Transcript EI19.ppt

ADMINISTRACION DE
MECANISMOS DE NEGOCIACION
DE VALORES
Oblitas Carranza Janina
19967216.3.15
Mayo 2003
LA REGULACION EN LOS
MERCADOS DE VALORES
Finalidad de la Regulación:
 Garantizar el buen funcionamiento de los
mercados.
 La protección del inversionista.
Quien debe regular el mercado:
 Regulación de estructura (regulación macro)
 Regulación de comportamiento (regulación
micro)
Modelos de regulación de los
mercados de valores
Modelo de Regulación en los Estados
Unidos:
 Normas Estatales.
 Normas Federales: Securities Act de
1933 y la Securities Exchange Act de
1934 (SEC)
 Autorregulación: New York Stock
Exchange-NYSE
Modelos de regulación de los
mercados de valores
Modelo de Regulación en Gran
Bretaña:
 Organismo estatal vigilante del
mercado, el Securities and Investment
Board (SIB)
 Organismos de autorregulacion, el Selft
Regulating Organisations o SROs
REGULACION DEL MERCADO
DE VALORES EN EL PERU



Decreto Legislativo Nº 861 o Ley del
Mercado de Valores
Control y Supervisión de la Comisión
Nacional Supervisora de Empresas y
Valores (CONASEV)
Autorregulación de las Bolsas de Valores
LAS INSTITUCIONES DEL
MERCADO DE VALORES
LAS BOLSAS DE VALORES
La Bolsa de Valores. Definición.

“Asociaciones civiles de servicio al pùblico y
de especiales caracteristicas, conformadas
por sociedades agentes, que tienen por
finalidad facilitar la negociacion de valores
inscritos, proveyendo los servicios, sistemas y
mecanismos adecuados para la
intermediacion de valores de oferta pùblica
en forma justa, competitiva, ordenada,
continua y transparente”. (art.130 LMV)
Autorización de Organización y
Funcionamiento de las bolsas de valores
en la LMV
Para la Autorización de Organización:
 Presentar una solicitud a CONASEV por no
menos de tres personas naturales o jurídicas
(Art. 24 Reglamento del RPMV)
 Proyecto de minuta de constitución social y
estatutos, estudio de factibilidad económicofinanciero
 La autorización se publica por 10 días y tiene
vigencia improrrogable por un año (Art. 27
reglamento del RPMV)
Autorización de Organización y
Funcionamiento de las bolsas de valores
en la LMV
Para la Autorización de Funcionamiento:
 Los miembros del Consejo Directivo, Gerente
General, Directores y demás funcionarios
principales cumplan con requisitos (Art.
149,150, 157 LMV)
 COSASEV expide Resolución disponiendo la
inscripción de la bolsa en RPMV y de los
certificados de participación.
 La autorización tiene vigencia indefinida y
solo es suspendida por CONASEV como
sanción por infracción grave de la bolsa.
Estructura Organizativa
Asamblea General
de Asociados
(Art. 84 LMV)
Consejo Directivo
(Art. 148 LMV)
Gerencia General
(Art. 157 LMV)
Asamblea General



Integrada por sociedades agentes de bolsa
con certificado de participación en la bolsa.
Ningún asociado tiene derecho en si mismo a
mas de un voto.
Eligen a los miembros del consejo directivo,
aprueban cuentas y balances, modifican el
estatuto, disuelven la asociación.
Consejo Directivo



Integrado por no menos de 5 miembros,
persona natural con conocimiento del
mercado de valores (Art. 149 LMV)
No pueden ser miembros del consejo (Art.
150 LMV)
El cargo es personal e indelegable ejercido en
un periodo máximo de tres años, pudiendo
ser reelegido (Art. 151, 152 LMV)
Gerente General


Se rige por los mismos requisitos e
impedimentos que para los miembros
del Consejo Directivo.
El estatuto de la bolsa establecerá y
precisará sus atribuciones y funciones.
LAS BOLSAS DE VALORES



Las Bolsas deben reglamentar su actividad y
la de sus asociados, vigilando su estricto
cumplimiento (art. 131 LMV)
Conasev podra delegar en la bolsa facultades
que la ley le confiere, respecto a sociedades
agentes de bolsa y a emisores con valores
inscritos en rueda de bolsa (art.131 LMV)
Los reglamentos internos que dicten las
bolsas y sus modificaciones deberán ser
aprobadas por CONASEV.
FUNCIONES DE LA BOLSA DE
VALORES (art. 132 LMV)





Inscribir y registrar los valores en bolsa
Ofrecer información veraz, exacta y oportuna
de los valores
Resolver en primera instancia, las
controversias entre sus asociados
Promover que las controversias se resuelvan
mediante la conciliación o arbitraje
Supervisar a sus asociados
LA BOLSA DE VALORES




Regula sus propios procedimientos operativos
referidos a los mecanismos centralizados de
negociación.
Desarrollar mecanismos alternativos que
permitan solucionar los conflictos entre sus
miembros
Ejercer una importante labor de vigilancia
sobre el mercado
Sancionar a las sociedades agentes de bolsa
que no cumplan las disposiciones que las
rigen.
Reglamento de Vigilancia del
Mercado por la BVL (RVM)



Vigilancia de la actividad de los
emisores: a cargo del Área de Emisores
Vigilancia de la actividad de sus
asociados: a cargo del Área de
Supervisión de Asociados
Vigilancia de las operaciones: a cargo
de la Dirección de Mercados
Reglamento de Solución de
Controversias de la BVL (RSC)



Controversias que se susciten entre sus
asociados por infracciones a la LMV:
Procedimiento Arbitral o Procedimiento
Administrativo de Solución de Controversias
Controversias entre sus asociados y sus
comitentes por infracción a la LMV
Las denuncias de oficio iniciadas por el Área
de Supervisión de Asociados contra las
sociedades agentes de bolsa por infringir la
LMV: Procedimiento Disciplinario
Disolución y Liquidación





Según lo establecido por el CC de pleno
derecho cuando no pueda funcionar según
sus estatutos
Por declaración de quiebra
Por solicitud del Ministerio publico y
resolución de la Corte Suprema en ese
sentido.
Por acuerdo de la asamblea general de sus
asociados.
La disolución corre a cargo de CONASEV (art.
166 LMV)
LOS MECANISMOS
CENTRALIZADOS DE
NEGOCIACION
RUEDA DE BOLSA
Los Mecanismos Centralizados
de Negociacion
MERCADO BURSATIL:
 Es la negociación que se desarrolla al
interior de la rueda de bolsa, siendo
este un mecanismo organizado y
centralizado dedicado a la negociación
de valores inscritos en el RPMV y en la
misma rueda.
Los Mecanismos Centralizados
de Negociación
MERCADO EXTRABURSATIL:
 Es aquel en el cual se negocian valores fuera de
rueda de bolsa
 Mesa de Negociación de la BVL, mercado organizado
que opera en la bolsa, con excepción de la rueda, se
negocian valores no inscritos en rueda.
 Mercados centralizados y organizados que no operan
en bolsa, negociando valores no inscritos en rueda.
 Mercados no organizados, negociando valores
inscritos y no inscritos en rueda.
Autorización de
Funcionamiento



CONASEV es la institución encargada de
autorizar su funcionamiento.(Art. 111 LMV)
Procedimiento al que deben someterse las
personas jurídicas que pretendan administrar
un MCN para obtener la autorización de
funcionamiento (Art. 31 y siguientes del
Reglamento de RPMV)
Se deberá presentar una solicitud a CONASEV
acreditando un capital mínimo equivalente al
50% del monto exigido como patrimonio para
constituir una bolsa de valores.
Características de la negociación al
interior de los mecanismos centralizados
de negociación




La negociación es indirecta (art. 127 LMV)
Los documentos aparejan ejecución si están
certificados por la bolsa o institución
responsable del MCN (art. 112 LMV)
Se presume el consentimiento del cónyuge
del enajenante (art. 113 LMV)
Los valores son irreivindicables (art. 115 LMV)
LA RUEDA DE BOLSA



Mecanismo centralizado de negociación en el que las
sociedades agentes de bolsa realizan transacciones
con valores inscritos en el RPMV y en la respectiva
rueda de bolsa (Art. 117 LMV)
Mediante el Sistema de Negociación Electrónica
(ELEX-Electronic Exchange) aplicable en Rueda como
en Mesa, los intermediarios realizan las transacciones
diarias
La negociación de valores en rueda de bolsa se rige
por las disposiciones de la LMV y el Reglamento de
Operaciones en Rueda de Bolsa
LA RUEDA DE BOLSA


Tiene como finalidad realizar transacciones
sobre valores mediante una secuencia de
actos que van desde las instrucciones
(ordenes) de los comitentes a las sociedades
agentes de bolsa, pasando por las propuestas
(la oferta), para llegar a la concentración con
la cual se tiene la celebración de la operación
bursátil.
Es vigilada por la Dirección de Mercados en
tiempo real a través del ELEX.
LA RUEDA DE BOLSA



Es conducida por un funcionario de la bolsa,
denominado Director de Rueda, designado por el
Consejo Directivo de la bolsa (art. 121 LMV)
El Director de Rueda tiene la facultad de resolver con
fallo inapelable respecto de la validez de las
operaciones y suspender la sesión cuando lo
ameriten las circunstancias de mercado (art. 119
LMV)
Será removido por resolución fundamentada del
Directorio de CONASEV, o por decisión del Consejo
Directivo (Art. 121 LMV)
Suspensión de la negociación
y exclusión del mercado




La suspensión de la negociación de un valor implica
que este por un periodo de tiempo no podrá
negociarse.
El Consejo Directivo deberá comunicar
inmediatamente a CONASEV la suspensión que
podrá ser de un plazo no mayor de 5 días
CONASEV puede suspender la negociación sin que
pueda exceder de un año, bajo los causales del art.
129 LMV
El Director de Mercados podrá también suspender
una negociación por 30 minutos o por una sesión
Suspensión de la negociación
y exclusión del mercado


La exclusión de un valor del Registro
acarrea su exclusión del mecanismo
centralizado (art. 129 LMV)
El Tramite de exclusión de los valores
mobiliarios que simultáneamente están
inscritos en RPMV y un MCN, deberá
iniciarse en bolsa o en la entidad
responsable del mecanismo centralizado