EL PROTESTO NOTARIAL- Análisis desde el punto de vista notarial
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Transcript EL PROTESTO NOTARIAL- Análisis desde el punto de vista notarial
SERGIO BERROSPI POLO
Notario de Lima
Catedrático Universitario
CONGRESO NACIONAL DEL NOTARIADO PERUANO –
TARAPOTO- PERU- JULIO DEL 2010
1.
2.
3.
4.
Se trata de una institución poco estudiada
Los pocos estudios sobre este tema han sido
realizados desde la óptica del Derecho
Comercial (Títulos Valores)
Se ha olvidado el aspecto notarial del
protesto
Esto ha originado un desconocimiento y una
desvalorización de conceptos notariales
vinculados al protesto
1. FUNDAMENTOS CONCEPTUALES DEL
PROTESTO
2. ANALISIS DEL PLANO LEGISLATIVO
3. ANALISIS DEL ASPECTO PRACTICONOTARIAL
4. FLUJOGRAMA DEL PROTESTO
5. CASOS NOTARIALES MAS RELEVANTES
6. PRINCIPALES CRITERIOS
JURISPRUDENCIALES
CONCLUSIONES Y PROPUESTAS
MENSAJE FINAL
1. CONCEPTO
- CONCEPTO TRADICIONAL:
“Protesto=Acto”: Es el acto formal, público y solemne
mediante el cual o:
a) Se informa y se requiere a los emplazados para el
cumplimiento de una obligación contenida en un TV, por
falta de aceptación o pago (Protesto-Acto= requerimiento
o notificación) o (Opinión de Marco Corcuera)
b) El notario deja constancia del incumplimiento de la
obligación contenida en el TV (Protesto-Acto=constancia)
(Comisión Redactora del Anteproyecto de la nueva LTV)
Son 2 maneras de entender el protesto, pero en ambos se
trata de un solo acto
-NUEVO CONCEPTO DESDE EL PUNTO DE
VISTA NOTARIAL
“Protesto= Institución”: Es todo un proceso
conformado por varias etapas y una serie de
actos un formales, solemnes y públicos que tiene
que realizar el notario y que tiene como finalidad
dar fe pública notarial del incumplimiento de
una obligación contenida en un TV. NO ES UN
SOLO ACTO.
2. DENOMINACION
-PROTESTO= EL TENEDOR DEL TV HACE LA
PROTESTA
3. CONCEPTOS NOTARIALES VINCULADOS
AL PROTESTO
3.1. ACTA NOTARIAL=Relato de la diligencia
notarial del acto de notificación o
requerimiento
3.2. REGISTRO NOTARIAL DEL ACTAS DE
PROTESTOS= Uno de los Registros
Notariales donde se extienden las actas de
protestos
4. CRITICAS AL PROTESTO
Entre las mas importantes tenemos:
1. El protesto se había desnaturalizado porque los
notarios no realizaban el requerimiento. Sólo sellaban
el TV
2. El protesto notarial es demasiado protocolar y por
lo tanto su costo económico es alto
3. El protesto bancario ha adquirido mayor relevancia
4. La intimidación del pago está vinculado a la mora
en el incumplimiento, sin necesidad de recurrir al
protesto
5. El protesto ya no existe en varios países de cultura
latina
5. FINALIDAD DEL PROTESTO
Tiene 3 finalidades:
1. FUNCIÓN PROBATORIA.- Sirve para probar el
incumplimiento de una obligación contenida en
un TV
2. FUNCIÓN CONSERVATIVA.- Permite
conservar las acciones inherentes a los TV
3. FUNCIÓN DE PUBLICIDAD.- Permite conocer
el comportamiento crediticio de una persona
(Registro Nacional de protestos de la Cámara de
Comercio)
1. ANTECEDENTES LEGISLATIVOS
- El Código de Comercio de 1902: Tenía 11 artículos sobre
el protesto y su finalidad era probar la negativa del pago
del obligado
- La Ley de Títulos Valores de 1967: Tenía 2 secciones
dedicados al protesto
2. BASE NORMATIVA VIGENTE
Actualmente 2 cuerpos normativos lo regulan:
1. La nueva Ley de Títulos Valores ( Ley 27287 del
06.06.2000: Arts. 70- 89
2. El Decreto Legislativo del Notariado 1049 del 25.o6.08
Arts.23- 49 ( Titulo II: Instrumentos Públicos Notariales,
Capítulo I: Disposiciones Generales, Cap.II: Instrumentos
Públicos Protocolares),75-77 (Del Registro de Protesto)
3.1. CONCEPTO DEL ENFOQUE NOTARIAL
DEL DERECHO:
- Es un nuevo enfoque del Derecho a partir de
la experiencia notarial
-Características:
1. Es eminentemente práctico
2. Nace de la posición jurídica que tiene el notario
en todo el proceso del protesto: Existe un enfoque
particular del notario, diferente del Abogado,
Juez, Funcionario Público, Registrador
3. Pretender promover un mayor estudio y
desarrollo de los conceptos y principios notariales
4. Aspira a dar soluciones jurídicas que responda a
las necesidades de los usuarios de los oficios
notariales: Correlación Derecho- Realidad
5. Se nutre de la doble función que desempeña el
notario como jurista y como operador del derecho
(magistrado de la paz)
3.2. PUNTOS DE ANALISIS DE ESTE NUEVO
ENFOQUE EN EL TEMA DEL PROTESTO
1. CARACTERÍSTICA PRINCIPAL:
-ALTV:
-Regla general: el protesto obligatorio
-Excepción: el protesto voluntario
-NLTV:
-Regla general: el protesto voluntario ( Se establece 3
clases de TV en materia de protestos:
1. TV sujetos a protesto obligatorio
2. TV sujetos a formalidad sustitutoria del protesto
3. TV no sujetos a protesto
2. PLAZO DEL PROTESTO
Observamos 3 novedades:
2.1. Ampliación del plazo del protesto: de 8 a 15
días ( Crítica: era innecesario)
2.2. Nuevo plazo del protesto: 8 primeros días
para que el notario recepcione el TV (Crítica: era
innecesario. Crea confusión. No se dice nada
sobre la sanción sobre su incumplimiento)
2.3 . Ampliación del plazo para cumplir con la
obligación después del requerimiento notarial
3. DIA DEL PROTESTO
3.1. 15 días: hábiles o calendarios?
Son días calendarios (Art.75.2. los días
intermedios feriados, sábado o domingo y no
laborables se consideran para el computo del
plazo
3.2. Qué día puedo efectuar un protesto?
Se puede protestar un TV un sábado o domingo?
ALTV: No era claro
NLTV: No. Sólo de lunes a viernes
4. LUGAR DEL PROTESTO
-”(…) en el lugar de presentación para el
pago, aún cuando la persona no esté o haya
muerto o se haya mudado”
-Domicilio falso o inubicable: Cámara de
Comercio
5.PERSONA QUE REALIZA EL PROTESTO
-El notario, secretario notarial o juez de paz, a
falta de notario
6. TRÁMITE DEL PROTESTO
-Cambio de concepción:
ALTV: nulidad del acta notarial
NLTV: nulidad de la notificación
Crítica: Desconocimiento de la función
notarial
7. RESPONSABILIDAD DEL NOTARIO
7.1. R. Administrativa
7.2. R. Civil
7.3. R. Penal
Podemos distinguir 4 etapas:
1. ETAPA DE LA EMISION DEL TV
2. ETAPA DEL VENCIMIENTO DEL TV
3.ETAPA DE LA FORMALIZACION DEL
PROTESTO
4. ETAPA DE LA PUBLICIDAD DEL
PROTESTO
Podemos identificar 7 actos notariales:
1. Recepcionar el TV original
2. Calificar el TV ( Forma y Fondo)
3. Notificar al obligado
4.Elaborar el acta de protesto
5. Sellar y firmar el TV (“Documento
protestado”)
6. Ingresar al Índice Cronológico de Protestos
7. Comunicar a la Cámara de Comercio
1. SOBRE QUIEN DEBE REALIZAR EL PROTESTO
1.1.CASO NOTARIAL N°1:NOTARIO O SECRETARIO NOTARIAL
1.2.CASO NOTARIAL N°2: NEGATIVA DEL NOTARIO A REALIZAR
PROTESTOS
2. SOBRE LA FORMA DE REALIZAR EL PROTESTO
2.1. CASO NOTARIAL N°3:FALTA DE REQUERIMIENTO O
NOTIFICACION
2.2. CASO NOTARIAL N°4:PROBLEMAS CON EL REGISTRO
NOTARIAL DE PROTESTOS
2.2.1. FORMA DE LLEVARLO
2.2.2. ACTA NOTARIAL Y/O NOTIFICACION
2.3. CASO NOTARIAL N°5: PROTESTOS DE
LOS BANCOS
3. SOBRE LA FORMA DE PUBLICITAR EL
PROTESTO
3.1. CASO NOTARIAL N° 6: FALTA DE
COMUNICACIÓN A LA CC
1. CRITERIOS SOBRE LA CALIFICACION DEL TV
1.1. “Cuando en el TV interviene una persona jurídica,
la obligación legal relacionada al documento oficial de
identidad sólo alcanza al número que corresponda a
ella y no al de la persona natural que la represente” (
Resolución de la Sala Civil – Subespecialidad
Comercial del 26.May.2005)
2. CRITERIOS SOBRE EL ACTA Y LA NOTIFICACION
DEL PROTESTO
2.1. “La irregularidad de un protesto se prueba con el
acta notarial del protesto” (Resolución de la Sala Civil
Subespecialidad Comercial del 28.Marzo. 2006)
2.2. “La fe pública de la notificación del
protesto prima sobre la constatación policial
del domicilio (Resolución de la Sala Civil
Subespecialidad Comercial del 02.DIC.2005)
2.3 “No es necesario adjuntar al título valor
las actas de protesto para ejercitar las
acciones cambiarias ( Resolución de la Sala
Civil Subespecialidad Comercial del
27.MAY.2005)
1. El concepto tradicional del protesto notarial resulta
insuficiente para entender en forma integral la labor del
notario al realizar un protesto
2. Es necesario desarrollar un nuevo enfoque para abordar
los temas jurídicos vinculados a la función notarial: EL
ENFOQUE PRACTICO-NOTARIAL
2. Este nuevo enfoque nos permite:
2.1. Definir al protesto notarial no sólo como un acto único
(protesto-acto) sino como un conjunto de actos que debe
realizar el notario para protestar un TV (protestoinstitución)
2.2. Resaltar la importancia de conceptos eminentemente
notariales: El acta notarial de protesto y el Registro
Notarial de Actas de Protestos
2.3. Identificar etapas y plazos en la tramitación del
protesto
2.4. Estudiar en forma sistemática y ordenada los casos
notariales
2.5. Apreciar la gran importancia que la jurisprudencia
otorga al acta notarial de protesto y al Registro Notarial de
Actas de Protestos, quedando demostrado, de esta
manera, que no basta la notificación sino que además el
notario debe continuar extendiendo las actas de protestos
con todas las formalidades de todo documento protocolar.
2.6. Comprender que el protesto es uno de los actos mas
complejos y delicados que realiza el notario ya que
implica una enorme responsabilidad.
“La primera cualidad moral de vuestra
profesión, la más consustancial a ella, la
que dignifica en grado sumo vuestra
competencia técnica, la constituye el culto
a la verdad”
( Mensaje dirigido por el Papa PauloVI a los
Notarios Latinos en México el 3 de Octubre
de 1965)