La organización política. España

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La organización política.
España
1. La organización política de las sociedades
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1.1 Sistemas democráticos
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Derechos humanos, libertades
pluripartidismo
la división de los tres poderes
Todos los ciudadanos tienen los mismos derechos y deberes y son iguales
ante la ley, esto es el estado de derecho
el poder fundamental en la toma de las decisiones políticas lo tiene el
parlamento
elegido por sufragio universal
El parlamento elige al presidente del Gobierno
parlamento supone un órgano de control del gobierno
El parlamento aprueba las leyes del país
La Constitución es la garantía de los derechos básicos de un país, y es
considerada «ley de leyes»
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Las principales ideologías políticas
• El Liberalismo
– libertad individual, la libre iniciativa económica y la limitación del
poder del estado
– Adam Smith
– neoliberalismo, que defiende limitar el gasto público, reducir el
estado del bienestar, privatizar empresas y servicios públicos
• El Socialismo
– orígenes en la revolución industrial
– socialismo utópico -socialismo científico (Marx-Engels)
– necesario transformar la realidad hasta conseguir una sociedad justa e
igualitaria
• El Comunismo:
– es la etapa final del socialismo y propugna una sociedad sin clases sociales
– URSS a partir de la revolución bolchevique de 1917
– nacionalización de los medios de producción y la eliminación de la propiedad
privada
– “dictadura del proletariado”.
• Socialdemocracia
– surgió a fines del siglo XIX
– unión del movimiento socialista y de la aceptación de participar en los
modelos democráticos.
– mantenimiento y la mejora del estado del bienestar,
– la igualdad de oportunidades, la lucha contar el paro, la fuerte inversión
pública
– a diferencia del liberalismo, no quiere la limitación del poder del estado
• Democracia cristiana:
– Surgió después de la Primera Guerra Mundial, y su origen estaría en la
aparición de las primeras doctrinas sociales de la Iglesia católica
– conciliar el liberalismo con el cristianismo .
– partidos de la democracia cristiana no son confesionales
– papel bastante importante en la creación de la actual Unión Europea
• Nacionalismo
– tiene sus orígenes en el siglo XIX y reivindica, para una nación, su derecho al
autogobierno
– Surgió frente a la tendencia uniformizadora de los grandes estados nación
– propuestas: la descentralización administrativa, la defensa de los valores
culturales e históricos propios y la potenciación de la Europa de las regiones.
–
Desde el punto de vista ideológico. los partidos nacionalistas se pueden
definir como liberales, socialdemócratas o demócrata cristianos, entre otras
ideologías.
• Anarquismo
– máxima libertad para la persona mediante la supresión del Estado y de
los medios de producción
– llegar a una sociedad sin clases sociales.
– Esta sociedad anarquista se iría formando de abajo a arriba.
• Fascismo
– ideología totalitaria creada en Italia en 1919 por Mussolini
– Por extensión, también define a los regímenes surgidos en los años
treinta del siglo XX, que se caracterizaron por una lucha contra la
democracia, los partidos y las organizaciones de izquierdas y el
movimiento obrero.
– fe ciega en el líder y una anulación total de la persona
• feminismo
– origen está Inglaterra como movimiento que reivindicaba el derecho al
voto de la mujer
– conseguir una total igualdad de la mujer respecto al hombre en todos
los ámbitos de la vida
• Pacifismo
– década de los sesenta del siglo XX con motivo del choque ideológico y
económico que existía entre las dos grandes potencias
– Contra la carrera de armamentos - diálogo
• Ecologismo:
– Surgió en los años sesenta por los desequilibrios que se estaban comenzando
a dar en el Planeta por los abusos que cometían los países ricos
Regímenes dictatoriales
– Muchos de ellos cuentan con constituciones que proclaman la democracia
como forma de gobierno, pero, en la práctica, otorgan poderes a una persona
que los ejerce de forma autoritaria
– inexistencia de la separación de poderes
– El aparato del Estado, como la policía y el ejército, actúa sin respetar derechos
individuales, y prácticas como la tortura, la detención ilegal,
– la imposibilidad de una defensa justa, l
– la prohibición de la libertad de expresión y de asociación, etc., pasan a ser
frecuentes.
– La violencia es empleada para tomar el poder (golpe de Estado) o para
eliminar a la oposición).
– El ejército pasa a ser, en estos casos, un apoyo imprescindible para el dictador,
con el ejercicio de un uso ilimitado e ilegal de la violencia.
– La prensa opositora es prohibida, y se limita el contacto informativo con el
exterior
– fórmulas «populistas» : toman el poder con la justificación de apoyar a las
clases más desfavorecidas, por lo que, inicialmente, pueden recibir el apoyo
de algunos sectores sociales
– discurso “demagógico”, instrumento de freno a una situación de crisis social o
económica
2. Problemas actuales de las democracias
• Escasa participación en las elecciones de las personas con derecho a voto
• partidos políticos están desprestigiados , alejados de los problemas reales o
vistos como simples organizaciones que buscan el beneficio propio.
• Los casos de corrupción contribuyen a este desprestigio
• la falta de cultura política de una parte de los ciudadanos provoca la
percepción de que todos los partidos tienen las mismas ideas políticas
• Dificultades para la supervivencia de los pequeños partidos políticos –
financiación
• Los medios de comunicación tratan de forma muy sesgada las informaciones
políticas, de acuerdo a sus líneas editoriales
• los poderes económicos, pueden condicionar con su apoyo o rechazo a un
determinado partido político
Áreas geopolíticas
• Democracias occidentales
– monarquías parlamentarias
– Repúblicas
– Las nuevas democracias
• Regímenes dictatoriales
El ordenamiento político y territorial de España
La Constitución de 1978
• España es un Estado democrático
• Constitución ratificada mayoritariamente por referéndum el 6 de
diciembre de 1978. Previamente aprobada por las Cortes el 31 de octubre
.
del mismo año. Se ponía así fin a un largo periodo dictatorial
• principal característica de la Constitución es su capacidad de consenso
• La Constitución consta de 11 títulos que se desarrollan en 169 artículos,
cuatro disposiciones adicionales y nueve transitorias.
• Bases del sistema democrático
• Estado social y democrático de Derecho, que se basa en la soberanía
nacional y cuya forma política es la de una monarquía -Parlamentaria,
donde el rey reina, pero no gobierna.
• nación indisoluble, aunque reconoce y garantiza el derecho a la
autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran
• reconoce los derechos individuales de los españoles: a la dignidad, a la
vida y a la integridad física y moral, a la libertad, igualdad ante la ley,
libertad ideológica y religiosa, a la intimidad, etc.
• La monarquía parlamentaria
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rey - la jefatura del Estado.
carácter simbólico como guardián de la unidad y permanencia del Estado,
papel de árbitro y moderador del funcionamiento regular de las instituciones.
El monarca más alta representación del Estado español en las relaciones
internacionales.
• El sistema político español se basa en la división de poderes:
• Poder legislativo- Las Cortes Generales representan al pueblo
español, son bicamerales (Congreso y Senado) y se eligen por
sufragio universal cada cuatro años.
• Poder ejecutivo- El Gobierno tiene funciones propiamente de
gobierno dirigiendo. la política interior y exterior del país y
administrativas, dirigiendo la Administración civil y militar y la
defensa del Estado
• El poder judicial- recae en los tribunales de justicia
• Caracteres y estructura de la Constitución de 1978
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• La Constitución española de 1978, en tanto que Constitución escrita, se
caracteriza por los rasgos generales:
– Es una Constitución rígida.
– Es una Constitución consensuada.
– Es una Constitución de origen popular.
• Está inspirada en los principios del liberalismo, el socialismo democrático y
del humanismo cristiano.
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La Constitución de 1978 consta de tres partes:
– Parte dogmática, se establecen los principios básicos, los derechos
fundamentales, los principios de política social y económica, las garantías de
los derechos y los mecanismos de su suspensión; en la segunda,
– Parte orgánica, se desarrollan las funciones y los mecanismos de los poderes
fundamentales (legislativo, ejecutivo y judicial), junto a las cuestiones fiscales,
de organización territorial del Estado y del Tribunal Constitucional;
– la última parte- La reforma constitucional.
Organización territorial.
• La Constitución declara que España está integrada por diversas
nacionalidades y regiones con capacidad para tomar decisiones políticas
(17) y 2 ciudades autónomas.
• El Gobierno Central se reserva en exclusiva las competencias sobre
Relaciones Internacionales, Defensa, Fuerzas Armadas, sistema monetario
y Hacienda.
• Para salvaguardar el principio de solidaridad entre las diferentes
Comunidades Autónomas la Constitución establece un Fondo de
Compensación económica.
• Proceso histórico
• la época romana se fue fraguando la idea de España como unidad política
con su propia división interna “Hispania”
• en la Edad Media está el origen de la aparición de regiones históricas
• Durante la Edad Moderna se inicia un proceso de unificación política,
pero se mantuvo la diversidad administrativa y fiscal
• En el siglo XVIII se produce el primer intento unificador y centralizador
bajo la monarquía absolutista de los Borbones
• En el siglo XIX el naciente Estado liberal nunca renunció a la organización
centralista del Estado
• Se reorganizó la estructura provincial en 1833 por el entonces ministro de
Fomento Javier de Burgos, que dividía el territorio en 49 provincias
agrupadas en 15 regiones.
• A lo largo del siglo XIX se inician movimientos regionalistas que están en
la base de los nacionalismos que empezaron a pedir para sus regiones
autogobierno
• En la Constitución se distingue entre:
• Las comunidades históricas, que habían tenido autogobierno durante la
Segunda República (Cataluña, País Vasco y Galicia) y podían acceder a su
autonomía por una vía rápida (151)aprobando por referéndum el proyecto
de Estatuto
• Las autonomías no históricas la Constitución preveía un procesó más
lento (143)para asumir de forma progresiva competencias sin necesidad
de someter a referéndum su Estatuto.
• Cada Comunidad cuenta con su Estatuto de Autonomía aprobado por las
Cortes en el que se recoge denominación, límites territoriales,
organización, competencias, etc.
• Las competencias delegadas de las Comunidades Autónomas son:
– Las normas legislativas de las Comunidades Autónomas, dictadas por
autorización de leyes-marco o por delegación de las leyes de bases del Estado.
– Las leyes regionales que complementan, integran o desarrollan principios y
directrices de aplicación directa de las leyes-marco estatales.
– Las facultades transferidas por el Estado a las Comunidades Autónomas.
La financiación
• La financiación de las comunidades autónomas gira en torno a un
concepto clave: el principio de solidaridad recogido en la Constitución
española.
• Dos modelos de financiación autonómica:
– el régimen foral, que se aplica al Comunidad Autónoma del País Vasco
y a la Comunidad Foral de Navarra, y
– el régimen común, que regula el resto de comunidades españolas.
casos especiales de la Comunidad Autónoma Canaria y las ciudades de
Ceuta y Melilla.
• Los recursos de financiación
– tributos que han sido totalmente cedidos a las comunidades
autónomas : patrimonio, las transmisiones patrimoniales, las
sucesiones y donaciones, y el juego, ventas minoristas de
determinados hidrocarburos, ciertos medios de transporte y la
electricidad.
– impuestos compartidos en los que el Estado cede solamente parte de
los ingresos. IRPF, el IVA y los impuestos especiales sobre el vino, la
cerveza, el alcohol, las labores del tabaco, los productos especiales y
los hidrocarburos
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• Fondo de Suficiencia, que es una financiación adicional que tiene por
objeto cubrir la diferencia entre las necesidades de gasto de cada
comunidad autónoma y su capacidad fiscal .
• El sistema de régimen común integró por primera vez los tres bloques de
competencias: el tradicional de competencias comunes —que incluye la
Educación— y, además, la asistencia sanitaria y los servicios sociales de la
Seguridad Social.
• Se completa también con diversos mecanismos de solidaridad para
equiparar los distintos territorios, que van desde las denominadas
– 'Asignaciones de Nivelación' —para asegurar que todas las comunidades
dispongan de similares servicios básicos—
– los 'Fondos de Compensación Interterritorial' al fondo de renta relativa (para
compensar la menor riqueza relativa de la comunidad autónoma
correspondiente), o el fondo para paliar la escasa densidad de población,
entre otros.
• El régimen foral, por su parte, contempla los derechos históricos de los
territorios forales del País Vasco y Navarra
• recaudan directamente todos los impuestos (salvo los derechos de
importación y gravámenes a la importación en los impuestos especiales y
el IVA).
• contribuye a la financiación de las cargas generales del Estado con el
llamado cupo o aportación.