Derechos Humanos de las Personas Adultas Mayores

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Derechos Humanos de las
Personas Adultas Mayores
Personas Adultas Mayores
En México las personas adultas mayores son aquellas que cuenten con sesenta
años o más de edad y que se encuentren domiciliadas o en tránsito en el
territorio nacional (Ley de los Derechos de las Personas Adultas Mayores),
es un grupo heterogéneo y las discriminaciones que sufren dependen de
múltiples circunstancias y factores; según datos del INEGI en el periodo de
2000 al 2013 la población femenina que tiene 65 años y más, creció
un
3.82% anualmente; de acuerdo con el mismo instituto en el 2013 existió una
proporción de 118 mujeres por cada 100 hombres en el rango de edad de 75 a
79 años de edad, en el caso de la población de 85 años y más las proporción
es de 137 mujeres por cada 100 hombres lo que confirma la mayor
supervivencia de las mujeres a lo largo de la vida también datos censales
identifican a las mujeres adultas mayores como un grupo con los mayores
rezagos educativos, de igual forma este grupo de mujeres son identificadas
como las menos favorecidas por las políticas de vivienda.
Fuente: INEGI,
http://www.inegi.org.mx/prod_serv/contenidos/espanol/bvinegi/productos/integrac
ion/sociodemografico/mujeresyhombres/2013/Myh_2013.pdf
Derechos Humanos
Son
el
conjunto
de
prerrogativas inherentes a
la
naturaleza
de
la
persona, cuya realización
efectiva
resulta
indispensable
para
el
desarrollo
integral
del
individuo que vive en una
sociedad
jurídicamente
organizada. Estos derechos,
establecidos
en
la
Constitución
y
en
las
leyes,
deben
ser
reconocidos y garantizados
por
Fuente: Comisión Nacional deel
los Derechos Humanos, Estado
http://www.cndh.org.mx/Que_Son_Derechos_Humanos
(Comisión Nacional de los
Derechos Humanos).
Fuente: Cedaw, Recomendación General 27, Sobre las mujeres de edad y la
http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/101187.pdf
Mujeres adultas mayores
Según la Convención sobre
la Eliminación de
todas
las
Formas
de
Discriminación contra la
Mujer
(CEDAW),
la
feminización
del
envejecimiento revela que
la mujer tiende a ser más
longeva que el hombre y
que el número y que el
número de mujeres de edad
que viven solas supera al
de hombres en la misma
situación. Si bien hay 83
hombres
por
cada
100
mujeres
mayores
de
60
años, entre los mayores
de 80 años solo hay 59
hombres
por
100
protección
de sus derechos
humanos, cada
mujeres
de
más de
80
años.
Marco jurídico
internacional y nacional
Debido
a
lo
anterior
instancias internacionales
y
nacionales,
como
el
Instituto de las Mujeres
(Inmujeres),
se
han
ocupado de esta situación
creando marcos jurídicos
en los cuales se protejan
los derechos humanos de
las
mujeres
adultas
mayores, en respuesta a un
«La discriminación que sufren las
mujeresrealizado
de edad con
estudio
por
frecuencia es de carácter multidimensional,
al afirma:
sumarse la
CEDAW donde se
discriminación por motivo de edad a la discriminación por
razón de género, origen técnico, discapacidad, grado de
pobreza, orientación sexual e identidad de género, condición
de migrante, estado civil y familiar, alfabetismo y otras
circunstancias. Las mujeres de edad que pertenecen a grupos
minoritarios, étnicos o indígenas, o son desplazadas internas
Cedaw, Recomendación General 27, Sobre las mujeres de edad y la protección de sus derechos humanos,
o Fuente:
apátridas,
suelen ser víctimas de discriminación en un grado
http://cedoc.inmujeres.gob.mx/documentos_download/101187.pdf
desproporcionado».
Ámbito Internacional
•
La Convención sobre la Eliminación de
todas las Formas de Discriminación
contra la Mujer (CEDAW) y entró en
vigor en México en septiembre de 1981,
siendo un tratado internacional en
materia de derechos humanos, tiene un
Comité el cual emite recomendaciones,
en el caso de las personas adultas
mayores
en
2010
fue
aprobada
la
recomendación 27 , en ésta se solicita
atender el tema de las mujeres de edad
y
la
protección
de
sus
derechos
humanos.
• México
al
formar
parte
de
esta
Convención retoma ésta recomendación y
Fuente: PROIGUALDAD 2013-2018,
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5312418&fecha=30/08/2013
la incluye en su marco jurídico.
Ámbito Nacional
Plan Nacional
de Desarrollo
(2013-2018)
Programa Nacional
para la Igualdad de
Oportunidades y no
Discriminación
contra las Mujeres
2013-2018
Ley General de
Acceso de las
Mujeres a una
Vida Libre de
Violencia (2007)
Ley General
para la
Igualdad entre
Mujeres y
Hombres (2006)
Ley de los
Derechos de las
Personas
Adultas Mayores
(2002)
Fuente: PROIGUALDAD 2013-2018,
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5312418&fecha=30/08/2013
Inmujeres y los derechos humanos de las mujeres
adultas mayores
Este instituto se encarga de dar seguimiento y verificar
el cumplimiento de las líneas de acción descritas en el
PND 2013-2018 que son:
 Difundir los derechos de las mujeres en situación de
vulnerabilidad: indígenas, discapacitadas, migrantes,
adolescentes, pobres, adultas mayores y reclusas.
 Realizar
acciones
afirmativas
para
erradicar
la
discriminación de mujeres indígenas, discapacitadas,
migrantes, pobres, adultas mayores y reclusas.
 Promover acciones afirmativas para dotar de identidad
civil a niñas, adolescentes, jóvenes, adultas mayores
indígenas y no indígenas, discapacitadas y migrantes.
 Promover la formación de personal indígena, para
Fuente:
PROIGUALDAD 2013-2018,
brindar
servicios de atención a mujeres, niñas y
http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5312418&fecha=30/08/2013
adultas mayores, víctimas de violencia.
Logros de Inmujeres en Derechos Humanos para
Mujeres Adultas Mayores
Están por firmarse dos convenios con el objetivo de proteger los
derechos humanos de las mujeres adultas mayores con las
siguientes instituciones:
 Instituto Nacional de Geriatría:
Este convenio tiene por
objeto la realización de actividades conjuntas orientadas a la
protección, promoción, estudio y difusión de los derechos de
las personas adultas mayores en materia de salud con un enfoque
de igualdad entre hombres y mujeres y no discriminación, en el
marco de las políticas de salud.
 Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores:
este
instrumento jurídico establecerá los mecanismos de colaboración
y coordinación para conjuntar esfuerzos mediante acciones y
estrategias de la política social orientada a la protección,
observancia, promoción, estudio y difusión de los derechos de
las personas adultas mayores.
Conclusión
Las mujeres de edad no constituyen un grupo
homogéneo. Representan una gran diversidad de
experiencias,
conocimientos,
habilidades
y
aptitudes, pero su situación económica y social
depende de una serie de factores demográficos,
políticos,
ambientales,
culturales,
sociales,
individuales y familiares. La contribución de las
mujeres de edad a la vida pública y privada como
dirigentes
de
sus
comunidades,
empresarias,
cuidadoras, asesoras y mediadoras, entre otras
funciones es fundamental.