La trata de personas en México

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Elvira Luna Pineda
Convención de las Naciones Unidas contra la
Delincuencia Organizada Trasnacional
Palermo Italia, Diciembre de 2000
Protocolo para Prevenir,
Reprimir y Sancionar
la Trata de Personas
especialmente Mujeres y
Niños
En vigor en dic. de 2003
Definición universal de trata de personas
Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de
Personas, especialmente mujeres, niñas y niños (conocido
como Protocolo de Palermo, 2000), artículo 3 inciso a):
…la captación, el transporte, el traslado, la acogida o
Trata de
Personas
la recepción de personas, recurriendo al uso de la
fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al
fraude, al engaño, al abuso de poder o de una
situación de vulnerabilidad, o a la concesión o
recepción de pagos o beneficios para obtener el
consentimiento de una persona que tenga
autoridad sobre otra para propósitos de
explotación. Esa explotación incluirá como mínimo,
la explotación de la prostitución ajena u otras
formas de explotación sexual, los trabajos o
servicios forzados, la esclavitud o las prácticas
análogas a la esclavitud, la servidumbre o la
extracción de órganos.
Legislación Nacional
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Código Penal Federal
Procedimientos Penales
y
Código
Federal
de
Ley para prevenir y sancionar la trata de personas
Ley general de acceso de las mujeres a una vida libre
de violencia
Ley para la protección de los derechos de niñas, niños
y adolescentes
Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas
Trata de
Personas
 Comete el delito de trata de personas quien
promueva, solicite, ofrezca, facilite, consiga,
traslade, entregue o reciba, para sí o para un
tercero, a una persona, por medio de la violencia
física o moral, engaño o el abuso de poder para
someterla a explotación sexual, trabajos o servicios
forzados, esclavitud o prácticas análogas a la
esclavitud, servidumbre, o a la extirpación de un
órgano, tejido o sus componentes.
 Cuando este delito sea cometido en contra de
personas menores de dieciocho años de edad, o
en contra de quien no tenga capacidad para
comprender el significado del hecho o capacidad
para resistirlo no se requerirá acreditación de los
medios comisivos
Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas-Art. 5
Conductas
Promover
Solicitar
Ofrecer
Facilitar
Medios
Fines
• Violencia
física o
moral
o Explotación
sexual
• Engaño
• Abuso de
poder
o Trabajos o
servicios
forzados
Trasladar
o Esclavitud o
prácticas
análogas
Entregar
o Servidumbre
Conseguir
Recibir
o Extirpación
órganos, tejidos
o componentes
Legislación Nacional
31 entidades y el D.F. tienen tipificado el delito en sus
códigos penales o en leyes estatales
13 estados tienen leyes especiales: D.F., Tlaxcala,
Tabasco, Chiapas, Hidalgo, Veracruz, Tamaulipas,
Nuevo León, Quintana Roo, Puebla, Veracruz, Sonora
y Yucatán.
4 estados tienen iniciativas de ley aprobadas, sin
publicación: Baja California, San Luis Potosí,
Coahuila y Sinaloa,
La trata de personas en México
México es país de:
Origen
Tránsito
Destino
Atención
multidisciplinaria,
coordinación
interinstitucional, cooperación internacional
Colaboración entre federación, estados,
municipios y sociedad civil
TRATA DE PERSONAS EN MÉXICO
Competencia en materia de Trata de Personas
FEVIMTRA
Federal
UEITMIO-SIEDO
UEDE-SJAI
Local
32 entidades federativas
(PGJE´s)
Competencia, Art. 3
Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de
Personas
Cuando se inicien, preparen o cometan en el extranjero, siempre y
cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos en el territorio
nacional; o
Cuando se inicien, preparen o cometan en el territorio nacional
siempre y cuando produzcan o se pretenda que tengan efectos
en el extranjero,
Cuando se cometan en el territorio nacional y se actualice alguno de los
Supuestos Previstos en el art. 50, frac. I, incisos b) a j) de la Ley
Orgánica del Poder Judicial de la Federación
Competencia-Limitantes
Por el Acuerdo de creación A/024/08
Art. Octavo
Cuando los delitos de trata
de
personas
sean
cometidos por un miembro
de
la
Delincuencia
Organizada,
será
competente
para
investigar
la
Unidad
Especializada
en
Investigación de Tráfico de
Menores, Indocumentados
y Órganos, adscrita a la
SIEDO
Art. Noveno
Cuando
los
hechos
constitutivos de VCM o trata
de personas se inicien o
produzcan efectos en el
extranjero,
deberá
comunicarlo
a
la
UEDE/SJAI, o en los que se
encuentren
involucrados
Diplomáticos,
Cónsules
Generales o Miembros de
Organismos Internacionales
Acreditados en México,. . .
Competencia
Limitantes
Entre Tráfico y Trata de Personas
Entre Explotación y
Personas
(lenocinio,
infantil, turismo sexual)
Trata de
pornografía
Por la confusión
Investigación
Violencia contra
las Mujeres
Trata de
Personas
Obstáculos legales y socio-culturales
para Investigar y judicializar
Estrategias de coordinación
y colaboración

Tolerancia
Social
Permisión
Invisibilidad
Corresponsabilidad
Social
Vulnerabilidad
de las
víctimas
16
Criterios de actuación-FEVIMTRA
Derechos
Humanos
Para garantizar a las víctimas el ejercicio
pleno de sus derechos fundamentales
Para construir una sociedad en donde mujeres y hombres
Perspectiva
de género
tengan el mismo valor, igualdad de derechos y oportunidades
para acceder a recursos y representación política y social para
la toma de decisiones para reconocer la desigualdad como
factor a contrarrestar
Para garantizar el ejercicio pleno de los derechos
Protección integral
de niñas, niños y adolescentes, asegurando que
de los derechos de
en la aplicación de las normas en todo momento
la niñez
se considere el interés superior de la niñez
Interinstitucionalidad
Para garantizar una respuesta integral de
Estado, de acuerdo a las calidades
específicas de las víctimas
Retos que nos impone la trata de personas
Coordinación
y
colaboración
Estrategia
No
denuncia
Competencia
Estrategia FEVIMTRA
Espacio de confianza y confidencialidad
Análisis estratégico de la información
Seguimiento
Estrategia
Investigaciones
Exitosas
Sentencias
condenatorias y
firmes
Estrategia
Procuración
de
Justicia
At’n inmediata e
integral a
Víctimas
Fiscalía Especial
para los Delitos de Violencia contra las
Mujeres y Trata de Personas
PGR-Fevimtra
[email protected]
[email protected]
(55) 53 46 25 07/22