Securitización o Titulización Lic. Gabriel de la Fuente Definición: La securitización, o titulización, es una transformación de activos ilíquidos en títulos valores negociables, es decir.

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Transcript Securitización o Titulización Lic. Gabriel de la Fuente Definición: La securitización, o titulización, es una transformación de activos ilíquidos en títulos valores negociables, es decir.

Securitización o Titulización
Lic. Gabriel de la Fuente
Definición:
La securitización, o titulización, es una transformación
de activos ilíquidos en títulos valores negociables, es
decir activos más líquidos.
Consiste en reunir y reagrupar un conjunto de activos
crediticios (hipotecas, pagares, cheques, tarjetas de
crédito, etc.), con el objeto de que sirvan de respaldo a
la emisión de títulos valores o participaciones
(negociables en un mercado secundario).
Básicamente, Securitizar es afectar un crédito a un título
sustituyendo activos.
La securitización es, de hecho, un sistema de
desintermediación, dado que permite a los emisores de
títulos obtener financiamiento genuino del mercado de
capitales. O sea que, en este mercado, el banco media
pero no asume el riesgo crediticio ya que la
contingencia queda en cabeza del tenedor final del título.
Características de los activos a
securitizar
El conjunto (pool) a securitizar debe ser homogéneo , es
decir que, debe reunir características análogas en materia
de plazos, sistemas de amortización, tasas de interés, etc.
que aseguren un flujo de fondos predecible. Las idea es
que se pueda distinguir, sin dificultad, los riesgos
inherentes a cada paquete de activos a securitizar, para
que pueda ser clara la elección de la relación rentabilidadriesgo por la que opte cada inversor.
Tipos de activos susceptibles de ser titulizados:
- Préstamos (hipotecarios, prendarios personales, etc.)
- Facturas y Cheques de Pago Diferido.
- Tarjetas de Crédito
- Leasing
- Pagares
Participantes del proceso
Originante:
Es el dueño de los activos que serán securitizados.
Emisor:
Es la figura jurídica que se encarga de realizar la
titulización. Debe estar habilitado para tal fin por la C.N.V.
Colocador:
Es una entidad financiera que, a través de un contrato,
celebrado con el emisor, coloca los títulos valores en la
oferta pública o privada.
Inversor:
Es quien adquiere los títulos valores emitidos.
Depositario:
Entidad financiera autorizada por el BCRA para hacer
custodia de títulos valores.
Administrador:
Es quien administra la cartera de créditos, efectuando la
cobranza de los activos transmitidos. Suministra
información periódica al vehículo y a los tenedores de
los títulos.
Garante:
Normalmente son entidades financieras que ofrecen su
garantía como respaldo de la emisión de los títulos,
constituyéndose así, en un refuerzo adicional a la
calidad de los activos titularizados.
Sociedad Calificadora de Riesgo:
Es una sociedad ajena a las partes, creada con el fin de
calificar el riesgo de las carteras El output de esta
entidad es una nota o calificación que indica el riesgo
que, a juicio de ella, tiene el título evaluado.
Formas de Securitizar (Vehículos)
En nuestro país, las formas jurídicas (vehículos) que
permiten la titulización son las siguientes:
Fideicomiso Financiero
Fondos Comunes de inversión cerrados (de crédito).
Obligaciones Negociables Garantizadas
Letras Hipotecarias
Los vehículos más utilizados por las empresas son el
fideicomiso financiero y los fondos comunes de
inversión ya que estas modalidades producen el efecto
de separar el activo securitizado de la empresa
originante.
Tipos de securitización
En el ámbito internacional se conocen tres estructuras
básicas en la implementación de la securitización:
Con exposición fuera del balance:
Los créditos son transmitidos, en fideicomiso, del
originante, al emisor (fiduciario) mediante venta, cesión
o endoso.
El emisor emite certificados de participación para
colocarlos entre los inversores.
El originante, se desprende de sus créditos y, por lo
tanto, desaparecen de su activo, en tanto que en su
patrimonio no inciden como pasivo los títulos de deuda.
Los pagos de los deudores de los créditos cedidos se
depositan en una cuenta del fideicomiso, destinándose
esos fondos a pagar en primer lugar los servicios de
intereses y la amortización de los certificados de
participación y, luego, los gastos de administración.
Con exposición dentro del balance:
Es una emisión de títulos garantizados, donde la
cartera securitizada “no sale” del activo del originante,
en tanto los títulos garantizados integran su pasivo.
El flujo de fondos que los títulos generan no garantizan
el pago de capital e interés .
En una estructura de este tipo la mayor o menor
solvencia del originante influye en la decisión de los
inversores, por cuyo motivo aquí, el emisor, se ve
obligado a ofrecer y mantener garantías adicionales
durante el plazo de duración de los títulos.
Mixto:
Es una combinación de atributos de las dos variantes
anteriores debido a que, si bien, los activos a
securitizar siguen formando parte del patrimonio del
originador, los ingresos obtenidos por el flujo de
fondos de los activos securitizados garantizan,
exclusivamente, el pago de capital e intereses que
generan los títulos emitidos.
Ventajas
Menor costo de fondeo: ya que sólo se califica la
capacidad de repago de los títulos y su garantía,
independientemente del riesgo comercial de la empresa.
Uso más eficiente del capital: para las entidades
financieras sujetas a exigencias de capital y otras
restricciones, la securitización ofrece la oportunidad de
aumentar su capital prestable.
Diversifica las fuentes de financiación: La securitización
deja intacta, y en algunos casos mejora,
las
posibilidades de endeudamiento por parte de la
empresa.
Posibilidad de recompra: en caso de tener excedentes
de caja, el originante puede recomprar en el mercado
sus propias obligaciones.
Reducción del riesgo crediticio: ya que el crédito
incorporado al título-valor está garantizado por un
conjunto (pool) de créditos.