edictos, avisos judiciales, notariales, dictámenes y convocatorias

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Edictos
DIARIOIMAGEN
Martes 20 de enero de 2015
EDICTOS, AVISOS JUDICIALES, NOTARIALES, DICTÁMENES Y CONVOCATORIAS
EDICTO
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
“INDICADORES SOBRE DERECHO A UN
JUICIO JUSTO. NUESTRO TRIBUNAL LÍDER
EN MÉXICO Y EL MUNDO”.
Juzgado 22º de lo Civil.
Secretaría: “B”
Nº Exp. 294/1997.
JUZGADO VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL
EDICTO
EDICTO.
NOTIFICACIÓN
NOTIFICAR A LOS CODEMANDADOS:
GAMALIEL ISSA AIZA Y PROMOTORA Y
EDIFICADORA GARSAL, S.A. DE C.V.
A: SEGURIDAD Y LIMPIEZA INDUSTRIAL,
S.A. DE C.V., JOSÉ NARCISO RODRÍGUEZ
OLVERA Y BEATRIZ MEJÍA CAMPUZANO
Al margen un sello que dice TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL y en cumplimiento a lo ordenado por
auto de fecha seis de octubre del año en curso,
dictado en los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por ZONANA COJAB RAMON en contra de GAMALIEL ISSA
AIZA Y PROMOTORA Y EDIFICADORA
GARSAL, S.A. DE C.V. CON NÚMERO DE
EXPEDIENTE 88/2014, EL C. JUEZ VIGÉSIMO TERCERO DE LO CIVIL, EN EL DISTRITO FEDERAL, DICTO UN AUTO QUE
A LA LETRA DICE: MÉXICO, DISTRITO
FEDERAL A VEINTIDÓS DE OCTUBRE
DEL AÑO DOS MIL CATORCE.- Se ordena
emplazar por medio de edictos a los codemandados GAMALIEL ISSA AIZA Y PROMOTORA Y EDIFICADORA GARSAL, S.A. DE
C.V. ...” para los efectos legales a que haya lugar. MÉXICO, DISTRITO FEDERAL A
DIECISIETE DE OCTUBRE DEL AÑO
DOS MIL CATORCE. Se ordena emplazar
por medio de edictos a los codemandados GAMALIEL ISSA AIZA Y PROMOTORA Y
EDIFICADORA GARSAL, S.A. DE C.V., que
se publicarán por TRES VECES DE TRES
EN TRES DÍAS en el “BOLETÍN JUDICIAL”
y en el periódico “DIARIO IMAGEN”, haciéndole saber a dicho demandado que cuenta
con el término de QUINCE DÍAS para dar
contestación a la demanda, y quedando a su
disposición las copias de traslado respectivas
en la secretaria de este juzgado.
En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO, promovido por INMOBILIARIA ALISO,
S.A. DE C.V., EN CONTRA DE SEGURIDAD
Y LIMPIEZA INDUSTRIAL, S.A. DE C.V., JOSÉ NARCISO RODRIGUEZ OLVERA Y BEATRIZ MEJÍA CAMPUZANO, Expediente Número 294/1997, la C. Juez Vigésimo Segundo de
lo Civil dicto un auto que en su parte conducente
dice: México, Distrito Federal, a cinco de enero del
año dos mil quince... como lo solicita, con fundamento en el artículo 122 fracción II del Código de
Procedimientos Civiles, NOTIFÍQUESE A LA
PARTE DEMANDADA POR EDICTOS QUE
SE PUBLICARÁN POR TRES VECES DE
TRES EN TRES EN EL DIARIO IMAGEN que
tienen un término de TRES DÍAS para que comparezca ante el Notario designado en autos a firmar
la escritura de adjudicación correspondiente en términos y con los apercibimientos decretados en auto
de fecha veintiocho de noviembre del año dos mil
trece. Notifíquese.- OTRO AUTO.- México, Distrito Federal, a veintiocho de noviembre del año
dos mil trece... se tienen por hechas las manifestaciones a que hace mérito en atención a las mismas,
se le tiene designando al C. PEDRO PORCAYO
VERGARA, Notario Público número noventa y
tres del Distrito Federal, con fundamento en el artículo 589 del Código de Procedimientos Civiles,
póngase a disposición de dicho fedatario los presentes autos para que notifique a la parte demandada
que tiene un término de TRES DÍAS para que comparezca a firmar la escritura de adjudicación correspondiente, apercibida que de no hacerlo, la suscrita lo hará en su rebeldía, Notifíquese.
ATENTAMENTE
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
LIC. JAVIER MENDOZA MALDONADO
México, D.F., a 09 de enero del año 2015.
LA C. SECRETARIA DE ACUERDOS “B”
LIC. MA. MARTHA SANCHEZ TABALES.
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO
NACIONAL QUE DICE ESTADOS UNIDOS
MEXICANOS0, TRIBUNAL SUPERIOR DE
JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
AL CALCE UN SELLO CON EL ESCUDO NACIONAL
QUE DICE ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, TRIBUNAL
SUPERIOR DE JUSTICIA DEL DISTRITO FEDERAL.
JUZGADO CUADRAGÉSIMO SEGUNDO DE LO
FAMILIAR DEL DF
Al calce un sello con el Escudo Nacional que
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO
DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL.
“Año de la Consolidación de la Justicia Oral”
“Año de la Consolidación de la Justicia Oral”
dice: Estados Unidos Mexicanos, Tribunal
NACIONAL QUE DICE ESTADOS
UNIDOS MEXICANOS,
Al calce un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos,
Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, México, Juzgado Primero de lo Civil.
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA
DEL DISTRITO FEDERAL.
JUZGADO TRIGÉSIMO SÉPTIMO
FAMILIAR
SRIA. “A”
EXP. 943/2014
EDICTO
SEÑOR: TONATIUH ALEJANDRO
TECUAPETLA GARIBAY.
En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL,
DIVORCIO INCAUSADO, promovido por
MORALES ESCOBAR CONCEPCION en
contra de TONATIUH ALEJANDRO TECUAPETLA GARIBAY, el C. Juez por auto
de fecha veinticuatro de noviembre del año en
curso, ordeno emplazar al demandado TONATIUH ALEJANDRO TECUAPETLA GARIBAY, por edictos con fundamento en el artículo
122 del Código de Procedimientos Civiles,
que se publicarán por TRES VECES DE TRES
EN TRES DIAS en el Boletín Judicial y periódico “DIARIO IMAGEN” haciéndole saber
que debe presentarse al local de este Juzgado
en un término de CUARENTA DIAS para producir su contestación a la demanda instaurada
en su contra, quedando a su disposición en la
Secretaría “A” las copias de traslado.
EN LOS AUTOS DEL EXPEDIENTE 807/12, RELATIVO AL JUICIO ESPECIAL HIPOTECARIO, PROMOVIDO POR ADMINISTRADORA BLACK, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE
CAPITAL VARIABLE, EN CONTRA DE ALEJANDRO GONZALEZ SALINAS, LA C. JUEZ PRIMERO
DE LO CIVIL, DICTO AUTOS QUE A LA LETRA DICEN:—- México, Distrito Federal a veintiuno de
octubre de dos mil catorce.—- A sus autos el escrito de cuenta de la parte actora, como se solicita y atento a
lo dispuesto por el artículo 84 del Código de Procedimientos Civiles, se aclara el proveído de fecha diez de
octubre de dos mil catorce, que obra a foja trescientos ochenta y cuatro, en el cual por un error involuntario
quedó asentado como nombre de la cesionaria y nuevo titular de los derechos de crédito base del presente
asunto:—- “ADMINISTRADORA BLACK, S.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE
CAPITAL VARIABLE,...”—- Siendo lo correcto y como debe quedar:—-“ADMINISTRADORA BLACK,
SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE,...”—- Aclaración que se
efectúa para los fines legales a que haya lugar; debiendo el presente proveído formar parte integrante del
auto materia de aclaración. Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. JUEZ PRIMERO DE LO CIVIL MAESTRA
MARIA ELENA GALGUERA GONZALEZ ANTE SU SECRETARIO DE ACUERDOS LICENCIADO
VICTOR MANUEL SILVEYRA GOMEZ, quien autoriza y da fe.- Doy Fe. México Distrito Federal a diez
de octubre de dos mil catorce.—- A sus autos el escrito de cuenta de MARGARITA HUITRON HERNÁNDEZ
en su carácter de apoderada legal de PENDULUM, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE, personalidad que acredita en términos del instrumento notarial número 70,160
de fecha veinticinco de febrero de dos mil catorce, pasado ante la fe del Notario Público número 233 del
Distrito Federal que al efecto obra en autos en copia certificada; hágasele notar que si bien es cierto como
lo manifiesta en el de cuenta el testimonio notarial con el cual acredita su personalidad obra a fojas 140 de
autos, el cual exhibió en el escrito que presentó el día veintitrés de septiembre de dos mil catorce, también
lo es que en el escrito que presentó el día treinta de septiembre de dos mil catorce, visible a fojas 286 de
autos, señala que exhibe dicho testimonio, sin que lo haya hecho, como se le hizo de su conocimiento en el
proveído de fecha uno de octubre de dos mil catorce.- Persona moral que a su vez es apoderada de ADMINISTRADORA BLACK, S.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, personalidad que se le reconoce en términos del testimonio notarial que se encuentra en autos. Y en
atención a lo solicitado en el escrito que presentó el día treinta de septiembre de dos mil catorce.- Téngase
por señalado domicilio y por autorizadas a las personas que relaciona para oír y recibir notificaciones, documentos y valores e imponerse de autos. atenta a lo solicitado, téngase a ADMINISTRADORA BLACK,
S.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA DE CAPITAL VARIABLE, como cesionario y
nuevo titular de los derechos de crédito en el presente juicio. En consecuencia, procédase a hacer la anotación
correspondiente en la carátula del expediente en que se actúa así como en el Libro de Gobierno para quedar
como parte actora a ADMINISTRADORA BLACK, S.A. SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE CAPITAL VARIABLE. Hágase del conocimiento de la C. Directora de la Oficialía de Partes Común
Civil Cuantía Menor, Oralidad, Familiar y Sección Salas de éste H. Tribunal el cambio de denominación de
la parte actora, visto el estado que guardan los autos y como lo solicita el promovente, con fundamento en
el artículo 122 fracción II del Código de Procedimientos Civiles, se ordena notificar por medio de edictos,
al demandado ALEJANDRO GONZÁLEZ SALINAS el presente proveído, que se publicarán por tres veces
de tres en tres días en el Boletín Judicial y en el periódico El Diario Imagen de esta Ciudad, haciéndosele
saber que quedan a su disposición las copias de traslado en la Secretaría “A” de éste Juzgado.- Notifíquese.- Lo proveyó y firma la C. Juez Primero de lo Civil en el Distrito Federal, MAESTRA MARÍA ELENA
GALGUERA GONZÁLEZ, ante su C. Secretario de Acuerdos “A” Licenciado VÍCTOR MANUEL SILVEYRA GÓMEZ quien autoriza y da fe.- Doy Fe.-
México, D.F., a 8 de Diciembre de 2014.
AL CALCE UN ESCUDO QUE DICE:
GOBIERNO DEL ESTADO DE MÉXICO.
ESTADO LIBRE Y SOBERANO.
INSTITUTO DE LA FUNCIÓN REGISTRAL
“2014, AÑO DE LOS TRATADOS
DE TEOLOYUCAN”
OFICINA REGISTRAL DE ECATEPEC
EDICTO
LA SECRETARIA DE ACUERDOS. “A”
LIC. EDITH DIAZ MEZA.
JUZGADO OCTAVO CIVIL.
EXPEDIENTE: 1035/2013
SECRETARIÍA “A”
EDICTO
A QUIEN CORRESPONDA:
EL C. FERNANDO TRUEBA BUENFIL, titular de la
Notaría 42, del Estado de México, en representación
del señor FRANCISCO JAVIER JUÁREZ SUÁREZ,
solicitó ante la oficina Registral de Ecatepec, en términos
del artículo 69 de la Ley Registral para el Estado de
México y 93 de su Reglamento LA REPOSICIÓN de
la Partida 539 VOL. 449, LIBRO 1º, Sección I, fecha
de inscripción 20 de febrero de 1981, mediante trámite
de folio: 775.- Referente a la INSCRIPCIÓN DE LA
ESCRITURA. NO. 41, 894, DE FECHA 25 DE JULIO DE 1980, ANTE LA FE DEL NOTARIO NUMERO 8 DEL DISTRITO FEDERAL, LICENCIADO CARLOS CUEVAS SENTÍES.- OPERACIÓN:
TRANSMISIÓN DE PROPIEDAD EN EJECUCIÓN DE FIDEICOMISO.- BANCOMER, S.A. FIDUCIARIA Y POR INSTRUCCIONES DE CONSTRUCTORA Y FRACCIONADORA CONTINENTAL, S.A. DE C.V.- TRANSMITE A FAVOR DE LOS
SEÑORES: FRANCISCO JAVIER JUÁREZ SUÁREZ
Y MARICELA GÓMEZ MORALES DE JUÁREZ.QUIENES COMPRAN Y ADQUIEREN PARA SI PRO
INDIVISO Y POR PARTES IGUALES.- RESPECTO
AL INMUEBLE ubicado en el Fraccionamiento “PARQUE RESIDENCIAL COACALCO”, Municipio de
Ecatepec, Estado de México, LOTE 26, MANZANA
79, EN LA CALLE VERDINES.- CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS Y LINDEROS: AL NORESTE: 7:00 MTS. CON LOTE 9.- AL SURESTE: 17.50
MTS. CON LOTE 25.- AL SUROESTE: 7.00 MTS.
CON CALLE VERDINES.- AL NOROESTE: 17.50
MTS. CON LOTE 27.- SUPERFICIE DE: 122.50 M2.En atención a ello, se acordó autorizar a costa del interesado, dar aviso de la publicación de la reposición que
nos ocupa, en el periódico Oficial “Gaceta de Gobierno”
y en el periódico de mayor circulación en el Municipio
de Ecatepec de Morelos, Estado de México.- Por tres
veces de tres en tres días cada uno, en términos del artículo 95, del Reglamento de la Ley Registral para el
Estado de México.- 17 de diciembre del 2014.-
En los autos del juicio INTESTAMENTARIO
A BIENES DE SALCEDO WOLCKEN ISABEL Y/O SALCEDO Y WOLCKEN ISABEL
JUANA Y/O SALCEDO DE MEDRANO
ISABEL, EXPEDIENTE 1268/2013, la C.
Juez Vigésimo Sexto de lo Familiar, mediante
proveído de fecha veintisiete de noviembre del
año dos mil catorce, ordenó fijar avisos, anunciando el fallecimiento de la de cujus SALCEDO WOLCKEN ISABEL Y/O SALCEDO
Y WOLCKEN ISABEL JUANA Y/O SALCEDO DE MEDRANO ISABEL acontecido el
día veintiséis de febrero de mil novecientos
cincuenta y siete, denunciando y reclamando
la herencia el C. SERGIO JESÚS AREVALO
SALCEDO, convocando a FIDENCIO MEDRANO CRUZ, que el día veintiséis de junio
del año dos mil trece se tuvo por radicada la
sucesión intestamentaria a bienes de SALCEDO WOLCKEN ISABEL Y/O SALCEDO Y
WOLCKEN ISABEL JUANA Y/O SALCEDO DE MEDRANO ISABEL, por lo que se
le convoca a que haga valer sus posibles derechos hereditarios, apercibido que en caso
de no hacerlo, se estará a las resultas del juicio, con fundamento en los artículos 55, 133,
799, 800 del Código de Procedimientos Civiles.- Notifíquese lo proveyó y firma la C. Juez
Vigésimo Sexto Familiar del Distrito Federal,
Maestra Juana ERIKA ORDOÑEZ SALAZAR,
ante el C. Secretario de Acuerdos “B” Doctor
DAVID LÓPEZ MORA, que autoriza y da fe.
AT E N TAM E N T E
EL SECRETARIO DE ACUERDOS “B” DEL
JUZGADO VIGÉSIMO SEXTO DE LO
FAMILIAR DEL DISTRITO FEDERAL.
MÉXICO, D.F. A 05 DE ENERO DE 2015.
EL C. SECRETARIO CONCILIADOR POR
MINISTERIO DE LEY DEL JUZGADO
OCTAVO CIVIL.
(POR ACUERDO 36/48/2012 DEL CONSEJO DE
LA JUDICATURA DEL DISTRITO FEDERAL).
DR. DAVID LÓPEZ MORA
LIC. JOSÉ ALFREDO DÍAZ SALAS.
LIC. XOCHITL RAMIREZ AYALA
REGISTRADORA DE LA PROPIEDAD Y
DEL COMERCIO DEL DISTRITO
JUDICIAL DE ECATEPEC.
MÉXICO, D.F. A 09 DE DICIEMBRE DE 2014
EDICTO DE
EMPLAZAMIENTO
En los autos del juicio ORDINARIO CIVIL promovido por ARENAS GARCÍA TORRES LAURA AMPARO Y ARENAS GARCÍA TORRES
LUIS GERARDO en contra de VÍCTOR MANUEL SOLARES NUÑEZ, MARIA ELENA
BRAVO MARTINEZ, LORENZO LOZANO
MORALES, JORGE CLAUDIO IBARROLA
MURO, NOTARIO PUBLICO NUMERO 9 DEL
ESTADO DE MÉXICO, Y C. DIRECTOR DEL
REGISTRO PUBLICO DE LA PROPIEDAD Y
DEL COMERCIO DEL DISTRITO FEDERAL,
expediente número 1035/2013, el doce de Diciembre
de 2014. El C. JUEZ dicto un auto que ordeno emplazar al C. LORENZO LOZANO MORALES por
medio de edictos, debiéndose publicar los mismos
por TRES VECES DE TRES EN TRES DÍAS en el
Boletín Judicial y en el periódico “Diario Imagen”,
haciendo de su conocimiento que cuenta con un término de TREINTA DÍAS para que se presenten a recibir las copias de traslado y QUINCE DÍAS posteriores para contestar la demanda, quedando a su disposición en la Secretaria de este juzgado las copias
de traslado respectivas. NOTIFÍQUESE.- Lo proveyó
y firma el C. Juez Octavo de lo Civil, Licenciado
Alejandro Torres Jiménez, ante la C. Secretaria de
Acuerdos, Licenciada Yolanda Zequeira Torres, que
autoriza y da fe. Doy Fe. - - - - - - NOTIFIQUESE.
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS.
RUBRICA
LIC. VICTOR MANUEL SILVEYRA GOMEZ
EDICTO
EDICTO.
Superior de Justicia del Distrito Federal,
México, Juzgado Decimo Primero de lo
En los autos del INCIDENTE DE CESACIÓN DE PENSIÓN ALIMENTICIA deducido del juicio ORDINARIO
CIVIL, CESACIÓN DE OBLIGACIONES ALIMENTARIAS, promovido por FERNÁNDEZ FABIÁN ARMANDO
en contra de CEDILLO DE LA BORBOLLA ANGUIANO
NORA NATALIA ZARAITH Y OTRO, la C. Jueza Cuadragésima Segunda de lo Familiar en el Distrito Federal, ordenó
la publicación del presente edicto, anunciando los puntos resolutivos de la sentencia interlocutoria dictada el tres de diciembre de dos mil catorce: México, Distrito Federal a tres de
diciembre del dos mil catorce.- VISTOS, para resolver en forma
Interlocutoria los autos del Incidente de Cancelación de Pensión
Alimenticia, derivado de la Controversia del Orden Familiar,
seguido por FERNÁNDEZ FABIAN ARMANDO en contra
de NORA NATALIA ZARAITH CEDILLO DE LA BORBOLLA ANGIANO, expediente 686/2008; y - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - RESUELVE:- - - - - - - - - - - - PRIMERO.- Ha procedido la vía incidental planteada por el
actor, en la cual la demandada se constituyó en rebeldía, atento
a las consideraciones vertidas en esta resolución.-SEGUNDO.- Se decreta la cancelación de la pensión alimenticia a favor
de NORA NATALIA ZARAITH CEDILLO DE LA BORBOLLA ANGIANO. En consecuencia, TERCERO.- Remítase atento exhorto con los insertos necesarios al C. Juez Competente de Monterrey, Nuevo León, para que por su conducto
se sirva librar el oficio respectivo al C. Director de Recursos
Humanos de la Unidad de Medicina Familiar del Instituto Mexicano del Seguro Social de dicha entidad, para que se haga
realice la cancelación de la pensión alimenticia decretada por
concepto del QUINCE POR CIENTO de las percepciones
ordinarias y extraordinarias que recibe el deudor alimentario
a favor de la señora NORA NATALIA ZARAITH CEDILLO
DE LA BORBOLLA ANGIANO facultándose al C. Juez exhortado para acordar todo tipo de promociones tendientes al
cumplimiento de la presente diligencia con fundamento en el
artículo 109 del Código Procesal Civil, previo el pago de derechos de los interesados.- CUARTO.- No se hace especial
condena en gastos y costas. QUINTO.- En términos de lo dispuesto por el articulo 639 del Código de Procedimientos Civiles
publíquense los puntos resolutivos de la presente sentencia por
dos veces de tres en tres días en el Periódico Diario Imagen.SEXTO.- Con apoyo en lo dispuesto en el articulo 30 del Reglamento del Sistema Institucional de Archivos del Tribunal
Superior de Justicia del Distrito federal, agréguese al legajo de
sentencias de este Órgano Jurisdiccional copia certificada de
este fallo. SÉPTIMO.- Notifíquese.- ASI, interlocutoriamente
juzgando, lo resolvió y falló la C. Jueza Cuadragésima Segunda
de lo Familiar en el Distrito Federal Licenciada SILVIA GÓMEZ GONZÁLEZ, ante el C. Secretario de Acuerdos “B”
Licenciado ERNESTO VILLARREAL TELLEZ que autoriza y da fe.–
Civil, Exp. 167/2014, Sria. “A”.
En los autos del juicio ESPECIAL HIPOTECARIO promovido por SCRAP II SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
DE C.V. en contra de CEDILLO RAMOS
OTILIO la C. Juez Decimo Primero De Lo Civil en el Distrito Federal, ordeno por auto de
fecha diez de noviembre de dos mil catorce,
con fundamento en lo dispuesto por el articulo
122 fracción II del Código de Procedimientos
Civiles, procédase a emplazar a la parte demandada CEDILLO RAMOS OTILIO, por
medio de EDICTOS, que deberán ser publicados por TRES VECES DE TRES EN TRES
DÍAS, en el Boletín judicial y en el Periódico
“DIARIO IMAGEN”, haciéndole saber que
tiene un termino de DIECISIETE DÍAS, para
producir su contestación a la demanda entablada en su contra, contados a partir de la última publicación del edicto ordenado, con el
apercibimiento de tenerlo por contestada la
demanda en sentido negativo, quedando a disposición de la secretaria de este juzgado las
copias de traslado de la demandada, lo anterior
para los efectos legales a que haya lugar.
MEXICO, D.F., A 04 DE DICIEMBRE DEL 2014
C. SECRETARIA DE ACUERDOS “A”
RUBRICA
EL C. SECRETARIO DE ACUERDOS “B”
LIC. ERNESTO VILLARREAL TÉLLEZ.
LIC. BEATRIZ DAVILA GOMEZ.