Participación en el ministerio de la Palabra Divina. Predicación de la Palabra de Dios. Formación catequética. Actividad misional P.

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Transcript Participación en el ministerio de la Palabra Divina. Predicación de la Palabra de Dios. Formación catequética. Actividad misional P.

Participación en el ministerio de la
Palabra Divina.
Predicación de la Palabra de Dios.
Formación catequética.
Actividad misional
P. Juan María Gallardo
www.oracionesydevociones.info
Participación en el ministerio de
la Palabra Divina
Es un D y un deber de todos los fieles.
Principalmente para los Obispos (CD 12).
La jerarquía tiene una misión pública.
Los religiosos: D y deber como todo
bautizado y de una manera peculiar –c 758-;
pueden ser llamados por el obispo para
determinadas labores pastorales (ej.:
párroco).
Predicación de la Palabra de Dios
C 762 (PO 4): El anuncio autorizado de la
Palabra de Dios en los lugares sagrados se
realiza por los que recibieron el Sacramento
del Orden.
Los Obispos tienen el D de predicar; los
presbíteros y diáconos la facultad de
predicar en todas partes y NO necesitan
una capacidad especial NI recibir la
autorización del Obispo del lugar.
C 762-764: Sin embargo, predicarán bajo la
dependencia y en comunión con los
Obispos.
Esta función NO está inseparablemente
unida al ordo; nada impide que puedan
ejercerla los fieles sin ordenar: c 766.
Solo puede realizarse este ministerio con la
missio canonica.
C 767,2: La homilía está reservada a los
ministros sagrados.
C 768: Contenido de la predicación.
C 772: El obispo dará las directivas y
orientaciones.
Formación catequética
Por catequésis se entiende la enseñanza de
la doctrina cristiana dada generalmente de
modo orgánico y sistemático, con miras a la
iniciación en la plenitud de la vida cristiana.
Es una obligación de todos; especialmente
de los padres: c 774,2.
Una importante labor del párroco…
Los textos para la enseñanza: a nivel
universal deberán estar autorizados por la
Santa Sede; a nivel particular por el Obispo
y, a tenor del D, por la Conferencia Episc.
El Catecismo de la Iglesia Católica
Itinerario
Petición de la Asamblea Extraordinaria del
Sínodo de Obispos de 1985.
En 1986 se constituyó una Comisión de 12
cardenales y obispos, presidida por el
Cardenal J. Ratzinger.
Un comité de redacción de 7 obispos de
diócesis, expertos en teología y catequesis
trabajó junto a la comisión.
Elaboraron 9 versiones sucesivas.
El proyecto fue objeto de amplia consulta.
Finalizó el 7 de diciembre de 1992, con su
publicación.
La Editio typica fue preparada una Comisión
interdicasterial, constituida en 1993.; estuvo
presidida por el Cardenal J. Ratzinger,
La Editio typica fue aprobada y promulgada
el 15 de agosto de 1997, por el Papa.
El día 8 de septiembre de 1997, Juan Pablo II,
en un acto solemne en Castelgandolfo, la
presentó a toda la Iglesia católica.
CONSTITUCIÓN
APOSTÓLICA
«FIDEI DEPOSITUM»
(11 de octubre de 1992)
PARA LA PUBLICACIÓN DEL
CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA
JUAN PABLO II
Intención y finalidad del C.V.II: poner de
manifiesto la misión apostólica y pastoral de
la Iglesia; debía ante todo esforzarse
serenamente por mostrar la fuerza y la belleza
de la doctrina de la fe .
El 25 de enero de 1985: Se realizó la asamblea
extraordinaria del Sínodo de los obispos, con
ocasión del vigésimo aniversario de la
clausura del Concilio.
Objetivo:Dar gracias y celebrar los frutos
espirituales del concilio Vaticano II,
profundizar su enseñanza para lograr una
mayor adhesión a la misma y difundir su
conocimiento y aplicación.
En esa circunstancia, los padres sinodales
afirmaron: "Son numerosos los que han
expresado el deseo de que se elabore un
catecismo o compendio de toda la doctrina
católica, tanto en materia de fe como de moral,
para que sirva casi como punto de referencia
para los catecismos o compendios que se
preparan en las diversas regiones. La presenta
ción de la doctrina debe ser bíblica y litúrgica,
y ha de ofrecer una doctrina sana y adaptada
a la vida actual de los cristianos" .
Estructura: El Catecismo toma la estructura
"antigua", tradicional, ya utilizada por el
catecismo de san Pío V, distribuyendo el
contenido en cuatro partes: 1.Credo; 2.
Sagrada Liturgia, con los sacramentos; 3. El
obrar cristiano, expuesto a partir del
Decálogo; 4. La oración cristiana.
Con todo, al mismo tiempo, el contenido se
expresa a menudo de un modo "nuevo", para
responder a los interrogantes de nuestra
época.
El Catecismo de la Iglesia católica es una
exposición de la fe de la Iglesia y de la
doctrina católica, comprobada o iluminada
por la sagrada Escritura, la Tradición
apostólica y el Magisterio de la Iglesia .
JP II lo consideró un instrumento válido y
legítimo al servicio de la comunión eclesial, y
una regla segura para la enseñanza de la fe.
Este Catecismo se les entrega para que
les sirva como texto de referencia seguro
y auténtico.
Pido a los pastores de la Iglesia, y a los
fieles, que acojan este Catecismo con
espíritu de comunión y lo usen
asiduamente en el cumplimiento de su
misión de anunciar la fe y de invitar a la
vida evangélica.
Se ofrece, también, a todos los fieles
que quieran conocer más a fondo las
riquezas inagotables de la salvación.
El CIC se ofrece, por último, a todo
hombre que nos pida razón de la
esperanza que hay en nosotros y que
desee conocer lo que cree la Iglesia
católica .
Está destinado a favorecer y ayudar la
redacción de los nuevos catecismos de
cada nación, teniendo en cuenta las
diversas situaciones y culturas, pero
conservando con esmero la unidad de
la fe y la fidelidad a la doctrina católica.
CARTA APOSTÓLICA
« LAETAMUR
MAGNOPERE »
CON LA QUE SE APRUEBA Y PROMULGA LA EDICIÓN TÍPICA
LATINA DEL CATECISMO DE LA IGLESIA CATÓLICA
Castelgandolfo,15-VIII-1997
Con esta Carta apostólica apruebo y
promulgo, la publicación de la edición
típica latina del Catecismo de la Iglesia
Católica.
Se convierte así en el texto definitivo de
dicho Catecismo.
Esto sucede a casi cinco años de
distancia de la constitución Fidei
depositum , del 11 de octubre de 1992,
Esta edición la ha preparado una
Comisión interdicasterial, constituida en
1993.
Estuvo presidida por el cardenal
J.Ratzinger,
Dedicó particular atención al examen de
las propuestas de modificación, que
llegaron de varias partes del mundo y de
diferentes componentes del ámbito
eclesial.
“El concurso de tantas voces expresa
verdaderamente lo que se puede llamar
“sinfonía” de la fe” (Constitución
Apostólica Fidei depositum, 2).
La catequesis encuentra un camino
plenamente seguro para presentar con
renovado impulso al hombre de hoy el
mensaje cristiano en todas y cada una de
sus partes.
Todos hemos podido constatar felizmente la
acogida positiva general y la vasta difusión
que el Catecismo ha tenido durante estos
años.
Ojalá que, gracias al compromiso concorde
y complementario de todos los sectores que
componen el pueblo de Dios, el Catecismo
sea conocido y compartido por todos, para
que se refuerce y extienda hasta los
confines del mundo la unidad en la fe.
“Dirijo una apremiante invitación a mis
venerados hermanos en el episcopado,
principales destinatarios del Catecismo de la
Iglesia católica, para que, aprovechando la
valiosa ocasión de la promulgación de esta
edición latina, intensifiquen su compromiso
en favor de una mayor difusión del texto y,
sobre todo, de su acogida positiva, como don
privilegiado para las comunidades
encomendadas a ellos, que así podrán
redescubrir la inagotable riqueza de la fe”.
El Catecismo de la Iglesia Católica
Presentación de +José Manuel Estepa Llaurens
El camino de elaboración del Catecismo
comenzó con la petición presentada al Papa,
por la Asamblea extraordinaria del Sínodo de
Obispos de 1985, de que se redactara un
Catecismo para toda la Iglesia. Finalizó el 7 de
diciembre de 1992, con su publicación.
El día 8 de septiembre de 1997, Juan Pablo II,
en un acto solemne en Castelgandolfo,
presentó a toda la Iglesia católica esta Editio
typica, que él mismo había aprobado y
promulgado el 15 de agosto de aquel año.
El texto de la Editio typica respeta fielmente
los contenidos del texto original francés de
1992.
Éste ha sido difundido en más de ocho
millones de ejemplares, traducido y
publicado en más de treinta lenguas; en
otra veintena de lenguas estaba también
traducido, en espera de la publicación del
texto latino.
En diciembre de 1992, al mismo tiempo que
La edición francesa aparecieron las
versiones española e italiana, que han sido
de las más difundidas.
A la edición típica latina, deben
conformarse todas las traducciones,
inclusive las ya publicadas.
El texto español fue mejorado con
correcciones que no son numerosas ni
sustanciales. (Las correcciones en cuanto a
contenidos se reducen a cuatro o cinco
puntos de la parte moral del Catecismo, que
se ajustan sobre todo a formulaciones más
perfiladas respecto a cuestiones morales,
tal como las ha propuesto Juan Pablo II a
los fieles de todo el mundo en su encíclica
Evangelium vitae).
En otoño de 1997, se procedió a un trabajo
muy riguroso de preparación de la nueva
edición española, ajustada con toda
fidelidad al texto latino, con sus enmiendas
enriquecimientos.
Esta labor ha sido lenta y ha absorbido
muchos meses a cinco o seis personas.
La Actividad Misional
C 786: Medio por el que se implanta la
Iglesia en pueblos o grupos en los que aún
no está enraizada.
a) Régimen jurídico de los territorios de
misión
El D misional es un D de naturaleza especial –
extracodicial-. Es un D de facultades
(habitualmente a religiosos en territorios de
misión).
El Cód ´17 le dedicaba tres cánones.
C 786: Territorios de misión son aquellos que
no están provistos de fuerza y medios
suficientes para realizar por sí mismos la tarea
de evangelizar.
Con el nuevo Cód se tiende a equiparar el
territorio de misión a las diócesis…
Pero siguen existiendo circunstancias
especiales que se rigen por las instrucciones
QUUM HUIC (8-XII-69) y RELATIONES IN
TERRITORIIS (24-II-69).
Un primer régimen posible de estos territorios
es el de COMISIÓN mediante los ACUERDOS
entre la Santa Sede y un instituto misional.
La cabeza, con potestad vicaria, es nombrado
por la Santa Sede a propuesta del instituto.
Generalmente constituidos como Vicariatos o
Prefecturas Apostólicas.
Un segundo régimen es el MANDATO: En una
diócesis en territorio misional el Obispo puede
pedir a la Santa Sede que establezca un
mandato por el que un instituto misionero se
ocupe de determinados ámbitos eclesiásticos
(acuerdo entre el Obispo, la Santa Sede y la
Orden).
Con la erección de un territorio misional en
diócesis se realizan acuerdos entre los
Obispos y los Moderadores de los Institutos
Misioneros.
b) Responsabilidad misional
Al principio fueron diversos países de Europa
(Ej.: España y Portugal para América).
Luego el Romano Pontífice y la Curia Romana.
A lo largo de este s XX podemos decir que la
responsabilidad ha recaído sobre toda la
Iglesia, pues Ella es misionera por su propia
naturaleza… (AG 2).
Todos los fieles están obligados a cooperar en
la obra misionera.
Todos los obispos deben tener especial
solicitud por las misiones (han sido
consagrados para la salvación del mundo
entero AG 36 y 38).
La dirección y coordinación universal
corresponde al Romano Pontífice -que ejerce
ordinariamente su función a través de la
Congregación de los Pueblos o Propaganda
Fidei- y el Colegio Episcopal.
c) Los catecúmenos
C 206 y LG 14: Son aquellos que, movidos por
el Espíritu Santo, solicitan explícitamente ser
incorporados a la Iglesia y que, por este
(motivo) deseo están unidos a Ella.
Con esta manifestación de voluntad nace una
relación jurídica (con sus respectivos D y
deberes) entre el catecúmeno y la Iglesia.
Esta relación jurídica será regulada por la
Conferencia Episcopal: c 788,3.