FAMILIA COMO SOCIEDAD

Download Report

Transcript FAMILIA COMO SOCIEDAD

De los derechos y deberes
de los niños y los padres
De los derechos y deberes de
los niños y los padres
I.
Introducción: Derechos ¡y deberes! que tienen
tanto los padres como los hijos
II. Sobre los Derechos Humanos y los Derechos de
los Niños
III. Análisis e implicaciones de la Convención de los
Derechos de los Niños. Resumen del documento
“Derechos de los niños” de Marie-Thérèse
Hermange
IV. Los derechos de la familia
V. Lo positivo y negativo de los Derechos de los
Niños
VI. Conclusión
I. Introducción: Derechos ¡y deberes! que
tienen tanto los padres como los hijos.
 Toda persona es sujeto de derechos y deberes que derivan
de su propia naturaleza y dignidad. Corresponden a sus
necesidades materiales y espirituales y pertenecen a todos en
cualquier etapa de su vida.
 La Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH)
asienta que la persona no puede renunciar a sus derechos y
que nadie debe violar ni privar a otros de ellos; se deben
reconocer y respetar.
 Cada derecho conlleva un deber, son dos caras de una
misma moneda, por tanto, hablar de los derechos del niño es
también hablar de sus deberes. Por supuesto también los
padres y educadores tienen derechos y deberes.
I. Introducción: Derechos ¡y deberes! que
tienen tanto los padres como los hijos.
“Nuevos derechos”
 En la actualidad, algunos clasifican y reinterpretan los derechos.
 Parten de características secundarias como el sexo o las diferentes
etapas de la vida: derechos del niño, del joven, de la mujer.
 En los derechos de los niños, hay dos tendencias que no siempre se
concilian:
 La necesidad de que los padres protejan al niño dada su
fragilidad.
 El derecho del niño a la libertad individual como si fuera un
adulto, cuando todavía no lo es.
 Entre ellos se encuentran los “derechos reproductivos”, abarcan el
acceso al aborto, a la esterilización, al divorcio fácil, un “estilo de
vida” de la juventud que propicia la banalización del sexo y el
debilitamiento de la justa autoridad de los padres en la educación
de los hijos.
II. Sobre los Derechos Humanos y los
Derechos de los Niños
a) Los derechos humanos [1]
 Los derechos del hombre nacen de la
dignidad connatural que pertenece a
todo ser humano. Son independientes
de la voluntad de los seres humanos,
del Estado y de los poderes públicos.
Son universales porque están presentes
en todos los seres humanos; son
inviolables, por ser inherentes a la
persona humana y a su dignidad; son
inalienables, porque no se puede privar
legítimamente de estos derechos a
nadie.
[1] Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, Nos.
152 al 155
II. Sobre los Derechos Humanos y los
Derechos de los Niños
Los derechos humanos corresponden a las
exigencias de la dignidad humana y a la
satisfacción de las necesidades materiales
y espirituales de la persona en todas las
fases de la vida y en cualquier contexto.
El primer derecho es el derecho a la vida,
desde su concepción hasta su conclusión
natura. Éste, condiciona el ejercicio de
cualquier otro derecho y comporta la
ilicitud de toda forma de aborto
provocado y de eutanasia.
II. Sobre los Derechos Humanos y los
Derechos de los Niños
b) Derechos y deberes [2]
Existe una recíproca complementariedad
entre derechos y deberes, se encuentran
indisolublemente unidos. En la sociedad
humana, a un determinado derecho natural
de cada hombre corresponde en los demás el
deber de reconocerlo y respetarlo.
Los derechos del hombre se confrontan hoy
con
una
dolorosa
realidad
de
violaciones, guerras y violencias de todo tipo.
Todos estamos llamados a anunciar, defender
y a promover los derechos fundamentales del
hombre.
[2] Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia, Nos. 156 y 157
II. Sobre los Derechos Humanos y los
Derechos de los Niños
c) Los derechos de los niños [3]
 Existe una exigencia a respetar la dignidad de los niños,
especialmente en la familia. Esto adquiere una urgencia
singular cuando el niño es pequeño y necesita de todo, está
enfermo, delicado o es minusválido.
 Los derechos de los niños deben ser protegidos por los
ordenamientos jurídicos. Es necesario el reconocimiento
público del valor social de la infancia.
 El primer derecho del niño es a nacer en una familia
verdadera, un derecho cuyo respeto ha sido siempre
problemático y que hoy conoce nuevas formas de violación
debidas al desarrollo de las técnicas genéticas.
[3] Compendio de la Doctrina Social de la Iglesia Nos. 235, 244 y 245
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
La situación de muchos niños en el mundo
dista mucho de ser satisfactoria (tráfico
de niños, el trabajo infantil, el fenómeno
de los « niños de la calle », el uso de niños
en conflictos armados, el matrimonio de
las niñas, la utilización de niños para el
comercio de material pornográfico), por
la falta de condiciones que favorezcan su
desarrollo integral, a pesar de la
existencia de un específico instrumento
jurídico internacional para tutelar los
derechos del niño, la Convención sobre
los derechos del niño que ha sido
ratificada por la casi totalidad de los
miembros de la comunidad internacional.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
La investigación en el campo de la
reproducción plantea delicadas cuestiones
que exigen la intervención de la sociedad y
normas que regulen este ámbito de la
convivencia humana. Conviene recordar que
el deseo de maternidad y paternidad no
justifica ningún «derecho al hijo», en cambio,
son evidentes los derechos de quien aún no ha
nacido, al que se deben garantizar las mejores
condiciones de existencia, mediante la
estabilidad de la familia fundada sobre el
matrimonio y la complementariedad de las dos
figuras, paterna y materna.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
d) De la Declaración Universal a la
Convención de los Niños [4]
El 10 de Diciembre de 1948, se asentó
ante la Asamblea General de las
Naciones Unidas en París en un
documento internacional porqué es que
los seres humanos tienen dignidad y
cuáles son los derechos fundamentales
que esta dignidad les confiere. Este
documento llegó a ser la Declaración
Universal de los Derechos Humanos
(DUDH). La redactaron representes de
diferentes
antecedentes
étnicos
y
culturales, legítimamente puede decirse
que incluía un amplio espectro de lo que
constituye la familia humana.
[4] CINCUENTA AÑOS DESPUÉS DE LA DECLARACIÓN. El Récord de Naciones
Unidas en Derechos Humanos. Teresa Wagner y Leslie Carbone. University
Press of América y Family Research Council. 2001
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
 Los
derechos
enumerados
en
la
Declaración son universales porque se
adhieren a la esencia de lo que nos hace
humanos; esa que es anterior a la
diferenciación otorgada por él género,
color, credo, clase, ciudadanía geográfica.
 Actualmente se pretende “reinterpretar” su
mismo significado para impulsar una
agenda peligrosa. La reinterpretación de los
derechos humanos para crear “nuevos
derechos” se aceptaría si ésta se impone
desde arriba. Las legislaturas de varios
países impulsan y pretenden promover este
tipo
de
conductas
destructivas
convirtiéndolas en ley.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
e) Sobre los “Nuevos derechos” [5]
 Nacen en la Conferencia de
Pekin, en 1995, sobre la mujer y
la Asamblea del Milenio para
convertir el aborto en derecho.
[5] La ONU y el caso a la verdad. Michael Schooyans en
http://perso.infonie.be/le.feu/ms/framesp/grensp.htm
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
e) Sobre los “Nuevos derechos”
 Moldean las costumbres, los "valores" que inspiran
las conductas.
 Resultan de procedimientos consensuales.
 Despiertan el deseo de imitación.
 Inducen las conductas miméticas. Muchos
acaban imitando el comportamiento definido por
los "nuevos derechos" y por los "nuevos valores".
 Los medios masivos de comunicación propagan
esta tendencia imitativa al conjunto de la
sociedad.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
e) Sobre los “nuevos derechos”
 Les caracteriza el no-respeto por la dignidad ni
la vida humana.
 No se reconocen por su valor intrínseco y la
fuerza de la verdad.
 Se imponen por la voluntad de quienes
adhieren al consenso, eso es, finalmente, por la
fuerza de la mayoría.
 Algunas veces difieren de la verdad sobre el
hombre y su valor.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
e) Sobre los “Nuevos derechos”
Entre los "nuevos derechos" figuran:
 los "derechos reproductivos“
 los nuevos modelos de uniones: homosexuales,
lesbianas
 Eutanasia
 Aborto
 La emancipación sexual de los adolescentes.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
Los llamados derechos gay,
el derecho al aborto y otros
seudo derechos, atentan
contra las instituciones más
preciadas
de
nuestra
sociedad como la familia,
las relaciones de los padres
con los hijos, y la moralidad
básica tradicional.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños





La reinterpretación del derecho humano implica:
Ignora el respeto a la dignidad connatural del ser
humano.
Son dependientes de la voluntad, pactados por los seres
humanos, el Estado y los poderes públicos.
No son universales porque no están presentes en todos los
seres humanos.
No son derechos inviolables, por ya no son inherentes a la
persona humana y a su dignidad.
No son inalienables, porque hoy se priva legítimamente
de estos derechos a algunos en beneficio de otros,
muchas veces atacando su propia naturaleza.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
La Convención para los
Derechos de los Niños
 Fue precipitadamente
firmada por 130 naciones
con poco debate sin prever
sus efectos legales.
 Contiene frases ambiguas
que dan a los niños
autonomía y libertad,
especialmente libertad del
control de los padres.
 Introdujo el concepto de los
derechos de los niños que el
gobierno se encarga de
proteger.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
 Las más grandes civilizaciones han sido destruidas desde
dentro.
 El resquebrajamiento de la familia puede ser el colapso
de la nuestra.
 Los padres responsables saben que el niño necesita
protección hasta de las propias acciones que emanan
de su inmadurez.
 La Convención, al invalidar la autoridad de los padres
hace que esto sea imposible.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
En el contexto de los “derechos
del niño”, la mentalidad que
prevalece ha cambiado el
interés por el bienestar del niño
por una visión falsa de un niño
autónomo con los mismos
derechos
objetables
que
propone
para
los
adultos,
cuando éste aún no lo es. Esta
visión puede llegar a ser una
amenaza para la autoridad de
los padres y para la integridad
de la familia.
II. Sobre los Derechos Humanos
y los Derechos de los Niños
En un principio, se contempló
el mejor interés del niño dentro
de una familia integrada y
bajo el cuidado, guía y control
de los padres.
III. Análisis e implicaciones de la
Convención de los Derechos de los Niños.
Resumen del documento “Derechos de los niños” de Marie-Thérèse Hermange
Introducción
Los derechos humanos deben
reconocerse a los niños con el
mismo título que a todos los
demás seres humanos.
Honrar los derechos del niño es,
sobre todo, deber de los padres.
Son los primeros llamados a
respetar la vida de sus hijos, a
alimentarlos, a cuidarlos, a
educarlos.
III. Análisis e implicaciones de la
Convención de los Derechos de los Niños.
Resumen del documento “Derechos de los niños” de Marie-Thérèse Hermange
Introducción
Sin embargo hoy se observa una
tendencia a privar a los padres de la
protección que deben garantizar a los
hijos.
Los hijos tendrían derecho a una
libertad individual -que se puede
traducir en acceso a la contracepción,
a la píldora del día después, al abortoque puede menoscabar el derecho de
control de los padres.
III. Análisis e implicaciones de la
Convención de los Derechos de los Niños.
Resumen del documento “Derechos de los niños” de Marie-Thérèse Hermange
Introducción
Se
enfrentan
así
dos
concepciones del derecho
de los hijos. Una reconoce
en los padres a los primeros
garantes de estos derechos;
la otra tiende a privar a los
padres
de
sus
responsabilidades y procura
transferirlas a competencias
públicas o a los delegados
de las mismas.
1. ¿Cómo surge la Convención de los
Derechos del niño (CDN)?
 Los niños eran siempre las primeras víctimas de
epidemias, hambrunas y conflictos, por ello inicia el
movimiento a favor y en defensa de los derechos de los
niños.
 Eglantyne Jebb, fundadora de Internacional Save the
Children Union permitió adoptar en 1924 la primera
Declaración sobre los derechos de los niños (declaración
de principios, sin valor obligatorio).
 Bajo el impulso de Polonia, la primera Declaración
desemboca en la adopción de la Convención
internacional relativa a los derechos del niño, el 20 de
noviembre de 1989. Ésta es una referencia obligada para
todos los países que se adhieren y la ratifican por vía
parlamentaria.
1. ¿Cómo surge la Convención de los
Derechos del niño (CDN)?
Algunas características de la CDN:
 Reconoce al niño como sujeto
singular atribuyéndole derechos
propios, mismos que también le
confieren deberes.
 Es un texto esencial pero
también puede ser ambiguo;
puede
suscitar
legítimos
interrogantes.
2. La Convención sobre los derechos del
niño, un texto de referencia







Manifiesta una toma de conciencia universal y política sobre los
problemas de la infancia.
Atribuyendo al niño los derechos fundamentales del hombre, le reconoce
una cierta igualdad y dignidad con el hombre.[6]
Es el único texto jurídico que define al niño.[7]
Constituye para el niño un estatuto de protección mínima.
Garantiza el respeto de los derechos enunciados y su ejercicio a todo
niño que depende de la jurisdicción de los Estados Partes sin
discriminación alguna.[8]
Establece el principio del “interés superior del niño”[9]
Impone la obligación de respetar los derechos y deberes que tienen los
padres u otras personas responsables del niño [10] Esta disposición
establece el principio de primacía del rol de la familia respecto del de
otras autoridades.
[6] M. Bossuyt, « La Convention des Nations Unies sur les droits de l´enfant » : Revue universelle des droits de
l´homme 4 (1990) 2, 141-144.
[7] Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 1.
[8] Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 2.
[9] Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 3.
[10] Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 5.
3. La CDN consagra formalmente la especificidad
del niño y enfatiza la importancia de la familia
 Lo distingue del adulto y reconoce en él derechos
particulares debidos a su falta de madurez, a sus
necesidades de protección y a los cuidados
apropiados dentro de la familia.
 Pone acento sobre la importancia de la familia y
reconoce que el niño no puede ser apartado de
su medio familiar:
“El niño, para el pleno y armonioso desarrollo de
su personalidad, debe crecer en el seno de la
familia, en un ambiente de felicidad, amor y
comprensión.”[11]
[11] Convención sobre los Derechos del Niño. Preámbulo.
4. El niño y la exigencia educativa
Otorgar derechos a los
niños no puede
descargarnos de ninguna
manera de la exigencia
educativa que está en el
corazón de la problemática
planteada por la filosofía
de los derechos del niño.
4. El niño y la exigencia educativa
En cuanto a la exigencia
educativa hay que tomar en
cuenta dos consideraciones, que
no siempre son conciliables: la
necesidad de proteger al niño[12],
por tener en cuenta su fragilidad
particular, y la de reconocerle el
derecho a la libertad de
expresión, a la libre elección de
sus opiniones y adhesiones[13]; es
decir, la de considerarlo como un
adulto responsable, lo que,
precisamente, todavía no lo es.
[12] Convención sobre los Derechos del Niño. Preámbulo.
[13] Convención sobre los Derechos del Niño. Art. 13, 1.
4. El niño y la exigencia educativa
La educación a la que tiene derecho el niño debe inculcarle
al niño el respeto de sus padres, de su identidad, de sus
valores culturales. Al respecto, la Convención señala que el
niño tiene derecho a expresar su opinión y que ésta será
tomada en consideración en atención a su edad y a su
grado de madurez [14]. Así la Convención nos introduce en el
corazón de la conciliación entre la necesaria autoridad del
adulto y la toma en consideración de la libertad y de la
palabra del niño. Sin embargo, “no se puede ni educar ni
tratar a los niños como a personas mayores”[15].
[14] Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 12.1.
[15] H. Arendt, La crise de la culture (Folio, Paris 1972-1989) 223.
4. El niño y la exigencia educativa
El niño necesita límites y reglas para
desarrollarse
de
manera
equilibrada. Hay que mirar con
prudencia, y a veces rechazar las
reivindicaciones de los “nuevos
derechos” de los niños.
Éstos se
presentan bajo la fórmula de
“libertad de elegir”, derechos cuyo
ejercicio, es inadecuado a la edad
del niño.
Un ejemplo de los “nuevos
derechos”:
Los derechos sexuales que incluyen
la confidencialidad para recibir
servicios
de
salud
sexual
y
reproductiva
como
la
anticoncepción, la esterilización y el
aborto.
5. Los derechos de los niños y los derechos
de los padres se complementan
Así como el respeto
debido a los padres
está en armonía con el
respeto debido a los
niños, no hay lugar
para querer oponer los
derechos del niño a los
de sus padres: los unos
y los otros se apoyan
mutuamente y son
complementarios.
6. Los derechos confieren deberes
El derecho a la libertad es
también el deber de respetar
al otro; el derecho a la
expresión es también el deber
de dejarle al otro expresarse;
el derecho de ser educado es
también el deber de escuchar
al que enseña. Por esto, la
CDN, confiriéndole al niño una
cierta autonomía, le garantiza
derechos, pero le otorga
también responsabilidades.
7. El derecho fundamental de todo niño: el
derecho a ser considerado como niño
El equilibrio entre niños y
padres estará asegurado
cuando quede garantizado
un derecho fundamental del
niño: el de ser considerado
como un niño, es decir, el de
ser tomado en cuenta con
sus esperanzas, sus
vulnerabilidades y su sed de
amar y ser amado.
8. El derecho que pocos mencionan:
el derecho al amor
 No
está
explicitado
en
ninguna
Declaración o Convención internacional,
pero es el más importante: el derecho al
amor.
 Los padres tienen un deber de amor para
con sus hijos: acogerlos por lo que son,
con lo que son y con lo que no son.
 El derecho al amor permite además
reconocer el derecho de nacer, que es el
primer derecho del niño (“el niño, en
razón de su falta de madurez física e
intelectual, tiene necesidad de una
protección jurídica especial, tanto antes
como después del nacimiento” [16].)
[16] Declaración de los Derechos del Niño.
8. El derecho que pocos mencionan: el
derecho al amor
Cuatro tesoros qué dar a los niños
1.
2.
3.
4.
Dar su tiempo a los niños: indispensable para su
crecimiento y desarrollo, lo deben compartir con
sus padres, hermanos, familia amplia.
Dar su paz a los niños: esa que pierden en el
torbellino de la vida de los adultos y cuando son
esclavizados por la televisión. Trabajar por la familia
es también dar a nuestros niños la paz y la
perspectiva de un futuro.
Escuchar a los niños: el niño tiene la necesidad de
expresarse y esta facultad es indispensable para su
desarrollo personal, para su comprensión del
mundo y para su inserción en la sociedad. El
derecho a expresarse sin embargo, no debe ser
considerado de manera absoluta, sino tomando en
cuenta sus opiniones de acuerdo a su grado de
madurez.
Dar su alegría a los niños: lo que más le caracteriza
es su inocencia y su alegría, su percepción ingenua
del mundo y su capacidad de alegrarse de la
belleza que el mundo le ofrece.
9. Reafirmar el rol de la familia
Preguntémonos si la familia es
capaz de tejer los aprendizajes
elementales y de ser una escuela
de
solidaridad
estimulante
y
estructurante.
La familia es el único lugar donde
se teje, a través de cada persona,
un
conjunto
de
relaciones
interpersonales e introduce a cada
uno de nosotros en la familia
humana. Tiene por misión revelar y
comunicar el amor, debe estar
sostenida
y
confortada,
testimoniando que ella es una
imagen viva de paz y de dulzura,
de intercambio y de respeto.
IV. Los derechos de la familia
La Declaración Universal de
Derechos Humanos en su
art. 16, inciso 3, dice:
"La familia es el elemento
natural y fundamental de la
sociedad y tiene derecho a
la
protección
de
la
sociedad y del Estado".
IV. Los derechos de la familia
La familia debe ser
reconocida en su
naturaleza de sujeto
social.
Tiene derecho a la
protección
 del Estado
 de la comunidad
internacional.
IV. Los derechos de la familia
Carta de los Derechos de
la Familia presentada por
la Santa Sede: es una
formulación completa y
ordenada de los
derechos fundamentales
de la familia
IV. Los derechos de la familia
“Carta de los Derechos de la Familia”






Sus textos se inspiran en:
Declaración Universal de los Derechos
Humanos
Declaración sobre los Derechos del Niño
Convención
Internacional
sobre
los
Derechos Civiles y Políticos
Convención
Internacional
sobre
los
Derechos
Económicos,
Sociales
y
Culturales
Carta Social Europea
expertos en la materia de culturas diversas.
IV. Los derechos de la familia
“Carta de los Derechos de la Familia”
Está destinada a:
 los Gobiernos para:
 elaborar
la legislación, la política
familiar y programas de acción.
 las familias para:
 toma de conciencia de su importancia.
 se unan para la defensa y la promoción
de sus derechos.
 cumplan su deber y sean reconocidas
en el mundo actual.
 a todos, hombres y mujeres, para:
 que se comprometan a asegurar que
los derechos de la familia sean
protegidos.
 la institución familiar sea fortalecida
para bien de toda la humanidad.
IV. Los derechos de la familia
“Carta de los Derechos de la Familia”
La Carta contiene:
 Normas propiamente vinculantes en el plano jurídico.
 Postulados y principios fundamentales para la
legislación y desarrollo de la política familiar.
La institución familiar debe ser respetada y defendida
contra toda agresión.
Familias y padres deben recibir el apoyo y estímulo
necesarios para el cumplimiento de la tarea.
V. Lo positivo y negativo de los Derechos
de los Niños
La Convención sobre los Derechos del Niño (CDN)
 Está fundada sobre principios que buscan el bien de los
niños y de la humanidad, la promoción del progreso social,
de los derechos y libertades de los niños, elevar el nivel de
vida y el desarrollo de la personalidad dentro de una
familia.
 Conforme ha pasado el tiempo, estos derechos se han
reinterpretado hasta convertirse en una expresión de
búsqueda de independencia del niño.
Es importante prepararnos en el tema de los derechos del
niño y saber analizarlos con juicio crítico, ya que pueden
tener implicaciones que muchas veces no alcanzamos a
dimensionar.
V. Lo positivo y negativo de los
Derechos de los Niños [17]
Lo positivo
Lo negativo
Reconoce al niño como sujeto y lo distingue
del adulto.
El texto es esencial pero ambiguo si se analiza
independientemente de una comprensión
pedagógica de la infancia, puede suscitar
legítimos interrogantes.
Reconoce en el niño derechos particulares por
su falta de madurez, necesidades de
protección y cuidados en la familia.
Le otorga derechos y también deberes.
Único texto jurídico que define al niño.
Establece el principio de primacía de la familia
respecto a otras autoridades.
Alienta a los padres a abordar con sus hijos
cuestiones de sus derechos "en consonancia
con la evolución de sus facultades". [18]
Otorga al niño derecho a la libertad de
expresión, a la libre elección de sus opiniones y
adhesiones; lo considera como un adulto, que
aún no es. [19]
Al consagrar la autonomía y la libertad del
niño pueden ocasionar el fracaso de los
padres en la educación de sus hijos.
Los artículos del 12 al 16 pueden pasar por alto
la autoridad de los padres.
[17] Convención sobre los Derechos del Niño. Hermange, Marie-Thérèse.
Derechos de los Niños. Publicado en Lexicón, Ediciones Palabra, Madrid,
2004.
[18] (Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 5).
[19] (Convención sobre los Derechos del Niño. Artículo 13, 1).
VI. Conclusión
Los verdaderos deberes en la práctica
De los padres para con los hijos
 Amarlos y compartir con ellos la vida y el tiempo: acompañarlos a jugar,
soñar, crecer y desarrollarse.
 Dar a los niños la paz que los adultos pierden en el torbellino de la vida y los
niños ante la televisión y las disputas de los padres.
 Escucharlos sin proyectar las propias respuestas, responder las preguntas
planteadas, guardar sus confidencias para merecer su confianza, dejar
lugar al silencio para madurar el pensamiento.
 Darles alegría y aprender de ellos su capacidad de maravillarse ante la
vida.
 Delegarles tareas y responsabilidades de acuerdo a sus capacidades.
VI. Conclusión
Los verdaderos deberes
en la práctica
Sociedad y Gobierno
 Crear condiciones para que la familia
pueda
ejercer
plenamente
sus
funciones.
 Asegurar a los padres los medios para
acoger y criar a sus hijos.
 Trabajar por el fortalecimiento de la
familia como medio natural de
desarrollo que da a los niños la paz y la
perspectiva de un futuro.
 Respetar
los
derechos
y
responsabilidades de los padres.
VI. Conclusión
Los verdaderos deberes
en la práctica
Los hijos
 Amar, respetar y obedecer a
padres y maestros.
 Escuchar y aprender de sus
educadores.
 Cuidarse a sí mismos y a sus
hermanos.
 Ingerir alimentos saludables.
 Ser amables y respetuosos con
sus compañeros.
 Colaborar en las labores del
hogar.
VI. Conclusión
Para recordar
Sobre la familia
 La familia resguarda el futuro de la humanidad.
 El bienestar de los niños depende en gran medida
de la familia por ser la unidad fundamental de la
sociedad y el medio para lograr el pleno desarrollo
del niño.
 Del vínculo paterno y familiar se establece el
vínculo social.
 En la familia se aprende a reconocer y respetar los
derechos propios y ajenos.
Sobre los derechos y los deberes
 Cada derecho conlleva un deber.
 La afirmación de un derecho requiere de su
respectiva responsabilidad.
 Al derecho de uno, corresponde al otro el deber
de reconocerlo y respetarlo.
VI. Conclusión
Para recordar
Sobre la Convención de los Derechos del Niño
 Es punto de referencia para la protección mínima de los derechos del niño.
 Establece el “interés superior del niño” como criterio a seguir.
 Propone respetar el deber y el derecho de los padres de guiar a sus hijos, así
como la supremacía de la familia sobre las autoridades sociales, políticas o
judiciales.
 Velar por que los derechos del niño no minen la autoridad de los padres.
Sobre los “nuevos derechos” de los niños
 Se presentan como una fórmula atractiva de “libertad de elegir”.
 Proponen “derechos sexuales” cuyo ejercicio es inadecuado a la edad y
madurez del niño.
 Ofrecen una sexualidad liberada de juicios de valor.
 Imponen una visión individualista y hedonista de la vida.
VI. Conclusión
Para recordar
Sobre los derechos y responsabilidades de los padres
 La autoridad de los padres es el corazón de la familia.
 Tienen derecho a elegir el tipo de educación que habrá de
darse a sus hijos.
 Su primera responsabilidad es amar a sus hijos.
 Otras responsabilidades son: proveer cuidado físico,
protegerlos, llevarlos a la madurez física y psicológica y ser
ejemplo para ellos.