sistema educativo - I.E.S. Jardines de Puerta Oscura

Download Report

Transcript sistema educativo - I.E.S. Jardines de Puerta Oscura

ESTRUCTURA DEL SISTEMA EDUCATIVO EN ANDALUCIA

El sistema educativo en Andalucía se corresponde con el que existe a nivel nacional.
Es una LEY ORGANICA DE EDUCACIÓN (LOE) La que regula como se articula, cuales son
sus enseñanzas, cuales son sus objetivos, y cual es el tipo de educación que se ofrece a los
andaluces en particular.
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA12-16 AÑOS
1 ETAPA : 12-14
2º ETAPA : 14-16
POST-OBLIGATORIA
*
*
BACHILLERATO 16-18 AÑOS DOS AÑOS COMO MINIMO.
FORMACION PROFESIOAL:
–
–
CICLO MEDIO DURACIÓN VARIABLE
1400-2000 HORAS.
CICLO SUPERIOR
TITULO: TÉCNICO SUPERIOR
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA




El decreto 231/2001 de ESO en Andalucía establece las enseñanzas
mínimas para esta etapa obligatoria, y que procurara el máximo
desarrollo posible de los alumnos.
Se dota de autonomía pedagógica a los centros, que deberán adaptar
el contenido, los objetivos de esta norma a sus características, a través
del PROYECTO EDUCATIVO Y DE GESTION EN CADA CENTRO.
La orientación y la acción tutorial permiten realizar una pedagogía
adecuada a las características del alumnado.
Coordinar la acción educativa del profesorado que permita alcanzar los
objetivos en esta etapa obligatoria.
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

FINES
 Adquirir elementos básicos de la cultura,
humanística, artística, tecnológica, científica.
 Desarrollar hábitos de trabajo que le
prepare al alumnado para estudios
posteriores y su inserción laboral.
 Formarle como ciudadano con
derechos y obligaciones.
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

El currículo en la ESO se orienta para:
 Desarrollar aptitudes y capacidades del alumno.
 Adquirir aprendizajes para entender la sociedad y la evolución de
la misma hasta nuestros días.
 Permite organizaciones flexibles que puedan ser modificados
como parte de la acción educativa.
 Fortalecer los derechos humanos y libertades como principios de
la persona y de las sociedades democráticas
 Conocer las normas básicas para la convivencia en Andalucía y
en España.
 Generar hábitos de vida saludables.
 Respetar el medio ambiente.
 Conocer la cultura andaluza como parte de nuestro patrimonio.
 La formación en las tecnologías
 Para la igualdad y no discriminación.
EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

TITULACION DE LA ESO.

Al terminar la ESO se adquieren la competencia básica y los objetivos
determinados por estas enseñanzas.
El titulo se llama GRADUADO EN EDUCACIÓN SECUNDARIA.
Podrán obtenerlo alumnos que tengan una o dos evaluaciones
negativas, si el equipo educativo así lo acuerda, y no impide alcanzar
las competencias básicas.
El alumnado que cursa programas de diversificación curricular obtiene
el titulo si supera los ámbitos y materias designadas.
El alumno de un programa de cualificacion profesional inicial (PCPI)
obtiene el titulo si ha superado todos los módulos para ello.
El alumno que no logre las competencias exigidas recibe un
certificado de escolaridad con los años y materias cursadas





Programas de cualificacion profesional inicial









Favorecer la inserción laboral social, y educativa y laboral de
mayores de 15 años que no hayan logrado obtener el titulo ESO
Podrán hacerlo con 15 años aquellos que hayan repetido una
vez y no puedan pasar a 3º eso.
Este nivel se corresponde con el nivel 1 del catalogo nacional
de cualificaciones profesionales.
Tiene como objetivo el que tengan la posibilidad de inserción
sociolaboral satisfactoria y amplíen sus competencias para
proseguir sus estudios.
Se estructura en Módulos:
de competencia profesional
Módulos formativos en competencias básicas para la
transición al mundo laboral.
módulos para obtener el titulo de eso
Contendrá 100 horas de formación en centros de trabajo una
vez superados módulos de carácter obligatorio.
BACHILLERATO
 LOE 2/2006 de 3 mayo en el Art. 6.2. dice que “el gobierno




fijará en relación con los objetivos, competencias básicas,
contenidos, métodos de evaluación y criterios de evaluación, los
aspectos básicos del currículo que constituyen las enseñanzas
mínimas y las normas de acceso a la Universidad”.
Carácter postobligatorio, repartidos en dos años
académicos.
- Se organiza en materias comunes, materias de
modalidad y optativas
Permitir la especialización del alumnado en función de sus
intereses para su incorporación a estudios posteriores y a la
vida laboral.
Busca garantizar la continuidad del proceso educativo.
BACHILLERATO








OBJETIVOS
Desarrollar capacidades, actitudes, valores, libres de
prejuicios, actitudes responsables y solidarias
Capacidad de trabajo en equipo, análisis y reflexión sobre
las desigualdades.
Aplicar técnicas de investigación y análisis.
Conocer, valorar y respetar la identidad de España, y de
sus unidades territoriales (comunidades).
ACCESO
Graduado en ESO
Técnico en grado medio.
BACHILLERATO











ESTRUCTURA DEL BACHILLERATO
Artes
Ciencias y Tecnología
Humanidades: ciencias sociales – humanidades
MATERIAS COMUNES
1º curso
Ciencias- educación física – filosofia – lengua castellana –
lengua extranjera
2º curso
historia de la filosofía – historia de España – lengua castellana –
lengua extranjera
MATERIAS DE MODALIDAD
OPTATIVAS
BACHILLERATO
EVALUACIÓN
 Se hace por materias, se valora el rendimiento de cada alumno en relación con
los objetivos del bachillerato y la posibilidad de progresar en cursos superiores.
 De manera colegiada por el equipo educativo
TITULACION
 Bachillerato, cuando se haya obtenido la evaluación positiva en los dos cursos.
 La titulación y orientación forma parte de la función docente.
 Cada grupo tendrá un tutor
 El tutor conocerá las aptitudes e intereses de sus alumnos para orientarles en la
toma de decisiones.
 Forma parte del proyecto educativo.
PRUEBA DE ACCESO a la UNIVERSIDAD
 Es necesario la superación de una prueba que junto a la calificación obtenida en
el bachillerato, permite valorar la madurez académica y los conocimientos para
prosegu9ir con existo los estudios posteriores.
FORMACIÓN PROFESIONAL
El Art. 39 de la Loe ESTABLECE los principios de la FPI
 Capacitar para el desempeño cualificado de diversas
profesiones.
 Incluirá las enseñanzas propias de la formación
profesional inicial (FPI), así como las orientadas a la formación
continua en las empresas que permitan la actualización
permanente de las competencias profesionales.
 Comprende un conjunto de ciclos formativos, con
organización modular, de duración variable, y contenidos
teóricos y prácticos en los distintos campos profesionales.
 Los ciclos medio y superior están referidos al Catalogo
nacional de cualificaciones profesionales (SNCP).

FORMACIÓN PROFESIONAL
Objetivos
 Desarrollar la competencia que corresponda a la
cualificación elegida.
 Comprender las características del sistema productivo y
los mecanismos de inserción laboral
 Aprender por si mismos y a trabajar en equipo.
 Formarse en la prevención y resolución pacífica de
conflictos, fomentando valores de igualdad, no-discriminación,
para el desempeño profesional.
 Trabajar en condiciones de seguridad y salud, y
desarrollar la prevención.
 Desarrollar un espíritu emprendedor y de iniciativas
empresariales.
FORMACIÓN PROFESIONAL
ACCESO
 Al grado medio se accede con el titulo de Educación
Secundaria Obligatoria
 Mediante prueba, si se tienen 17 años.


Al grado superior se accede con el titulo de
Bachillerato.
Se accede mediante prueba para quienes tengan 18
años, o con el titulo de grado medio relacionado con
la especialidad y una prueba especifica.
FORMACIÓN PROFESIONAL
Formación en centros de trabajo.
 1. Todos los ciclos formativos de formación
profesional inicial incluirán un módulo de
formación en centros de trabajo con la
finalidad de completar las competencias
profesionales en situaciones laborales reales.
 2. El módulo de formación en centros de
trabajo se cursará con carácter general una
vez superados el resto de módulos
profesionales que componen el ciclo.
PROGRAMAS DE FORMACIÓN DE CENTROS DE TRABAJO EN
PAISES DE LA UNION EUROPEA


El objetivo de estos programas LEONARDO, ERASMUS, es
facilitar la adquisición de conocimientos y saberes propios e
imprescindibles para el S. XXI, que incluirá el perfeccionamiento
de un idioma extranjero.
Es por lo que se promoverán programas para que el alumnado
pueda realizar prácticas de formación profesional inicial en
centros de trabajo ubicados en países de la Unión Europea, con
objeto de favorecer la conexión de la esfera de la formación
profesional inicial con el ámbito laboral.
Módulo profesional de
proyecto.
Los ciclos formativos incorporarán un
módulo profesional de proyecto, que se
definirá de acuerdo con las
características de la actividad laboral
del ámbito del ciclo formativo y con
aspectos relativos al ejercicio
profesional y a la gestión empresarial
FORMACIÓN PROFESIONAL
EVALUACIÓN
 Será continua y se realiza por módulos profesionales. Se
valora los resultados del aprendizaje de acuerdo con los
criterios de evaluación, así como la madurez académica y
profesional en relación con los objetivos de ciclo formativo y las
posibilidades de inserción en el sector profesional
correspondiente.
TITULACION
 Los alumnos y alumnas que superen las enseñanzas
correspondientes
a un ciclo formativo de grado medio o de grado superior de
formación profesional inicial obtendrán, respectivamente, el
título de Técnico o Técnico Superior correspondiente.
FORMACIÓN PROFESIONAL
Información y orientación profesional en la formación profesional del
sistema educativo
 La información y orientación profesional en la formación profesional del
sistema educativo tendrá los siguientes fines:
 a) Informar y difundir las ofertas de estas enseñanzas, así como sobre
los requisitos académicos establecidos y las posibilidades de acceso a
las mismas, atendiendo a las condiciones, necesidades e intereses de
las personas que demanden la información.
 b) Informar y orientar sobre las distintas oportunidades de aprendizaje
y los posibles itinerarios formativos para facilitar la inserción y
reinserción laborales, la mejora en el empleo, así como la movilidad
profesional en el mercado de trabajo.
 c) Informar sobre las titulaciones académicas y orientar sobre las
posibilidades de adquisición, evaluación y acreditación de
competencias y cualificaciones profesionales requeridas en el mundo
laboral.
 d) Orientar al alumnado hacia los ciclos formativos que mejor se
adapten a sus circunstancias personales, de manera que la opción
elegida les permita superar los objetivos de los módulos profesionales
y terminar la totalidad del ciclo formativo, y sin que suponga riesgo
para su integridad física ni la de los demás.
FORMACIÓN PROFESIONAL:
Estructura de los títulos de formación profesional. (RD
1536/2008 de ordenación de la formación profesional en el
sistema educativo)
a) Identificación del título:
 Denominación.
 Nivel.
 Duración.
 Familia Profesional.
 Referente europeo.
b) Perfil profesional del título:
 Competencia general.
 Competencias profesionales, personales y sociales.
 Relación de cualificaciones y, en su caso, unidades de
competencia del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales
incluidas en el título.
c) El entorno profesional.
d) La prospectiva del título en el sector o sectores.
Estructura de los títulos de formación profesional.( RD
1536/2008 de ordenación de la formación profesional en el
sistema educativo)

e) Enseñanzas del ciclo formativo:
Objetivos generales.
Módulos profesionales.
 f) La correspondencia de los módulos profesionales con las unidades de
competencia para su acreditación, convalidación o exención.
 g) Los parámetros básicos de contexto formativo para cada módulo profesional.
Se concretarán: los espacios y equipamientos mínimos necesarios tomando
como referente un determinado número de estudiantes y las titulaciones y
especialidades del profesorado, y sus equivalencias a efectos de docencia.
 h) Modalidades y Materias de bachillerato que facilitan la conexión con el ciclo
formativo de grado superior.
 i) Convalidaciones, exenciones y equivalencias.
 j) Relación con certificados de profesionalidad.
 k) Información sobre los requisitos necesarios según la legislación vigente, en
su caso, para el ejercicio profesional.
 l) Acceso a estudios universitarios desde los ciclos formativos de grado superior.