AVANCES DE LA NEGOCIACION DEL XV

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Transcript AVANCES DE LA NEGOCIACION DEL XV

GRACIAS
POR SU AMABLE
Y RESPETUOSA
ATENCION
ALGUNOS AVANCES
EN LA NEGOCIACION
DEL XV
CONTRATO COLECTIVO
REDUCCION DE PERSONAL
=CLAUSULA Nº 30.- La UNAH, en caso de reducción de personal, se
obliga a seguir el siguiente orden de precedencia:
a)
Trabajadores nuevos no sindicalizados
b)
Trabajadores solteros no sindicalizados
c)
Trabajadores nuevos sindicalizados
d)
Trabajadores solteros sindicalizados
e)
Trabajadores sin familia menos antiguos y no sindicalizados
f)
Trabajadores con familia menos antiguos y no sindicalizados
g)
Trabajadores con familia más antiguos y no sindicalizados
h)
Trabajadores con familia más antiguos y sindicalizados
i)
Representantes Sindicales
j)
Tribunal de Honor
k)
Miembros de las Juntas Directivas Seccionales
l)
Miembros de la Junta Directiva Central
m)
Delegados de las Seccionales al Congreso del SITRAUNAH.
DEFENSA DE TRABAJADORES
CLAUSULA Nº 35.- La UNAH se compromete a
asumir la defensa de sus trabajadores cuando sean
procesados por incidentes ocurridos durante el
trabajo o fuera de él, siempre y cuando no haya dolo
en el hecho que se le impute al trabajador o no se
derivare de agresiones físicas a la autoridad en
el cumplimiento de sus deberes. Procurará la
UNAH, lograr su excarcelación y defensa, a través
del Departamento Legal corriendo los gastos por
cuenta de la misma, tanto y si los hechos
supuestamente
considerados
como
delitos
ocurrieran dentro o fuera de la jornada de trabajo.
CUBICULOS PARA DOCENTES
=CLAUSULA Nº 51.- La UNAH continuará dotando al
personal docente y administrativo de espacio físico;
esto es suficientes cubículos y de sus respectivos
mobiliarios (escritorios, sillas y armarios para guardar
libros); para este efecto, la UNAH mediante un estudio
que realizará dentro de los seis (6) meses siguientes a la
firma de este contrato, establecerá las prioridades y, en
base a éstas, el Secretaría Ejecutiva de Administración y
Finanzas hará las previsiones presupuestarias
correspondientes
CUPOS POR SECCION
CLAUSULA Nº 52.- La UNAH, conjuntamente con
el SITRAUNAH, se compromete, sesenta (60)
días después de la firma del presente Contrato
Colectivo, a realizar un diagnóstico para
reglamentar los límites de cupos máximos y
mínimos por sección de conformidad a las
especificaciones del trabajo en cada campo de
estudio.
SEGURIDAD EN QUIMICA
CLAUSULA Nº 56.- La UNAH, dentro de los seis (6)
meses siguientes, contados a partir de la firma del
presente Contrato Colectivo se compromete a
reinstalar la bodega de sustancias químicas de la
Facultad de Ciencias Químicas y Farmacia y otras
similares, en un lugar que reúna los requisitos mínimos
de seguridad e higiene, así como dotar a los encargados
de todos los implementos que la seguridad de los
mismos demanda. Además, proporcionará, a los que
trabajan en estos almacenes, un litro de leche diaria.
SEGURIDAD EN QUIMICA
Es entendido que la UNAH, para prevenir siniestros, desplazará
del campus universitario y los ubicará fuera de éste, todos los
reactivos químicos que en suma cantidad se encuentren y solo
podrá ingresar al campus, reactivos o químicos necesarios para
los laboratorios. Se trasladarán a un sitio despoblado donde no
cause daño a la biodiversidad y medio ambiente.
Ante un siniestro de incendio, inundación, huracán, etc. La
UNAH se compromete 30 días después de la firma del presente
contrato colectivo instalar equipo de seguridad como ser,
extinguidores, construcción de escaleras de emergencia,
ubicará hidrantes en cada uno de los edificios para prevención
de incendios, señalización de rutas de evacuación de
emergencia, así como dotar de la debida capacitación al
personal para el uso del equipo.
OTROS UNIFORMES
39.- PARA LAS SECRETARIAS: Dos (2) uniformes, la administración reconocerá hasta un
Salario Mínimo para la compra de un par de anteojos, una vez durante la vigencia del
presente
contrato
colectivo,
previo
diagnóstico
oftalmológico.
40.- PARA LOS SOLDADORES Dos (2) uniformes, dos (2) pares de zapatos, protector para
los ojos, soldadura autógena.
41.- PARA NECROTECA Y PATOLOGÍA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS MÉDICAS
Dos (2) uniformes, dos (2) gabachas blancas, mascarilla, guantes especiales.
42.- PARA LOS RECOLECTORES DE BASURA: Dos (2) pares de guantes, dos (2) overoles,
dos
(2)
pares
de
botas
de
suela,
dos
(2)
uniformes.
43.- PARA EL PERSONAL DE RECURSOS HUMANOS QUE LABORAN COMO AUXILIAR DE
CONTROL: Tres (3) pantalones tipo jeans, dos (2) pares de zapatos y un (1) capote.
PRE Y POST NATAL
CLAUSULA Nº 70.- La UNAH otorgará a toda trabajadora en
estado de gravidez, un descanso forzoso retribuido de la
siguiente manera:
a.Durante seis (6) semanas que preceden al parto y doce
(12) semanas después del alumbramiento. Las seis (6) semanas
de prenatal deberá tomarlas obligatoriamente a partir de la
fecha que señale el médico en la incapacidad o certificado
respectivo.
b.En caso de adelanto en la fecha del parto siempre se
garantizarán las diez y ocho (18) semanas de descanso forzoso.
VACACIONES
CLAUSULA Nº 71.- En aplicación del artículo 348 de Código del
Trabajo la época de las vacaciones debe ser señalada por la UNAH, procurando
armonizar el disfrute de las mismas en la misma época, para todos los
empleados universitarios y de manera que no afecte la planificación en períodos
académicos, distribuyendo las mismas en un período a mediados de año y el otro
a
finales
del
mismo
respetando
las
reglas
siguientes
Catorce (14) días calendario al finalizar el primer periodo académico
y veintiocho (28) días calendario preferiblemente en los meses de
diciembre y enero de cada año. El personal de las Unidades que
deban prestar servicios para el normal desenvolvimiento de la
Institución en el periodo de vacaciones de medio año, gozarán de las
mismas posteriormente. Estas vacaciones de medio año, no podrán
ser acumulables, ni compensadas con dinero.
PERMISO PARA ASAMBLEAS
CLAUSULA Nº 75.- La UNAH otorgará permiso a
todos aquellos trabajadores que laboren por jornada
mixta, con el objeto de que asistan a las asambleas
ordinarias y extraordinarias que el SITRAUNAH
realice. Para tal efecto el trabajador deberá
presentar la convocatoria a su respectivo jefe
inmediato, quien deberá autorizarlo, en el entendido
que dicho permiso será por el tiempo que dure la
asamblea pudiéndola presentar al día hábil
siguiente de la realización de la misma.
PREMIOS A ESTUDIANTES
CLAUSULA Nº 76.- La Universidad otorgará un premio anual a
los trabajadores universitarios que realicen estudios secundarios o
universitarios bajo las siguientes condiciones:
Índice
Académico
76% - 79%
80% - 89%
90% ó más
Estudiante
Secundaria
L 475.00
625.00
875.00
Estudiante
Universitario
L
575.00
725.00
1,075.00
Unid. Valorativa
Anuales
28
28
28
Los trabajadores beneficiados de estos premios, deberán trabajar a
tiempo completo y tener carácter laboral permanente. Dichos premios
serán entregados por la UNAH, veinte (20) días después de haber sido
seleccionados por la Comisión de Becas Bipartita UNAH-SITRAUNAH.
PERMISO PARA CAPACITACIONES
SINDICALES
CLAUSULA Nº 77.- La UNAH, concederá permiso remunerado a 100
trabajadores por cada año de vigencia del Contrato Colectivo, para que
participen en cursos sindicales, a tiempo completo, hasta por diez (10)
días laborales, ya sean promovidos por el SITRAUNAH, Federación,
Confederación. Etc.
Los permisos serán distribuidos entre los trabajadores de los
diferentes departamentos; para ello, la Junta Directiva Central
seleccionará a los participantes y enviará la lista de los mismos con diez
(10) días de anticipación a la Secretaría Ejecutiva de Desarrollo de
Personal, quien otorgará los permisos respectivos en el término máximo
de diez (10) días calendario después de presentada dicha lista. Es
entendido, que el trabajo que realiza el personal que goza de permiso,
se distribuirá entre el resto del personal del Departamento o Sección
dentro de la jornada ordinaria de trabajo, sin ningún incremento de
salario adicional. Al finalizar el seminario, capacitación o taller, el
trabajador acreditara con la constancia de participación ante el Jefe
respectivo.
PERMISOS / BECAS Y OTROS
CLAUSULA Nº 78.- La UNAH concederá un total de cuarenta
y dos (42) meses hombre de tiempo remunerado en cada año
de vigencia del Contrato Colectivo para que sus trabajadores
puedan disfrutar de becas que le sean otorgadas por
organismos nacionales e internacionales, con el objeto de
realizar estudios de capacitación laboral, para asistir a
conferencias,
cursos
y
congresos
nacionales
e
internacionales. Con la solicitud de permiso se deberá
presentar la invitación y el programa de la Beca, conferencia,
cursos, congresos a los que participará al finalizar la
conferencia,
cursos
y
congresos
nacionales
e
internacionales, el trabajador acreditará con la constancia de
participación ante el Jefe respectivo
BECAS PARA HIJOS
CLAUSULA Nº 80.- La Institución otorgará la cantidad de
CIEN
MIL LEMPIRAS (L100,000.00) anuales para el
otorgamiento de becas de estudios para los hijos de los
trabajadores y a los trabajadores mismos, que realicen
estudios en los Institutos de Secundaria e Institutos Técnicos.
Para la aplicación de esta cláusula, las partes contratantes
deberán conjuntamente, dentro de los treinta (30) días
después de la firma de este Contrato, elaborar el reglamento
contentivo de los requisitos para la obtención de estas becas y
las cantidades que deberán ser entregadas a los beneficiarios.
Este beneficio se concederá en base al reglamento de la
comisión Bipartita de Becas UNAH SITRAUNAH
PERMISOS GENERALES
CLAUSULA Nº 81.- La UNAH concederá permiso debidamente
remunerado a los trabajadores en los casos siguientes:
a.b.Hasta por diez (10) días laborables, cuando la gravedad o
muerte de los familiares mencionados en el literal anterior, ocurra fuera
de la localidad donde está ubicado el centro de trabajo en que presta
sus servicios el trabajador y cuando éste tenga que trasladarse al lugar
en que ocurra la gravedad o muerte.
En caso de que la gravedad de los parientes mencionados
en los literales a) y b) de esta cláusula persistiera, se les concederá
a los trabajadores su permiso cuantas veces sea necesario.
c.Para asistir al sepelio de sus compañeros(as) de trabajo, así
como para asistir al sepelio de los familiares incluidos en el literal
a.
PERMISOS GENERALES
j.Si se tratare de una enfermedad que no puede ser atendida
en el país, la UNAH se obliga a gestionar ante el IHSS su traslado al
exterior, donde esta institución tuviera asistencia recíproca.
k.Por cinco (5) días calendario al trabajador que contraiga
matrimonio.
l.Para asistir a congresos o asambleas, relacionados con la
profesión o similares, en que tenga interés la UNAH y el SITRAUNAH.
m.Hasta por tres (3) días laborales por muerte de parientes no
mencionados en el literal a) de esta cláusula, debiendo presentar
copia de Acta de Defunción y el original del informe de investigación
que hará la sección correspondiente.
En todos los casos sin excepción, deberá presentar la
documentación de soporte, lo que podrá realizarse antes, durante o
después de solicitar el permiso según sea el caso.
AUXILIO MORTUORIO
CLAUSULA Nº 111.- En caso de muerte, natural o accidental, del trabajador que
no esté afiliado al INPREUNAH, la UNAH otorgará a la persona o personas que
él haya designado, o a sus herederos legales, por una sola vez, la cantidad de
(Lps. 10,000.00) DIEZ MIL LEMPIRAS, para sufragar los gastos de sepelio o
conexos. Cuando la persona que falleciere fuere la esposa o compañera de
hogar, el padre, la madre, hijo o cualquier dependiente económico del trabajador,
la UNAH le proporcionará al trabajador, en calidad de préstamo automático,
hasta la cantidad de CINCO MIL (L.5,000.00), de acuerdo a la capacidad de
pago del trabajador; este préstamo lo pagará mediante deducciones mensuales
iguales durante los doce meses siguientes al del otorgamiento del préstamo,
con un recargo equivalente a los costos financieros del INPREUNAH, por
concepto de gastos de administración, quedando un mes de gracia para
comenzar a hacer las deducciones de dicho préstamo. Las cantidades serán
entregadas el mismo día o el hábil siguiente. Si el trabajador no hubiere
designado beneficiarios, los gastos de sepelio se entregarán excepcionalmente a
la persona que acredite dichos gastos, sin que puedan exceder, por ningún
concepto, la cantidad establecida.
AUXILIO DE LA UNAH A TRABAJADORES
NO AFILIADOS AL IMPREUNAH
CLAUSULA Nº 121.- La UNAH destinará un fondo anual rotatorio de
CINCUENTA MIL LEMPIRAS (Lps. 50,000.00), a partir de la vigencia del
presente Contrato Colectivo, para cada trabajador que solicite el
beneficio adquirido, reparar la vivienda a los trabajadores con familias
que no que no estén afiliados al INPREUNAH, que a la firma de este
contrato no tengan o requieran de su reparación.
El reembolso de estos préstamos se hará dentro de los doce (12)
meses siguientes a la fecha de su otorgamiento, mediante deducciones
del salario mensual que devenga el trabajador, en abonos iguales, con
recargo por concepto de gastos de administración equivalente al costo de
financiamiento establecido por el INPREUNAH. La Secretaría Ejecutiva de
Administración y Finanzas y la representación sindical reglamentarán la
forma, requisitos y demás condiciones bajo las cuales serán otorgados los
préstamos a que se refiere esta cláusula.
ACTUALIZACION DE VIATICOS
CLAUSULA Nº 148.- La UNAH, pagará, sin
discriminación, los viáticos necesarios a todos
los empleados, de acuerdo al Reglamento de
Viáticos y gastos de viaje vigente en la
UNAH.
Asimismo, la UNAH se compromete a
actualizar los montos de viáticos de
acuerdo a la tabla de viáticos aprobados
por el Gobierno Central.
APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH
PARA CONGRESOS Y SIMILARES
CLAUSULA Nº 118.- La UNAH donará al
SITRAUNAH la suma de SETENTA MIL LEMPIRAS
(L70,000.00), por una sola vez durante la vigencia del
presente Contrato Colectivo, para la celebración del
Décimo Tercer Congreso Sindical de los trabajadores
de Universidades de Centroamérica, México y del
Caribe, cantidad que será entregada un mes antes de
la fecha de la celebración del mismo. Además,
proporcionará un autobús con su respectivo
combustible, motorista y los viáticos de éste.
APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH
PARA CONGRESOS Y SIMILARES
CLAUSULA Nº 119.- La UNAH entregará al SITRAUNAH, en
cada año de vigencia del presente Contrato Colectivo, la suma
de QUINCE MIL LEMPIRAS (L15,000.00), para las actividades
culturales, recreativas, deportivas y celebración del Día
Internacional de los Trabajadores, que el SITRAUNAH tenga a
bien programar.
CLAUSULA Nº 120.- La UNAH dispone otorgar un subsidio
anual a la Escuela del SITRAUNAH “RAMÓN AMAYA
AMADOR”, consistente en la suma de VEINTE MIL
LEMPIRAS (Lps. 20.000.00), para ayudar a su sostenimiento.
Asimismo, proporcionará locales para su funcionamiento
dentro de sus propias instalaciones, permiso para los alumnos
y coordinadores de la misma y útiles escolares. Para los
efectos de esta cláusula se entiende que los permisos se darán
dentro de los períodos de clase.
APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH
PARA CONGRESOS Y SIMILARES
CLAUSULA Nº 126.- La UNAH continuará proporcionando al
SITRAUNAH, para ser utilizadas en las actividades relacionadas con
las celebraciones del Día Internacional de los Trabajadores las
siguientes unidades de transporte:
A.1.Tres (3) unidades para la Seccional de Tegucigalpa.
2.Dos (2) unidades para la Seccional de San Pedro Sula.
3.Dos (2) unidades para la Seccional de La Ceiba.
4.Una (1) unidad para los demás centros
regionales.
B. Asimismo, proporcionará al SITRAUNAH una (1) unidad para ser
utilizada en Tegucigalpa seis (6) días antes de dicha efemérides;
también proporcionará una (1) unidad para la Seccional en la
UNAH-VS y otra para la Seccional en el CURLA, para ser utilizadas
cuatro (4) días antes del Primero de Mayo. Es entendido que tal
unidad podrá utilizarse durante el día y la noche, para lo cual el
Departamento de Mantenimiento gestionará, ante la Dirección
General de Tránsito, el permiso correspondiente.
APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH
PARA CONGRESOS Y SIMILARES
CLAUSULA Nº 124.- La UNAH se compromete
a entregar a la Organización Sindical de los
Trabajadores Universitarios, en cada año de
vigencia del presente Contrato Colectivo, la
cantidad de DIESISIETE MIL QUINIENTOS
LEMPIRAS (L17,500.00) para la celebración de
las actividades que se indican en la cláusula Nº
67 del presente Contrato Colectivo y también
para la fiesta de despedida de fin de año.
APORTACIONES DE LA UNAH AL SITRAUNAH
PARA CONGRESOS Y SIMILARES
CLAUSULA Nº 140.- La UNAH instalará, en cada sede de la
Organización Sindical, en Tegucigalpa y Centros Regionales, para uso
de la Junta Directiva Central y Seccionales, un aparato telefónico directo
para comunicaciones nacionales e internacionales. Asimismo,
proporcionará el servicio de Télex y Fax Internet y red de
computadoras para el servicio de los trabajadores, con que cuenta
la UNAH para recepción y envío de mensajes, en el entendido de que
estos servicios serán utilizados estrictamente para comunicación con
Centro América y el Caribe, en asuntos sindicales.
CLAUSULA Nº 141.- La UNAH, a partir de la vigencia del presente
Contrato Colectivo, venderá al SITRAUNAH, a precio de compra, todos
aquellos útiles, materiales y equipo de oficina que necesite aquél y que
tengan en existencia en el Almacén del Departamento de Compras y
Suministros, hasta un máximo de OCHENTA MIL LEMPIRAS (Lps.
80,000.00) en el año.