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JORNADA TRIBUTARIA 2013
COITIRM
Murcia 11 de marzo de 2013
JORNADA TRIBUTARIA 2013
COITIRM
 MODIFICACIONES TRIBUTARIAS
2012
 NOVEDADES TRIBUTARIAS 2013 Y
REAL DECRETO 4/2013 DE APOYO AL
EMPRENDEDOR
 RETRIBUCION DE SOCIOS Y
ADMINISTRADORES
MODIFICACIONES 2012
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EL AÑO DE LAS REFORMAS:
RD-Ley 20/2011 de 30 diciembre de medidas urgentes
RD-Ley 2/2012 de 3 de febrero de reforma financiera
RD-Ley 3/2012 de 10 de febrero de reforma mercado
laboral
RD-Ley 12/2012 de 30 de marzo de reducción déficit
público
RD-Ley 20/2012 de 13 de julio de medidas de
competitividad
Ley 7/2012 de 29 de octubre de lucha contra el fraude
Nuevo Reglamento General de Facturación
Etc…
MODIFICACIONES 2012
 MEDIDAS EN IRPF
Se recuperó la deducción por vivienda eliminada en 2010 con
efectos 1/1/2011
Gravamen complementario a la cuota para 2012 y 2013
Gravamen renta del ahorro 21%, 25% y 27%
Incremento de retención en nóminas
Incremento retención actividades profesionales al 21%
Prórroga deducción gastos de formación del personal
Prórroga reducción 20% con mantenimiento empleo´08
Incentivos fiscales a contratos indefinidos a menores 30 años
MODIFICACIONES 2012
 MEDIDAS EN ISOC
Mantenimiento de % incrementados del pago fraccionado
Límite a la compensación de BI negativas
Ampliación a 18 años plazo para compensar pérdidas
Gastos de formación del personal deducción 10%
Tipo gravamen reducido microempresas con mant. empleo
Hasta 300.000€  20%
Resto  25%
Medidas sobre deducción del Fondo de Comercio
Eliminación de la libertad de amortización (31/3/2012)
MODIFICACIONES 2012
 MEDIDAS EN ISOC
Nueva modificación del importe de los pagos fraccionados
Limitación deducción de gastos financieros al 30% del Bº
operativo, con el límite de 1.000.000 €
No deducibles los gastos financieros en Grupos salvo
motivos económicos válidos
Ampliación a 15 años deducciones pendientes de aplicar
Gravamen del 8% por repatriación de dividendos
MODIFICACIONES 2012
 MEDIDAS EN IVA
Prórroga hasta el 31/12/2012 del 4% IVA compra viviendas
Subida del IVA 1/9/2012
8%  10%
18%  21%
Cambios del 8% al 21%  Material escolar, cines, teatros,
peluquerías, servicios deportivos, servicios funerarios…
MODIFICACIONES 2012
 OTRAS MEDIDAS
Amnistía Fiscal con pago del 10% de las rentas afloradas
Nota 1/2012 sobre retribución de socios y administradores
Ley 7/12 de 29 de octubre de lucha contra el fraude
- Exclusión módulos a determinadas actividades
- Declaración de bienes en el extranjero
- Nuevos supuestos de inversión sujeto pasivo
Entrega de inmuebles
Ejecuciones de obra inmobiliaria
- Endurecimiento régimen sancionador
- Limitación pagos en efectivo 2.500 €
Novedades Tributarias 2013
-
Ley 15/2012 de medidas para la sostenibilidad energética
Ley 16/2012 de medidas de impulso de la actividad
económica.
Ley 17/2012 de Presupuestos Generales del Estado.
Ley Orgánica 7/2012 de reforma del Código Penal
Real Decreto 1619/2012 nuevo Reglamento de Facturación
Real Decreto 4/2013 de medidas de apoyo al emprendedor
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NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA
NOVEDADES EN EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
NOVEDADES EN IVA
REGLAMENTO DE FACTURACION
ACTUALIZACION DE BALANCES
MEDIDAS APOYO AL EMPRENDEDO
Novedades en RENTA 2013
 Deducción por vivienda habitual
 Ganancias y pérdidas derivadas del juego
 Ganancias generadas en menos de un año
 Reducción Rend. Neto 20% con mantenimiento de
empleo 2008
 Reducción del 40% en rendimientos de trabajo
Novedades en RENTA 2013
 Deducción por vivienda habitual
DESAPARECE: Adquisición VH
Cuenta vivienda
Construcción o rehabilitación
Adecuación para minusválidos
Régimen transitorio: Adquisiciones antes 2013
 Ganancias y Pérdidas derivadas del Juego
Gravamen del 20% para ONCE, Cruz Roja, ONLAE, …
Exención 2.500 €
Retención en el momento del pago
Novedades en RENTA 2013
 Ganancias generadas < 1 año
Antes tributaban en la Base del Ahorro (21% a 27%)
Ahora tributan en la Base General (escala del 0% al 52%)
Compensación con resto de rentas de la base general
pasa del 25% al 10%
 Reducción Rend. Neto 20% con
mantenimiento de empleo 2008
Importe neto de cifra negocios < 5.000.000€
Plantilla media < 25 trabajadores
Mantenimiento empleo medido con respecto a 2008
Novedades en RENTA 2013
 Reducción 40% de rendimientos del trabajo
Son rentas IRREGULARES procedentes de
indemnizaciones por despidos.
Si la indemnización <= 700.000€  40% s/300.000
Si la indemnización >700.000 y <1M. proporcional
Si la indemnización >1M,  40% s/ 0€
Novedades en ISOC 2013
 Gastos deducibles por amortizaciones
 Gastos no deducibles
 Tipo de gravamen para micropymes
 Deducciones
Novedades en ISOC 2013
 Gastos deducibles por amortizaciones
Para empresas que NO sean de reducida dimensión
Deducción del 70% de las amortizaciones contables
Para 2013 y 2014
El importe no deducido se aplica linealmente en 10 años
 Gastos NO deducibles
Indemnizaciones por despido >1.000.000€
Novedades en ISOC 2013
 Tipo gravamen Micropymes
Requisitos:
Importe neto cifra negocios n-1<10.000.000€
Importe neto de cifra negocios n < 5.000.000€
Plantilla media n < 25 trabajadores
Mantenimiento empleo medido con respecto a 2008
Tipo de gravamen: 20% hasta 300.000 €
25% resto
 Deducciones.
Se prorrogan:
Gastos de formación del personal, son gastos para habituar
a los trabajadores al manejo de las TIC
Gastos en producciones cinematográficas.
Novedades en IVA 2013
 Modificación de la BI por impago (art 80)
En operaciones a plazos será suficiente instar el cobro de
uno de ellos con requerimiento notarial o recl. judicial
 Nuevo Reglamento de Facturación (Real
Decreto 1619/2012 de 30 de noviembre)
Desaparecen los tiques  Fra. Simplificada
Para operaciones <400€ y las antiguas con tiques
Contenido adicional: Fecha expedición, domicilio
expedidor, identificación bienes o servicios.
Actualización de balances 2013
-
Para sujetos pasivos de IRPF, IS, IRNR
Para elementos del I. Material, I. inmaterial e inversiones
inmobiliarias.
Para TODOS los elementos, salvo inmuebles que se
podrá elegir sobre cuales
“Reserva de Revalorización Ley 16/2012”
Coeficientes sobre V.adquisición y Amortizaciones
El incremento será amortizable a partir de 2015
Gravamen del 5%
A liquidar al presentar la renta o ISOC.
Apoyo al emprendedor
 Real Decreto Ley 4/2013 de 22 de febrero
de medidas de apoyo al emprendedor y
estímulo del crecimiento y de la creación de
empleo
Fomento del autoempleo
Incentivos fiscales
Estímulos a la contratación
Apoyo al emprendedor
Medidas Laborales
Amplia información en www.seg-social.es
Autónomos
Indefinidos
Jóvenes
Apoyo al emprendedor
Fomento del autoempleo
Cotización Hombres <30 años y mujeres <35 años:
-
Reducción 30% 15 meses
-
Bonificación 30% 15 meses
Cotización <30 años por cuenta propia que no hayan estado
de alta los 5 años anteriores:
-
Reducción 80% 6 meses
Reducción 50% 6 meses
Reducción 30% 3 meses
Bonificación 30% 15 meses
No pueden tener trabajadores a su cargo
Discapacitados >33%
Alta  bonificación 50% durante 5 años
Si no hay alta en 5 años anteriores y menor de 35 años:
- Reducción 80% 12 meses
- Bonificación 50% 4 años siguientes
Apoyo al emprendedor
Fomento del autoempleo
Compatibilidad prestación desempleo y
autónomos:
Para <30 años y durante 9 meses (sin trabajadores a cargo)
Solicitud dentro de los 15 dias siguientes al alta en IAE
Capitalización de pago único para inicio de actividad:
100% para aportación a sociedad mercantil con vinculación laboral o
profesional indefinida
Suspensión y reanudación de cobro desempleo para
jóvenes tras realizar actividad por cuenta propia:
Se amplía de 2 a 5 años la duración de una actividad y la reanudación
del cobro del desempleo posterior.
Apoyo al emprendedor
Incentivos fiscales
Medidas con efectos desde el 1-1-2013
 IRPF
1. Exención prestación por desempleo en modalidad de pago
único (antes solo 15.500€)
2. Reducción 20% rendimiento neto de actividad. Requisitos:
Estimación directa (no módulos)
Actividades iniciadas en 2013
No haber tenido actividad en 2012 o con Bº
La reducción se aplica en los dos primeros años con Bº
Límite: 20% de reducción sobre 100.000€
NO se aplica si mas del 50% de los ingresos provienen de la
empresa para la que trabajaba el año anterior.
Apoyo al emprendedor
Incentivos fiscales
 ISOC
Tipo impositivo para entidades de nueva creación para el
primer y segundo año con beneficios:
Entre 0 y 300.000€ de beneficio  15%
Resto  20%
NO se entenderá iniciada la actividad económica:
- Actividades ejercidas por personas vinculadas y
transmitidas a la nueva entidad
- Actividades ejercidas el año anterior por personas físicas
que ostenten directa o indirectamente mas del 50% del
capital social
NO se consideran de nueva creación aquellas que formen parte
de un grupo de sociedades, según art. 42 CCo
Apoyo al emprendedor
Estímulos a la contratación
Hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%
Contrato tiempo parcial con vinculación formativa (12 meses)
Reducción cuota 75% empresas <250 trabajadores
Reducción cuota 100% resto empresas
Contratación indefinida de jóvenes para autónomos y
empresas <9 trabajadores (12 meses)
Reducción 100% cuota cont. comunes
Contrato “primer empleo joven” incentivos para transformación
en indefinido.
Bonificación 500€ año hombres 700€ mujeres durante 3 años
Contrato en prácticas tras periodo formativo
Reducción cont. comunes 50%
Retribución de socios y
administradores
Origen del conflicto  STS Caso Mahou 13/11/2008
La condición de Administrador incluye la de trabajador
Junio 2011  AEAT Málaga; socios +10% Ks  Act. Económica
Nota 1/12 AEAT de 22 de marzo de 2012. Criterios generales
Las retribuciones socio-sociedad se califican como trabajo,
salvo que deban calificarse como Act. Eco.
Trabajo = Dependencia + Ajenidad
Requisitos para ser Actividad Económica:
1. Ordenación cuenta propia medios materiales y humanos
(+50% Ks obligatorio, por debajo % habrá que ver caso por caso)
2. Medios de producción en sede del socio
(al socio profesional le basta su capacitación profesional)
Retribución de socios y
administradores
Los servicios que presta un Ingeniero a su sociedad profesional
¿son rentas del trabajo o actividad económica?
Será Act. Económica:
- Ordenación por cuenta propia (+ 50% Ks)
- Medios de producción propios, los tiene por su cualificación.
CONSECUENCIAS:
Alta en IAE y facturación a la sociedad.
Retención IRPF 21%
No olvidar valoración de operaciones vinculadas
No exención de las acciones en Impuesto sobre el Patrimonio ni Sucesiones.
Retribución de socios y
administradores
Será Trabajo:
- Dependencia
- Ajenidad.
CONSECUENCIAS:
Si Estatutos sociedad dicen que el cargo de administrador es
GRATUITO  NO DEDUCIBLE EN ISOC
Cargo RETRIBUIDO:
Tipo fijo; determinado cada año en Junta General
Tipo variable, que no supere el 10% del beneficio anual
Retención IRPF  Tipo fijo del 42%
El administrador SI tributa en renta, según artículo 17 LIRPF
Retribución de socios y
administradores
Ejemplo 1: SL de ingeniería formada por dos ingenieros al 50%
Solución: Actividad económica:
SI Ordenación por cuenta propia
SI Medios de producción por su cualificación
Ejemplo 2: SL restaurante formada por dos ingenieros al 50%
Solución: Trabajo o actividad económica
SI Ordenación por cuenta propia
Tal vez Medios de producción
Ejemplo 3: SL de ingeniería formada por tres ingenieros al 33%
Solución: Trabajo o actividad económica:
Tal vez Ordenación por cuenta propia
SI Medios de producción por su cualificación
Retribución de socios y
administradores
Ejemplo 4: SL de ingeniería formada por 3 ingenieros uno de ellos con el 50%
del capital y los otros con un 25%
Solución: Socio con 50%  Actividad económica:
SI Ordenación por cuenta propia
SI Medios de producción por su cualificación
Socios con 25%  Actividad económica o trabajo:
Tal vez Ordenación por cuenta propia
SI Medios de producción por su cualificación
Ejemplo 5: SL de ingeniería formada por un ingeniero y su cónyuge no
ingeniero al 50%
Solución: Socio ingeniero  Actividad económica
SI Ordenación por cuenta propia
SI Medios de producción
Socio no ingeniero  Trabajo o actividad económica
SI Ordenación por cuenta propia
Tal vez Medios de producción
Retribución de socios y
administradores
Conclusión:
Es una “cuestión de hecho”, cada caso habrá que
analizarlo individualmente
¿Podemos calificar la relación socio – sociedad como
Actividad Económica?
(ordenación cuenta propia + medios de producción)
SI  alta en IAE y facturación a la sociedad
NO  Trabajo
Estatutos cargo Gratuito  No deducible (cambiar)
Estatutos cargo retribuido  Si deducible
JORNADA TRIBUTARIA 2013
COITIRM
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Calle Acisclo Díaz 13, 1ºA, 30005 – Tlf: 968 900 280 – Fax: 968 900 507
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Calle Norte 4, 30740 – Tlf: 968 181 012 – Fax: 968 181 010
TASE Asesores – San Javier
Calle Dr. Pardo López 11, 30730 – Tlf: 868 064 041 – Fax: 868 064 022
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