programa nacional de empleo por hora

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Transcript programa nacional de empleo por hora

Abogada. Suyapa Thumann Conde
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Fomentar el empleo digno;
Mantener los puestos de trabajo existentes;
Evitar el crecimiento de los índices de
desempleos y sub-empleo;
Abrir oportunidades de trabajo.
(Artículos 1 de la ley y 2 del reglamento)
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Abrir oportunidades de empleo en el sector formal de
la economía;
Garantizar que las trabajadoras y trabajadores
contratados bajo el programa gocen de los beneficios
de la seguridad social y salud ocupacional;
Fomentar la educación, capacitación y formación
profesional;
reactivar la economía;
Estimular una dinámica de inversión y empleo en el
sector público como privado;
Insertar a los grupos vulnerables en el mercado
laboral
(Artículo 2 de la Ley y 2 del reglamento)
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36 meses
Articulo 3 de la ley y del reglamento
RESPONSABLES DEL CONTROL SUPERVISION Y
SEGUIMIENTO:
Secretaria de Estado en los despachos de
Trabajo y Seguridad Social, a través de:
1. Dirección General de Empleo;
2. Inspección General del Trabajo
3. Articulo 12 de la ley y 21 y 22 del
reglamento
Todo el territorio nacional.
Aplicable:
 Al Sector Privado
 Al Sector Público.
En los casos que requieran contratar personal
de manera temporal.
(Articulo 4 párrafo primero de la Ley y 4 del
reglamento)
Hasta el 40% calculado sobre la base de la planilla
total de trabajadores permanentes.
No se tomara en cuenta:
 El numero de trabajadoras o trabajadores de
temporada o realicen labores cíclicas
 Las y los trabajadores temporales que ya se
encuentren laborando a la fecha de vigencia del
programa y,
 Las y los trabajadores que se desempeñen en
labores que no se efectúen con regularidad todo
el año.
(Artículo 4 párrafo segundo y tercero)
Se exceptúan del porcentaje del 40% aquellas nuevas
industrias o actividades económicas que la naturaleza
de la actividad empresarial se basa en empleo por
hora, jornada parcial o medio tiempo.
EJEMPLO:
Actividades tecnológicas de comunicación, ( Call
Centers o Contact Centers)
Programas especiales sin fines de lucro, (atención a
desastres naturales, emergencia de salud, encuestas,
censos, medidas de protección al consumidor,
seguridad alimentarias, emergencia nacional etc)
(Articulo 3 numeral 2 de la ley y 6 del reglamento)
La Dirección General de Empleo calificara aquellas
actividades económicas no enunciadas en el
articulo 3 numeral 2, para que se pueda contratar
más del 40% del personal de acuerdo a la
naturaleza de la actividad, dentro de un plazo de
10 días siguientes a la fecha en que se reciba la
solicitud correspondiente, de conformidad a los
criterios enunciados anteriormente y establecidos
en el artículo 6 del reglamento.
(Artículo 3 numeral 2 de la ley y 6 del reglamento.)
MODALIDADES:
 Por tiempo limitado
 Para obra o servicio determinado
 (Artículo 3 numeral 1 primer párrafo de la ley
y 8 del reglamento)
FORMA:
 El contrato de trabajo siempre será por
escrito.
Por horas, la mínima será de dos horas en el
área rural y tres en el área urbana,
 Medias jornadas (diurnas, mixtas o
nocturnas),
 Jornadas ordinarias completas (diurnas,
mixtas o nocturnas)
(Articulo 3 numeral 1) y 9 del reglamento.

SALARIO BASE.
Se fijara por horas y no será inferior al que
corresponda como salario mínimo para cada
sector de la producción y servicio.
EXCEPCION:
Cuando se contrate mano de obra calificada, el
salario base será el que se pacte entre las
partes.
(Artículo 6 de la Ley y 10 del reglamento.)
Equivale a un 20% sobre el salario base convenido y
corresponde al decimo tercer mes, decimo cuarto mes y
vacaciones, este porcentaje se pagara sumado al salario
base en las fechas y lugares convenidos.
EXCEPCION:
No es aplicable a las o los trabajadores calificados, cuando
el salario pactado sea superior a la suma del salario
mínimo y de la compensación no habitual, sin perjuicio de
que por mandato de ley tiene derecho al pago de esos
derechos que se deben hacer efectivos en las fechas
pactadas entre las partes o en las fecha en que de
conformidad con la ley deben hacerse efectivos.
(Artículo 6 de la ley y 11 del reglamento)
a)
b)
c)
d)
Gozan de todos los derechos fundamentales
establecidos en el código del trabajo y demás
leyes y convenios internacionales, a
excepción de la estabilidad en el puesto:
A la remuneración ordinaria,
A la compensación no habitual,
A la libre sindicalización
Al pago de la compensación no habitual,
A los beneficios del contrato colectivo,
f)
A la seguridad social,
g) A la formación y capacitación,
h) Al derecho preferente para ser contratado
como permanente.
Sin perjuicio de los demás derechos que
puedan pactar las partes.
(Artículo 7, 8, 10 de la ley y 12 y 13 del
reglamento)
e)
a)
Suscribir contrato individual por escrito de acuerdo al modelo elaborado por la secretaría del
Trabajo y Seguridad Social.( Articulo 15 de la Ley y 14 a) del reglamento)
b)
c)
d)
e)
Registrar los contratos suscritos, en la Dirección General de Empleo,
(art 15 párrafo primero y segundo de la ley y 14 a) del reglamento)
Respetar la normativa laboral nacional e internacional sobre trabajo
infantil y sus peores formas (articulo 5 numeral 3 de la ley y 14 b) del
reglamento)
Contratar trabajadoras y trabajadores de grupos vulnerables en los
porcentajes establecidos en la ley (artículo 4 párrafo 6 y 7 de la Ley y
14 c) del reglamento)
Registrar las o los trabajadores en el listado de seguimiento o
inscripción en el Instituto Hondureño de Seguridad Social. (artículo 8
párrafo primero de la Ley y 14 d) del reglamento)
f)
g)
h)
i)
j)
Cubrir preferentemente las plazas vacantes del personal
permanente con personal sujeto al programa(articulo 5 numeral
2 de la ley y 14 d) del reglamento)
Depositar en la cuenta especial de fideicomiso en el Banco
Central de Honduras, las cotizaciones correspondientes al
Instituto Nacional de Formación Profesional. (artículo 8 párrafo
tercero de la ley y 14 f) del reglamento)
Suscribir convenios con el Instituto Hondureño de Seguridad
Social para proporcionar a los trabajadores sujetos al programa
de los servicios de seguridad social o en su caso con clínicas
privadas, sistemas de médicos de empresa y seguros (artículo 9
de la Ley y 14 g) del reglamento)
En las zonas donde no exista cobertura el Instituto Hondureño
de Seguridad Social Incorporar a las y los trabajadores sujetos
al programa de los beneficios de que gozan los trabajadores
permanentes de los planes de salud, pólizas de seguro, y otros
beneficios de seguridad social (artículo 8 párrafo segundo de la
ley y 14 h) del reglamento),
Proporcionar a la Dirección General de Empleo y a la inspección
General del Trabajo la información necesaria para evaluar el
programa (artículo 12 de la ley y 14 i) del reglamento).
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Contratar personal para labores que de
conformidad con el código del trabajo sean
consideradas temporales o de temporada.
(articulo 5 numeral 1de la ley Y 15 del
reglamento)
Reducir personal asalariado permanente
después de inscribirse en el programa para
contratar personal por hora (artículo 5
numeral 2 de la ley y 15 del reglamento)
Contratar bajo el programa hasta un 40% de
personal, calculado sobre la base de
la planilla total del personal permanente.
(artículo 4 párrafo segundo de la ley y 16 del
reglamento)
Se establece la creación de un Fideicomiso el
cual se formara con las cotizaciones de los
empleadores adheridos al programa en
concepto de aportaciones al INFOP, el cual se
constituirá en el Banco Central de Honduras a
solicitud de la Secretaria de Trabajo y
Seguridad Social. (Artículo 8 párrafo tercero
de la ley y 17 del reglamento)
Canalizar los recursos hacia la capacitación de
las trabajadoras y trabajadores sujetos al
programa (Artículo 11 de la Ley y 18 del
reglamento)
GRACIAS POR SU ATENCION