manual legalizacion libros 2015 - Colegio de Titulares Mercantiles

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Manual sobre Legalización de libros
R. MERCANTIL DE MÁLAGA

Diego de León, 21  28006  Madrid


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Libros susceptibles de legalización y de llevanza obligatoria
Libro de Inventarios y Cuentas anuales y otro de Diario, sin perjuicio de lo establecido en las leyes o
disposiciones especiales. Art 25 del Código de Comercio.
Libro Registro de socios y de acciones nominativas Art 104 y 116 LSC.
Libro de actas de las Juntas y de los órganos colegiados de la sociedad, artículo 26 del Código de
Comercio y artículo 106 del Reglamento del Registro Mercantil.
El libro de Registro de Contratos en el caso de Sociedad Unipersonal conforme al artículo 16 de la
Ley de Sociedades de Capital.
Y cualesquiera otros que se lleven por los empresarios en el ámbito de su actividad, artículo 329 del
Reglamento del Registro Mercantil.

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Obligatoriedad de presentación telemática.
Conforme al artículo 18 de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, todos los libros que obligatoriamente debe llevar
los empresarios deberán cumplimentarse en soporte electrónico.

Plazo de presentación
La presentación de los libros para su legalización en el Registro Mercantil competente por razón del domicilio,
deberá ser por vía telemática, tras su cumplimentación, dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio
social.

Fecha de inicio de legalización telemática obligatoria
No podrán legalizarse para los ejercicios iniciados a partir del 29 de septiembre de 2013, libros encuadernados en
blanco para su posterior utilización o libros no encuadernados, también en blanco, y formados por hojas móviles.
Respecto de ejercicios iniciados a partir del 29 de septiembre de 2013 tampoco será posible la legalización de
libros en soporte papel o en soporte electrónico de cualquier tipo no presentados por vía telemática.

Primera legalización de un libro, existiendo anteriores legalizados en blanco.
Deberá aportar certificación expedida por las personas con facultad certificante Art. 109 R.R.M. debidamente
firmada acreditando el cierre del anterior.

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Generación Libros contables con Legalia
Descargamos “Legalia” desde la pagina www.registradores.org

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Seleccionamos nuevo

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Procedemos a crear una
nueva legalización

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En primer lugar
debemos
cumplimentar en su
totalidad la instancia
que nos aparece a
continuación, siendo
de vital importancia
que todos los datos
sean correctos

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Una vez esté
cumplimentada, vamos
a introducir los ficheros
de nuestros libros, en
“edición”, “datos de los
libros”

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En “tipo” seleccionamos
los libros que vamos a
legalizar.
Recordemos
que
los
LIBROS
OBLIGATORIOS
son
DIARIO e INVENTARIO Y
CUENTAS
ANUALES.
Si bien a partir de este
año deberán legalizarse
igualmente el libro de
ACTAS, que contenga las
actas realizadas por la
sociedad.

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En primer lugar vamos
a insertar el libro
Diario, en formato
Excel,
simplemente
indicamos libro, lo
buscamos
y
cumplimentamos
el
resto de parámetros
(fecha apertura etc..) y
así el resto de libros
que
pretendamos
legalizar

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Una vez tengamos
todos los libros
insertados,
seleccionamos
“Generar ZIP y
enviar”

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Esta es la pantalla
que nos aparecerá

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Recordemos a partir de este año
debemos legalizar los libros de
actas y socios por esta vía, por lo
que
deberemos
practicar
diligencia de cierre a los libros
físicos que fueron legalizados en
blanco en su día, para ello
usaremos esta instancia que se
encuentra
en
la
pagina
www.registradores.org

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Insertaremos la
certificación del
Órgano de
Administración
sobre la diligencia
de cierre
debidamente
cumplimentada y
firmada

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Y finalmente
enviamos el fichero

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Directamente nos
dirige a la pagina del
colegio de
registradores y nos
solicita nuestra firma
electrónica para el
acceso de usuarios
de la plataforma

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Una vez cargados los ficheros y los
datos de la instancia, nos
aparecerá la siguiente pantalla, que
deberemos comprobar a fin de
que todos los datos sean correctos,
en especial si queremos o no que
se nos practique retención

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Se debe rellenar el campo Referencia de documento, el cual es una
referencia interna especialmente interesante para el usuario, debido a que
quedará reflejado en el acuse de recibo del envío y le servirá al usuario como
dato identificativo para la presentación llevada a cabo. En esta referencia se
puede poner por ejemplo el nombre de la sociedad y año de la que
están enviando la documentación.

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Podemos comprobar que esta cargado el fichero Zip y el certificado de cierre
o cualquier otro documento que adjuntemos

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Una vez que este todo comprobado y correcto, seleccionamos

La aplicación mostrará el explorador de archivos para que el usuario salve
el trámite guardando la presentación como un archivo XML. Es
importante la conservación de este fichero XML por parte del usuario,
para posibles comprobaciones
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Una vez guardada la presentación, la aplicación se prepara para llevar a cabo
el envío del
mismo mostrándonos el siguiente mensaje:

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A continuación se muestra un mensaje en pantalla indicando que la
presentación ha sido enviada correctamente y se le asignará un código
identificativo denominado “ID de Trámite”

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Una vez terminado
el proceso de envío,
podemos obtener
directamente
el
“Acuse de Recibo”
pulsando sobre el
“ID trámite” tal y
como se muestra en
la siguiente imagen

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Para obtener el acuse
de recibo de la
presentación en
cualquier momento,
diríjase al menú que
se encuentra en la
parte izquierda de la
pantalla denominado
“Histórico de
presentaciones”,
donde encontrará por
defecto las
presentaciones
enviadas en el último
mes

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Una vez que los libros este
legalizados recibiremos la
siguiente nota de despacho

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Subsanación de un Libro Telemático
(y otra forma de presentación)

Accedemos a la pagina
www.registradores.org

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Accedemos con
certificado

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La presentación se crea, seleccionando la opción “Presentar libros”.

Accederemos a la siguiente pantalla, donde debemos buscar y posteriormente
seleccionar la carpeta que contiene los ficheros generados con el programa colegial
LEGALIA u otro equivalente y que corresponden a la legalización de libros que
deseamos subsanar

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Como lo buscamos?

Seleccionamos el fichero ZIP

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Nos aparecerá la pantalla de presentación que hemos visto anteriormente, pero
a diferencia de una presentación normal de legalización de libros, procederemos a
marcar el check de Subsanación/Complementario.

• “Libro” pondremos “3” si se trata de libros.
• “Año” año en el que causa entrada.
• “Número” nº de entrada. Estos datos se refieren al “número de entrada” que causo
la primera presentación y que el Registro calificó como defectuoso.

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