EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL SECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL Evaluación de Impacto Ambiental La Evaluación de Materia de Impacto Ambiental: ¿Es un tramite.

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EVALUACIÓN DEL IMPACTO AMBIENTAL
SECRETARÍA DE SUSTENTABILIDAD AMBIENTAL Y
ORDENAMIENTO TERRITORIAL
Evaluación de Impacto Ambiental
La Evaluación de Materia de Impacto Ambiental:
¿Es un tramite ó
un
Instrumento de Gestión Ambiental?
El impacto ambiental no es un
requisito, se debe contextualizar como
parte del proyecto.
El enfoque del impacto ambiental es de una
herramienta de gestión ambiental para
presentar previo
a la ejecución
de la obra o actividad.
Idea
Anteproyecto
Localización
del
Compra
predio
predio
del
Proyecto
ejecutivo
Validación
del
proyecto
Construcción
Operación
Enfoque Preventivo
El impacto ambiental es
preventivo, ya que se identifiquen las
condiciones naturales preexistentes en la
zona propuesta de ubicación del proyecto en
evaluación y los posibles escenarios con o sin
proyecto, que pudieran presentarse en
función a los efectos y procesos evolutivos
de los ecosistemas en su entorno.
EIA: debe predecir los cambios del
ambiente con el proyecto
Sin proyecto
Con proyecto
IMPACTOS AMBIENTALES DE LAS MARMOLERAS
Competencias Federación-Estado
En el artículo 28 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente
(LGEEPA), algunas obras o actividades que requieren de autorización en materia de impacto
ambiental, son:
FEDERAL
• Obras hidráulicas, vías generales de comunicación, oleoductos, gasoductos, carboductos;
• Industria del petróleo, petroquímica, química, siderúrgica, papelera, azucarera, del
cemento y eléctrica;
• Minerales y Nuclear
• Tratamiento, confinamiento o eliminación de residuos peligrosos y radiactivos;
• Aprovechamientos forestales en selvas tropicales y especies de difícil regeneración;
• Parques industriales donde se prevea la realización de actividades altamente riesgosas;
• Desarrollos inmobiliarios que afecten los ecosistemas costeros;
ESTADOS
Competencias Federación-Estado
El artículo 38 de la Ley para la Protección al Ambiente Natural y el Desarrollo Sustentable del
Estado de Puebla, señala que la SSAOT evaluará el impacto ambiental de las obras y
actividades que no sean competencia de la federación, tales como:
• Obra pública estatal y municipal;
• Estaciones de Servicio de Gasolina y Carburación a Gas;
• Caminos estatales y rurales, infraestructura hidráulica, manejo de residuos sólidos no
peligrosos;
• Zonas y parques industriales, estatales y municipales;
• Desarrollos turísticos estatales, municipales y privados;
• Obras o aprovechamientos que pretendan realizarse dentro de las áreas naturales
protegidas estatales;
• Fraccionamientos, unidades habitacionales y nuevos centros de población;
• Centros comerciales, estadios, cines, escuelas, centros deportivos;
• Hospitales, clínicas, centros de salud y laboratorios clínicos, públicos o privados;
• Centrales de abasto, mercados, panteones y rastros;
• Industria refresquera, alimentaria, maquiladora, textil, ensambladora, autopartes y
metalmecánica;
• Hoteles, moteles y baños públicos;
¿Qué es la Evaluación de Impacto
Ambiental?
Determina la factibilidad
ambiental del proyecto.
Análisis y balance del
“costos-beneficios”
ambiental.
Establece condiciones de
ejecución y medidas de
prevención y mitigación
de los impactos
ambientales negativos.
Requisitos mínimos que deberá contener el estudio de
impacto ambiental
• Estudio de impacto ambiental en original del proyecto.
• Declaración bajo protesta de decir verdad.
• Resumen ejecutivo del contenido del estudio
• Factibilidad de uso de suelo compatible con la obra o actividad
• Comprobante en original del pago de derechos
• Datos de identificación del estudio, promovente y responsable de la
elaboración del estudio
• Referencia según corresponda: NOM, Plan Parcial de Desarrollo Urbano
El estudio deberá presentarse en original y respaldo digital en CD,
incluyendo todos sus anexos
Requisitos mínimos que deberá contener el estudio de
Obligaciones en materia de impacto ambiental
impacto ambiental
• Presentar ante la SSAOT un Informe Preventivo y en su caso, una Manifestación de Impacto
Ambiental, para su autorización.
• Las manifestaciones deberán presentarse en su modalidad regional o particular, según el tipo y
lugar donde se pretenda establecer el proyecto.
• Dar aviso a la SSAOT en caso de modificaciones al proyecto de obra y/o actividad, durante el
procedimiento de evaluación de impacto ambiental e informar en caso de pretender realizar
modificaciones cuando éste halla sido autorizado.
• Cuando se trate de proyectos que involucren la realización de actividades altamente riesgosas,
deberá presentar ante la SSAOT estudio de riesgo ambiental que se deberá incorporar a la
manifestación de impacto ambiental .
• Cumplir con las condicionantes establecidas en las autorizaciones de impacto ambiental.
Puntos críticos del la evaluación del impacto ambiental
I.- Puntos
clave
Respetar la restricciones
de las Licencias de
Uso de Suelo, Programas de Desarrollo Urbano, OT, líneas
de Transmisión de Energía eléctrica, líneas ferroviarias,
Zona Federal de cuerpos de agua y en su caso, las de
Protección Civil (líneas de ductos energéticos PEMEX),
correspondientes.
Congruente con el uso de suelo
El avance de obra
sin contar con la resolución de
impacto ambiental o sin haberlo declarado en el estudio
es sujeto a iniciar el procedimiento administrativo
por parte de la Dirección de Inspección y
Vigilancia.
Derivado a que la licencia emitida
por el H. Ayuntamiento de San
Gregorio Atzompa, carece de
fundamento legal, toda vez que, el
Municipio de San Gregorio
Atzompa no cuenta con Programa
de Desarrollo Urbano Sustentable
y con fundamento en los artículos
12 y 74 de la Ley de Desarrollo
Urbano Sustentable del Estado de
Puebla, se deberá obtener la
Factibilidad de Uso de Suelo
emitida por la Subsecretaria de
Desarrollo Urbano y Ordenamiento
Territorial de esta Secretaría.
La actividad se presenta
para su evaluación como
un centro de acopio, en
el cual se recibirán
residuos tales como:
metales, aluminio, pet,
cartón y madera, por lo
que difiere de la
actividad autorizada en
la Licencia de Uso de
Suelo.
Exteriores
Estacionamiento 1008.82 8.14%
Banquetas 964.23
7.78%
Area Verde 974.65
7.86%
Are de Maniobras 2262.99 18.25%
Vialidades 2653.61
21.40%
PREDIO TOTAL 12400 100.00%
Inconsistencias que se presentan con
frecuencia en los estudios
IMPACTO AMBIENTAL
1.1.3. Proyectos Puntuales
Área del predio: 657.35 m²
Obras y/o Actividades:
ÁREA DE TERRENO: 657.35 m²
ÁREA DEL EDIFICIO A: 314.00 m²
ÁREA DEL EDIFICIO B:
309.96 M²
ÁREA TOTAL CONSTRUIDA COMUN
EDIFICIO "A Y B": 151.41 m²
ÁREA ABIERTA ESTACIONAMIENTO:192.89 m²
ÁREA LIBRE DONACION:86.17 m²
ÁREA LIBRE PATIOS:11.47 m²
Cuando
la
solicitud
de
evaluación se requiere sólo para
el edificio “A”, además de existir
incongruencias
en
las
superficies indicadas, ya que la
sumatoria de las diferentes
áreas corresponde a 912.64 m².
Esta Secretaría durante la evaluación del estudio podrá:
En los casos en que el estudio de impacto ambiental, presente
insuficiencias que impidan la evaluación de la obra o actividad, mediante
un oficio dentro de los 15 días hábiles para el IP y 30 días hábiles para la
MIA, que presente las aclaraciones, rectificaciones o ampliaciones al
contenido del estudio de impacto y/o riesgo ambiental, suspendiéndose el
término que se establece en la Ley para emitir la resolución
correspondiente.
Ampliar el término de evaluación hasta por cuarenta días hábiles, cuando
por la dimensiones y complejidad de la obra o actividad se justifique.
Solicitar la opinión técnica de
alguna dependencia o entidad
Administrativa de los diferentes niveles de gobiernos, Universidades,
organizaciones públicas o privadas, para contar con los mejores elementos
para la formulación de la resolución correspondiente.
TIPOS DE ESTUDIOS
Informe Preventivo
Manifestación de Impacto Ambiental modalidad
Regional
Manifestación de Impacto Ambiental modalidad
Particular
PROCESO DE ASESORIA
El Departamento de Registro y Control
“Ventanilla Única” realiza asesorías sobre
trámites, requisitos y servicios que presta la
Secretaría en materia de Impacto y Riesgo
Ambiental, Residuos Sólidos y Fuentes Fijas.
El horario de atención a usuarios es de 9:00 a
15:00 horas de lunes a viernes.
La asesoría e información a los usuarios puede ser vía telefónica al 01 (222) 777.56.32.
Se pretende implementar una línea telefónica 01 800 con la finalidad de brindar un mejor
servicio a los usuarios.
PROCESO DE REVISIÓN
Con la finalidad de no retardar el proceso
de evaluación en Materia de Impacto
Ambiental, la Secretaría a través del
Departamento de Registro y Control
(Ventanilla
Única)
comunicará
al
promovente y/o consultor, en el momento
que presente su solicitud si existen
deficiencias formales que puedan ser
corregidas previas a su ingreso.
PROCESO DE NOTIFICACIÓN
Una vez emitida la resolución correspondiente, el Departamento de Registro y Control
(Ventanilla Única) procede a realizar el aviso al promovente y/o gestor vía telefónica y
correo electrónico para que pase por su resolución, en caso de que el promovente y/o
consultor con carta poder no recoja dicho documento en un lapso de 5 días, este se envía
por SEPOMEX al domicilio indicado por el usuario dándose así por notificado.
SUBSECRETARÍA DEL MEDIO AMBIENTE
DIRECCIÓN DE GESTIÓN AMBIENTAL
DEPARTAMENTO DE REGISTRO Y CONTROL
LISTA DE VERIFICACIÓN PREVIO AL INGRESO
INFORME PREVENTIVO DE IMPACTO AMBIENTAL
Fundamento Legal:
Artículo 14 y 25 del Reglamento de la Ley para la Protección del Ambiente Natural y el
Desarrollo Sustentable del Estado de Puebla en Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo
Ambiental.
Cumple
I.- Solicitud de evaluación dirigida a la Titular de la SSAOT (Amy Louise Camacho) en original y
copia, especificando el nombre del proyecto, indicando que se refiere a un Informe Preventivo de
Impacto Ambiental y la superficie a evaluar.
si
no
si
no
Ambientales
si
no
Técnicos
si
no
Legales
si
no
IV.- Resumen Ejecutivo del contenido del informe preventivo de impacto ambiental;
si
no
V.- Respaldo digital del Informe Preventivo de Impacto Ambiental y Resumen Ejecutivo
incluyendo todos sus anexos en disco compacto (CD).
si
no
VI.- Declaración bajo protesta de decir verdad firmada por el promovente y el responsable
Técnico de la elaboración del Informe Preventivo de Impacto Ambiental.
si
no
VII.- Factibilidad de uso de suelo compatible con la obra o actividad propuesta emitida por la
autoridad municipal correspondiente; (vigente)
si
no
VIII.- Comprobante en original del pago de derechos por concepto de evaluación (Informe
Preventivo de Impacto Ambiental) $7,085.00
si
no
IX.- Copia de identificación oficial del promovente y del responsable de la elaboración del Informe
Preventivo.
si
no
X.- En caso de personas morales anexar copia del Acta Constitutiva
si
no
II.- Informe Preventivo de Impacto Ambiental en original.
III.- El Informe Preventivo de Impacto Ambiental debe incluir los anexos:
EJEMPLO DE INGRESO
PARA UN INFORME
PREVENTIVO
Modalidades del EIA
Informe Preventivo
Ambiental
.
(Artículo 39 LPANDSEP – 24 y 25 del RLPANDSEP)
Manifestación de
Impacto Ambiental
MIA
Particular
MIA
Regional
Manifestación de Impacto Ambiental.
(Artículo 42 y 43 LPANDSEP – 27 y 28 del RLPANDSEP)
Modalidades de presentación de Estudio de Impacto Ambiental
Ambiental
I.- Informe Preventivo
Existan NOM, u otras disposiciones que regulen las
emisiones, las descargas, el aprovechamiento de recursos
naturales y, en general, todos los impactos ambientales
relevantes.
Obras o actividades que por su ubicación, dimensiones o
no ocasionen un impacto
ambiental significativo.
características
Obras o actividades que se encuentren previstas en
algún programa de ordenamiento
ecológico o desarrollo urbano, que se
encuentren debidamente autorizados;
Se trate de instalaciones ubicadas en parques industriales
debidamente autorizados.
Modalidades de presentación de Estudio de Impacto Ambiental
Ambiental
II.- Manifestación de Impacto Ambiental
modalidad Regional
I.- Un conjunto de obras o actividades que se encuentren
incluidas en un plan o programa parcial de
desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico
autorizados;
II.- Un conjunto de obras y actividades que pretendan realizarse
en una región ecológica determinada; y
III.- Obras o actividades que pretendan desarrollarse en sitios en
los que por su interacción con los diferentes componentes
ambientales
regionales,
se
prevean
impactos
acumulativos, sinérgicos o residuales que pudieran
ocasionar la afectación o desequilibrio de los
ecosistemas.
III.- Manifestación de Impacto Ambiental
modalidad Particular
En los demás casos, la manifestación deberá presentarse
en la modalidad particular.
Estructura de la manifestación de impacto ambiental
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Resumen ejecutivo.
Datos generales del proyecto, del promovente y del responsable del Estudio de
Impacto Ambiental.
Descripción del proyecto.
Vinculación con los ordenamientos jurídicos aplicables en materia de impacto
ambiental.
Descripción del Sistema ambiental y señalamiento de la problemática ambiental
detectada en el área de influencia del proyecto. Inventario ambiental.
Identificación, descripción y evaluación de los Impactos ambientales.
Medidas preventivas y de mitigación de los impactos ambientales.
Identificación de los instrumentos metodológicos y elementos técnicos que sustentan
la información señalada en el contenido del estudio.
Anexos.
Elementos a considerar en Impacto Ambiental
Tiempos Legales para emitir respuesta
II.- Manifestación de Impacto
Ambiental modalidad Regional
I.- Informe
Preventivo
38 días hábiles
III.- Manifestación de Impacto
Ambiental modalidad Particular
48 días hábiles para MIA
Fundamento legal para el dictamen en materia de impacto ambiental
Costos y Beneficios de la EIA
Beneficios
 Que su proyecto
compatible
con
ambiente.
Costos
sea
el
 Certeza Jurídica.
 Seguridad de su inversión.
 Prevención
de
costos
adicionales e innecesarios.
 Aceptación Social
 No autorización.
 Pérdida de
recursos.
tiempo
 Sanciones legales.
 Rechazo Social
 Pérdida del Proyecto
y
GUIAS DE COMPETENCIA ESTATAL
Informes Preventivos
INFORME
PREVENTIVIINFL
Manifestación de Impacto
Ambiental
Juan Carlos Morales Páez
Encargado del Despacho de la
Secretaría de Sustentabilidad Ambiental y Ordenamiento Territorial
Héctor Rodríguez Muñoz
Director de Gestión Ambiental
Juan Carlos López Romero
Subdirector de Gestión Ambiental
Guadalupe Zanotelli Martínez
Jefa de Departamento de Impacto Ambiental
33 Sur #3512Col. El Vergel, Puebla, Pue.
01222-775600 ext. 5667#
[email protected]