Financiamiento Temporal
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FINANCIAMIENTO
TEMPORAL
NORMATIVIDAD
• La Resolución Directora N° 053-2013-EF/52.03 señala que el Financiamiento Temporal constituye
Recursos que las Ues del Gobierno Nacional, Regional y Local pueden obtener de manera directa
de las entidades del Sistema Financiero Nacional sujeto a reembolso dentro del mismo Año Fiscal
en el que se acuerda el financiamiento.
• El propósito es cubrir los descalces estacionales de los ingresos respecto a los pagos en el año
fiscal en las fuentes de financiamiento diferentes de Recursos Ordinarios.
• La norma establece procedimientos administrativos a través del SIAF.
• La norma adicionalmente está orientado a controlar:
- El desembolso de los Recursos del Financiamiento Temporal
- La efectiva percepción de los fondos materia de dicho financiamiento.
- El reembolso del financiamiento (pago de las cuotas al banco).
- Identificación de la utilización de los recursos del Financiamiento.
ESQUEMA GENERAL DEL PROCEDIMIENTO DE FINANCIAMIENTO
CONCERTACIÓN
DEL
PRÉSTAMO
BANCO
UTILIZACIÓN
DEL
PRÉSTAMO
UE
METAS
BANCO
Operaciones con el
Financiamiento
GASTOS
INGRESOS
Agentes
Deudores
UE
BANCO
REEMBOLSO
PERIODO DEL 1 DE ENERO AL 31 DE DICEMBRE
INGRESOS
REALES
Operaciones con la
percepción real de los
ingresos
ESQUEMA GENERAL DEL PROCEDIMIENTO APLICADO EN EL SIAF ADM
MÓDULO DE DEUDA: OPERACIONES DE TESORERÍA
INGRESOS
(FD)
BANCO
UE
GASTOS
(N)
METAS
BANCO
Operaciones con el
Financiamiento
Clasificador
1339214
Publicaciones
Clasificador
263221
Maquinaria
Equipo
Reembolso
y/G
Ingresos
reales
Y/g
UE
BANCO
Sin clasificador
presupuestal
000000257
Agentes
Deudores
FT
Operaciones con la
percepción real de los
ingresos
1- Sin clasificador
presupuestal
000000498
2- Con clasificador
PPTAL para control
1339214
Registro para efecto
sólo de control
INGRESO POR EL DESEMBOLSO DEL ENTE FINANCIADOR
Se elige Clasificador 1339214 que requiere “adelanto” de recursos a cuenta de captaciones 2014.
INGRESOS REALES CAPTADOS POR LA UE Y GASTOS PARA PAGAR PRÉSTAMO
EN EL RECAUDADO: CONTROL PARA CLASIFICADOR FINANCIADO.
El control se activa al invocar Exp. Fin. Temporal 0000075 y visualizo en Documento B Recaudado
INGRESOS REALES CAPTADOS POR LA UE Y GASTOS PARA PAGAR PRÉSTAMO
EN EL RECAUDADO: CONTROL PARA CLASIFICADOR FINANCIADO.
El control se activa al invocar Exp. Fin. Temporal 0000075 y visualizo en Documento B Compromiso
ASPECTOS COMPLEMENTARIOS
• Para aplicar la normatividad señalada y la RD 031 del 10-04-2014 deben tener en cuenta los usuarios:
1.- Contar con los Créditos Presupuestales suficientes en la FF materia del financiamiento.
2.- Seleccionar cuidadosamente el o los clasificadores de ingresos de la FF que la UE identifique que tendrá una
efectiva recaudación en el ejercicio para que este sea materia del financiamiento.
3.- Haber registrado la Certificación del Gasto materia del financiamiento.
4.- Los ingresos por desembolso del Banco se registran con el TR vinculado a la cta cte que lo recepciona.
5.- Los giros o desembolso de los recursos provenientes del financiamiento temporal, para gastarlo
presupuestalmente, se realizará a través de la Cta bancaria de la FF materia del F.T.
6.- En el caso de RDR y RD los gastos se realizarán registrando en sus respectivas cuentas centrales.
7.- No olvidar que esta operación del FT es válido sólo dentro de un ejercicio presupuestal. El sistema
podrá controlarlo administrativa y contablemente.
8.- Sin embargo, el sistema podrá registrar la operación del pago por reembolso sin existir el Ingreso.
La contaduría deberá establecer procedimientos contables en este caso.
9.- Pedir que el BN informe a la DGETP la existencia de este FT para que parte de la Asignación Financiera,
si fuera el caso, el Tesoro lo deposite en la cuenta que corresponda al cobro del BN.
10.- No es aceptable que al finalizar el ejercicio exista deudas por FT para ser pagadas en otro ejercicio.
RECOMENDACIONES
• El sistema de registro debe tener una validación para cuando se registre
una operación de ingresos cuyo clasificador está vinculado a una operación
de FT que aún no completado su percepción, este no sea en una operación
de “Y” porque estará duplicando el registro del ingreso presupuestal.
• El sistema debiera de tener una marca visible en los Reportes de Ingresos
Presupuestales que aclare cuanto de lo recaudado se refiere a un
financiamiento temporal para una mejor interpretación de la información.
• El sistema debiera tener flexibilidad más adelante, que permita reemplazar
los clasificadores iniciales de ingresos seleccionados para el FT por otros de
efectiva percepción, especialmente en determinadas FF.