TALLER_SINADER_AALLAMAND_29_09

Download Report

Transcript TALLER_SINADER_AALLAMAND_29_09

“AVANCES DELSISTEMA NACIONAL DE
DECLARACIÓN DE RESIDUOS (SINADER)”
SANTIAGO, 27 DE SEPTIEMBRE 2011
Andrea Allamand Puratic
Depto. de Residuos y Sustancias Químicas
División de Políticas y Regulación Ambiental
Ministerio del Medio Ambiente
ANTECEDENTES
Y OBJETIVOS DE
LA
CONSULTORÍA
METODOLOGÍA
DE
TRABAJO
(INTERSECTORI
AL
Y PÚBLICOPRIVADO)
DECLARACIÓN
DE RESIDUOS
EN
REGLAMENTO
RETC
TAREAS POR
DESARROLLA
R
ANTECEDENTES Y OBJETIVOS DE
LA CONSULTORÍA PARA EL
DISEÑO DEL SINADER
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
3
ANTECEDENTES
2005
Política de Gestión Integral de Residuos Sólidos
Objetivo: Manejar residuos con el mínimo riesgo para la salud y el medio ambiente,
una visión integral y un desarrollo sustentable y eficiente
2006
1
2
3
4
2008
1
2
Estudio Evaluación jurídica Ley de Residuos
LOCM + LOCGR: Modificación responsabilidad municipal
Ley de Rentas: exención para el pago del Servicio de Aseo
Promover la valorización
Introducir la REP
Proyecto de Cooperación con GTZ
Proyecto de ley
Mesas de trabajo con cuatro sectores:
•
3.
2010
Neumáticos Aceites Lubricantes, RAEE, Baterías, Envases y embalajes
Estudio de impactos económicos, ambientales y sociales REP.
Ingreso a la OCDE (Compromisos)
Primer Reporte de Manejo de Residuos Sólidos en Chile
Programa del Gobierno Ley 3R (Ley General de Residuos)
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
ANTECEDENTE
Uno de los compromisos que Chile tiene con la
OCDE que paralelamente colabora al cumplimiento
de la Política Integral de Sólidos, y además forma
parte del Anteproyecto Borrador de la Ley General
de Residuos,
es fortalecer la gestión de información sobre
residuos sólidos en Chile.
Como respuesta a ello, el Ministerio del Medio
Ambiente de Chile ha iniciado un proceso de
diseño del Sistema Nacional de Declaración de
Residuos, para facilitar el registro y generación de
políticas públicas.
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
COMPROMISOS OCDE
C(2001)107
Decisión del Consejo Relativa al Control de Movimientos
Transfronterizos de Residuos Destinados a Operaciones de
Recuperación.
C(88)90
Decisión del Consejo relativa al Movimiento Transfronterizo de
Residuos Peligrosos.
C(90)178
Decisión-Recomendación del Consejo Relativa a la Reducción
de Movimientos Transfronterizos de Residuos.
C(86)64
Decisión-Recomendación del Consejo relativa a las
Exportaciones de Residuos Peligrosos en el área de la OCDE.
C(83)180
Decisión-Recomendación del Consejo relativa a los
movimientos transfronterizos de residuos peligrosos.
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
COMPROMISOS OCDE-CHILE
C(2004)100
Recomendación del Consejo sobre la Gestión Ambientalmente
Racional de los Residuos.
C(79)218
Recomendación del Consejo relativa a la valorización de
residuos de papel.
C(78)8
Recomendación del Consejo relativa a la reutilización y el
reciclado de envases de bebidas
C(76)155
Recomendación del Consejo relativa a una Política Integral de
Gestión de Residuos.
Creación de un Sistema de Información para gestión de
información de manejo de residuos.
(Recursos administrativos para acceso a la información)
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
Cuestionario OCDE
..\INFORME FINAL Proyecto Residuos Sólidos\Tablas OCDE Nacional.xls
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
Pág.- 8
OBJETIVO GENERAL DE LA CONSULTORÍA DISEÑO
SISTEMA NACIONAL DE DECLARACIÓN DE
RESIDUOS (SINADER)
Diseñar e implementar el Sistema Nacional de
Declaración de Residuos, integrando residuos
peligrosos,
no peligrosos e inertes,
tanto municipales como industriales, teniendo como
herramienta tecnológica,
el Registro de Emisiones y Transferencia (RETC) de
Contaminantes, administrado por MMA.
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
OBJETIVOS ESPECÍFICOS DEL (SINADER)
• Generar Sistema Nacional de Declaración de Residuos en
el marco del RETC:
– Identificar instituciones relacionadas
– Levantar requerimientos
– Fortalecer y actualizar sistemas de declaración
existentes
– Proponer, diseñar y desarrollar SINADER.
– Diseñar Manual de Usuario.
– Capacitar actores públicos y privados.
– Elaborar borrador de Decreto Supremo.
– Elaborar metodología de seguimiento del SINADER.
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
METODOLOGÍA DE
TRABAJO (INTERSECTORIAL
Y PÚBLICO-PRIVADO)
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
11
REUNIONES DE
TRABAJO CON
INSTITUCIONES
PÚBLICAS
RESLACIONADAS
CON RESIDUOS
MEMOS Y
OFICIOS PARA
OBSERVCIONES A
INFORMES DE
AVANCE
Trabajo
multisectorial
y
multidisciplina
rio
TALLERES DE
TRABAJO CON
SECTOR
PÚBLICO, Y
MUNICIPIOS
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
TALLERES DE
TRABAJO CON
SECTOR
INDUSTRIAL
VENTANILLA UNICA EN RETC
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
Pág.- 13
Metodología del
Taller de Discusión Avances SINADER
El facilitador tendrá el software abierto de manera de ir apoyando
la revisión del SINADER.
Preguntas:
1. ¿Cuáles son las coincidencias que usted observa entre sus
registros y el SINADER, que información es similar?
2. ¿Qué dificultades se pueden presentar en su empresa/institución
para cumplir con la entrega de información que le solicita
SINADER?,
3. ¿Qué otros elementos relacionados con la gestión de residuos de
su empresa/institución y su registro podrían ser incorporados en
SINADER? ¿Qué otro aporte quisiera hacer para el éxito del
SINADER?
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
DECLARACIÓN DE RESIDUOS EN
REGLAMENTO RETC
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
15
RESIDUOS EN REGLAMENTO DEL RETC
DECLARACIÓN VOLUNTARIA
• Artículo 17 Reportes Voluntarios
• Los establecimientos podrán voluntariamente reportar
sus emisiones, residuos y/o transferencias de
contaminantes que no se encuentren regulados a
través del Sistema de Ventanilla Única del RETC,
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
RESIDUOS EN REGLAMENTO DEL RETC
• TÍTULO VIII OTRAS DISPOSICIONES
Artículo 32 Residuos
• Los establecimientos que generen mensualmente más de 1
tonelada de residuos no sometidos a reglamentos
específicos, estarán obligados a declarar al 30 de marzo de
cada año sus residuos generados el año anterior, a través
del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y
Transferencias de Contaminantes (RETC). Lo anterior, sin
perjuicio, de las obligaciones emanadas de los D.S. N° 148
de 2003, y D.S. N° 6 de 2009, ambos del Ministerio de
Salud, así como del D.S. N° 4 de 2009 del Ministerio
Secretaría General de la Presidencia, en relación a lo
dispuesto al artículo 15 letra d) del presente reglamento.
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
RESIDUOS EN REGLAMENTO DEL RETC
• Artículo 33 Residuos Municipales
• Las municipalidades deberán declarar, antes del 30 de
marzo de cada año, los residuos recolectados por la
municipalidad o por terceros contratados por ella, durante
el año anterior, a través del Sistema de Ventanilla Única del
Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes
(RETC).
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
RESIDUOS EN REGLAMENTO DEL RETC
• Artículo 34 Manejo de Residuos
•
• Los establecimientos de manejo de residuos, que reciban
mensualmente más de 1 tonelada de residuos, deberán
declarar los residuos recepcionados el año anterior a través
del Sistema de Ventanilla Única del Registro de Emisiones y
Transferencias de Contaminantes (RETC), al 30 de marzo
de cada año. Lo anterior, sin perjuicio, de las obligaciones
emanadas de los D.S. N° 148 de 2003, D.S. N° 189 de
2005, y D.S. N° 6 de 2009, todos del Ministerio de Salud,
así como el D.S. N° 4 de 2009 del Ministerio Secretaría
General de la Presidencia.
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
RESIDUOS EN REGLAMENTO DEL RETC
• Artículo 45
Introdúzcanse las siguientes modificaciones al D.S. Nº
148/03 del Ministerio de Salud que aprueba reglamento
sanitario sobre manejo de residuos peligrosos:
• 1.) Sustitúyase el inciso segundo del artículo 80 por los
siguientes incisos: “El Sistema de Declaración y
Seguimiento de los residuos peligrosos deberá realizarse a
través del Sistema de Ventanilla Única del Registro de
Emisiones y Transferencias de Contaminantes (RETC).
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
RESIDUOS EN REGLAMENTO DEL RETC
• Artículo 45
Estarán sujetos también a declarar en el sistema aludido en el
inciso anterior, los importadores y exportadores de residuos
peligrosos a los que les sea aplicable el D.S. Nº 685 de 1992,
del Ministerio de Relaciones Exteriores que Promulga el
Convenio de Basilea sobre el Control de los Movimientos
Transfronterizos de los Desechos Peligrosos y su Eliminación.
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
TAREAS POR DESARROLLAR
Gobierno de Chile | Ministerio del Medio Ambiente
22
Actividades por desarrollar
Carta Gantt / SINADER
Ítem
Actividad
Actualización del Sistema de Declaración de
3.3
Residuos Peligrosos (C)
Digitalización de información del SIDREP en
3.3.2 papel (C2)
Diseño del Sistema Nacional de Declaración
3.4
de Residuos (D)
Generación de indicadores y reportes de
3.5
salida (E)
Diseño de un “Manual de Declaración de
3.6
Residuos (F)
Documento borrador del Decreto Supremo
3.8
que establece la obligatoriedad de declarar
los residuos que indica. (G)
Umbrales de declaración según rubro
3.8.1 actividades y/o tipos de fuentes
Reunión con organismos sectoriales por
formularios
Informe Final
Revisión Informe
Entrega
Informe
Gobierno de Chile
| Ministerio
del Mediocorregido
Ambiente
Agos Sept
Oct
nov
dic
12341234123412341 2 34
XXXXXXXXXXXXXXXXX X
XXXXXXXXXXXXXX
XXXXXXXX
XXXXXXXXX X
XXXXXXXX
XXXXXXXX
XXXX
1
X X
14
Gracias.
24