ANALISIS ACTUAL LEY PENSIONES 65 2013

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Transcript ANALISIS ACTUAL LEY PENSIONES 65 2013

¿EN QUÉ CONSISTE LA LEY DE
PENSIONES ACTUAL?
Características, alcances y problemas
Junio de 2013
Bruno Rojas Callejas. Investigador del CEDLA
[email protected]
UN POCO DE HISTORIA
 En
1955 comenzó a implementarse en
Bolivia un sistema de seguridad social
para los trabajadores asalariados del país.
 Este año (14/12 55) se promulgó el
Código de Seguridad Social que
contempló un conjunto de normas contra
las privaciones económicas y sociales que
puedan afrontar los trabajadores y sus
familias.
UN POCO DE HISTORIA

Su propósito fue dar continuidad a los
medios de subsistencia en caso de
contingencias, la aplicación de
procedimientos para la rehabilitación de las
personas inutilizadas y la concesión de los
medios necesarios en especie y en dinero
para el asegurado y su familia, en los casos
de enfermedad, maternidad, riesgos
profesionales, invalidez, vejez y muerte.
UN POCO DE HISTORIA

Con relación a la jubilación, entre 1955 y
1996 estuvo en vigencia el Sistema de
Reparto basado en la solidaridad de los
trabajadores y el mayor aporte del
empresario y del Estado.
 La jubilación era a los 55 años para los
hombres y a los 50 para las mujeres. La
renta de jubilación equivalía al 70% del
referente salarial. La jubilación era posible
con 180 aportes mensuales (15 años).
UN POCO DE HISTORIA

15 de abril de 1987, se promulga la Ley N°
924, conocida como Ley de Racionalización
de la Seguridad Social Boliviana.
 Establece la creación del Seguro Social de
Corto Plazo financiado totalmente con el
aporte patronal
 Crea el Seguro Social de Largo Plazo para
invalidez, vejez, muerte y riesgo
profesionales financiado por el aporte laboral
y estableció el aporte estatal.
CRISIS DELSISTEMA DE REPARTO








Baja la relación entre activos y pasivos de 3 a 1.
(ideal 10 a 1). Causas:
Disminución de la cobertura
- Hiperinflación
- Crisis industrial
- Achicamiento del sector estatal como
generador de empleo.
-Privatización de empresas públicas
-Despidos masivos de trabajadores del sector
público, industria y de la minería
-Crecimiento de la desocupación, del subempleo
y del sector informal de la economía.
UN POCO DE HISTORIA

El año 1997 entró en vigencia el Seguro Social
Obligatorio (Ley de Reforma de Pensiones 1732) en
remplazo del Sistema de Reparto.
 Una reforma financiera y bancaria que privatiza la
administración de las pensiones (AFP).
 Redujo el aporte patronal de 6 a 3.71% y a 0 el
aporte para la jubilación del trabajador
 Anula el aporte estatal
 Anuló la solidaridad e impuso el ahorro individual de
los trabajadores (cuenta individual previsional). Crea
el Fondo de Capitalización individual.
UN POCO DE HISTORIA

Disminuyó la pensión de jubilación debido a
su cálculo sobre el saldo acumulado y un
código de esperanza de vida y no sobre el
porcentaje fijado (70%):
PCA= Saldo acumulado
CNU
 Las pensiones de invalidez de riesgo común,
profesional, por muerte y gastos funerarios
fueron sometidos a escalas y cálculos
financieros
¿QUÉ ES LA SEGURIDAD SOCIAL?

Es la protección social que brinda la sociedad y
el Estado a favor del trabajador y su familia con
relación a la salud, accidentes temporales y de
gravedad, maternidad, invalidez, muerte y la
jubilación.
 Según la Constitución Política del Estado:
 Cubre la “atención por enfermedad, epidemias
y enfermedades catastróficas; maternidad y
paternidad; riesgos profesionales, laborales y
riesgos por labores de campo; discapacidad y
necesidades especiales; desempleo y pérdida
de empleo; orfandad, invalidez, viudez, vejez y
muerte; vivienda, asignaciones familiares y
otras previsiones sociales”.
¿QUÉ ES LA SEGURIDAD SOCIAL?
Se garantiza el derecho a la jubilación “con
carácter universal, solidario y equitativo”.
 “Las mujeres tienen derecho a la maternidad
segura”, teniendo especial atención “durante
el embarazo, parto y en los periodos prenatal
y posnatal”.
 “Los servicios de seguridad social pública no
podrán ser privatizados ni concesionados”
(Art. 45.I, II, III, IV y V).
 IMPORTANTE: Es un derecho laboral de los
trabajadores: irrenunciable, de cumplimiento
obligatorio, inviolable y con intervención del
Estado.

¿QUÉ ES UN SISTEMA DE
PENSIONES?

Es el régimen que gestiona y administra la seguridad social
de largo plazo. Otorga las siguientes prestaciones
sociales:
 1) jubilación, otorgando una renta o pensión vitalicia.
 2) invalidez por riesgo común (enfermedad), cobro de renta
 3) invalidez por riesgo profesional, cobro de una renta
 4) renta por muerte del afiliado titular a los derecho
habientes
 5) gastos funerarios, pago por única vez de un monto
(actualmente Bs.1.800).
 ¿Quiénes aportan? Trabajadores, empleadores y el
Estado.
¿EN QUÉ CONSISTE EL SISTEMA
DE PENSIONES ACTUAL?

Cambia algunas cosas del anterior sistema (Seguro
Social Obligatorio, Ley de Reforma de Pensiones Nº
1732), manteniendo su orientación neoliberal:
 1. Composición: Comprende 3 Regímenes sociales:
 1) Contributivo: Para jubilarse o tener otra prestación
social, el trabajador debe aportar si o si. Es igual al
régimen del sistema anterior.
 2) Semicontributivo: Para jubilarse el trabajador también
debe aportar para cobrar una Pensión Solidaria que
tiene un aumento proveniente de un Fondo Solidario. Se
debe contar con un mínimo de 120 aportes mensuales.
¿EN QUÉ CONSISTE EL SISTEMA
DE PENSIONES ACTUAL?



3) No contributivo: Las personas no aportan nada.
Beneficia a las personas mayores de 60 años con el
pago de la Renta Dignidad (Bs. 200) y de gastos
funerarios con recursos públicos (parte del IDH).
2. Al igual que el sistema anterior se sostiene en el
ahorro individual de los trabajadores. Aumentó el
aporte laboral en un 0.5%
3. La edad de jubilación disminuye de 60 años a
58 para hombres y mujeres. Para las mujeres, por
cada hijo vivo menos un año hasta los 55 años. En el
caso de los trabajadores mineros hasta los 50 años.
BENEFICIARIOS RENTA DIGNIDAD:
16.8% son jubilados
¿EN QUÉ CONSISTE EL SISTEMA
DE PENSIONES ACTUAL?



4. Cubre el pago de las pensiones vitalicias de vejez
y por muerte del titular a favor de los derechos
habientes, de invalidez por accidentes y
enfermedades de trabajo y gastos funerarios.
5. La nueva Administradora es la Gestora pública de
seguridad social de largo plazo en remplazo de las
AFP (Futuro y Previsión). Pasa de manos privadas a
manos del Estado.
6. Entre algunos cambios: afiliación de los
consultores en línea y de otros prestadores de
servicios cuyos ingresos superen Bs.1.000
PARA EL DEBATE
ALCANCES Y
PROBLEMAS EN LA
NUEVA LEY DE
PENSIONES 65
PROBLEMA 1: El financiamiento de la
jubilación recae en los trabajadores



La actual ley de pensiones mantiene el Ahorro
individual de los aportantes y el Régimen
Contributivo, donde los trabajadores son la única
fuente principal de financiamiento.
El Estado no aporta para la jubilación. Su aporte
se restringe al régimen no contributivo (pago de la
Renta Dignidad a los mayores de 60 años).
Los empleadores tampoco aportan para el ahorro
de jubilación de los trabajadores. Su aporte es
para el Fondo solidario (3%), post jubilación.
NUEVA ESTRUCTURA DE APORTES

Aporte laboral: Trabajador dependiente
 Para cuenta individual: 10%
 Prima seguro de invalidez y muerte por riesgo común:
1.71%
 Aporte a Fondo Solidario: 0.5%
 Comisión para Gestora: 0.5 %
 TOTAL APORTE: 12.71%.
 Aporte patronal: (Empleador)
 Prima de riesgos profesionales del trabajador: 1.71%
 Provivienda: 2% (sin relación con jubilación)
 Aporte a Fondo Solidario: 3%
 TOTAL APORTE: 4.71%
Aporte estatal: Bs. 150 de la Renta Dignidad agregada
a las pensiones de jubilación (temporal).
PROBLEMA 2: Baja la edad de jubilación
y bajan las rentas de jubilación





La edad de jubilación baja de 60 a 58 años, pero la
posibilidad de contar con mayor ahorro y tener mayor renta,
disminuye.
Menos tiempo y monto de ahorro, menos renta
En general, cuenta poco la edad, lo decisivo es tener mayor
ahorro para tener una buena renta.
En el régimen contributivo, el trabajador puede jubilarse en
los siguientes casos :
1) independientemente de su edad siempre y cuando su
saldo acumulado financie su renta y no haya realizado
aportes al Sistema antiguo. Obtiene una pensión igual o
superior al 60% de su referente salarial y accede al pago de
gastos funerarios y pensión por muerte.
PROBLEMA 2: Baja la edad de jubilación
y bajan las rentas de jubilación

2) A los 55 años, los hombres y a los 50, las mujeres,
siempre y cuando haya realizado aportes al sistema de
reparto y acceda a la compensación de cotizaciones.
Obtiene una pensión igual o superior al 60% de su referente
salarial y accede al pago de gastos funerarios y la pensión
por muerte.
 3) A partir de los 58 años independientemente del monto
acumulado en la cuenta personal, siempre y cuando tenga
una densidad de aportes de al menos 120 aportes y financie
una pensión mayor al monto de la Pensión Solidaria de
vejez.
 El aportante puede incrementar sus aportes con cotizaciones
adicionales voluntarias, pero, ¿se puede realmente?
PROBLEMA 2: Baja la edad de jubilación
y bajan las rentas de jubilación



Para la pensión solidaria, se requiere contar con 58 años, pero
la edad no garantiza tener una renta equivalente al 60% del
referente salarial. El monto de la renta lo define el monto del
saldo acumulado.
Si un trabajador aporta mensualmente Bs. 150 (sobre un salario
de Bs. 1.500), en 30 años habría ahorrado Bs. 54 mil, más la
rentabilidad de 8% anual, tendría un saldo acumulado
aproximado de Bs. 125.000.
De acuerdo a la ley, la pensión debería corresponder a Bs. 900
(60% del referente salarial de Bs. 1.500). Sin embargo, en la
AFP, le calculan su renta en Bs. 635. Los 125 mil no alcanzan
para pagar una pensión del 60%. Para aspirar a una renta de
Bs. 900 debería tener alrededor de 270 mil bolivianos.
PROBLEMA 3: Baja el porcentaje de
pago de la renta (60%), baja la renta

La ley de pensiones 065 determina la disminución del
porcentaje de cálculo de la renta de 70% a 60%, es decir,
menos rentas para los trabajadores.
 El porcentaje se calcula sobre el referente salarial que es
equivalente al promedio de los salarios de los 24 últimos
meses de trabajo.
 Oficiales de alto rango de la Policía y la Fuerzas Armadas se
jubilan con el 100% sobre su referente salarial. ¿Cuál es el
secreto? Cuentan con el respaldo económico del Ministerio
de Gobierno.
 Las luchas de los trabajadores demandaron y demandan
jubilarse con el 100% sobre su referente salarial
CALCULO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN

Se realiza con base en información de las
edades del asegurado y su núcleo familiar y
por cálculos actuariales:
 1. Determinar el capital acumulado reunido
por el trabajador por todos los años de
aportes más la rentabilidad ganada.
 2. Se toma en cuenta la edad del trabajador y
datos de su esposa y su familia, cuya
información forma parte de una “Tabla de
vida” (CNU).
CALCULO DE LA PENSIÓN DE JUBILACIÓN

3. Se divide el Capital acumulado (saldo)
entre el CNU.
 Ejemplo: un asegurado de 58 años de
 edad, con una cónyuge de 53 años, un
salario referencial de 1.500, Saldo en su
Cuenta Individual de Bs. 45.000 y 25 años
aportados a las AFP´s.
 Tomando estos datos se tiene:
Pensión CBP: 45.000 = 224.83
200.15
TABLA DE VIDA
EDAD
65
64
63
62
61
60
59
58
57
56
55
54
53
52
51
50
49
48
47
46
45
CNU
178.92
182.92
1 85.42
1 88.54
1 91.58
1 94.52
1 97.38
2 00.15
2 02.61
2 05.22
2 07.73
2 10.16
2 12.50
2 14.76
2 16.94
2 19.04
2 21.06
2 23.01
2 24.87
2 26.67
2 28.39
PROBLEMA 4: La pensión solidaria
nivela las pensiones hacia abajo

Si bien se beneficia con un incremento significativo a los
trabajadores con rentas bajas, la tendencia es a nivelar
las rentas hacia abajo (Bs. 2.600 como tope).
 Es discriminatoria. No se benefician los trabajadores que
tengan una pensión referencial superior a Bs. 2.600, es
decir con ingresos superiores a 6 mil bolivianos, pero
aportan al Fondo solidario.
 En 2011, en el eje central urbano, 5.6% de los
asalariados ganaba más de 4.891 bolivianos.
 GRAVE: Los trabajadores que no cuentan con aportes al
Sistema de reparto o antiguo, tendrán pensiones
referenciales menores, por tanto, pese al incremento
“solidario” lograran rentas bajas.
ESCALAS DE PENSIÓN SOLIDARIA
4,000
3,700
3,700
3,500
3,200
3,000
2,700
2,600
2,500
2,400
2,200
2,000
1,540
1,500
1,300
1,000
1,200
1,100
890
679
500
476
0
10 años
15 años
General Piso
20 años
General Techo
25 años
30 años
Mineros Techo
35 años
PENSIÓN SOLIDARIA DE VEJEZ







Cubre el pago de una pensión solidaria de vejez, por
muerte a derecho habientes y los gastos funerarios.
Condiciones:
1) Tener 58 años
2) Contar con una densidad de aportes de al menos 120
cotizaciones mensuales = 10 años
3) Cumplir con las demás determinaciones fijadas por ley.
Se llama solidaria porque recibe una Fracción solidaria
variable que se financia con recursos del Fondo Solidario
Se compone de: fracción del saldo acumulado, la
Compensación de Cotizaciones cuando corresponda y la
fracción solidaria.
PENSIÓN SOLIDARIA








¿A cuanto asciende? Se fija un mínimo de 476 bolivianos y
Bs. 2.600 como máximo, luego de 35 años y más de aportes.
En el caso de los mineros, se extiende hasta un máximo de
3.400 bolivianos luego de 30 y más años de aportes.
Se fijan los siguientes porcentajes referenciales que serán
actualizados cada 5 años:
10 años de aportes: Bs. 476. Sin incremento solidario
12 años: Bs. 557. Ambos por debajo del mínimo nacional
15 años: 679. Hasta aquí se nivela al SMN
16 años: Sube de Bs. 721 a 851= 18% de incremento
20 años: Sube de Bs. 890 a 1.540= 73% incremento
25 años: Sube de Bs. 1.100 a Bs. 2.200 = 100%. Desde los
25 años hasta 35 y más, 100% de incremento.
PORCENTAJE POR AÑOS DE APORTE
LIMITES DE LA PENSI{ON SOLIDARIA
EJEMPLO DE CÁLCULO

Asegurado con 25 años de aportes (En el
Sistema de reparto y las AFP´s) y un referente
salarial de vejez (Promedio de las 24 últimas
cotizaciones) de Bs. 2000.
 Bs. 2.000 * 65% = Bs. 1.300
 Según la tabla 65%, corresponde a 25 años de
aporte y como el resultado es 1.300, se lo
ubica entre 1.100 a 2.200, en la tabla de
porcentajes.
 Por tanto, el monto final de la Pensión Solidaria
será de Bs. 1.300.
LOS TOPES DE LA PENSIÓN SOLIDARIA
PENSIÓN SOLIDARIA

¿Quiénes se beneficiarán con una pensión solidaria?
 i) Los que tengan una pensión referencial inferior al límite
fijado con una densidad entre 10 y 15 años de aportes,
por lo cual reciben una fracción solidaria hasta alcanzar
dicho límite (equivalente al SMN como máximo).
 Ejemplo 1: Trabajador con 10 años de aportes




Promedio salario últimos 24 meses: Bs.1.000.
Pensión referencial con 10 años de aportes AFP: 350
Pensión solidaria: Bs. 476
Ejemplo 2: Trabajador con 15 años de aportes



Promedio salario últimos 24 meses: 2.000
Pensión referencial con 15 años de aportes: Bs. 670
Pensión solidaria: Bs. 679.5 (en 2011 a Bs. 815)
PENSIÓN SOLIDARIA


ii) Los que tengan 16 años o más de aportes,
con un monto salarial referencial por encima del
límite solidario máximo definido por sus años de
aportes, pero con una pensión base referencial
menor a ese límite. En este caso, el monto de la
pensión será igual al límite solidario máximo.
Ejemplo: Trabajador fabril con 20 años de
aportes




Salario referencial últimos 24 meses: Bs. 2.000
Pensión referencial: Bs. 800
Pensión solidaria: Bs.1.540
Incremento: 48%
PENSIÓN SOLIDARIA


iii) Los que tengan un monto salarial referencial que
queda entre los límites solidarios superior e inferior,
pero la pensión base referencial está por debajo del
monto salarial referencial. En este caso, la cuantía
de la pensión se nivela hasta el monto del salario
referencial.
Ejemplo: Trabajador fabril con 25 años de aportes
 Salario referencial últimos 24 meses: Bs. 1.800
 Pensión referencial: Bs. 900
 Pensión solidaria: Bs. 1.800
 Incremento: 100%
PENSIÓN SOLIDARIA


iv) Los que tengan un monto salarial y una
pensión base referenciales por debajo del límite
solidario inferior correspondiente a los años de
aporte, en cuyo caso el monto de pensión será
igual a ese límite inferior.
Ejemplo: Trabajador fabril con 20 años de
aportes



Salario referencial últimos 24 meses: Bs. 850
Pensión referencial: Bs. 300
Pensión solidaria: Bs. 890
¿CUÁNTO MEJORAN LAS RENTAS CON LA
PENSIÓN SOLIDARIA?
Detalle
Último total ganado
Promedio últimas 24 cot.
Pensión Ley 1732
% de pensión por 30 años
Pensión en Bs.
Pensión Final
Fracción solidaria
Detalle
Último total ganado
Promedio últimas 24 cot.
Pensión Ley 1732
% de pensión por 30 años
Pensión en Bs.
Pensión Final
Fracción solidaria
Caso 1
1.500
1.425
486
70%
998
1.200
714
Personas que tienen 30 años de aportes
Caso 4 Caso 6 Caso 7 Caso 8 Caso 9 Caso 10
3000
4000
4.500
5.000
6.000
6.812
2.850
3.800
4.275
4.750
5.700
6.471
963
1.284
1.449
1.615
1.938
2.200
70%
70%
70%
70%
70%
70%
1.995
2.660
2.993
3.325
3.990
4.530
1.995
2.200
2.200
2.200
2.200
2.200
1.032
916
751
585
262
0
Caso 1
A
1.500
B/A
0,95
C/B
0,34
D
70%
B*D
998
F/B
0,84
G/F
0,60
Personas que tienen 30 años de aportes
Caso 4 Caso 6 Caso 7 Caso 8 Caso 9 Caso 10
3000
4000
4.500
5.000
6.000
6.812
0,95
0,95
0,95
0,95
0,95
0,95
0,34
0,34
0,34
0,34
0,34
0,34
70%
70%
70%
70%
70%
70%
1.995
2.660
2.993
3.325
3.990
4.530
0,70
0,58
0,51
0,46
0,39
0,34
0,52
0,42
0,34
0,27
0,12
0,00
A
B
C
D
E
F
G
CALCULO DE LA PENSIÓN DE
JUBILACIÓN
CALCULO DE LA PENSIÓN
CÁLCULO DE LA PENSIÓN
CÁLCULO DE LA PENSIÓN
ÚLTIMA PROPUESTA DEL GOBIERNO
PROPUESTAS DE JUBILACIÓN
PROPUESTA GOBIERNO
PROBLEMA 5: El financiamiento de la
pensión solidaria recae en los trabajadores



Una buena parte del financiamiento proviene de
fondos del trabajador y de un nuevo aporte mensual
obligatorio: Fondo Previsional Integral o Fondo
solidario (25%)
1) 20% de primas de riesgo común, y riesgo
profesional con carácter mensual. Son recursos de
los trabajadores/as.
2) 0.5% de aporte mensual obligatorio de todos
los trabajadores dependientes asegurados al
sistema.
El financiamiento de la pensión solidaria
recae en los trabajadores

Los otros aportes al Fondo solidario son:
 3) 3% de aporte patronal sobre el total ganado de sus
trabajadores que figuran planilla. Los mineros lograron un
aporte adicional de 3% adicional por parte de los
empleadores mineros (Aporte minero solidario).
 4) Aporte Nacional Solidario: 1, 5 y 10% de la
diferencia de ingresos de trabajadores dependientes
y personas naturales, que ganen más de 20 salarios
mínimos (13.590) hasta 60 SMN. Si una persona gana Bs.
14.000, la diferencia con relación a 13,590 es de 410,
sobre este porcentaje aportará el 1% = 4 bolivianos.
El financiamiento de la pensión solidaria
recae en los trabajadores

Estos aportantes son pocos. En el caso de los
aportantes regulares, representan sólo 2%. Además,
difícil calcular los ingresos de las personas naturales.
 5) otras fuentes establecidas en el proyecto de ley
y normadas por el Órgano Ejecutivo, sin
comprometer recursos del Tesoro General de la
Nación.
 6) Rentas prescritas y masa hereditaria
 - Los rangos y porcentajes serán revisados cada 5
años por el Órgano Ejecutivo, pudiendo ser
modificados en función de las necesidades.
EL APORTE NACIONAL SOLIDARIO NO
SE APLICA A LOS RICOS


La ley establece recaudar de: i) honorarios y dietas de
directores de sociedades anónimas, sueldos de socios de otras
sociedades y sueldo del dueño de empresas unipersonales, ii)
ingresos por alquiler u otra forma de explotación de inmuebles
urbanos y rurales, y de muebles, derechos y concesiones, iii)
ingresos provenientes de colocación de capitales, como
intereses, rendimientos, dividendos, distribución de utilidades
de sociedades y empresas unipersonales, e intereses de
valores de deuda y iv) ingresos por servicios de consultoría y
todo ingreso ordinario o extraordinario.
Sin embargo, se viene aplicando sólo a los asalariados
aportantes (incluidos los mineros) y no a los capitalistas y a los
ricos que por ley les corresponde.
PROBLEMA 6: Baja la rentabilidad,
aumenta el tiempo de aporte




Históricamente, la rentabilidad del sistema de
pensiones fue del 8% y 11%. En enero 2012, la
rentabilidad disminuyó a 7.32%. A marzo de 2013 bajó
a 4.1% (AFP Previsión a 3.55%)
La rentabilidad bajó debido a la excesiva liquidez que
provocó la disminución de las tasas de interés de los
bonos y valores, particularmente del Estado que es el
principal deudor del sistema.
Si baja la rentabilidad del sistema, el tiempo de aportes
sería mayor: Más de 40 años.
GRAVE: La ley de pensiones 065 establece una
rentabilidad mínima de 3%
Baja la rentabilidad y los trabajadores
deben aportar y trabajar más
PROBLEMA 7: La administración pasa al
Estado, sin control de los trabajadores




Desaparecen las AFP y se reemplaza por una entidad pública:
Gestora pública de seguridad social de largo plazo. La
nueva CPE establece que los servicios de seguridad social no
pueden ser privatizados. Pero, se prevé que las Entidades
Aseguradoras (sean las encargadas del pago de prestaciones
por Invalidez y/o Muerte, tanto común como profesional.
Funciones y atribuciones similares a las AFP.
Administrarían también fondos del Régimen No contributivo
(Renta Dignidad y gastos funerarios).
Será controlado por un ente llamado Organismo de
Fiscalización Previsional donde los asegurados no participan,
es decir, los trabajadores afiliados no tienen control del manejo
de la administración del sistema.
GESTORA DE SEGURIDAD
SOCIAL DE LARGO PLAZO




Directorio: 5 directores designados por el Presidente del país
con base en ternas propuestas en la Asamblea Plurinacional
(profesionales del área).
Gestión por cinco años y son destituibles si incurren en faltas
normadas en el proyecto de ley.
Cobran comisiones al igual que las AFP: 0.5% a aportantes y
otras comisiones a jubilados y por inversiones (por servicio de
administración de portafolio, servicio de aseguramiento,
procesamiento de datos, administración de prestaciones y
servicio de pago de prestaciones).
OJO: No es inadecuado que el Estado administre un sistema
de pensiones. Lo inadecuado es que administre un sistema de
orientación neoliberal.
GESTORA DE SEGURIDAD
SOCIAL DE LARGO PLAZO
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Manejo de fondos: Las AFP traspasaran a la Gestora
la cartera que actualmente administra. A fines de 2012,
el monto ascendía a 6.369 millones de dólares.
Empero, más de la mitad de estos fondos (59% en
2010 ) se encontraba en manos del Estado en forma de
bonos y valores que pagaban una rentabilidad baja y en
función de lo que rige en el mercado. Las inversiones
se hicieron en actividades improductivas y sobretodo en
gasto corriente. 41% en sector privado
Siendo el Estado el principal deudor actual, la pregunta
es ¿cómo puede ser juez y parte del nuevo sistema?.
PROBLEMA 8: Buena parte de las inversiones
de los fondos seguirá en manos del Estado

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Por lo menos la mitad del Fondo de Capitalización
individual continuará invertido en bonos y valores del
Estado, donde la rentabilidad fue disminuyendo
paulatinamente (de 8% a 6.7%). A menos
rentabilidad, menor monto de renta para los
trabajadores.
El Estado invierte más en actividades improductivas
(gasto corriente). En este sentido se incumple el
objetivo de fortalecer las actividades económicas y
productivas en el país.
PROBLEMA 9: El pago de la pensión
solidaria no es sostenible

En perspectiva, el pago de la pensión solidaria no es
sostenible: a mayor número de jubilados, menor
sostenibilidad.
 A febrero 2013 se jubilaron 20.452 trabajadores con
pensión solidaria. Si esta cantidad sube, tal como ocurrirá,
el fondo solidario será insuficiente para cancelar las
rentas, lo que podría provocar cambios en los porcentajes
de aportes para el fondo (por ejemplo el aporte de los
trabajadores).
 En marzo de 2010, los afiliados al SSO con poco menos o
más de 58 años eran 168.540. El gobierno NO tiene
cálculos reales: refirió 30.000 con edad y 25.000 para
renta solidaria y después 38.000 y 28.000.
PROBLEMA PRINCIPAL: Empleos
precarios, rentas bajas
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Mientras los empleos continúen siendo precarios y
los salarios bajos, las rentas de jubilación tenderán
siempre a ser bajas, así tengan aportes de un Fondo
solidario.
Según datos del CEDLA, en 2011, 86 de cada 100
ocupados tenían empleos precarios (inestables,
salarios bajos y sin aportes al sistema de pensiones).
92 de 100 obreros contaban con empleos precarios.
65 trabajaban en el sector informal donde los
empleos son generalmente precarios.
PROBLEMA PRINCIPAL: Empleos
precarios, rentas bajas
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El nuevo sistema mantiene la exclusión de muchos
trabajadores:
Según el CEDLA, en 2011 78% de los ocupados en el eje
central urbano y El Alto no aportaba a las AFP. La mayor parte
pertenecen a los sectores semiempresarial y familiar.
Al diciembre de 2011 estaban afiliados 1.460.000 personas.
Alrededor del 45% aportaba regularmente.
Sólo el 38% de los trabajadores asalariados aportaban a las
AFP.
- Con contrato indefinido = 59.7%
- Con contrato fijo = 21.6%
- Eventuales = 6.1%
PROBLEMA PRINCIPAL: Empleos
precarios, rentas bajas
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El 51% de los trabajadores asalariados tiene un
empleo estable. El 49% cuenta con empleos
eventuales o a contrato fijo.
Cerca de la mitad tarda más de 6 meses en
conseguir una fuente de trabajo.
Uno de cada tres asalariados gana menos del
Salario mínimo (35%). Mas mujeres (45%).
60.4% gana menos de 2 salarios mínimos. Las
mujeres,72.4%.
PROBLEMA PRINCIPAL: La jubilación
debe ser financiada por los empresarios

El sistema de pensiones debe ser financiado
por los empresarios y el Estado, no por los
trabajadores. El aporte patronal forma parte
del salario diferido de los trabajadores.

Un primer paso es lograr el aporte tripartito
(Estado – empresarios y trabajadores).
EVOLUCIÓN DEL APORTE TRIPARTITO
AÑO
IVM
1956
1972
1987 3.5%
1990 3.5%
1996
2011 3%
PATRONAL
RP TOTAL
21%
4%
1.5% 5%
0.5% 6%
1.7% 1.71%
1.71% 4.71
LABORAL
IVM RC TOTAL
5%
10%
1.5%
3.5%
6%
5%
5%
6%
10.5% 1.71% 12.21
1% 1.71% 12.71%
ESTADO TOTAL
1 a 5%
0
1%
1.5%
0
0
32 a 36%
7.5%
11%
13.5%
13.91%
17.42%
MUCHAS GRACIAS