivados Especies de orquídeas Híbridos de orquídeas Cactus Semillas de cactus Plantas carnívoras Plantas carnívoras - Dionaea muscipula Galanthus Cyclamen Aloe Euphorbias suculentas Cícadas Palmas Helechos arborescentes Especies maderables – Apéndice I Especies maderables – Apéndices II y III Swietenia Pericopsis Gonystylus Principales rutas comerciales Plantas medicinales Exenciones Resumen • Grupos de plantas que se controlan • Partes, derivados y productos • Exenciones a la Convención Cumplimiento Cumplimiento ADUANA Problemas con los envíos • No hay documentos • Los documentos no se ajustan al contenido • Declaraciones erróneas ¿Cómo distinguir? – ¿de origen silvestre o reproducido artificialmente? Reproducidas artificialmente Silvestres Silvestre Reproducidas artificialmente Cactus de origen silvestre Orquídeas de origen silvestre Plantas decomisadas • Cantidad • Identificación • Recursos • Estado Resumen • Niveles de comercio sostenibles • Organización de la CITES • Principales grupos de plantas • Cumplimiento Conclusión Información adicional Secretaría CITES, Tel.: (+4122) 917-8139/40 International Environment House, Fax: (+4122) 797-3417 Chemin des Anémones, e-mail: [email protected] CH-1219 Châtelaine, Ginebra Suiza URL: http://www.cites.org/ Diapositivas adicionales Partes en la Convención 2003 1995 1985 1975 0 20 40 60 80 100 120 140 160+ Los Apéndices Apéndice I >300 Apéndice II >25,000 Apéndice III >30 Registro de viveros Definición CITES de “reproducida artificialmente” Detectar el comercio perjudicial – la carga para los países exportadores • El Artículo IV de la Convención estipula que un permiso de exportación únicamente se concederá cuando, entre otras cosas, • “Una Autoridad Científica del Estado de exportación haya manifestado que esa exportación no perjudicará la supervivencia de esa especie” Comercio perjudicial – ¿cómo y por qué? • Insuficientes recursos para aplicar el Artículo IV de la CITES • Deficiente aplicación de las prohibiciones sobre exportaciones de plantas silvestres • Contrabando Autoridades nacionales CITES • Funciones de la Autoridad Administrativa: – representación de la Parte en reuniones CITES – preparación de propuestas para la COP – recepción de información de la Autoridad Científica – producción de informes anuales – expedición de permisos y certificados Autoridades nacionales CITES • Funciones de la Autoridad Científica: – avisar a la Autoridad Administrativa sobre la sostenibilidad de las exportaciones – aconsejar sobre cupos de exportación – preparar propuestas para la COP – examinar propuestas de la COP – asesorar a la Autoridad Administrativa sobre instalaciones de reproducción artificial Registro CITES de instituciones científicas • Intercambio permitido sujeto a un simple sistema de etiquetas • Ambas instituciones deben estar registradas con la CITES • La transacción no puede ser comercial • Las colecciones deben ser conservadas permanente y profesionalmente • Para plantas preservadas y vivas • El material debe ser legítimo Boletines de noticias Listas de referencia CITES Manual de identificación CITES Tillandsia –Plantas aéreas