Diapositiva 1 - Grupo Redd Perú

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DERECHOS DE LOS PUEBLOS
INDÍGENAS Y REDD
Asunta Santillán Bartra
Obligaciones del Estado
El Estado tiene la obligación de respetar,
garantizar y cumplir los derechos humanos de los
pueblos indígenas:
•Respetar: No generar medidas que vulneren
derechos
•Garantizar/prevenir: Medidas que permitan a
todos el goce pleno y efectivo de derechos
•Cumplir: Medidas adecuadas para lograr el
goce efectivo de los derechos.
Obligaciones de las empresas,
ONGs e IFIS
Las empresas , ONGs e instituciones financieras
Internacionales tienen la obligación de respetar los
derechos de los Pueblos Indígenas. Para ello es
necesario que estás actúen con la “debida diligencia”
•Identificar los retos que se pueden plantear en
el contexto nacional.
•Identificar el impacto que sus actividades
pueden generar.
•Identificar los posibles impactos que puedan
generar terceras empresas que trabajen con ellos.
James Anaya, Informe del Relator Especial sobre los Derechos Humanos y Libertades
Fundamentales de los Pueblos Indígenas (2010)
DERECHOS A LA TIERRA Y AL
TERRITORIO DE LOS
PUEBLOS INDÍGENAS
Derecho a la tierra y al
territorio
•Son derechos distintos.
•La tierra es un recurso natural formado por suelo, subsuelo
y sobresuelo. Un buen productivo y económico.
•El concepto de territorio indígena no se limita al espacio
físico y actualmente ocupado por las comunidades nativas o
campesinas que conforman un pueblo, sino a su medio en
donde desarrollan sus costumbres, tradiciones y cultura.
•El derecho al territorio de los Pueblos Indígenas es la base
de los demás derechos especiales reconocidos a los pueblos
indígenas, de este derecho se derivan importantes derechos
como aquellos referentes al uso y goce de los recursos
naturales.
Derecho al territorio
Según las normas internacionales el territorio
indígena es un espacio en el que habita una
comunidad y desarrolla sus tradiciones y
relaciones sociales.
El derecho al territorio indígena incluye:
1. Tener el reconocimiento y protección de la
totalidad del hábitat de las regiones que
ocupan o utilizan los Pueblos Indígenas (p.e.
Pueblo Indígena Shipibo)
2. Tener el reconocimiento de las formas de
administrar o de usar la tierra, según los
conocimientos propios de los pueblos
indígenas (REDD Indígena)
Derecho a la tierra
¿Qué tipos de tierras que pueden otorgarse en propiedad a los
Pueblos Indígenas, según nuestro ordenamiento jurídico?
•Las “TIERRAS CON APTITUD PARA EL CULTIVO EN
LIMPIO”, la “TIERRAS APTAS PARA EL CULTIVO
PERMANENTE” y las “TIERRAS APTAS PARA EL
PASTOREO” pueden ser entregadas en propiedad a las
comunidades nativas.
¿Qué tipos de tierras no se reconocen en propiedad a los
Pueblos Indígenas, según nuestro ordenamiento jurídico?
Las Tierras con Aptitud Forestal no se pueden reconocer en
propiedad a las Comunidades nativas.
Estas tierras son consideradas Patrimonio Forestal Nacional,
por lo que nadie es propietario de ellas. El Estado Peruano es
el administrador de ellas en nombre de la Nación y por esa
razón es el único que puede entregarlas en CESIÓN EN USO.
Derecho a la tierra y al
territorio y REDD
•Los espacios geográficos en donde se quiera
implementar REDD (cuando éstos sean habitados,
estén en posesión o sean de propiedad de Pueblos
Indígenas), no pueden ser entendidos dentro de
los parámetros de la propiedad privada,
despojándola de las dimensiones culturales y
simbólicas de los Pueblos Indígenas.
•REDD deberá tener en cuenta el real contexto en
el que se desarrollará e implementará: La titulación
es una necesidad imperativa y debe tomarse en
cuenta en cualquier planificación o diseño de
REDD.
Derecho a la tierra y al
territorio y REDD
Reconocer que es un proceso:
La titulación sólo reconoce el derecho a
la tierra, pero es un primer paso para
brindar seguridad jurídica frente a
terceros; sin ella pueden verse
disminuidas frente a intereses de terceros
que puedan solicitar un derecho sobre
ellas.
DERECHO AL USO,
ADMINISTRACIÓN Y
CONSERVACIÓN DE LOS
RECURSOS NATURALES
Derecho al uso, administración
y conservación de los recursos
naturales y REDD
El reconocimiento de los derechos de los Pueblos Indígenas
sobre los recursos naturales es íntimamente relacionado con
los derechos sobre las tierras y los territorios. En tal sentido,
el Convenio 169 de la OIT establece como principio básico,
que los Pueblos Indígenas tienen derecho a los recursos
naturales pertenecientes a sus tierras y derecho a participar
en la utilización, administración y conservación de tales
recursos.
¿Cuáles son las obligaciones del Estado
respecto a los recursos naturales y el
reconocimiento de derechos de los Pueblos
Indígenas?
Entre las principales obligaciones del Estado tenemos las
siguientes:
•Velar por que las actividades económicas / desarrollo
(exploración, explotación y aprovechamiento de recursos
naturales) se realicen teniendo en cuenta los derechos
colectivos de los pueblos indígenas;
•Realizar proceso de consulta previa al otorgamiento de un
derecho sobre recursos naturales en tierras de comunidades;
•Reconocer beneficios económicos a las comunidades por el
uso de recursos naturales que realizan terceros en sus tierras.
Derecho al uso, administración
y conservación de los recursos
naturales y REDD
REDD deberá impulsar el reconocimiento de las formas
tradicionales de manejo del bosque que los Pueblos
Indígenas han estado realizando por años, conservando
los bosques incluso antes de la llamada de alerta sobre el
cambio climático.
REDD deberá armonizarse con los “Planes de Vida” que
los propios Pueblos Indígenas han identificado, sin
avasallarlos o dejándolos de lado; es decir, estos planes,
programas o normas no deberían descartar las formas de
manejo comunal de recursos naturales que los Pueblos
Indígenas han realizado por años.
DERECHO A LA CONSULTA
LIBRE, PREVIA E INFORMADA
Derechos a la consulta
El Derecho a la Consulta Libre, Informada y
Previa (CLIP) se fundamenta en el derecho
de los Pueblos Indígenas a decidir
libremente su modo de organizarse, su
forma de vida, sus prioridades para el futuro,
es decir, su derecho al desarrollo.
Este derecho busca que puedan participar en
la toma de decisiones sobre medidas que les
pudieran afectar. Es importante, ya que se
basa en el principio de igualdad y dignidad
de todos los pueblos y culturas y el poder de
decidir sobre su modo de desarrollo.
Derechos a la consulta
¿Cuándo?
ANTES de tomar una decisión y realizar una
acción que afecte a los Pueblos Indígenas
¿Qué consulto?
ANTES de aprobar medidas administrativas,
legislativas y proyectos de gran escala.
¿Quién consulta?
El ESTADO es el encargado de llevar a cabo
procesos de consulta.
Derechos a la participación y
consulta
•Derecho a la participación en la elaboración
de la Estrategia REDD para el país (políticas,
planes y programas).
•Derecho a la información tanto para los
procesos de participación como consulta
(oportuna, completa y adecuada).
•Derecho a la consulta una vez que la
estrategia REDD esté elaborada y cada vez
que se pretenda aprobar un proyecto REDD
(normas administrativas, legislativas y
proyectos ).
Información, Participación y
Consulta